INAI
INAI ordena a Inegi informar sobre consumo y venta de combustibles
El Financiero
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12 de marzo de 2017
El Instituto de Estadística se declaró incompetente para informar sobre producción, consumo y comercialización de gasolinas y diesel; sin embargo, el INAI aclaró que éste sí está facultado para hacerlo, por lo que le ordenó dar a conocer estos datos.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) dar a conocer estadísticas sobre producción, consumo y comercialización de gasolina, diésel y biodiésel en México.
“El Inegi por su misión y su función pública tiene que llevar a cabo la estadística nacional de los rubros más importantes de los comportamientos públicos, como en este caso, la actividad energética”, argumentó el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas al presentar el caso ante el Pleno.
El particular que solicitó los datos se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, debido a que el Inegi se declaró incompetente para conocer la información y lo orientó a presentar su petición ante Petróleos Mexicanos (Pemex).
Ante ello, el comisionado Acuña advirtió que al Inegi le corresponde establecer el índice de información considerada de interés nacional y verificar que éste cumpla con los principios de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia.
Destacó que en ese índice se encuentra la información relacionada con el origen y destino de la energía a nivel nacional, en el marco del sector energético; además, se comprobó que es posible consultar información sobre la producción, elaboración y consumo de productos derivados del petróleo.
“Derivado del análisis normativo desarrollado, se advirtió que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, contrario a lo manifestado, sí cuenta con atribuciones para conocer de lo requerido, toda vez que es responsable de normar y coordinar el Sistema de Información Estadística y Geográfica”, sostuvo el comisionado.
Por lo expuesto, el pleno del INAI revocó la respuesta del Inegi y le instruyó indicar al particular la fuente, el lugar y la forma en que puede consultar la información de su interés.
Inegi debe dar a conocer estadísticas sobre de gasolina, diésel y biodiesel: INAI
MVS
Redacción Noticias MVS
12 de marzo de 2017
Al Inegi le corresponde establecer el índice de información considerada de interés nacional y verificar que éste cumpla con los principios de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia.
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) debe dar a conocer estadísticas sobre la producción, el consumo y la comercialización de gasolina, diésel y biodiésel en México, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
“El Inegi por su misión y su función pública tiene que llevar a cabo la estadística nacional de los rubros más importantes de los comportamientos públicos, como en este caso, la actividad energética”, argumentó el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas.
El INEGI se declaró incompetente para conocer la información y lo orientó a presentar su petición ante Petróleos Mexicanos (Pemex).
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Acuña Llamas, se advirtió que al Inegi le corresponde establecer el índice de información considerada de interés nacional y verificar que éste cumpla con los principios de accesibilidad, transparencia, objetividad e independencia.
Se verificó que dentro de dicho índice, se encuentra listada la información relacionada con el origen y destino de la energía a nivel nacional, en el marco del sector energético.
Se comprobó que al ingresar a la base de datos correspondiente es posible consultar información sobre la producción, elaboración y consumo de productos derivados del petróleo, como las gasolinas, el diésel y los combustibles industriales, desglosada por volumen.
Asimismo, se puede acceder a datos que reportan el volumen de exportaciones e importaciones de dichos productos, durante el periodo de 1987 al 2017.
“Derivado del análisis normativo desarrollado, se advirtió que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, contrario a lo manifestado, sí cuenta con atribuciones para conocer de lo requerido, toda vez que es responsable de normar y coordinar el Sistema de Información Estadística y Geográfica”, sostuvo el comisionado Acuña Llamas.
Por otro lado, se determinó que si bien, en alegatos, el Inegi proporcionó tres vínculos electrónicos, argumentando que contenían información relacionada con la solicitud, lo cierto es que no indicó al particular la manera en que podía acceder a la misma, como lo establece la Ley de Transparencia.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI revocó la respuesta del Inegi y le instruyó indicar al particular la fuente, el lugar y la forma en que puede consultar la información de su interés.
INAI ordena a Consejería Jurídica información sobre acuerdo del fortalecimiento económico
MVS
Comunicado Oficial
13 de marzo de 2017
Así lo estableció luego de una petición de un particular.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) dar a conocer las observaciones, correcciones y propuestas planteadas por los distintos sectores que suscribieron el Acuerdo para el Fortalecimiento Económico y la Protección de la Economía Familiar.
“La información pública es fundamental para afianzar mecanismos de participación y colaboración que den forma a metas claras y objetivos puntuales ante este contexto de adversidad en el que nos encontramos […] para que debatamos y encontremos las mejores soluciones para que la economía de nuestro país crezca y todos nos beneficiemos de esto”, subrayó el comisionado Joel Salas Suárez.
Al presentar el caso ante el Pleno, el comisionado Salas planteó que remontar el escenario económico del país es tarea de todos los mexicanos, por lo que propuso a las autoridades fomentar espacios para que la ciudadanía pueda plantear sus propuestas y exhortó a la población a exigir el cumplimiento de los acuerdos suscritos por las autoridades con ese propósito.
“Es innegable la pertinencia de acuerdos plurales que busquen fortalecer la economía y cualquier otra solución a los problemas públicos que enfrenta el país; el panorama económico previsto para este año, sin duda, no es alentador”, advirtió el comisionado.
Un particular solicitó copia de todas las versiones del Acuerdo para el Fortalecimiento Económico y la Protección de la Economía Familiar, así como las observaciones, correcciones y propuestas planteadas por los sectores que lo suscribieron.
En respuesta, la Consejería Jurídica proporcionó copia del Acuerdo; sin embargo, el particular se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI porque la dependencia no le entregó las versiones preliminares ni se pronunció sobre las observaciones, correcciones y propuestas emitidas previo a su firma.
En alegatos, la Consejería manifestó que la versión del Acuerdo proporcionada es la única con la que cuenta en sus archivos.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Salas Suárez, no se localizaron elementos de hecho ni indicios que permitan suponer la existencia de distintas versiones del Acuerdo referido.
En ese sentido, se determinó que la Consejería Jurídica cumplió con lo establecido en la Ley de Transparencia al proporcionar copia de la versión del Acuerdo que obra en sus archivos.
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