Transparencia y acceso a la información – 9 de septiembre de 2014

Transparencia y acceso a la información

 

Entre lo público y lo privado

Milenio Jalisco

Diana Mancilla

8 septiembre 2014

 

Los problemas están a la vista: dónde queda lo público y lo privado en las esferas del poder y del ciudadano; hasta dónde los límites para informar y qué cantidad de información debe ser difundida, previa jerarquización de los acontecimientos.

Servidores públicos y políticos en general recurren a redes sociales para publicitar sus actividades públicas, pero también a su ámbito privado. Así el público se entera de cosas y hasta de situaciones escandalosas que antes, sin esa herramienta, quedaban confinadas a espacios íntimos. Claro, luego culpa a los medios.

Un ejemplo entre muchos: el caso de un político neoyorquino, fuerte candidato a la alcaldía: presumió sus intimidades en una red social y vio caer sus bonos dramáticamente. Canceló su participación electoral y ahorró a sus adversarios el trabajo de una campaña negra en su contra. Ni el periodismo más amarillista debió intervenir.

Entonces: ¿Hay, en el caso de los políticos, límite para la libertad cuando ellos mismos han renunciado a los beneficios establecidos?

Desde hace algún tiempo en política se ha optado por figurar en publicaciones sociales y de espectáculos. Esto se ha dado incluso sin que hayan mediado las nuevas tecnologías.

Los ciudadanos muestran en sus páginas personales en redes sociales información que, en teoría, tendría que responder a su ámbito personal, con cierta confidencialidad, pero se han arriesgado a ventilar de todo, con lo que evidencian una modificación sustancial en su comportamiento y forma de vida con la tecnología.

En resumen, si la ética periodística y su deontología se ven sometidas a cuestionamientos y se demanda su presencia en determinados campos de la vida pública y social, se debe a que la pertenencia de las costumbres y de los valores tradicionales ha perdido su perfil de evidencia y los criterios frecuentes para establecer qué es bueno o qué es malo, son objeto de controversias.

Más allá de la competencia por la noticia y de la legítima aspiración comercial por la publicidad e, incluso, al margen de la libertad regulada, está el periodismo que se ejerce con responsabilidad, busca informar con veracidad, objetividad y respeto a la dignidad del ser humano, incluso cuando éstas no han consolidado sus creencias ni definido sus horizontes.

La deontología básica de la actividad periodística no puede ignorar vaivenes políticos, democráticos o sociales pero, ante todo, debe prevalecer su perfil responsable pues, como advierte Fernando Savater, “las circunstancias tienden a convertir la decencia humana en un sueño impotente y la ética lo que intenta es devolverle su poder, su fuerza, a ese sueño de la decencia humana”.

La ética periodista es, no hay duda, parte vital en ello.

 

 

-IFAI

 

Ifai ordena hacer público el contrato de la Estela de Luz

Aristegui Noticias

Redacción

8 septiembre 2014

 

El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos instruyó a I.I.I. Servicios S.A. de C.V. entregar copia del contrato celebrado con GUTSA Infraestructura S.A., con una vigencia  del 29 enero de 2010 al 21 de agosto de ese año, celebrado con motivo de construcción del Espacio Conmemorativo y Monumento “Estela de Luz”, así como de los documentos que esa empresa presentó como soporte en el procedimiento de asignación del mismo.

En un comunicado, el Ifai informó que esta información fue solicitada por un ciudadano, pero fue clasificada, argumentando que se encuentran relacionados con averiguaciones previas en trámite ante la Unidad Especializada en Investigaciones de Delitos Cometidos por Servidores Públicos contra la Administración de Justicia, de la PGR.

Sin embargo, al analizar el caso, la comisionada ponente, Ximena Puente de la Mora, determinó que  no se actualizaban las causales de clasificación, pues se trata de instrumentos mediante los cuales se formalizó la adquisición de obligaciones entre una entidad gubernamental y una empresa, que ya adquirieron plena validez, y quedaron como actos consumados, por lo que su contenido no puede modificarse.

Advirtió que su difusión contribuye a transparentar la gestión pública y  favorece la rendición de cuentas.

La comisionada Puente de la Mora señaló que la información requerida está relacionada con las contrataciones celebradas por el Estado, cuya naturaleza debe ser públicatoda vez que implican la erogación de recursos y el proceso involucra la toma de decisiones de los entes gubernamentales.

“En caso de que dichos documentos pudieran contener partes o secciones de carácter confidencial, el pleno previó la posibilidad de que se elaboren versiones públicas”, señaló el instituto.

 

 

IFAI instruye a entregar contrato de construcción de Estela de Luz

Excélsior

9 de septiembre de 2014

Notimex

 

CIUDAD DE MÉXICO, 8 de septiembre.- La empresa I.I.I. Servicios deberá entregar copia del contrato celebrado con GUTSA Infraestructura con motivo de la construcción de la Estela de Luz, instruyó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).

El pleno del instituto también resolvió que esa empresa entregue a un solicitante de información los documentos que se presentaron como soporte en el procedimiento de asignación de ese proyecto.

Un particular que solicitó esa información se inconformó, porque el sujeto obligado clasificó los documentos requeridos, argumentando que están relacionados con averiguaciones previas en trámite ante la Procuraduría General de la República (PGR), explicó el IFAI en un comunicado.

La empresa I.I.I. Servicios deberá entregar copia del contrato celebrado con GUTSA Infraestructura con motivo de la construcción de la Estela de Luz

La empresa además respondió que los documentos forman parte de la estrategia procesal que se sigue en dichos procedimientos.

En alegatos, reiteró la clasificación de los datos y agregó que, además de las averiguaciones previas referidas, se encuentran en trámite diversos procedimientos judiciales y administrativos ante la Auditoría Superior de la Federación, el Poder Judicial de la Federación y el Órgano Interno de Control de la Secretaría.

En ese sentido, manifestó que la entrega de la información podría afectar las actividades de verificación y cumplimiento en la prevención o persecución de los delitos, así como a la impartición de justicia.

Sin embargo, al analizar el caso, la comisionada ponente, Ximena Puente de la Mora, determinó que no se actualizaban las causales de clasificación invocadas.

Aclaró que aun cuando los documentos puedan ser insumos dentro de los procedimientos en trámite, se trata de instrumentos mediante los cuales se formalizó la adquisición de obligaciones entre una entidad gubernamental y una empresa, que adquirieron plena validez, y son actos consumados.

Ante esa situación, el contenido de los documentos no puede modificarse, por lo que no se advierte cómo su publicidad podría afectar dichos procedimientos; por el contrario, su conocimiento contribuye a transparentar la gestión pública y favorece la rendición de cuentas.

En la exposición de caso, Puente de la Mora señaló que la información requerida está relacionada con las contrataciones celebradas por el Estado, cuya naturaleza debe ser pública, toda vez que implican la erogación de recursos.

Además, recalcó, el proceso involucra la toma de decisiones de los entes gubernamentales, las cuales deben someterse al escrutinio público, sobre todo, cuando ya concluyeron, como en este caso.

Por ello, y a propuesta de la comisionada presidenta, Ximena Puente de la Mora, el pleno del IFAI resolvió por unanimidad revocar la respuesta de I.I.I. Servicios e instruirle a la entrega del contrato y de los documentos señalados.

En caso de que dichos documentos pudieran contener partes o secciones de carácter confidencial, el pleno previó la posibilidad de que se elaboren versiones públicas.

 

 

La fantasía de la participación

El Universal

Alberto Aziz Nassif

9 de septiembre de 2014

 

La ampliación de los derechos democráticos es una buena noticia para la democracia, siempre y cuando se puedan ejercer sin obstáculos ni trampas, como resulta ser el caso de la consulta popular en México. Puede haber dos explicaciones para entender esta suerte de paradoja, del ‘sí, pero no’: que la clase política tiene temor a la participación ciudadana efectiva, por lo que diseña reglas en donde parezca que sí hay avances, pero en el fondo la letra chica nos lleva por la ruta de la simulación. La otra es más perversa, pero lleva a la misma conclusión, es decir, la ampliación de derechos es una retórica para legitimar, pero en el fondo la autoridad quiere instalar un mecanismo tan ligth, que permita un control vertical, retocado de tonos democráticos. ¿Estamos ante un caso simulación en donde la participación es una fantasía?

 

Como sucede con los asuntos que no le interesan al poder, como la ampliación de los derechos democráticos, la ley sobre la consulta popular dejó huecos que los legisladores no quisieron especificar y prefirieron jugar con la ambigüedad. Se hizo la reforma pero no se sabe cuál es el alcance que pueda tener ese voto de los ciudadanos consultados. No hay certeza de lo que puede significar los resultados. En el Artículo 64 de la Ley Federal de Consulta Popular (LFCP) se establece que si la participación es de 40% de la lista nominal, es decir, si se logra que de los más o menos 80 millones de electores vayan a las urnas unos 32 millones, entonces el resultado será “vinculatorio” y tendrá efectos durante los siguientes tres años. Pero no se específica en qué consistirá lo vinculatorio, lo cual abrirá un gran debate jurídico y político.

 

Lo vinculatorio —en términos jurídicos— quiere decir obligatorio, pero en este caso no sabemos si de forma automática se hace lo que diga la mayoría que ganó, es decir, si hay un desacuerdo con la reforma energética, ¿se deroga la ley? Y en ese caso, ¿toda o sólo las partes que cubren específicamente la pregunta?, o ¿simplemente se vuelve a discutir el tema en el Congreso y se vuelve a votar?

 

Ahora hay dos institutos políticos que plantean una consulta sobre la reforma energética, y cada uno hace su pregunta, el PRD pregunta: “¿Está de acuerdo en que se mantenga el decreto de reformas a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución en materia petrolera y energía eléctrica publicado el 20 de diciembre de 2013?” Por otra parte, la pregunta que

hace Morena es: “¿Estás de acuerdo o no en que se otorguen contratos o concesiones a particulares, nacionales o extranjeros, para la explotación del petróleo, el gas, la refinación, la petroquímica y la industria eléctrica?” Vamos a ver si se logra un acercamiento para que se pueda tener una sola pregunta. ¿Se podrán unir estas agrupaciones o la lucha interna entre grupos de izquierda es más importante que las causas y los proyectos energéticos? Sería irracional no ir juntos con una causa común. AMLO dijo que no va con el PRD, pero el Sol Azteca dijo que sí podría ir con Morena.

 

Aquí entra la parte ciudadana. Se ha impulsado por grupos de la sociedad civil una demanda para que se haga una sola consulta en el tema energético. Estamos ante un tema por demás importante para dejarlo sólo en manos de los políticos; con el agravante de que se trata de grupos enemistados que acaban de tener una ruptura. ¿Será mayor la animadversión de los liderazgos de izquierda a la causa para hacer una consulta energética única? Vamos a ver de qué forma avanzan las posibilidades. Es posible que cada uno de los dos partidos que impulsan la consulta decida no moverse a una posición negociadora, salvo que el otro se sume a uno de los proyectos. Si cada uno acepta ir con el otro, pero no cede en su pregunta, podemos anticipar que la consulta, si llega a realizarse, será un fracaso.

 

Además, el PAN y el PRD impulsan su propia consulta, (aumento de salarios y disminución de plurinominales) como una estrategia que abusa del recurso en un juego perverso. Este furor por la consulta puede terminar en una fantasía. Pobre consulta popular, tan lejos de la ciudadanía y tan cerca de los intereses de los partidos…

 

 

 

-ITEI

 

Itei emite guía para la elaboración de sistemas de información reservada

La Jornada Jalisco

Flor Ramos

9 de septiembre de 2014

 

 

La preferencia sexual, el estado de salud física y mental, el historial médico, la opinión política, el domicilio, el correo electrónico particular, y otros datos más sobre la intimidad de una persona, es información que solamente el titular pude decidir a quién propocionar y para qué fines.

El Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (Itei) emitió una guía para la elaboración de los sistemas de información reservada o confidencial. Este documento es creado con la finalidad de hacer cumplir la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus municipios, y que se pondrá a disposición de todos los sujetos obligados de órganos estatales, municipales y del Congreso del Estado.

Con el propósito de que los órganos de gobierno conozcan qué información pueden dar y en qué tiempo, el Instituto emitió recomendaciones para clasificar la información pública reservada. El Itei manifiesta que todo sujeto obligado tiene que realizar un Sistema de Información Reservada y tendrá que hacerse por parte del Comité de Clasificación a través de sus actas de clasificación. Determinó que la información pública reservada, es aquella protegida, relativa a la función pública, que por disposición legal temporalmente queda prohibido su manejo, publicación y difusión general.

El Consejo dicta que por disposición legal en el artículo 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus municipios, la información considerada de carácter confidencial o reservada para el manejo de información es aquella que: “comprometa la seguridad del estado o municipio, la seguridad e integridad de quienes laboran o laboraron en estas áreas, con excepción de las remuneraciones de los servidores públicos; dañe la estabilidad financiera o económica del estado o de los municipios; que cause perjuicio grave a las actividades de prevención y persecución de los delitos, o de impartición de justicia; aborde sobre los procedimientos de responsabilidad de los servidores públicos, en tanto no se dicte la resolución administrativa o la jurisdiccional definitiva, y contenga información considerada como secreto comercial, industrial, fiscal, bancario, fiduciario, bursátil o cualquier otro, por disposición legal, entre otras consideraciones más”.

También, emitió que los sujetos obligados deben de realizar una revisión sobre la clasificación en las actas, en la que se analice su vigencia y pertinencia. Este proceso les ayudará a identificar un sistema de información reservada y esté tendrá que ser validado por el Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco. A partir de lo que dicta el artículo 52 del Reglamento, estas actas tendrán que dar a conocer el rubro temático, la unidad administrativa interna que generó, adquirió, transformó o conserva la información; la fecha de la clasificación, el fundamento legal, el plazo de reserva o la especificación de reservado del evento, y en su caso, las partes del documento que se consideran reservadas.

El Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco asegura que si los sujetos obligados realizan un Sistema de Información Reservada les ayudará a delimitar las medidas de seguridad y garantizar la debida protección y resguardo de la información confidencial.

 

 

 

-Protección de datos personales

 

Abre Google debate sobre “Derecho al Olvido” en Europa

Homo Zapping

Jenaro Villamil

8 de septiembre de 2014

 

Más de 90 mil solicitudes han llegado a Google desde que en mayo pasado Gregory Sim ganó un litigio judicial para que borraran en el gran buscador de internet la historia de su escándalo de relaciones sexuales en un tren de Londres, ocurrida hace seis años.

Sim alegó el “derecho al olvido” en internet ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que le dio la razón. Y este mismo recurso fue utilizado por el español Mario Costeja, quien se cansó que en Google apareciera su referencia como un deudor, cuando ya había saldado sus cuentas.

Las 90 mil solicitudes que han llegado a Google ha abierto una caja de Pandora para el buscador que controla más del 80 por ciento del mercado de datos en Europa, seguido por Bing, de Microsoft, y Yahoo.

Ante este desafío, a partir del 9 de septiembre, los ejecutivos y abogados de Googel realizarán varias reuniones en ciudades europeas para debatir el equilibrio entre la libre circulación de información y la sentencia favorable del Tribunal de Justicia de la UE.

La primera reunión se realizará en Madrid, donde hay 70 apelaciones pendientes en tribunales; mientras en Roma se llevarán reuniones el 10 de septiembre, en París (25 de septiembre); en Varsovia (30 de septiembre); Berlín (14 de octubre); Londres (16 de octubre) y Bruselas, el 4 de noviembre.

El debate sobre “el derecho al olvido” apenas se inicia con toda su fuerza mediática. El portal de información Wikipedia ha abogado por lo contrario: “el derecho al no olvido” y ya existen dos páginas de este sitio que recogen noticias que están siendo eliminadas. Una de ellas es Hidden from Google, creada por el programador estadounidense Afaq Tariq.

Para Wikipedia la gran amenaza es contra el conocimiento libre que puede provocar lo que ellos llaman “agujeros en la memoria” que impiden un “acceso completo a una información veraz, neutral, y exhaustiva”.

También existe la empresa Eliminalia, especializada en “limpiar” biografías en internet. Según la nota publicada en El País, más de 200 políticos habían recurrido a este sitio para “blanquear su reputación virtual”. El número va en aumento, según declaró Didac Sánchez, director de Eliminalia.

 

 

La Profeco protege a usuarios que realizan compras por Internet

El Informador

Redacción

8 de septiembre de 2014

 

 

CIUDAD DE MÉXICO (08/SEP/2014).- A las personas que efectúan compras por Internet, la Ley Federal del Consumidor también los protege, recordó la Profeco.

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) explicó que los proveedores deben informar su identidad, denominación legal, dirección y teléfono para que a las personas les sea posible hacer reclamaciones en caso de alguna inconformidad.

 

Además, los proveedores de productos o servicios por Internet están obligados a ofrecer una descripción detallada de los mismos, así como de las garantías, formas de pago, de entrega y cargos extras.

 

También deben precisar a los consumidores los términos y condiciones de la compra que realizaron a fin de que tomen decisiones de compra informadas.

 

La Profeco detalla que si los sitios electrónicos de ventas son mexicanos, éstos deben informar a los consumidores los precios en moneda nacional y en el caso de existir cargos extras por envío de productos, estos costos se les deben dar a conocer a los compradores, así como las maneras en las que se puede pagar.

 

Los consumidores deben verificar que el bien o servicio adquirido les sea entregado en el domicilio que refirieron, además de que los vendedores están obligados a recibir devoluciones o reclamaciones por el mismo medio en el que vendieron determinado artículo o servicio.

 

En el caso de devoluciones que estén amparadas por garantías, añade el organismo, los gastos de transporte deberán correr por cuenta de los proveedores.

 

Google lucha en Europa por libre flujo de información

El Economista

Reuters

8 de septiembre de 2014

 

Un panel de especialistas nombrado por Google mantendrá en siete en capitales europeas de reuniones para debatir el equilibrio entre privacidad y el libre flujo de información.

París.- Un panel nombrado por Google mantendrá el martes la primera de una serie de reuniones para debatir el equilibrio entre privacidad y el libre flujo de información después de que en mayo un dictamen judicial reforzase el “derecho al olvido” de los ciudadanos europeos.

La cita en Madrid será la primera de siete en capitales europeas, en un momento en el que el gigante de Internet lucha contra miles de solicitudes al mes para eliminar de sus resultados de búsquedas desde graves registros delictivos a fotos comprometedoras, pasando por historias negativas en los medios.

“Google trata de establecer los términos del debate”, dijo. “Quieren ser percibidos como abiertos y virtuosos, pero ellos eligieron a los miembros del consejo, que controla quién está en la audiencia y qué sale de las reuniones”, dijo Isabelle Falque-Pierrotin, que encabeza el regulador francés de privacidad.

Para mediados de julio, Google, que acumula más del 80% del mercado de búsquedas en Europa, dijo que había recibido más de 90,000 solicitudes y había aceptado más de la mitad desde que un tribunal de la Unión Europea ordenó que la empresa debe eliminar la información que es “inadecuada, irrelevante o ya no relevante”.

Mientras tanto, los reguladores de la protección de datos de países europeos, que está previsto que se reúnan el 15 de septiembre, están trabajando en los lineamientos para los motores de búsqueda, entre los que también está Microsoft o Yahoo!, para garantizar que las solicitudes se traten de forma coherente.

Isabelle Falque-Pierrotin, que encabeza el regulador francés de privacidad y el grupo WP29 de la autoridad sobre protección de datos de la UE, dijo el viernes que era escéptica sobre la iniciativa de Google, que describió como parte de una “guerra de relaciones públicas” en un asunto que era importante para la estrategia de negocios de la empresa.

“Google trata de establecer los términos del debate”, dijo. “Quieren ser percibidos como abiertos y virtuosos, pero ellos eligieron a los miembros del consejo, que controla quién está en la audiencia y qué sale de las reuniones”, dijo.

 

Si un motor de búsqueda rechaza una solicitud de un ciudadano, éste tiene el derecho de apelar al regulador de protección de datos de su país. Se han recibido 90 de esas apelaciones en Reino Unido, 70 en España, 20 en Francia y 13 en Irlanda.

Algunos ejemplos de eliminación de enlaces han sido públicos debido a que Google notificó a medios como la televisión BBC o el diario Guardian cuando se eliminaron. Esto ha generado críticas de que Internet estaba siendo reprimido y la prensa censurada.

Después de la reunión en Madrid, los expertos se reunirán en Roma el miércoles, en París el 25 de septiembre, en Varsovia el 30 deseptiembre, en Berlín el 14 de octubre y en Londres el 16 de octubre, antes de cerrar la ronda en Bruselas el 4 de noviembre.

Google dijo que publicaría las sesiones en streaming online.

 

 

 

Departamento de Justicia revela cómo el gobierno de Bush justificaba espionaje

Homo Zapping

Monitoreo Informativo

8 de septiembre de 2014

 

Con información de La Jornada.

El Departamento de Justicia publicó dos notas en las que se detalla cómo el gobierno de George W. Bush justificaba el espionaje sin orden judicial de las comunicaciones telefónicas y por Internet de ciudadanos estadounidenses.

Los documentos, difundidos en la noche del viernes, remiten a un programa secreto llamado Stellar Wind, que comenzó a ser aplicado luego de los atentados del 11 de septiembre de 2001 en el marco de la lucha contra el terrorismo lanzada por el gobierno de Bush.

El programa permitió a la Agencia de Seguridad Nacional (NSA) obtener datos de comunicaciones de presuntos integrantes de Al Qaeda o de colaboradores de esa organización islamista, interceptados en Estados Unidos y en el extranjero.

“Aun en tiempos de paz, en caso de ausencia de una intervención del Congreso, el presidente tiene el poder constitucional, en virtud de la cuarta enmienda (de la carta magna estadunidense) de ordenar la vigilancia de la inteligencia extranjera sin mandato” judicial, escribe el asistente del fiscal general en una nota de 108 páginas fechada el 6 de mayo de 2004.

El documento fue obtenido por el grupo de defensa de los derechos civiles American Civil Liberties Union.

La segunda nota, del 16 de julio de 2004, está relacionada con un fallo de la Corte Suprema de Justicia, que dos semanas antes había exigido datos suplementarios sobre Stellar Wind.

El programa había sido puesto bajo control del tribunal encargado de vigilar las operaciones de inteligencia (FISA) en 2007, seis años después de su lanzamiento.

jakysahagun

septiembre 9, 2014

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