Transparencia y acceso a la información – 15 de noviembre de 2017

INAI

El SAT deberá estar al tanto de la economía de electricidad de Tabasco

Unomásuno

Redacción

14 de noviembre de 2017

El INAI instruyó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) dar a conocer las cantidades del Impuesto al Valor Agregado (IVA) recaudado de enero de 2013 a julio de 2017, por el servicio de energía eléctrica que suministró la Comisión Federal de Electricidad (CFE), en el estado de Tabasco.

Al presentar el asunto ante el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el comisionado Oscar Guerra Ford destacó la importancia de informar los recursos que obtiene el Estado a través de la recaudación y conocer los impuestos que pagan las empresas para mejorar el desempeño fiscal.

En este contexto, un particular solicitó conocer los ingresos públicos provenientes del IVA que la CFE retuvo en el estado de Tabasco, por la facturación y cobro del servicio de energía eléctrica.

En respuesta el SAT declaró inexistente la información y agregó que esos datos se encuentran protegidos por el secreto fiscal, por lo que el particular se cual,inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, argumentando que la CFE retiene el IVA por cuenta del SAT y éste, a su vez, debe reportarlo a la Secretaría de Hacienda.

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Guerra Ford advirtió que el sujeto obligado omitió turnar la solicitud a todas las áreas competentes para conocer la información requerida, entre ellas la Administración General de Recaudación, por lo que no cumplió con el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

INAI pide a SAT revelar IVA recaudado por suministro de energía de CFE en Tabasco

MVS

Redacción Noticias MVS

14 de noviembre de 2017

El INAI solicitó al SAT dar a conocer los datos que se registraron entre enero de 2013 y julio de 2017.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá dar a conocer las cantidades del Impuesto al Valor Agregado (IVA) recaudado de enero de 2013 a julio de 2017, por el servicio de energía eléctrica que suministró la Comisión Federal de Electricidad (CFE), en el estado de Tabasco, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Oscar Guerra Ford destacó que la importancia de informar los recursos que obtiene el Estado a través de la recaudación, estriba en conocer los impuestos que pagan las empresas, a efecto de mejorar el desempeño fiscal como lo advierte la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos(OCDE).

Guerra Ford subrayó que de acuerdo con la OCDE la disminución en la recaudación de impuestos corporativos impone mayores cargas a los contribuyentes individuales.

“Dicho organismo señala que, hablando de México, durante el periodo 2007 al 2014 los ingresos promedio de Impuestos Sobre Utilidades Corporativas, como la Comisión Federal de Electricidad, bajaron del 3.6 al 2.8 del PIB. En el mismo periodo los ingresos del Impuesto Sobre la Renta individual aumentaron sobre las personas físicas del 8.8 al 8.9 y los ingresos por IVA subieron del 6.5 al 6.8”, indicó

Añadió que, de acuerdo con el organismo internacional, los contribuyentes empresariales siguen encontrado la manera de pagar menos y las personas físicas terminan por pagar la factura.

“La gran mayoría de aumento de impuestos han sido para las personas físicas, por medio de mayores contribuciones a la seguridad social, el IVA y el ISR. Esto destaca la urgente necesidad de trabajar para garantizar que las empresas corporativas paguen la parte que les corresponde”, apuntó el comisionado citando un artículo de la OCDE.

En este contexto, un particular solicitó conocer los ingresos públicos provenientes del IVA que la CFE retuvo en el estado de Tabasco, por la facturación y cobro del servicio de energía eléctrica.

En respuesta el SAT declaró inexistente la información y agregó que esos datos se encuentran protegidos por el secreto fiscal, razón por la cual, el ahora recurrente se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, argumentando que la CFE retiene el IVA por cuenta del SAT y éste, a su vez, debe reportarlo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

En el análisis del caso, la Ponencia del comisionado Guerra Ford advirtió que el sujeto obligado omitió turnar la solicitud a todas las áreas competentes para conocer la información requerida, entre ellas la Administración General de Recaudación, por lo que no cumplió con el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Cabe destacar que tanto el SAT como la CFE son sujetos obligados y los recursos que reciben por el suministro de energía eléctrica y el IVA que se desprende de este servicio son recursos de naturaleza pública, que no podrían actualizar el secreto fiscal, dado que no se trata de información patrimonial de contribuyentes.

Además, el SAT recauda los impuestos, entre ellos el IVA y administra una base de datos con la información fiscal, para proporcionar a la SHCP los datos estadísticos que le permitan elaborar los informes en materia de recaudación federal.

Con base en los argumentos presentados, es evidente que el sujeto obligado sí se encuentra en posibilidad de identificar las cantidades del IVA recaudado en el estado de Tabasco por el servicio de energía eléctrica; sin embargo, no turnó la solicitud a todas las áreas competentes.

Por lo anterior, el Pleno del INAI, a propuesta del comisionado Oscar Guerra Ford, revocó la respuesta del SAT y le instruyó realizar una búsqueda exhaustiva en los archivos de la Administración Central de Planeación, Análisis e Información de la Administración General de Planeación y la Administración General de Recaudación, para informar al particular las cantidades del IVA recaudadas en el estado de Tabasco por suministro de energía eléctrica de la CFE a los consumidores finales.

 

Diagnósticos sobre transparencia

Quien paga, manda

El Financiero

Pedro Salazar

15 de noviembre de 2017

¿Cuánto tiempo tarda en hacerse una ley? Podemos suponer que existen variables que inciden en las posibles respuestas a esta interrogante. La extensión del documento, su complejidad técnica, su maduración política, sus implicaciones prácticas. Concedamos que legislar pueda tomar su tiempo. Pero más de una década para redactar y aprobar una legislación –no sé qué opinen los lectores– parece demasiado.

En 2007 y luego en 2014 se estableció en la Constitución que el Congreso de la Unión tiene la obligación de legislar en materia de gasto público en comunicación social. El mandato es preciso y tenía fechas perentorias. Sin embargo, hasta ahora, los legisladores han hecho caso omiso de ese imperativo constitucional expreso. Para decirlo sin ambages, el Poder Legislativo mexicano ha violado la Constitución con descaro y sin consecuencias.

La legislación es necesaria porque, según datos obtenidos por diversas organizaciones respetables, el gasto de dinero público destinado a la publicidad oficial en los más diversos medios de comunicación, sólo este año, rondó a nivel nacional los 10 mil millones de pesos. Ese dinero se erogó en opacidad campante y, en muchos casos, lejos de estar orientado para informar a la ciudadanía, se utiliza para promover la imagen personal de los funcionarios públicos en todo el país. La estrategia propagandística ha llegado a ser, por decir lo menos, indignante. Un gobernador, por ejemplo, difundió su informe de gobierno en las salas de cine de otras entidades federativas y no lo hizo en las salas de la entidad que gobernaba. Otros plagaron el país con espectaculares adornados con su fotografía. Lo vimos todos.

Ante esta situación una organización civil, Artículo 19, decidió ampararse. Acudió primero ante un juez y le pidió que reconociera su interés legítimo para reclamar a los legisladores que cumplieran con su mandato constitucional y emitieran la ley ausente. Su alegato nos interesa a todos: sin esa ley el gasto público en publicidad oficial es arbitrario, discrecional y opaco. Además, esa forma de transferir dinero público a los medios de comunicación afecta a la libertad de expresión (“yo no pago para que me peguen”, decía López Portillo), trastoca el quehacer periodístico y vulnera nuestro derecho a la información. Si los medios viven del dinero público son blanco fácil de presiones, exigencias y censuras.

El juez de la causa bateó el asunto, básicamente, con dos argumentos. Primero, adujo que el tema era electoral y el amparo no procede en la materia. Además sostuvo que los efectos de una sentencia de amparo sólo podían beneficiar a quien lo promueve y, en este caso, si se otorgaba la protección de la justicia los efectos alcanzarían a muchas otras personas. El formalismo que destila la sentencia es tan extremo como pernicioso. Por eso, la ONG Artículo 19, acudió a la Suprema Corte. A partir del día de hoy, la ministra y los ministros de la Primera Sala discutirán el proyecto de sentencia elaborado por el juez constitucional Arturo Zaldívar.

El proyecto propone darle entrada al asunto –porque se trata de una cuestión que va mucho más allá del tema electoral y porque, dada su transcendencia y relevancia, si se acredita el interés de la organización denunciante– y otorgar el amparo. La razón es que la inacción del Congreso de la Unión materializa una “omisión legislativa absoluta” porque existe un mandato constitucional expreso que obliga a legislar. De aprobarse la sentencia, la SCJN no le dictaría al legislador el contenido de la ley en la materia, pero sí lo conminaría a que emita un legislación que respete los criterios que ya están en la Constitución de “eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez” en el gasto público en comunicación social.

Así las cosas, la SCJN tiene una oportunidad histórica para contribuir a romper un contubernio entre actores políticos y medios de comunicación, que constituye una restricción indirecta a la libertad de expresión. Los medios dependen del dinero público –de hecho podemos suponer que algunos prefieren que la legislación no exista– y eso, de una o de otra manera, condiciona su línea editorial. Lo que necesitamos –dice el proyecto– “son reglas claras y transparentes que establezcan los criterios con los cuales se asigna el gasto de comunicación social de las distintas instancias de gobierno”. Eso es precisamente lo que los legisladores no han aprobado y lo que la SCJN podría obligarlos a aprobar. Ojalá.

 

Osiptel podría multar con más S/ 600 000 a operadoras por “planes ilimitados”

Mediatelecom

Redacción, La República

15 de octubre de 2017

El presidente de Osiptel explicó ante Defensa del Consumidor del Congreso por qué se ordenó suspender ofertas de planes ilimitados de internet.

Rafael Muente, presidente de Osiptel, acudió este martes a la comisión de Defensa del Consumidor del Congreso para explicar la medida cautelar que impide a las operadoras ofertar planes ilimitados de internet.

El funcionario señaló que se tomó esta decisión para prevenir el mayor incremento de reclamos, pues aseguró que estos aumentaron en más de 12 veces en los dos últimos años respecto al internet ilimitado.

Se encontró que en dichas ofertas no había adecuada una información sobre las restricciones de los mismos, lo que generaba dudas e incomodidades en los usuarios. “La ausencia de información genera distorsión en las decisiones de los usuarios”, enfatizó.

Muente detalló que vienen supervisando si las compañías han cumplido con la medida cautelar. De lo contrario, aseguró que se impondrá multas que van desde 51 UIT (S/ 202 500) hasta 150 UIT (S/ 607 500).

El titular de Osiptel indicó que, si bien los planes eran publicitados como planes “ilimitados”, contenían una serie de restricciones para el uso de datos. En el caso de Entel, Claro y Movistar, la principales restricciones eran que los datos ilimitados tenían un máximo de 32 GB en el caso de las dos primeros y de 33 GB en el caso de Movistar.

“Ante la falta de información transparente, Osiptel se vio obligado a intervenir. Osiptel promueve la competencia pero con transparencia”, manifestó en el Congreso.

El jueves pasado, Osiptel notificó a las cuatro operadoras de telecomunicaciones una medida cautelar para suspender temporalmente la comercialización de los planes ilimitados de Internet debido a sus restricciones.

 

México, Venezuela y Ecuador pierden libertad en internet

Milenio

EFE

14 de noviembre de 2017

Venezuela, México y Ecuador han perdido libertad en internet durante el último año debido a estrategias de control y manipulación de sus gobiernos, según el informe anual que publica hoy Freedom House.

De los siete países latinoamericanos analizados, Venezuela es el único que cambia de estatus, al pasar de “parcialmente libre” a “no libre” por un deterioro “en todos los frentes” de la libertad en internet. México, Ecuador y Brasil se mantienen como “parcialmente libres”, aunque los tres han visto empeorar su libertad en la red, mientras que Colombia (“parcialmente libre”), Cuba (“no libre”) y Argentina (“libre”) conservan la puntuación del año anterior. El informe “Libertad en Internet 2017”, adelantado a la prensa antes de su presentación en Washington, evalúa la situación en 65 países, con el 87 por ciento de los usuarios de internet del mundo, en el periodo entre junio de 2016 y mayo de 2017. En Venezuela, el país latinoamericano al que se dedica más espacio, los usuarios tuvieron que lidiar con menos acceso, más censura de la crítica y otras violaciones de sus derechos, de acuerdo con el informe. Además, en el marco de las protestas antigubernamentales, los reporteros de medios digitales “enfrentaron brutales intentos de frustrar su cobertura, con detenciones arbitrarias, amenazas y ataques físicos de las fuerzas de seguridad del Estado y grupos progubernamentales”. Venezuela, Filipinas y Turquía están entre los 30 países cuyos Ejecutivos “emplearon un cuerpo de ‘formadores de opinión’ para difundir las ideas del gobierno, impulsar agendas particulares y contrarrestar a sus críticos en las redes sociales”. El número de gobiernos que intenta controlar los debates de internet de esta manera ha crecido cada año desde que Freedom House comenzó a seguir este fenómeno en 2009, pero la práctica se ha extendido y sofisticado técnicamente en los últimos años. En el caso de México, clasificado como “parcialmente libre”, se destacan dos estrategias de “desinformación”: los “bots políticos”, cuentas falsas y automáticas de redes sociales para amplificar ciertos mensajes, y los comentaristas pagados progubernamentales en la red. El informe señala, asimismo, las “prácticas de vigilancia ilegal” en el país recogidas en las investigaciones que revelaron “que el spyware (programa espía) del gobierno atacaba de manera abusiva a las personas involucradas en la investigación de la corrupción y los abusos contra los derechos humanos”. “Al menos 22 periodistas, abogados de derechos humanos y activistas fueron objeto del spyware del gobierno en México”, precisa. Además, un estimado de 75 mil cuentas automatizadas conocidas coloquialmente como “Peñabots”, por el presidente Enrique Peña Nieto, han sido empleadas “para superar a la oposición política en Twitter”. México también aparece, junto a Brasil, en la lista de ocho países donde hubo personas asesinadas por escribir sobre temas sensibles en internet y, es más, en la de los cuatro (con Pakistán y Siria) donde esto ocurrió en cada uno de los últimos tres años. De Ecuador, que se mantiene también como “parcialmente libre”, se destaca que el ex presidente Rafael Correa creó una web para enviar a sus seguidores “una notificación cada vez que un usuario de redes sociales criticaba al gobierno”. Además, el reporte denuncia que durante la campaña electoral de las presidenciales se piratearon cuentas de redes sociales de políticos, periodistas y activistas “de la oposición” para “difundir desinformación”. España no aparece en el informe, como tampoco otros países del sur de Europa como Portugal y Grecia. Freedom House es una organización independiente con sede en Washington que da seguimiento al estado de la libertad, la democracia y los derechos humanos en el mundo.

 

Protección de datos personales

En medio de protestas y sin quórum, la ALDF se aprueba Ley de Datos Personales (VIDEO)

Sin Embargo

Redacción

14 de noviembre de 2017

Legisladores protagonizaron este día una nueva discusión en la Asamblea Legislativa capitalina (ALDF), tras la aprobación de una ley pese a no tener quórum y exigir la destitución de Fernando Zárate de la Mesa Directiva, entre otras cosas.

La sesión ordinaria de este martes transcurrió entre gritos y consignas, que impidieron prestar atención a los puntos de acuerdo que iniciativas contemplados en la orden del día.

Desde que inició la sesión, legisladores del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) protestaron con megáfonos, y al unísono de “ilegal, ilegal”,  por la ocupación de la Mesa Directiva. El resto de los diputados continuó la sesión en medio del griterío.

La primera inconformidad fue luego de que el presidente de la Comisión de Transparencia, Ernesto Sánchez, presentó el dictamen de la nueva Ley de de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, que el Pleno votó sin la bancada de Morena.

La protesta continuó por la aprobación de deuda de más de 100 mil millones de pesos para la Ciudad de México, un acto que fue calificado por los opositores como “corrupción”.

Los diputados de Morena también portaron mantas– al menos una con faltas de ortografía– en la que exigían al Gobierno de Miguel Ángel Mancera Espinosa y al Congreso de la unión otorgar más recursos para la reconstrucción de la ciudad y estados afectados por los sismos de septiembre.

“Mientras miles de damnificados por el sismo piden viviendas, a Mancera y sus diputados del Frente (PAN, PRD y PT) sólo les interesa aprobar sus negocios”.

 

Aprueban ley para proteger datos personales en la CdMx

Milenio

Ilich Valdez

14 de noviembre de 2017

El Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), aprobó el dictamen por el que se expide la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para la Ciudad de México.

Con esta normatividad se garantiza la protección, así como el tratamiento correcto y lícito de datos personales que tengan las autoridades y los sujetos obligados en posesión de ellos.

Además, se sientan las bases y principios que garantizan el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales en posesión de sujetos obligados y la homologación de la normativa local con la ley general. El diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Ernesto Sánchez Rodríguez, señaló que se entiende como datos personales toda aquella información que se relaciona con nuestra persona y nos identifica, nos describe y precisa la edad, domicilio, número telefónico, correo electrónico personal, trayectoria académica, laboral o profesional, patrimonio, número de seguridad social, CURP, entre otros, de ahí la importancia de la aprobación de dicha ley.

Indicó que dicha iniciativa fue consultada con el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (InfoDF), al ser el órgano encargado de dirigir y vigilar el cumplimiento de la Ley y de las normas que de ella se emitan, al ser la autoridad encargada de garantizar la protección y el tratamiento correcto y lícito de datos personales. El también presidente de la Comisión de Transparencia y Combate a la Corrupción comentó que se garantiza a los capitalinos su derecho de ejercer la protección de sus datos personales, al igual que el cumplimiento de los principios de protección de datos personales previstos en dicha norma y demás disposiciones que resulten aplicables en la materia, así como la regulación, organización y funcionamiento del InfoDF. Sánchez explicó que con esta ley se establecen los mecanismos para garantizar el cumplimiento y la efectiva aplicación de las medidas de apremio que correspondan para aquellas conductas que contravengan las disposiciones previstas en la normatividad, además de promover, fomentar y difundir una cultura de protección de datos personales. Finalmente, destacó que ahora se podrá requerir a los sujetos obligados información pública y la rendición de cuentas, con que se fortalecen las medidas de combate a la corrupción y se provee un nuevo diseño institucional que fortalece y da rumbo definido a lo dispuesto en la Constitución Política de la Ciudad de México.

jakysahagun

noviembre 15, 2017

0 Comments

Contenido relacionado

Vinculación

Vinculación Tienes ideas para un torrente de iniciativas:  eventos, intervenciones, actividades. Incitas a la gente a pensar y debatir. Colaborar con otros estudiantes creativos y con productores e investigadores profesionales te motiva. El PAP ETIUS Comunicación y...

Producción

Habilidad: Producción Tienes ideas flamantes. Eres ágil produciendo contenido original y quieres un trabajo creativo, pero con fondo y complejidad. En el PAP ETIUS Comunicación y cultura puedes desarrollar esta habilidad, además de participar en debates de temas...

Investigación

Habilidad: Investigación Tienes la semillita de analizar todo, estás al pendiente de los temas recientes e identificar fake news como si hicieras fotosíntesis. En ETIUS Comunicación y Cultura hay un lugar para que desarrolles y compartas esta habilidad además de...