Instituto Federal de Telecomunicaciones – 28 de abril de 2017

Aprueban quitar facultades al IFT
El Universal
Horacio Jiménez
28 de abril de 2017
Con distintas criticas de beneficiar a las televisoras, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 288 votos a favor, 18 abstenciones y 114 en contra, un dictamen con el que le quita facultades al Instituto Federal Electoral (IFT) de suspensión de la señal de las radiodifusoras y televisoras cuando violen el derecho de las audiencias en sus programas noticiosos.
Con el aval del PRI, PVEM, PAN y Panal; la abstención del PES y voto en contra de PRD, MC y Morena, el dictamen fue enviado al Senado.
Se aprobó una autorregulación sobre los contenidos informativos o de opinión de los concesionarios, pues los radiodifusores establecerán un Código de Ética en el que se señalarán elementos y prácticas para prevenir y evitar prohibición de los derechos de audiencias. Los códigos se difundirán en el portal de internet de cada concesionario y presentados ante el IFT para su inscripción en el Registro Público de Concesiones 15 días después de su emisión.
 
Avalan reforma que acota facultad de IFT
Diario Reforma
Claudia Salazar e Iris Vázquez
28 de abril de 2017
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas legales que acotan facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y evita sanciones a los radiodifusores cuando violen derechos de las audiencias en noticieros.
La reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión se aprobó en lo general con 288 votos a favor, 114 en contra y 18 abstenciones.
La minuta será enviada al Senado para su discusión.
Con las modificaciones al dictamen, los concesionarios no podrán ser sancionados con la suspensión de su programación al violar derechos de las audiencias en los programas noticiosos.
Además, se deroga la obligación de los radiodifusores de diferenciar con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presente.
Se agrega una amplio capítulo para que los radiodifusores se autorregulen, con la emisión de códigos de ética elaborados por ellos mismos y sin la posibilidad de que el Instituto opine sobre éstos.
El perredista Guadalupe Acosta Naranjo acusó que la reforma es un retroceso de la reforma constitucional en telecomunicaciones, aprobada en el 2013.
Afirmó que era un albazo y que lo único que se conseguía era debilitar a un órgano autónomo.
“Hemos dado luchas muchos años para que nuestra democracia avance y para eso se tiene que limitar el poder de los poderes fácticos. Hoy estamos, no nos hagamos, los que conocemos el tema, haciéndole un favor a Televisa y a TV Azteca, quitándole facultades a Ifetel, yendo por quitar posibilidades de sanción”, expuso.
“Es fast track para discutir un tema de este importancia. No nos hagamos, compañeros, estamos haciendo un favor, está habiendo un intercambio de favores, debemos de convocar a un debate serio sobre la materia”.
Recordó que tanto PRI como PAN votaron la reforma constitucional en telecomunicaciones y que ahora se estaban echando para atrás en los compromisos y los acuerdos tomados en esa materia.
Se buscaba, afirmó, limitar a los más poderosos y dar mayores condiciones de igualdad.
“Y no permitir que ellos se autorregulen, porque entonces vamos a seguirle dando poder a las televisoras”, dijo en tribuna.
Virgilio Caballero, de Morena, reclamó que el dictamen haya sido debatido en lo oscurito.
“Morena no será comparsa de esta grave contrarreforma, en lo que muchos expertos ya han bautizado como una segunda edición de la Ley Televisa”, expuso.
 
5 puntos contra #LeyTelevisaDöring, argumentan 14 organizaciones
Homo Zapping
Jenaro Villamil
27 de abril de 2017
Catorce organizaciones civiles señalaron que la Cámara de Diputados aprobó una “contrarreforma” al aprobar las modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que atenta contra los derechos de las audiencias, elimina la obligación de los concesionarios para aportar elementos que distingan entre publicidad e información, se eliminan atribuciones de supervisión, vigilancia y sanción del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y se debilita la defensoría de las audiencias, ya que los propios concesionarios podrán designar libremente a su “ombudsman”.
En un comunicado divulgado antes de que este jueves 27 de abril la mayoría de diputados del PRI, PAN y Verde aprobaran la llamada Ley Televisa-Döring, organizaciones civiles encabezadas como la AMEDI, la AMDA, AMARC, Artículo 19, Comunicación Comunitaria, El Poder del Consumidor, Observatel, Fundar, Comunicación Comunitaria y el sindicato de trabajadores de Radio Educación, entre otros, dieron una rueda de prensa en la Cámara de Diputados para impedir que se aprobara este “albazo” legislativo.
“Las organizaciones firmantes nos oponemos a que el pleno de la Cámara de Diputados sancione este dictamen, impulsado y aprobado por legisladores del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Verde Ecologista de México en la Comisión de Radio y Televisión, sin consulta con todos los sectores de la sociedad, de manera apresurada y en secrecía, tal como sucedió en su momento con la Ley Televisa en 2006”, recordaron en su comunicado.
“Esta reforma se hace con la anuencia de los dirigentes de los partidos mencionados en vísperas de importantes procesos electorales para el país, con lo que se hace evidente que dichos partidos y sus representantes en el Congreso están vendiendo los derechos de la sociedad mexicana a cambio de los favores de las televisoras y grupos de radio comerciales”, subrayaron. En su conferencia de prensa señalaron al dirigente nacional del PAN, Ricardo Anaya, como uno de los principales responsables de esta contrarreforma, ya que la iniciativa original fue presentada por el legislador panista Federico Döring.
Las organizaciones defensoras del derecho a la información y de los derechos de las audiencias enumeraron así los principales defectos de esta ley:
Al mutilarse el artículo 256 “queda eliminado de la ley el mandato de que el servicio público de radiodifusión deba prestarse en condiciones de competencia y calidad” y que a través de sus transmisiones brinde los beneficios de la cultura, preservando la pluralidad y veracidad de la información.
“La mutilación del artículo 256 es especialmente atentatoria contra los pueblos originarios y las poblaciones históricamente vulneradas, pues el principio de pluralidad se ve afectado”, subraya el comunicado.
La contrarreforma “deja a voluntad del concesionario aportar elementos para distinguir con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta”. Este derecho es un “precepto ético” que protege a las audiencias al proporcionarle elementos para valorar adecuadamente los mensajes que reciben, al tiempo que “mejora la práctica periodística evitando que los sesgos y la subjetividad del presentador de las noticias, modifique el sentido de la información noticiosa verificada e investigada con criterio de imparcialidad”.
“Se elimina la obligación de los concesionarios de aportar elementos para distinguir la publicidad de la información”, en franca violación con la prohibición expresa en el artículo 6 constitucional. Las organizaciones consideraron que con esos cambios el mandato constitucional de no hacer pasar publicidad por información “queda constreñido a la programación informativa”, con lo cual las audiencias “quedan desprotegidas cuando se trata de programas diversos, revistas matutinas o emisiones de espectáculos en los cuales se suele vender entrevistas a políticos o supuestos especialistas que recomiendan un determinado producto, sin que al público se le aclare que se trata de un segmento pagado”.
También se eliminan facultades de “supervisión, vigilancia y sanción” del IFT porque se deroga la atribución de determinar la suspensión precautoria de transmisiones (artículo 15, fracción 61) que con la adenda de último momento sólo aplicará para las audiencias infantiles. También se deja a voluntad de los concesionarios y del Ejecutivo federal la facultad de reglamentar en la materia, cuando originalmente esto es una atribución del organismo constitucional autónomo.
Permitirá que los concesionarios se “autorregulen” pues ya no se mandata que el nombramiento de los defensores de audiencias se ajuste a los criterios de “imparcialidad e independencia”. Los ombudsman de las audiencias de las televisoras y radiodifusoras ya no tendrán que rendir informes ante el IFT.
 
Aprueban PRI, PAN y Verde por 288 votos una contrarreforma a la Ley de Telecomunicaciones
Homo Zapping
Jenaro Villamil
27 de abril de 2017
Precedida por una fuerte crítica de organizaciones civiles que la consideran un “atentado contra los derechos de las audiencias” y una “contrarreforma” que resta facultades al regulador autónomo, la Cámara de Diputados aprobó por 288 votos a favor del PRI, PAN y Partido Verde, 114 en contra de PRD, Morena y MC y 18 abstenciones la reforma a 10 artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, rebautizada en las redes sociales como Ley Televisa Döring.
En lo particular, el dictamen aprobado por la Comisión de Radio y Televisión apenas el pasado 5 de abril, fue aprobado por 208 votos a favor, 192 en contra y 9 abstenciones, ya que algunos diputados de Acción Nacional votaron en contra, en lo particular, a pesar de que la iniciativa fundamental provino del legislador Federico Döring.
Los principales cambios que incorpora esta minuta es una reforma completa a la prohibición absoluta establecida en el artículo 6 constitucional para que los concesionarios de radio y televisión presenten como información lo que es propaganda o publicidad encubierta. El dictamen elimina la obligación de los concesionarios para distinguir publicidad de información y sólo lo constriñen a la programación infantil.
“Se entenderá que se transmite publicidad o propaganda como información periodística o noticiosa, cuando un concesionario inserta dentro de su programación informativa un análisis o cometario editorial cuyo tiempo de transmisión ha sido contratado por un anunciante, sin que tal circunstancia se haga del conocimiento de la audiencia. En su Código de Ética, los concesionarios señalarán los elementos y prácticas que observarán para prevenir y evitar incurrir en la prohibición a que se refiere esta fracción”, señala el nuevo párrafo de la fracción IV del artículo 256.
Originalmente, este artículo sólo estableció que es obligación de los radiodifusores en materia de derechos de audiencias “que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión que se presenta” (derogada) y “que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa”.
La nueva redacción restringe esta distinción sólo a los programas noticiosos (dejando la posibilidad de hacerlo en programas de entretenimiento o espectáculos) y establece “el principio de autorregulación” de los concesionarios de radio y televisión.
Las reformas también supeditan al defensor de las audiencias a los intereses de los concesionarios de radio y televisión y ya no se ordena que se ajuste a los principios de “imparcialidad e independencia”.
“Los concesionarios designarán libremente al defensor de las audiencias, sin que el instituto (IFT) u otra autoridad tenga facultades para intervenir u opinar de manera previa o posterior a ello”, quedó el nuevo artículo 259.
La reforma deroga las sanciones derivadas de “no cumplir con los lineamientos de carácter general que emita el Instituto (IFT) sobre las obligaciones mínimas para los defensores de las audiencias”, en el artículo 311 y también deroga la atribución de determinar la “suspensión precautoria de transmisiones” (artículo 15 fracción 61).
El dictamen claramente cuestiona los lineamientos generales en materia de defensa de los derechos de las audiencias que emitió el IFT a principios de año y que generó una dura campaña en los espacios editoriales e informativos de Televisa, TV Azteca y de las estaciones de radiodifusión comerciales.
También menciona las dos controversias constitucionales interpuestas por el Ejecutivo federal, vía el consejero jurídico Humberto Castillejos, y por el Senado de la República ante la Suprema Corte de Justicia y que aún no se ha definido.
El Pobre Debate
Durante el debate, la diputada Lía Limón García, presidenta de la Comisión de Radio y Televisión, afirmó que era “absolutamente falso” que el dictamen se haya aprobado “en lo oscurito” y que la adenda también se haya presentado “en lo oscurito”.
Legisladora del Partido Verde, Limón García defendió el dictamen señalando que “aseguramos la libertad editorial de los comunicadores, reporteros y periodistas, así como la libre difusión de las ideas y opiniones” y recordó que estas reformas fueron aprobadas por 14 votos a favor y 3 en contra, pero no mencionó que el diputado Clemente Castañeda, del MC, quien presentó otra iniciativa, se deslindó del contenido final del dictamen.
Limón García criticó al IFT por presentar unos lineamientos de derechos de las audiencias que “implicaban restricciones importantes a la libertad de expresión. En este sentido, hubo diputados que buscaron atener esta situación y presentaron iniciativas con el fin de precisar el marco jurídico para que no haya un ápice, ni asomo del riesgo de la libertad de expresión”.
En contra del dictamen, el diputado del PRD, Guadalupe Acosta Naranjo, advirtió que se repitió el mismo mecanismo del “albazo legislativo” que se provocó durante la Ley Televisa, en 2006.
“No me vengan a decir que vienen a defender la libertad de expresión, los del PAN”, afirmó Acosta Naranjo. “Están sirviendo a los intereses de Televisa y de TV Azteca. En vez de esperar a que la controversia se resuelva en la Suprema Corte de Televisa vienen con este albazo”, agregó.
Por su parte, Virgilio Caballero, diputado federal de Morena, reclamó que este dictamen se haya discutido “en lo oscurito”. “Morena no será comparsa de una grave contrarreforma, en lo que muchos expertos ya han bautizado como una segunda edición de la Ley Televisa”, sentenció el también ex director fundador del Canal del Congreso.
El diputado panista Gerardo Gabriel Cuanalo Santos argumentó a favor de la iniciativa señalando que en 2016 el IFT publicó una serie de lineamientos en las que se “extralimitaron” en sus facultades, por lo que calificó al organismo constitucional autónomo como “autoritario” y con facultades para “castigar la libre manifestación de ideas”.
El coordinador del partido Movimiento Castañeda, presentó una moción suspensiva del dictamen argumentando que esta ley “prácticamente pretende derogar la atribución que la propia Constitución en su artículo 6 le mandata al IFT como organismo constitucional autónomo para tutelar los derechos de las audiencias y establecer los mecanismos para su protección”.
Castañeda criticó la “apresurada aprobación” del dictamen y destacó “el intenso debate público sobre los alcances y el posible impacto negativo de dicha reforma”. Consideró que esta reforma “elimina de facto los mecanismos que hacen posible proteger los derechos de las audiencias”.
La mayoría del PRI, PAN y Verde desechó esta moción suspensiva y los otros recursos interpuestos por Morena y PRD. El legislador de Morena, Ángel Antonio Hernández de la Piedra, afirmó que se trataba de “una chicanada; la adenda que se publicó en la gaceta manifiesta la opacidad con la que se condujo la Comisión de Radio y Televisión”.
 
Diputados aprueban reforma para acotar facultades del IFT
Aristegui Noticias
Redacción
27 de abril de 2017
La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el cual ha sido criticado por acotar las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) e ir en contra de los derechos de las audiencias.
El dictamen establece que se debe eliminar la obligación de que los códigos de ética de los concesionarios de radio y televisión se ajusten a los lineamientos del IFT y también deja asentado que la designación de los defensores de las audiencias la harán los propios concesionarios sin opinión de dicho instituto.
La reforma fue aprobada en lo general por 288 votos a favor, 114 en contra y 18 abstenciones; luego de que el pleno rechazó las reservas que presentaron diputados del PRD, MC y PAN; se avaló en lo particular con 208 votos a favor, 192 votos en contra y nueve abstenciones.
A favor del dictamen habló el diputado Gerardo Gabriel Cuanalo Santos (PAN) y en contra lo hicieron los legisladores Sergio López Sánchez y Guadalupe Acosta Naranjo, ambos del PRD, y Renato Josafat Molina Arias (Morena).
El documento surgió de dos iniciativas que presentaron, por separado, los diputados Clemente Castañeda Hoeflich (MC) y Federico Döring Casar (PAN), en febrero y marzo pasados, a pesar de que el primero solicitó, el mismo día que la Comisión de Radio y Televisión avaló el dictamen (5 de abril de 2017), que su propuesta fuera retirada.
El dictamen reforma reforma el artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para indicar, en la fracción IV, que entre los derechos de las audiencias está “que los concesionarios se abstengan de transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa”.
Este artículo también se modifica para indicar que los códigos de ética de los concesionarios, bajo el principio de autorregulación, tendrán por objeto informar al público en general la forma detallada de cómo el concesionario se compromete a respetar y promover todos los derechos de las audiencias.
También para precisar que el código de ética será emitido libremente por cada concesionario y no estará sujeto a convalidación o revisión del IFT o de autoridad, ni a criterios, directrices, lineamientos o cualquier otra regulación.
Se reforma la fracción LIX del artículo 15, para estipular que entre las atribuciones del IFT está “ejercer las facultades de vigilancia en materia de derechos de las audiencias”, para, en su caso, imponer sanciones económicas a los concesionarios y defensores de las audiencias.
En el precepto 311 se elimina la fracción II del inciso C, para que el IFT ya no pueda multar a los defensores de las audiencias por no cumplir con los lineamientos del Instituto sobre sus obligaciones mínimas, de tal manera que sólo los podrá sancionar cuando no cumplan las obligaciones establecidas en la Ley.
El artículo 259 se modifica para establecer que “la actuación del defensor de la audiencia se sujetará, exclusivamente, al código de ética del concesionario, y únicamente rendirá cuentas a la audiencia y a las instancias que, en su caso, prevea el propio código”.
Asimismo, indica que “los concesionarios designarán libremente al defensor de la audiencia, sin que el Instituto u otra autoridad tenga facultades para intervenir u opinar”.
Se realiza una reforma a la fracción LXI del artículo 15 para estipular que el IFT no tendrá la facultad de ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones de programas noticiosos que violen las normas relacionadas con la protección del público infantil, en materia de salud, publicidad y valores estipulados en el artículo 3 de la Constitución Política.
Concesionarios, únicos beneficiados: PRD y MC
Los diputados Guadalupe Acosta Naranjo (PRD) y Jorge Álvarez Maynez (MC) afirmaron que el dictamen que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión es un retroceso a los derechos de las audiencias.
El documento, que se discutirá este jueves en la Cámara de Diputados, “va en contra de la reciente reforma constitucional en materia de telecomunicaciones”, señalaron en conferencia de prensa conjunta.
Acosta Naranjo aseguró que “los concesionarios (de medios de comunicación) son los únicos beneficiados con esta reforma”.
“Se echan para atrás los derechos de los ciudadanos y se respetan y se multiplican los derechos de los concesionarios de un bien público, que está regulado por el Estado mexicano”, agregó.
Sostuvo que con este dictamen se están quitando facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), pues se eliminan sus atribuciones de supervisión, vigilancia y sanción a concesionarios de medios de comunicación.
Por otro lado, Álvarez Maynez apuntó que el dictamen incluye más de 20 disposiciones, que “son regresivas y están en contra de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones”.
“No aceptamos que lo que es una obligación del dictamen, quiera ser puesto en la misma lógica de libertades de empresa y de expresión, por una sola razón: porque los concesionarios lucran con un bien de la nación, que es el espectro radioeléctrico, por eso son concesionarios y tienen obligaciones ante el Estado mexicano”, puntualizó.
Asimismo, el diputado de MC hizo un llamado al IFT a “que defienda las facultades que hoy tiene” en esta materia.
 
Sintonizar radio en dispositivos móviles no debe consumir datos: IFT
La Jornada
Miriam Posada
27 de abril de 2017
Ciudad de México. El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dio a conocer la Disposición Técnica IFT-011-2017 que contiene especificaciones de los equipos terminales móviles que puedan hacer uso del espectro radioeléctrico o ser conectados a redes de telecomunicaciones, esto es que cualquier celular que contenga un dispositivo para reproducir una señal radiofónica lo haga sin la necesidad de usar datos.
La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) señaló que la disposición del regulador resultó acertada, debido a que este sector reclamaba la posibilidad de que los teléfonos inteligentes (smartphones) puedan sintonizar programación radiofónica sin necesidad de consumo de datos de internet.
En enero de 2016 la CIRT planteó al IFT la necesidad de una disposición que facilitara a los usuarios la sintonización de frecuencias en diversos dispositivos personales de consumo generalizado.
Explicó que la mayoría de smartphones cuentan con un receptor interno de radiodifusión en Frecuencia Modulada (FM) construido e integrado desde fábrica. Para poder reproducir dicha señal, este receptor debe de ser activado por las empresas fabricantes de teléfonos móviles. Al ser activado, pueden recibir directamente del aire, las señales de las emisoras de FM.
Con la disposición técnica expedida por el IFT todos los dispositivos de venta en México que tengan el hardware del receptor de FM desde fábrica deberán carecer de bloqueos de fábrica para que el usuario pueda escuchar radio sin usar Internet.
“La CIRT celebra este importante paso en el marco regulatorio en beneficio de la audiencia, ya que la Radio es un servicio público de interés general que resulta fundamental para mantener comunicada a la población, especialmente en casos de emergencias en las que las conexiones móviles de Internet suelen colapsar”.

jakysahagun

abril 28, 2017

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