Multa a Telmex, de las menores impuestas por el IFT
El Universal
Carla Martínez
7 de abril de 2017
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ha impuesto multas a otras empresas de telecomunicaciones superiores a 5.4 millones de pesos resuelta para Telmex.
De acuerdo con la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, le correspondía dicha sanción, porque el artículo 298 indica una multa de entre 1% y 3% cuando no se cumple con las obligaciones o condiciones establecidas en la concesión o autorización cuyo incumplimiento no esté sancionado con revocación.
En 2014, Televisa fue multada por 53.8 millones de pesos debido a que no cumplió con la obligación de no tener consejeros cruzados entre la televisora y Televisión Internacional (TVI).
En ese mismo año, el instituto multó a Cablevisión, filial de Televisa, por 8.7 millones de pesos y a Megacable con 33.5 millones por prácticas monopólicas absolutas.
En 2016, empresas de televisión de paga de Televisa y Megacable fueron sancionadas por 114.4 millones de pesos en conjunto por no retransmitir el canal Once Niños.
Abel Hibert, analista en telecomunicaciones, recordó que Telmex está impedido a dar el servicio de televisión de paga “y eso sería si adquirieran o hicieran un join venture o algún tipo de convenio con Dish para dar los servicios y que ellos fueran accionistas”.
Sobre el monto de la multa, Hibert opinó que lo resuelto por el instituto fue acertado. “Lo que resolvió el IFT está bien y adecuado a lo que seguramente encontró y no era para una sanción más grande”.
En tanto, Jorge Bravo, analista de MediaTelecom Policy and Law, dijo que la sanción crea precedentes, aunque no consistió en revocación de su título de concesión, que era una posibilidad. “Considerando que una de las sanciones podía ser incluso la revocación del título de concesión, digamos que la multa está en los niveles de los ingresos, siempre es una multa importante y además crea precedentes”.
El analista agregó que la decisión del monto de la multa pudo ser considerada a partir de las sanciones impuestas a otros operadores.
Este miércoles, el instituto explicó que la sanción de 5 millones 383 mil 200 pesos para Telmex se debió a que la empresa incumplió con el tercer párrafo de la Condición 1.9 de su título de concesión.
Entre 2008 y 2014, Telmex contó con un contrato con Dish que le permitía incidir o influir en la operación de la empresa de televisión de paga satelital, lo que significó una explotación indirecta de una concesión de servicios de televisión, detalló el IFT.
Piden legislar audiencias objetivamente
Diario Reforma
Alejandro González
07 de abril de 2017
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) llamó a los legisladores a ejercer con responsabilidad, objetividad y transparencia la revisión y eventual modificación a los Lineamientos de los Derechos de las Audiencias.
En un comunicado firmado por los integrantes del pleno, el IFT afirmó que se debe asegurar mecanismos para la protección y garantía efectiva de los derechos de las audiencias, en caso contrario, se apartaría de lo ordenado por la Constitución.
“El IFT respeta la facultad del Congreso de la Unión para reformar la ley y adoptar, en su caso, un nuevo modelo de protección de derechos de las audiencias.
“Pero tratándose de derechos finalmente reconocidos en nuestro marco constitucional después de un amplio consenso social confiamos en que esta facultad será ejercida con responsabilidad, objetividad y transparencia, privilegiando en todo momento la tutela efectiva de estos derechos”, señaló el regulador.
Agregó que ante las descalificaciones sobre la actuación del IFT por parte de algunos legisladores, el Instituto reitera su convicción de haber actuado en todo momento conforme con su mandato constitucional y cumpliendo a cabalidad con lo ordenado en la ley por el propio Congreso de la Unión.
“Por ello, estimamos que las controversias constitucionales representan una oportunidad muy valiosa para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva sobre el alcance y tutela efectiva de los derechos de las audiencias, de acuerdo con nuestra Constitución y tratados internacionales de los que México es parte”, señaló.
El pasado miércoles, de forma apresurada, la Comisión de Radio y Televisión aprobaron reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, “rasurando” facultades del IFT para reglamentar y sancionar a los concesionarios, derogando diversas disposiciones, como la obligación de diferenciar información noticiosa de la opinión.
Diversos especialistas calificaron de retroceso las modificaciones de ley.
Tibia defensa del IFT ante #LeyTelevisaDoring
Homo Zapping
Jenaro Villamil
06 de abril de 2017
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) defendió sus atribuciones como responsable de los lineamientos en materia de defensa de los derechos de las audiencias y sobre el “albazo” legislativo para aprobar una iniciativa de ley que le resta facultades afirmó que “respeta la facultad del Congreso de la Unión para reformar la ley”, pero que “confiamos en que esta facultad será ejercida con responsabilidad, objetividad y transparencia, privilegiando en todo momento la tutela efectiva de estos derechos”.
Horas después de que se aprobara por mayoría de votos del PRI, PAN y Partido Verde en el seno de la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados una contrarreforma a las atribuciones del IFT, este organismo autónomo también reiteró que esperarán a que la Suprema Corte de Justicia resuelva sobre el alcance de las controversias interpuestas a finales de enero por el Ejecutivo federal y el Senado contra los lineamientos.
El IFT no califica como anticonstitucional el dictamen aprobado en comisiones legislativas, pero advierte que “como se desprende del espíritu y de la letra del artículo 6º Constitucional, la normatividad ya sea del Congreso de la Unión o del IFT, debe asegurar mecanismos para la protección y garantías efectivas de los derechos de las audiencias; de otra forma se apartaría de lo ordenado por nuestra Carta Magna”.
El artículo 6 de la Constitución, reformado por el Congreso al discutir un nuevo ordenamiento en materia de radiodifusión y telecomunicaciones, estableció que habrá una ley que establecerá “los derechos de los usuarios de telecomunicaciones, de las audiencias, así como los mecanismos para su protección.
Por otro lado, en el Senado de la República se recibió la propuesta del Ejecutivo federal para elegir al nuevo comisionado del IFT que entrará a ocupar el séptimo sitio vacante. Actualmente, el pleno del IFT sólo tiene 6 comisionados.
Se trata de Arturo Robles Rovalo, un ingeniero en Telecomunicaciones por la UNAM, que se desempeñó como Director General Adjunto de Investigación en Prospectiva.
Su perfil es bastante técnico y, al parecer, forma parte del equipo de funcionarios que se integraron al IFT y que antes trabajó como asesor o consultor en empresas como Detente Group LLC u organizaciones como Transparencia Mexicana.
Se Deslinda el MC de la Ley Televisa Döring. Artículo y #VideoOpinión
Homo Zapping
Jenaro Villamil
06 de abril de 2017
El partido Movimiento Ciudadano (MC) se deslindó de última hora y votó en contra del dictamen de una nueva “Ley Televisa” para suprimir la obligación de las televisoras y radiodifusoras a respetar los derechos de las audiencias y restarle facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en lo que consideran una auténtica contrarreforma.
Clemente Castañeda, coordinador de MC, quien presentó una iniciativa para derogar la fracción III del artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunciaciones y Radiodifusión aclaró que su objetivo era sólo eliminar la distinción entre opinión e información de los noticiarios en medios electrónicos, pero que “nuestra iniciativa no es contra del IFT y lo que se aprobó finalmente le quita atribuciones al organismo”, además de que “se aprobó otra cosa en la que no coincidimos que es la autorregulación”.
La iniciativa presentada por el diputado federal Castañeda se dictaminó en conjunto con otra presentada por el diputado federal panista Federico Döring que plantea desaparece las atribuciones del IFT para sancionar a las televisoras y radiodifusoras y ordenar la suspensión precautoria de transmisiones.
Castañeda le envió este 5 de abril un oficio a la diputada Lía Limón, presidenta de la Comisión de Radio y Televisión, en el que solicita que su iniciativa “no sea contemplada dentro del proyecto de dictamen” porque “considero que este dictamen no toma en cuenta el espíritu de mi iniciativa”.
Finalmente, sin discusión ni debate la mayoría de los diputados del PRI, PAN y Partido Verde aprobaron la iniciativa. Votaron en contra dos diputados de Morena, destacadamente Virgilio Caballero, y en contra el legislador federal del MC, René Cervera.
Discusión sobre derechos de audiencias, “de improviso”: Amedi
La Jornada
Susana González G
06 de abril de 2017
Ciudad de México. La Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) acusó a la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados -presidida por Lía Limón García, diputada del Partido Verde- de aprobar un dictamen “regresivo y contradictorio” de una iniciativa de ley que “desmonta” la noción de servicio público, desprecia los derechos de las audiencias y debilita las atribuciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
La discusión al respecto, dijo, se realizó “de improviso y a espaldas de las organizaciones de la sociedad civil conocedoras de la libertad de expresión, el derecho a la información, la comunicación democrática y los derechos de las audiencias”.
El dictamen fue resultado de la propuesta que hicieron Clemente Castañeda Hoeflich y Federico Döring Casar, diputados de Movimiento Ciudadano y del PAN, quienes plantearon derogar la distinción entre información y opinión, así como realizar modificaciones que atentan contra las facultades del IFT y los derechos de las audiencias.
La Amedi ponderó que dicho dictamen contradice la reforma en telecomunicaciones de 2013, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), así como la ley secundaria de la misma que otorga al IFT la facultad de regular, promover y supervisar la prestación de los servicios de radiodifusión, así como vigilar y sancionar las obligaciones en materia de defensa de las audiencias y emitir los lineamientos correspondientes.
También “deroga la mención de que el servicio público de radiodifusión se preste en condiciones de competencia y calidad, como lo establece la fracción tercera del artículo sexto constitucional y el artículo 256 de la LFTR, mismo que buscan suprimir indebidamente, invitando a los agentes económicos preponderantes en radiodifusión y telecomunicaciones a que también busquen limitar las atribuciones del regulador ¡en temas de competencia y calidad!”, advirtió la organización.
Intromisión al Poder Judicial
Incluso consideró que dicho dictamen “debe entenderse como una intromisión al Poder Judicial” ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza dos acciones de inconstitucionalidad sobre los derechos de las audiencias que presentaron la Presidencia y el Senado de la República.
“Corresponde al máximo tribunal discutir y resolver el asunto. El dictamen de la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados debe entenderse como una intromisión al Poder Judicial, en cuyo momento procesal le corresponde resolver. El Congreso de la Unión ya discutió y aprobó la reforma constitucional y la ley secundaria, el IFT ya emitió los lineamientos. Compete a la Suprema Corte resolver la inconstitucionalidad de las demandas”, puntualizó.
El trasfondo de dicho dictamen y lo inédito de dicha iniciativa, condenó la organización, “es el vaciamiento del servicio público de radiodifusión porque se suprime su esencia: los beneficios de la cultura, la preservación de la pluralidad y la veracidad de la información”, más allá de que en el derecho de las audiencias se busque derogar la diferencia entre información noticiosa e información o que se obligue a los concesionarios a distinguir entre publicidad y contenido de un programa para que no se engañe a las audiencias.
“Como siempre, los diputados quieren congraciarse con la industria”
Los concesionarios se escudan en la defensa de la libertad de expresión de los medios y sus comunicadores, los mismos que tienen el privilegio de tener espacios en la radio, la televisión, la prensa escrita y la Internet, pero, dijo, muy poco les importa los derechos de las audiencias. No quieren ser sancionados si pasan encima de ellos, no quieren que los códigos de ética y los defensores de la audiencia sean “convalidados” por el IFT y tampoco quieren que las transmisiones sean suspendidas precautoriamente cuando violen los derechos de las audiencias.
Tampoco los diputados que aprobaron el dictamen se preocupan por las audiencias: “como siempre que los legisladores quieren congraciarse con la industria de la radiodifusión, la deliberación del dictamen fue atropellada, expedita, apabullante y colmada de falacias, pero eficaz en sus objetivos de agradar a los concesionarios”, puntualizó.
La organización volvió a hacer un llamado a los legisladores a respetar las leyes que aprobaron en 2013 y 2014 como parte de la reforma en telecomunicaciones.
“Al deliberar sobre el agraviante dictamen, lo que van a decidir los diputados es muy simple: defender a las audiencias de las prácticas abusivas de los concesionarios o despreciarlas. La decisión es histórica, con nombre y apellido, y cada voto de los diputados a favor del dictamen es repudiarse a sí mismos, porque los legisladores y los políticos también son audiencias”, concluyó.
Advierte IFT sobre posibles modificaciones a ley de telecomunicaciones
La Jornada
Susana González G
06 de abril de 2017
Ciudad de México. Los derechos de las audiencias fueron considerados “clave para impedir monopolios de la opinión pública”, pero ahora se pretende modificarlos en la Cámara de Diputados con una nueva reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), advirtieron los seis comisionados del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), incluido su presidente Gabriel Contreras.
Frente a las descalificaciones que han lanzado algunos legisladores contra el IFT, reiteraron que el organismo ha actuado “en todo momento conforme a su mandato constitucional y cumpliendo a cabalidad con lo ordenado en la ley por el propio Congreso de la Unión” .
Consideraron que las controversias constitucionales que Presidencia y el Senado presentaron contra los lineamientos que, en cumplimiento de la ley, el IFT emitió sobre los derechos de las audiencias, representan una oportunidad muy valiosa para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva sobre el alcance y tutela efectiva de los mismos, acorde con la Constitución y los tratados internacionales suscritos por México.
El derecho de las audiencias está reconocido en el artículo sexto de la Constitución y dispone que la ley establecerá los mecanismos para su protección, puntualizaron en un comunicado los comisionados Gabriel Oswaldo Contreras Saldívar, Adriana Sofía Labardini Inzunza, María Elena Estavillo Flores, Mario Germán Fromow Rangel, Adolfo Cuevas Teja y Javier Juárez Mojica.
“Este reconocimiento fue motivado por el Constituyente Permanente, en la necesidad de una adecuada protección del derecho a la información. Incluso, en los foros públicos llevados a cabo por el Senado de la República durante el proceso de reforma, se consideraron los derechos de las audiencias como clave para impedir monopolios de la opinión pública”.
Aun así, manifestaron que el IFT respeta la facultad del Congreso de la Unión para reformar la ley y adoptar, en su caso, un nuevo modelo de protección de derechos de las audiencias. “Tratándose de derechos finalmente reconocidos en nuestro marco constitucional después de un amplio consenso social, confiamos en que esta facultad será ejercida con responsabilidad, objetividad y transparencia, privilegiando en todo momento la tutela efectiva de estos derechos”, acotaron.
Sentenciaron que la normatividad, sea del Congreso de la Unión o del IFT, debe asegurar mecanismos para la protección y garantía efectivas de los derechos de las audiencias, porque de lo contrario se apartaría de lo ordenado por la Carta Magna.
Derechos de audiencias impiden monopolios de opinión pública: IFT
El Universal
Carla Martínez
6 de abril de 2017
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) recordó que el Congreso consideró los derechos de las audiencias como parte de la reforma constitucional pues son clave para impedir monopolios de la opinión pública.
En un comunicado, el regulador señaló que ante las descalificaciones de las que ha sido objeto, reitera que ha actuado “conforme a su mandato constitucional y cumpliendo a cabalidad con lo ordenado en la ley por el propio Congreso de la Unión”.
Por lo que las controversias constitucionales interpuestas por la Presidencia y el Congreso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) son una oportunidad para que se conozca el alcance y tutela efectiva de los derechos de las audiencias.
Sin embargo, el instituto asegura que respeta “la facultad del Congreso de la Unión para reformar la ley y adoptar, en su caso, un nuevo modelo de protección de derechos de las audiencias”.
Y confía en que esta facultad será ejercida con responsabilidad, objetividad y transparencia, privilegiando en todo momento la tutela efectiva de estos derechos.
Diputados contra el Ifetel
Milenio Jalisco
Fernando Mejía Barquera
06 de Abril 2017
Los diputados José Clemente Castañeda Hoeflich, de Movimiento Ciudadano, y Federico Döring, del PAN, se sumaron al Ejecutivo federal y al senador Pablo Escudero, del PVEM, y decidieron impugnar los Lineamientos sobre Defensa de las Audiencias que el Ifetel publicó en diciembre de 2016. Sin embargo, a diferencia de Peña Nieto y Escudero, que interpusieron controversias constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Castañeda y Döring optaron por presentar iniciativas de reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).
INICIATIVA DÖRING
La iniciativa de Castañeda, presentada el 14 de febrero de este año, es muy breve y se refiere a un solo punto: la derogación de la fracción III del artículo 256 de la LFTR, con el fin de que se suprima como derecho de las audiencias la obligación para el emisor de diferenciar “con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta”. Como se recuerda, ese tema generó un intenso debate hace un par de meses.
En cambio, la del panista Döring, presentada el 30 de marzo, es extensa y exige reformas a 10 artículos de la LFTR. Ambas iniciativas fueron fusionadas en la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados, que preside la ex panista —y ahora “verde ecologista”— Lía Limón, y transformadas en un dictamen publicado el 4 de abril, el cual deberá ser discutido por el pleno en los próximos días. El dictamen podría ser llamado “iniciativa Döring” debido a que prácticamente transcribe la propuesta del panista.
PUBLICIDAD ENGAÑOSA
El documento busca limitar las atribuciones del Ifetel. Por ejemplo, exige modificar el artículo 15 de la LFTR para quitar al órgano regulador la facultad de “supervisar que la programación dirigida a la población infantil respete los valores y principios a que se refiere el artículo 3o. de la Constitución, las normas en materia de salud y los lineamientos establecidos en esta ley que regulan la publicidad pautada en la programación destinada al público infantil”.
En materia de publicidad, exige sustituir la fracción IV del artículo 256 de la LFTR en donde actualmente se indica que las radiodifusoras y televisoras deben incluir en sus transmisiones “elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa”, disposición con la cual se intenta que todos los mensajes que impliquen pago para el concesionario sean reconocidos como publicidad: por ejemplo, “entrevistas” donde se promueven productos o servicios o escenas dentro de alguna telenovela donde los actores consumen determinada mercancía.
La “iniciativa Döring” propone sustituir el párrafo actual de la ley por este: “Que los concesionarios se abstengan de transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa”. Pone el acento en lo noticioso, pero deja intacta la publicidad comercial engañosa.
DEFENSORES DE AUDIENCIAS
Finalmente, el dictamen propone modificar las actuales disposiciones de la ley en relación con los defensores de audiencias. La LFTR indica en su artículo 259 que los defensores de audiencias, nombrados libremente por los concesionarios, deberán regir su actuación “por criterios de imparcialidad e independencia” y su “prioridad será la de hacer valer los derechos de las audiencias, según los códigos de ética que haya firmado o a los que se haya adherido cada concesionario”.
El panista propone sustituir ese párrafo por el siguiente: “La actuación del defensor de la audiencia se sujetará, exclusivamente, al Código de Ética del concesionario, y únicamente rendirá cuentas a la audiencia y a las instancias que, en su caso, prevea el propio Código de Ética”. Es decir, elimina el compromiso de “imparcialidad e independencia” y la prioridad de hacer valer los derechos de las audiencias, con lo cual se corre el riesgo de que el defensor de audiencias actúe según lineamientos dictados por los concesionarios de medios, públicos o privados.
TIRAR LINEAMIENTOS
La “iniciativa de Döring” parece un recurso para darle velocidad al objetivo de echar abajo los lineamientos sobre derechos de las audiencias elaborados por el Ifetel; ello en previsión de que la SCJN falle contra las controversias presentadas por Peña Nieto y Pablo Escudero, o bien de que un fallo favorable de la Corte tarde todavía varios meses.
Avanza reforma que acota al IFT
El Economista
Jorge Monroy
6 de abril de 2017
La Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados aprobó las reformas que quitarán al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la facultad de normar el derecho de la audiencia en medios de radio y televisión.
El dictamen aprobado garantiza que cuando un medio de comunicación decida insertar mediante sus comunicadores un análisis o comentario editorial, cuyo tiempo de transmisión ha sido contratado por un anunciante, no le implicará hacerlo del conocimiento de la audiencia. Deja a criterio de los medios establecer sus propios códigos de ética, así como nombrar a sus propios defensores de audiencia.
“Los concesionarios designarán libremente al defensor de la audiencia, sin que el instituto u otra autoridad tengan facultades para intervenir u opinar de manera previa o posterior a ello”, refiere.
La presidenta de la Comisión de Radio y Televisión, Lía Limón (PVEM), presentó en sesión de esa comisión el proyecto de dictamen con base en las iniciativas de los diputados José Clemente Castañeda (Movimiento Ciudadano) y Federico Döring (PAN).
La legisladora declaró en sesión permanente a esa comisión, y anunció que se citaría para este jueves, a fin de discutir y votar el proyecto. Sin embargo, la diputada Lía Limón convocó para someter a votación el proyecto.
Por 14 votos en favor del PRI, PAN, PVEM, Nueva Alianza y PES; tres en contra de Morena y MC, y una abstención del PRD, la Comisión aprobó el proyecto de dictamen que reforma el artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y deroga otros ordenamientos.
El proyecto de dictamen elimina las palabras “pluralidad”, “veracidad” y el fomento de “la identidad nacional”, lo que, de acuerdo con expertos, ya no garantizará que las transmisiones privilegien la diversidad lingüística y cultural de las comunidades indígenas del país.
Ejecutivo propone candidatos para IFT y Cofece
El Universal
Carla Martínez
6 de abril de 2017
Alejandro Raya Rodriguez y Arturo Robles Róbalo son los comisionados que el Ejecutivo Federal propuso al Senado para la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), respectivamente.
En un comunicado, el Senado recordó que los comisionados propuestos ocuparían el cargo por nueve años.
Faya Rodríguez es licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana y actualmente se desempeña como Jefe de la Unidad de Planeación, Vinculación y Asuntos Internacionales en la Cofece.
Mientras que Robles Rovalo es ingeniero en Telecomunicaciones por la UNAM, y actualmente es director general adjunto de Investigación en Prospectiva, en el IFT.
“La designación de Faya Rodríguez fue turnada a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos; mientras que la de Robles Rovalo, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes, de Radio, Televisión y Cinematografía y de Estudios Legislativos”.
Multa Ifetel a Telmex; falta otro expediente
Milenio Jalisco
Marco Antonio Mares
06 de Abril 2017
Que la controvertida —porque fue impugnada por sus competidores y negada por sus actores— asociación entre Dish y Telmex sí violó el título de concesión de esta última.
Por mayoría de votos, el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, que preside Gabriel Contreras, resolvió aplicar en consecuencia una multa por 5 millones 383 mil 200 pesos a la empresa de Carlos Slim.
Para Telmex es una doble buena noticia. ¿Por qué? Dos razones. 1. Porque la violación a su título de concesión le salió barata. Y, 2. Porque con esa sanción se cierra el expediente y no hay consecuencia adicional.
La multa a Telmex es porque Ifetel encontró que sí violó la condición 1.9 de su título de concesión, en la que se le prohíbe ofrecer directa o indirectamente servicios de televisión.
Ifetel encontró que los acuerdos de asociación entre Dish y Telmex constituyeron una explotación indirecta de los servicios de televisión de la primera.
Por lo que toca a la resolución notificada, ayer Telmex informó inmediatamente a la Bolsa Mexicana de Valores sobre la decisión del órgano regulador y advirtió que la misma está siendo analizada y será impugnada conforme a las leyes aplicables.
Queda pendiente el expediente en el Ifetel sobre las denuncias por la gratuidad de la señal conocida técnicamente como el must carry y el must offer.
Para el tamaño de la empresa y la gravedad de la infracción, la multa resulta muy menor.
Sin embargo, el comisionado del Ifetel, Adolfo Cuevas recuerda que la sanción se aplica con base a la Ley de Telecomunicaciones previa a la que está vigente, que prevé multas más altas.
Hay que destacar que el pleno del Ifetel consideró a éste como un caso de reincidencia, por violaciones al título de concesión previas (correspondientes a los tiempos de Cofetel) por parte de Telmex. En consecuencia el monto de la multa aplicada es del doble del que se le hubiera aplicado.
Impugne o no, la multa tendrá que ser pagada por Telmex, a reserva de que en caso de que gane el juicio de amparo, se le tendrían que devolver los recursos.
Saldos
La nueva es que Mónica Aspe, actual subsecretaria de Comunicaciones de la SCT, se irá como embajadora de México a la OCDE en lugar de Dionisio Pérez Jácome, quien se va de embajador a Canadá. Aspe se va con buenas calificaciones luego de que sacó adelante el apagón analógico y la licitación de la red compartida.
Por vacaciones de este reportero, la columna Fortuna y Poder reaparecerá el próximo 18 de abril. ¡Que descansen!
Vinculación
Vinculación Tienes ideas para un torrente de iniciativas: eventos, intervenciones, actividades. Incitas a la gente a pensar y debatir. Colaborar con otros estudiantes creativos y con productores e investigadores profesionales te motiva. El PAP ETIUS Comunicación y...
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