INAI
Sindicato de Pemex se resiste a transparentar destino de recursos: INAI
El Financiero
Zenyazen Flores
6 de marzo de 2017
En la práctica, el STPRM interpone amparos para evitar cumplir con sus obligaciones de transparencia, pero a pesar de esta medida, tiene que acatar las resoluciones porque su deber queda vigente, señaló Patricia Kurczyn, comisionada del INAI.
El Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), que lidera Carlos Romero Deschamps, se resiste a transparentar el destino de los recursos que recibe de Petróleos Mexicanos (Pemex), consideró Patricia Kurczyn, comisionada del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI).
Aclaró que no se trata de acusar o perseguir a los sindicatos, pues el INAI sólo se encarga de tutelar el derecho de acceso a la información, pero en el caso del STPRM, se trata de un gremio que en la práctica interpone amparos para evitar cumplir con sus obligaciones de transparencia.
Durante la presentación del libro “Alcances de la Reforma Constitucional respecto del Derecho de Acceso a la Información en Sindicatos”, indicó que desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Transparencia, se han recibido dos mil 808 solicitudes de acceso a la información pública en materia de sindicatos.
Al término de la presentación se le preguntó a Kurczyn sobre qué es lo que más quieren saber los ciudadanos de los sindicatos o qué es lo que ocultan más los sindicatos y esto es lo que respondió:
“No me gustaría porque no me quiero convertir en una acusadora de sindicatos, pero hay un sindicato muy importante que por supuesto que recibe muchísimo dinero de recursos públicos, no los recibe indebidamente, están en su contrato colectivo, y es un sindicato que se ha amparado una, y otra, y otra vez porque se niega a dar información sobre el destino que tienen los recursos públicos”.
Al mencionarle si el Sindicato al que se refiere es el de Pemex, el cual interpone amparos cada que se le requiere información pública, dijo:
“En el caso del sindicato de Pemex que se ha amparado pues hay ya resoluciones que han llegado a ser jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia en la que determina que tiene que cumplir con las obligaciones de transparentar, aunque se siga amparando pues tendrá que cumplir las resoluciones porque la obligación queda vigente”, señaló.
Del 5 de mayo de 2016, fecha en que entró en vigor la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), al 15 de febrero de 2017, se han firmado 5 convenios de colaboración con sindicatos para apoyar el cumplimiento de las nuevas obligaciones de transparencia y rendición de cuentas de los sindicatos. Los convenios firmados han sido con el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana (SUTERM), Sindicato Único de Trabajadores de Notimex, el Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), y el Sindicato Único de Trabajadores del Banco de México.
En ese mismo periodo, se presentaron 129 recursos de revisión en contra de las resoluciones adoptadas en su calidad de sujetos obligados, apuntó en la presentación del libro de la autoría de Alfredo Sánchez-Castañeda, catedrático del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y Defensor de los Derechos Universitarios.
“El Índice de cumplimiento es muy alto, es cuestión de orgullo señalar que no hay una resistencia con excepción de dos o tres sindicatos que no se han querido acercar y que no han querido dar contestaciones, la mayoría de todos los sindicatos están cumpliendo con sus formatos de datos abiertos y están dando en sus portales la información que corresponda”, expuso.
Sánchez-Castañeda dijo que no se puede negar el avance en materia de transparencia y rendición de cuentas en nuestro país, pues el hecho de que los sindicatos que reciban recursos públicos puedan ser objeto de fiscalización ha sido un gran acierto de la reforma constitucional reciente.
Sin embargo, “el avance legislativo enfrenta tres grandes problemas relacionados con el conocimiento de los órganos encargados de la transparencia, con la percepción de los gobernados de su gobierno y en tercer lugar con la percepción de la sociedad en relación con los sindicatos”.
En la presentación estuvieron el subsecretario del Trabajo de STPS, Rafael Avante; el abogado general de la UAM, Carlos Reynoso, y el director del Seminario de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Facultad de Derecho de la UNAM, Porfirio Marquet.
Cancillería debe informar sobre repatriación de cuerpos
Milenio Jalisco
Jorge Almazán
06 de Marzo 2017
A solicitud de un particular, la Secretaría de Relaciones Exteriores deberá detallar el procedimiento de repatriación de un cuerpo de personas originarias de otros países, resolvió el INAI.
La Secretaría de Relaciones Exteriores informar el número de cuerpos sin vida repatriados de México a otros países entre 2006 y 2017, informó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
La cancillería debe dar a conocer la información de manera desglosada por año, nacionalidad, causa de muerte, estado y municipio donde fallecieron estas personas en el periodo comprendido del 1 de enero de 2006 al 18 de enero del año en curso.
Cancillería deberá detallar el procedimiento de repatriación a solicitud de un particular, informó el organismo en un comunicado.
En respuesta, la SRE proporcionó información que no correspondía con la requerida, por lo que el solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el Inai.
En alegatos, la cancillería modificó su respuesta y entregó datos relacionados con los cuerpos sin vida que habían sido repatriados de otros países a México, y señaó al Instituto Nacional de Migración como autoridad competente en los casos de los fallecidos repatriados desde territorio mexicano a otras naciones.
En el análisis del caso, el comisionado Guerra Ford advirtió que la SRE es competente para conocer la información porque sus oficinas consulares son las encargadas de informar al país que corresponda sobre la muerte de uno de sus nacionales.
Además, apuntó, se comprobó que en cumplimiento a una resolución emitida con anterioridad por el INAI, la cancillería proporcionó diversos documentos relacionados con la repatriación de restos de migrantes a sus países de origen.
Ante ello, el pleno del organismo revocó la respuesta de la Secretaría de Relaciones Exteriores y le instruyó a buscar en todas sus oficinas consulares para entregar al particular la información requerida o los documentos de donde se desprendan los datos.
INAI ordena a SRE información sobre repatriación de cuerpos de México a otros países
MVS
Comunicado Oficial
6 de marzo de 2017
Además, la dependencia deberá de detallar el procedimiento.
La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) debe dar a conocer el número de cuerpos sin vida repatriados de México a otros países, desglosado por año, nacionalidad, causa de muerte, estad y municipio donde fallecieron, del 1 de enero de 2006 al 18 de enero de 2017, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Además, la dependencia deberá detallar el procedimiento de repatriación de un cuerpo de otro país a México.
Al presentar el caso ante el Pleno, el comisionado Oscar Guerra Ford expuso que de acuerdo con información publicada en diferentes medios de comunicación, en el país han sido asesinadas personas extranjeras turistas, por lo que consideró fundamental conocer información sobre el tema, a fin de que las autoridades competentes puedan implementar las medidas necesarias para solventar esta problemática, que afecta a uno de los principales sectores de la economía nacional: el turismo.
“Conforme a los datos obtenidos en el portal de la Secretaría de Turismo, se registran, en los ejercicios de 2015 al 2016, un total de 14 millones 676 mil 872 visitantes extranjeros turistas en nuestro país, por lo que los decesos de esas personas trae como consecuencia una vulneración a este sector de la economía nacional, que tiene una gran aportación al PIB (Producto Interno Bruto) y a la entrada de divisas”, subrayó.
Un particular solicitó diferentes datos sobre los cuerpos sin vida repatriados de México a otros países y de aquellos repatriados de otras naciones al país.
En respuesta, la SRE proporcionó información que no correspondía con la requerida, razón por la cual el solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI.
En alegatos, la dependencia modificó su respuesta y entregó datos relacionados con los cuerpos sin vida que habían sido repatriados de otros países a México.
De acuerdo con los datos proporcionados, en diez 10 años, 50 mil cuerpos sin vida de mexicanos en el exterior han sido repatriados, de los cuales, el 99.3 proviene de la red consular en Estados Unidos y el resto de otros países.
Sobre la información de los cuerpos repatriados de México a otras naciones, señaló que la autoridad competente para atender el requerimiento era la Secretaría de Gobernación, por conducto del Instituto Nacional de Migración.
Sin embargo, en el análisis del caso, a cargo del comisionado Oscar Guerra Ford, se advirtió que la SRE es competente para conocer la información, ya que sus Oficinas Consulares son las encargadas de informar al país que corresponda sobre la muerte de uno de sus nacionales.
Aunado a ello, se comprobó que en cumplimiento a una resolución emitida por el Instituto con anterioridad, la dependencia proporcionó diversos documentos relacionados con la repatriación de restos de migrantes a sus países de origen.
Por lo tanto, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la SRE y le instruyó hacer una búsqueda en todas sus Oficinas Consulares, a fin de entregar al particular la información de su interés; si ésta no cuenta con el nivel de desglose requerido, deberá proporcionar los documentos de los que se desprendan los datos solicitados.
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