Transparencia y acceso a la información – 23 de febrero de 2017

INAI

INAI ordena a SCT informar sobre construcción de obras viales en Orizaba

MVS

Redacción Noticias MVS/ Erik Vilchis

Esto, luego de la solicitud que hizo un particular.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) buscar y entregar diversa información sobre la realización de obras viales en Orizaba, Veracruz.

Un particular requirió información sobre la construcción de un paso superior vehicular y dos cruces a nivel en el municipio de Orizaba, el oficio de autorización, si tiene injerencia para efectuar este tipo de trabajos cerca de monumentos históricos, se explique por qué en el Portal de Transparencia no se encuentra registrada dicha acción, si se corrigió el error del cadenamiento ferroviario, si se entregaron los estudios de costo-beneficio y de factibilidad, el tiempo que detendría a los automovilistas el puente referido y el tren, el número de veces que pasaría la máquina y la duración de esta actividad, la cantidad de accidentes fatales registrados en el cruce en los últimos 20 años, y las razones expuestas ante un juez por el apoderado legal de la empresa concesionaria Ferrosur, S.A. de C.V., consistentes en declarar inexistente la edificación.

En respuesta, la SCT orientó al peticionario a dirigirse a la Secretaría de Movilidad del gobierno de Veracruz o equivalente del ayuntamiento de Orizaba para solicitar lo concerniente al tiempo de tránsito vehicular, el paso del tren y los accidentes sufridos. En relación a los dichos del representante legal de la empresa ferroviaria, la dependencia señaló no contar con la información.

Inconforme, el particular presentó un recurso de revisión ante el INAI, manifestando que no se dio respuesta a todos sus puntos petitorios. En alegatos, la SCT atendió los puntos 1 y 2, al proporcionar la autorización de la construcción y precisar que no intervenía en la realización de la misma, pues únicamente le compete otorgar el permiso para cruzar el derecho de vía.

Al presentar el caso ante el Pleno, la comisionada Areli Cano Guadiana afirmó que el proceso de planeación de cualquier obra de infraestructura vial es de suma importancia, porque a partir de ello se establecen los elementos necesarios para mitigar los impactos negativos y potenciar los objetivos trazados.

A manera de contexto, expuso que Orizaba es cabecera de una de las ocho zonas metropolitanas de Veracruz, en donde viven más de 126 mil habitantes, según la Encuesta Intercensal 2015 del INEGI, ubicándose así como el décimo segundo municipio más poblado de la entidad.

 

Ordenan informar recursos de Ferronales

Rolando Herrera

22 de febrero de 2017

El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) determinó que Nacional Financiera (Nafin) debe dar a conocer la información relacionada con recursos públicos contenidos en un fideicomiso constituido para el pago por fallecimiento de los trabajadores ferrocarrileros.

Al dar respuesta a una solicitud de información, Nacional Financiera negó la entrega de la información con el argumento de que ésta está protegida por el secreto bancario y fiduciario.

Sin embargo, al analizar el caso, el INAI consideró que el fideicomiso, identificado con las siglas STFRMJUB1181-7, fue constituido en parte con recursos públicos y sobre ellos no aplica la reserva de información invocada por Nafin.

Al constituirse el instrumento financiero en el 2000, explicó la comisionada Patricia Kurczyn, se hizo con una aportación de 345.9 millones de pesos por parte de Ferrocarriles Nacionales de México (Ferronales), 50 mil pesos dados por el sindicato y se estipuló que los trabajadores aportaría 22 pesos mensuales por concepto de seguro de vida.

“Entonces la información relativa al patrimonio del fideicomiso realizadas con fondo públicos resulta con toda evidencia de naturaleza pública, razón por la cual no se configura la clasificación invocada por Nafin y por ende se instruye la entrega de la información requerida”, afirmó Kurczyn.

El Pleno afirmó que Nacional Financiera debe clasificar como confidencial la información relativa a las inversiones y los dividendos obtenidos de los recursos provenientes de naturaleza privada, es decir, los aportados por el sindicato y los trabajadores jubilados.

La resolución del Instituto incluye una cláusula de verificación, que significa que antes de que Nafin entregue la información al particular que la requirió, personal del INAI revisará que efectivamente los datos que se van a proveer sean de naturaleza pública.

jakysahagun

febrero 23, 2017

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