26 de octubre – Reforma
Por: Federico Reyes Heroles
Compaginar las libertades individuales y el interés común es un antiguo reto intelectual. Se dice con frecuencia que los derechos de la persona acaban ahí donde empiezan los de otra. Ese deslinde pareciera claro. Pero delimitar el interés común es mucho más delicado.
Cuando se creó la CNDH, la expresión misma derechos humanos era casi exclusiva de los círculos académicos. La Comisión en su forma embrionaria recibió críticas. Se dijo que se trataba de más burocracia inútil. Hoy existe una creciente cultura de los derechos humanos inexplicable sin esa institución. Por la cantidad de los recursos interpuestos y por su origen el avance es innegable. Hoy, además de los grupos defensores de la causa, son los propios ciudadanos los que se defienden a sí mismos. La tortura hoy ocupa un lugar menor. La detención ilegal en cambio ha crecido.
Lo mismo ocurrió con el acceso a la información. Cuando Fox envió la iniciativa para la creación del IFAI muchas personas se preguntaron cuál era el sentido e incluso qué demonios tenía que ver la palabra transparencia en la administración pública. Quién iba a imaginar que en tan sólo una década el IFAI recibiría más de 100 mil solicitudes al año. Sin embargo ese avance en el derecho a la información hoy se ve amenazado. El primer frente proviene de la violencia que vive el país y que ha provocado una reacción gubernamental en el tema indefendible. Es claro que el acceso a la información no puede ser un obstáculo a las investigaciones ministeriales en curso de la PGR. Pero también es claro que la seguridad no debe convertirse en un nuevo parapeto de la opacidad. La discusión entre la PGR y el IFAI es vital para que podamos cruzar por la tormenta sin retrocesos en transparencia y en derechos humanos. Ni entorpecer las investigaciones ni carta en blanco a las autoridades, de nuevo es cuestión de cumplimiento de la ley y de equilibrios.
La exposición incrementada exponencialmente y la tensión a la que están sometidas las Fuerzas Armadas, la Policía Federal y las locales han provocado arbitrariedades -detenciones ilegales y privación de la libertad- y “bajas colaterales”. Pero además de errores y confusiones inevitables en los enfrentamientos, también sabemos ya de acciones de enorme perversión como el acto de alterar el escenario y sembrar pruebas para incriminar a ciudadanos inocentes. Ese fue el terrible caso de los estudiantes del Tecnológico de Monterrey. En estos tiempos la CNDH y el IFAI tienen un relevante papel en la defensa de los derechos ciudadanos.
Pero la amenaza al IFAI también proviene del frente fiscal. Cancelar el cobro de un impuesto es tanto como otorgar un privilegio con dineros públicos. Puede haber motivos justificados -por ejemplo que sean incobrables o que el beneficio al fisco sea menor que el costo del cobro- pero en todo caso la autoridad debe ser capaz de exponer en público sus razones. No debe haber discrecionalidad pues podría prestarse a manejos interesados, a corrupción. Según datos del IFAI el acumulado reciente de cancelaciones arroja cifras enormes: alrededor de 712 mil casos por un monto de casi 74 mil mdp., más de tres veces el presupuesto de la UNAM. La discusión ha escalado de tono.
El SAT no sólo se negó a entregar la información, sino que ahora alude que se viola el secreto fiscal de las personas físicas y morales. Por ello acudió a la CNDH. Este órgano del estado mexicano ordenó revelar el número y monto, ya mencionados, pero no el nombre de los titulares, personas o empresas. Por ello el IFAI presentó una controversia constitucional ante la Corte. El alegato en esencia es que la CNDH invade funciones del IFAI, instancia encargada por el sexto constitucional de ser el garante de ese derecho ciudadano. Además a partir de julio de este año el IFAI es el responsable de proteger los datos particulares de las personas. Como una muestra más de incongruencia está el hecho de que el legislador le otorgó las facultades y las responsabilidades ¡pero no le ha asignado al IFAI los recursos para cumplir con esa obligación!
La discusión es delicada. En el primer frente hace cuatro días un tribunal colegiado de circuito desechó un recurso del IFAI que impugnaba una sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que falló a favor de la PGR, instancia que negó información sobre averiguaciones previas cerradas. Ahora resulta que un tribunal, que no es parte del Judicial, que no lo es de pleno derecho, puede echar abajo las decisiones del IFAI, que es un órgano de estado. De continuar por esta ruta en los hechos la actual administración habrá enterrado la creación de la anterior, las dos panistas. ¿Cuáles son los criterios para cancelar adeudos fiscales? ¿Puede la privacía invocarse en el caso de empresas? Peor aún, ¿tienen las empresas derechos humanos? ¿Puede un órgano de estado perder su carácter de última instancia sin desvirtuar su esencia? Habrá que hilar muy fino.
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