Legislación en materia de radiodifusión y telecomunicaciones – 1ro de febrero de 2017

Tentación por la censura

Reporte Índigo

Julio Ramirez

1 de febrero de 2017

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) está en medio de la polémica por unos lineamientos acusados de promover la censura de medios y periodistas.

El presidente de México, Enrique Peña Nieto, interpuso ayer una controversia constitucional en contra de ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión referidos a los derechos de las audiencias por considerar que otorgan facultades inconstitucionales al (IFT).

El Gobierno de la República argumentó que esos artículos invadieron facultades que constitucionalmente corresponden al presidente de la República.

El mandatario solicitó que se declaren inválidos los lineamientos generales del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) “por tener un vicio de origen”.

El consejero jurídico del Poder Ejecutivo federal, Humberto Castillejos, explicó que la ley no se vetó porque en México no existe el veto parcial, por lo que se dejó pasar la ley y se interpone la controversia.

“Estos lineamientos sobre la defensa de las audiencias constituyen el primer acto de aplicación de ocho artículos de la ley que hoy son controvertidos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, explicó el funcionario en conferencia de prensa.

“El vicio es de origen porque la ley no le debió dar facultades al IFT para regular el derecho de las audiencias”, agregó.

Señaló que el presidente Enrique Peña Nieto ordenó interponer el recurso ante el máximo tribunal.

“Se considera que estos ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones invadieron facultades que constitucionalmente corresponden al presidente de la República, es así que en la controversia constitucional se está solicitando que se declaren inválidos los lineamientos generales del IFT por tener un vicio de origen.

“Por ende, cualquier regulación debe estar prevista en la ley y, en caso de requerirse ser detallada, precisada o proveer algo en la esfera administrativa, sería competencia del presidente de la República”, añadió.

Control de la constitucionalidad

Humberto Castillejos, acompañado por el vocero de la Presidencia de la República, Eduardo Sánchez, explicó que la autoridad demandada es el Congreso de la Unión, al establecer en la Ley que el IFT puede emitir los lineamientos generales en cuestión.

La controversia busca que se declaren inválidos los lineamientos generales emitidos por el IFT.

El vocero señaló que aunque el mandatario federal respeta y reconoce el trabajo del Congreso de la Unión y el IFT, ello no impide que acuda a las instituciones del país para que se haga un control de la constitucionalidad.

Ahora, la demanda primero tiene que ser admitida por algún ministro y se debe notificar a las partes demandadas, para que posteriormente se presente un proyecto de resolución.

Dijo que se esperará a que se admita la controversia para analizar si se solicita un incidente de suspensión de esta ley, que entraría en vigor el próximo 16 de febrero.

Limitación a libre expresión

Además, el Senado presentó la controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra algunos de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias emitidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que entrarían en vigor el 1 de febrero.

Los senadores priistas Arturo Zamora Jiménez y Raúl Aarón Pozos Lanz solicitaron dar trámite y resolución de manera prioritaria al recurso interpuesto por el órgano legislativo.

Plantearon que si bien esos lineamientos buscan proteger el derecho de las audiencias también son violatorios del derecho a la libertad de expresión de periodistas y medios de comunicación.

Uno de sus apartados pretende regular el ejercicio de la función periodística alejándose de la función de regulación técnica a su cargo, al establecer una clara limitación al derecho a la libre manifestación de las ideas consagrado en los párrafos primero y segundo del Artículo 6 de la Constitución mexicana.

En entrevista con Notimex, Zamora Jiménez explicó que al emitir esos lineamientos el IFT viola el marco constitucional en dos dimensiones, al vulnerar de manera injustificada la libertad de expresión de los comunicadores más allá de la limitación que requiere la protección de los derechos de las audiencias, e invade competencias del Legislativo.

En un oficio al presidente de la mesa directiva del Senado de la República, Pablo Escudero Morales, los senadores exponen los lineamientos del IFT publicados el 21 de diciembre de 2016.

Consideran que el IFT pretende ejercer su facultad normativa en una materia donde existe una expresa reserva de ley que deviene del propio texto constitucional en el Artículo 6, Apartado B, fracción VI.

“La ley establecerá los derechos de los usuarios de telecomunicaciones, de las audiencias, así como los mecanismos para su protección”, indica ese apartado.

Zamora Jiménez expuso que “el alcance de algunos de esos lineamientos puede derivar en actos de censura y sanciones a periodistas y medios de comunicación”.

Enfatizó que se trata de una restricción a todas luces excesiva que debe ser resuelta a la brevedad en los cauces legales correspondientes, pues podrían resultar vulnerados los derechos de quienes ejercen la función de informar a la sociedad.

Punto por punto

El Ejecutivo asegura que la regulación de los derechos de las audiencias es una facultad del presidente.

Ahora lo revisará la Suprema Corte:

>> El IFT emitió en diciembre los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias.

>> El presidente Enrique Peña Nieto ordenó interponer una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

>> Los lineamientos buscan regular los derechos de las audiencias, tienen un vicio de origen en la citada ley, pues la Carta Magna establece que la regulación en la materia corresponde al presidente de la República.

>> El Poder Ejecutivo considera que se otorgan facultades inconstitucionales al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

>> La autoridad demandada es el Congreso de la Unión, al establecer en la Ley que el IFT puede emitir los lineamientos generales.

>> El recurso interpuesto ante la Corte se solicita que se declaren inválidos los lineamientos generales.

>> Un ministro deberá admitir la controversia y notificar a los implicados, el Congreso y el IFT, y se debe presentar un proyecto de resolución que debatirá en el pleno de la SCJN.

>> La ley entraría en vigor el próximo 16 de febrero. La Corte deberá revisarla antes.

Los senadores priistas Arturo Zamora Jiménez y Raúl Aarón Pozos Lanz solicitaron dar trámite y resolución de manera prioritaria al recurso interpuesto.

 

EPN interpone controversia contra lineamientos sobre derechos de audiencias emitidos por el IFT

Sin Embargo

31 de enero 2017

El Presidente Enrique Peña Nieto ordenó interponer una controversia constitucional para invalidar los lineamientos sobre la defensa de las audiencias, emitidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). En un mensaje a medios, la presidencia informó que la medida es contra ocho artículos que dan facultades al IFT.

El Presidente de México, Enrique Peña Nieto, ordenó interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional contra los lineamientos sobre derechos de audiencias, emitidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

En conferencia de prensa, Humberto Castillejos, consejero jurídico de la Presidencia precisó que la controversia va contra ocho artículos de la Ley de Telecomunicaciones debido a que  invadieron facultades que corresponden al Presidente de la República.

“La SCJN ya conoce del reclamo de Presidencia para invalidar los lineamientos del IFT que se consideran inconstitucionales”, expresó.

“Estos ocho artículos de la Ley de Telecomunicaciones invadieron facultades constitucionales que corresponden al Presidente del Presidente de la República”, señaló Castillejos.

El Gobierno federal lo que hace es solicitar a la SCJN que invaliden los lineamientos del IFT  “por tener un vicio de origen por estar fundamentados en artículos inconstitucionales”, precisó el funcionario.

Dichos artículos abordan principalmente sobre las facultades que la Ley dio al IFT para regular el derecho de audiencias.

El funcionario federal abundó: “cuando decimos que el vicio es de origen es porque consideramos que la ley no debió incluir, […] es un derecho humano, el derecho de las audiencias que es a su vez, parte del derecho de la información”.

“Los derechos de las audiencias, en términos del Artículo 6 de nuestra Constitución, son parte del derecho humano a la información y, por ende, cualquier regulación debe estar prevista en la Ley. En caso de requerirse ser detallada, precisada o proveer algo en la esfera administrativa, sería una competencia del Presidente de la República mediante el reglamento respectivo”, agregó.

Por tanto, apuntó, la regulación de los derechos de las audiencias no puede contenerse en Lineamientos Generales expedidos por el IFT, sino que deben de estar normados, regulados y previstos en la Ley, en términos de la Constitución y las Convenciones sobre derechos humanos. En caso de ser reglamentados, esto “correspondería al Presidente de la República, en los términos del Artículo 89, Fracción 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

El IFT publicó el 21 de diciembre en el Diario Oficial el acuerdo del Pleno que emite los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias. Los lineamientos han sido cuestionados por considerar que “violan la libertad de expresión” y, en especial, por ordenar la “diferenciación entre la opinión pública y la noticia” en los espacios de radio y televisión concesionados.

En el artículo 15 de los lineamientos del IFT se establece que el presentador debe advertir si dará una opinión, lo cual abrió un debate entre varios sectores y partidos políticos porque aseguraban “constituía una restricción injustificada y desproporcionada al derecho fundamental de la libertad de expresión”.

Entre las acciones específicas que los lineamientos del IFT han generado polémica están: el uso de mensajes para diferenciar la publicidad del contenido programático; uso de mensajes para visibilizar la disponibilidad de servicios como subtitulaje oculto o la lengua de señas mexicanas; reglas específicas para la prestación del servicio de subtitulaje oculto y de la lengua de señas mexicana; elementos mínimos para las guías electrónicas de programación en el servicio de televisión restringida, y las acciones para diferenciar los hechos noticiosos de la opinión.

IFT ESPERA RESOLUCIÓN DE CORTE

Por su parte, el IFT manifestó que ante los señalamientos, celebran la utilización de los canales institucionales para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la que defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso de la Unión y del IFT en la materia.

El Instituto refirió que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y competencia económica sí reconoció los derechos de las audiencias, mismos que fueron establecidos expresamente en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como diversos mecanismos para su protección.

“La ley estableció el derecho a que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta, el derecho a que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa, así como la figura del defensor de audiencias y el deber de los concesionarios de contar con códigos de ética”, señaló.

De acuerdo con el IFT, ley también le ordenó emitir lineamientos en esta materia, lo que cumplió el pasado 29 de noviembre, después de un proceso de consulta pública y un amplio análisis de las mejores prácticas internacionales.

 

Vulnera controversia autonomía del IFT

Diario Reforma

Alejandro González

01 febrero 2017

La controversia constitucional contra ocho artículos y los lineamientos sobre la defensa de las audiencias, atenta contra la autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y genera inseguridad jurídica a reformas estructurales, advirtieron analistas.

Irene Levy, presidenta de Observatel, afirmó que se trata de una violación a la autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), y sentaría un grave precedente para que existan contrarreformas a otras leyes que no convengan a agentes económicos.

“Ya se metieron con su autonomía, es una invasión brutal a la autonomía del IFT, y es que la iniciativa de ley que hoy impugna el Ejecutivo Federal es del propio Ejecutivo Federal.

“A esto se le llama una contrarreforma, aquí el Ejecutivo Federal está dando toda la inseguridad jurídica a reformas estructurales, porque si es capaz de vulnerar la autonomía, es capaz de impugnar una ley que el mismo propuso”, apuntó Levy.

La presidenta de Observatel añadió que los poderes económicos “doblaron” tanto al Gobierno federal, como al Poder Legislativo, y señaló que aún falta ver si lo hace con el propio IFT.

“La controversia constitucional que se interpone hoy no suspende la aplicación de los lineamientos, pero aún podría haber una decisión del Instituto de postergarlos.

“Ya doblaron al Poder Ejecutivo y al Legislativo, falta ver al Instituto; si postergan, como he dicho, están faltando a su autonomía y ya mejor que cierren el changarro”, añadió Levy.

Adriana Solórzano, presidenta de la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA), acusó que los políticos quieren quedar bien con los concesionarios ya que se acerca el tiempo electoral.

“Es el problema de siempre que cuando estamos cerca de las elecciones son su majestad los concesionarios, los que parece que mandan.

“Quieren estar bien con las televisoras porque les aterra que se vaya a hacer un mal manejo de su imagen y les afecte en las elecciones, sin pensar que lo que les debería preocupar es que sus electores estén conformes con el trabajo que hacen”, acusó.

Clara Luz Álvarez, ex comisionada de la extinta Cofetel, advirtió que el tema de diferenciar entre opinión e información en la Ley fue establecida desde la propuesta a la reforma del Presidente Enrique Peña Nieto.

“Esos artículos estaban desde la iniciativa de Peña Nieto, hubo algunos cambios pero distinguir con claridad opinión, eso estaba desde la iniciativa. Es un sinsentido, porque si propongo algo como consejero jurídico del Ejecutivo Federal, se supone que es constitucional”, advirtió.

 

Peña busca anular 8 artículos de ley de telecomunicaciones

Milenio Jalisco

Daniel Venegas

31 de enero 2017

El presidente Enrique Peña Nieto pidió invalidar esos artículos y los lineamientos sobre el derecho de las audiencias, debido a que  invadían facultades exclusivas del Ejecutivo.

El presidente Enrique Peña Nieto ordenó interponer una controversia constitucional para invalidar ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como los Lineamientos Generales sobre el Derecho de las Audiencias, debido a que invaden atribuciones del Ejecutivo federal.

Explicó que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión otorgó al Instituto Federal de Telecomunicaciones la facultad de Regular los derechos de las audiencias y la Constitución señala que corresponde a dicho instituto emitir disposiciones de carácter general siempre y cuando sean para referirse a la función regulatoria.

“Es decir, la Constitución no le otorga al Instituto Federal de Telecomunicaciones la facultad para regular el derecho de las audiencias” y que estos son parte del derecho humano a la información y “por ende cualquier regulación debe estar prevista en la ley y en caso de requerirse ser detallada, precisará o proveer algo en la esfera administrativa, sería una competencia del Presidente de la República, mediante el reglamento respectivo”.

Señaló que se considera que los ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones “invadieron facultades que constitucionalmente corresponden al presidente de la República. Es así que en la Controversia Constitucional se está solicitando que se declare inválidos los lineamientos generales del Instituto Federal de Telecomunicaciones por tener un vicio de origen”.

Dijo que el presidente tiene respeto por el trabajo del Congreso de la Unión y del IFT; no obstante, agregó, ello no impide que el Presidente acuda a las instituciones del país para hacer un control de constitucionalidad.

 

Presidencia interpone controversia por artículos de Telecomunicaciones

Excélsior

Roberto José Pacheco

31 de enero de 2017

El presidente de la República, Enrique Peña Nieto, interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una controversia constitucional contra disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones aprobada por el Congreso y que busca la declaración de Invalidez de los  Lineamientos Generales sobre el Derecho de las Audiencias  emitidos por el  Instituto Federal de Telecomunicaciones  (IFT), al considerar que tales disposiciones muestran vicios de origen y contravienen disposiciones constitucionales.

En conferencia de prensa, el consejero jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos, precisó que la controversia se refiere exclusivamente a 8 artículos de la ley  que indebidamente facultan al IFT para emitir lineamientos sobre el derecho de las audiencias.

“Se considera que estos ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión invadieron facultades que constitucionalmente corresponden al Presidente de la República”, dijo Castillejos.

La Constitución no le otorga al IFT atribución alguna para regular los derechos de las audiencias, añadió.

Tras expresar el respeto y reconocimiento del presidente Peña Nieto al quehacer del Congreso de la Unión y del IFT, el consejero jurídico fundamentó el recurso interpuesto.

“Ello no impide que el Presidente de la República acuda a las instituciones del país para que se haga un control de constitucionalidad y es por ello que hoy ha acudido ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para reclamar estos 8 artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y en consecuencia reclamar la nulidad, la invalidez de los Lineamientos Generales del Instituto Federal de Telecomunicaciones”, subrayó.

A pregunta expresa de los representantes de los medios, dejó en claro que el fallo sobre el recurso interpuesto podría demorar varios meses, sin embargo, destacó que lo importante es hacer prevalecer el mandato constitucional y que la regulación sobre las audiencias únicamente pueda ser emitida a través de la ley y, en su caso, reglamentadas por el Ejecutivo.

De igual manera, precisó Humberto Castillejos que, no existiendo en el orden constitucional vigente el derecho del Ejecutivo al veto parcial de un ordenamiento jurídico sino únicamente al cuerpo normativo íntegro, hubo de aguardar a que se produjera el primer acto de aplicación de las disposiciones controvertidas para poder impugnar dichas normas al considerar que no se apegan a la Carta Magna.

QUÉ SE RECLAMA

Ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

También se reclaman los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias expedidos por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

Argumenta la Presidencia que los derechos de las audiencias, en términos del artículo 6º constitucional son parte del derecho a la información; cualquier regulación debe estar prevista en la Ley.

En caso de requerirse ser detallada o proveer algo en lo administrativo, sería competencia del Presidente de la República.

La SIP apoya moción

La Sociedad Interamericana de Prensa expresó su satisfacción por la controversia presidencial contra el IFT.

“Recibimos con alivio el reclamo en este tema, sobre el cual habíamos expresado nuestra inquietud ante autoridades del Ifetel”, dijo su presidente, Matt Sanders.

Los lineamientos, bajo argumentos de “la defensa de los derechos de las audiencias”, se entrometen en los contenidos de los medios de comunicación electrónicos, establecen criterios de “veracidad”, imponen divisiones expresas sobre noticias y opiniones, espacios de publicidad, entre otras cortapisas, imponiendo fuertes multas que, ante infracciones reiteradas, pueden derivar en la clausura, advirtó.

 

CIRT respalda controversia contra artículos de Telecomunicaciones

Excélsior

José de Jesús Guadarrama

31 de enero de 2017

La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) exteriorizó su respaldo a la controversia constitucional que la Presidencia de la República interpuso en contra de ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que “daban erróneamente atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones para regular el Derecho a la Información de los mexicanos”.

La CIRT ve en el procedimiento que ha ordenado el presidente Enrique Peña Nieto la oportunidad de preservar la libertad de expresión en nuestro país”, señaló.

Édgar Pereda Gómez, presidente de la CIRT destacó que “es fundamental el respeto irrestricto a la Libertad de Expresión”.

La representación empresarial comentó que “los Lineamientos de Defensoría de la Audiencia, que el IFT publicó el pasado 21 de diciembre, que los concesionarios de Radio y Televisión ven con preocupación y que han sido objeto de críticas de comunicadores, han motivado una controversia sobre la que deberá pronunciarse la Suprema Corte de Justicia de la Nación”

Recordó que los presidentes de los Consejos Directivo y Consultivo de la CIRT enviaron, el 24 de enero, una carta a Gabriel Contreras, Comisionado Presidente del IFT, solicitando se abra al análisis y discusión a diversos aspectos de los lineamientos de los derechos de las audiencias por considerar que dejan a la Industria en estado de indefensión.

Agregó que la CIRT se ha pronunciado porque se escuchen sus puntos de vista y las opiniones de los comunicadores y concesionarios mexicanos sobre la aplicación de diversas disposiciones de los lineamientos de defensoría de la audiencia.

 

Lineamientos de IFT ‘lesionan libertad de expresión’: SIP

El Informador

31 de enero de 2017

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó alivio ante la controversia constitucional contra la Ley Federal de Televisión y Radiodifusión presentada por la Presidencia de la República.

La SIP se encuentra alerta ante las disposiciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), que en diciembre pasado publicó una serie de lineamientos de la Ley Federal de Televisión y Radiodifusión “cuya aplicación lesionaría la libertad de expresión en el país y la certeza de que pueden generar un clima de censura previa sobre comunicaciones”.

A través de un comunicado, la SIP señaló que los lineamientos, bajo el argumento de la defensa de los derechos de las audiencias, se entrometen en los contenidos de los medios de comunicación electrónicos, establece criterios de veracidad e imponen fuertes multas que pueden derivar en la clausura de medios.

Hoy martes, la Presidencia de la República presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional contra la Ley Federal de Televisión y Radiodifusión argumentando que la misma es contraria a la Constitución por anticipar actos de censura y envió una petición al Ifetel para que posponga la entrada en vigencia de los lineamientos.

“Recibimos con alivio el reclamo de la Presidencia en este tema, sobre el cual habíamos expresado nuestra inquietud ante autoridades del Ifetel durante una visita a México la semana pasada”, expresó Matt Sanders, presidente de la SIP.

Por lo anterior, la SIP se suma con firmeza al llamado para posponer la entrada en vigor de dicho reglamento “hasta que sean discutidos con mayor profundidad y en particular hasta que la Corte resuelva sobre el fondo de su legalidad”.

 

Senadores piden acelerar controversia contra IFT

El Informador

31 de enero de 2017

Los senadores Arturo Zamora y Raúl Pozos (PRI) solicitaron a la SCNJ dar trámite y resolución de manera prioritaria a la controversia constitucional interpuesta por el Senado en contra de los “Lineamientos Generales sobre la Defensa de Audiencias” del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

En conferencia, el senador Zamora explicó que los lineamientos que entrarán en vigor este 1 de febrero, -en su opinión- violan el derecho a la libertad de expresión de periodistas y medios de comunicación.

Por ello, el senador por Jalisco pidió a la Corte que suspenda la entrada en vigor de los lineamientos del órgano regulador hasta que decida sobre la constitucionalidad de los mismos.

Zamora Jiménez dijo que el IFT al emitir los lineamientos viola el marco constitucional en dos dimensiones, al vulnerar de manera injustificada la libertad de expresión de los comunicadores, más allá de la limitación que requiere la protección de los derechos de las audiencias; así como invade competencias del Poder Legislativo.

Explicó que ello porque dicho instituto pretende ejercer su facultad normativa en una materia donde existe una expresa reserva de ley que deviene del propio texto constitucional en el artículo sexto que dispone “La ley establecerá los derechos de los usuarios de telecomunicaciones, de las audiencias, así como los mecanismos para su protección”.

 

Interponen controversia constitucional por ocho artículos de ley Telecom

El Informador

31 de enero de 2017

El Ejecutivo Federal presentó una controversia constitucional contra el Congreso de la Unión y el Instituto Federal de Telecomunicaciones para reclamar la nulidad e invalidez de ocho artículos de la ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y contra los lineamientos sobre los derechos de las audiencias.

El consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, Humberto Castillejos, señaló que dichos artículos “invadieron facultades que corresponden al Presidente” sobre el derecho de las audiencias.

Castillejos señaló que el objetivo es que se declaren inválidos los lineamientos del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) “por tener un vicio de origen”.

En conferencia de prensa conjunta con el vocero de la Presidencia, Eduardo Sánchez, Castillejos explicó que “cualquier regulación de los derechos de las audiencias deben estar previstas en la ley, en términos del Artículo 89”.

El consejero Jurídico del Ejecutivo Federal indicó que los ocho artículos de la ley de Telecom y Radiodifusión tienen un vicio de origen, pues la normatividad “no debió darle facultades al IFT de regular un derecho humano, el derecho de las audiencias”.

Aclararon que si bien el IFT actuó conforme a las facultades que le otorga la Ley, se consideró por tanto presentar la demanda contra el Congreso de la Unión sólo por los ocho artículos que facultad al IFT a regular sobre las audiencias lo que a consideración del Ejecutivo es inconstitucional.

 

Peña impugna artículos de ley de telecom por regulación de audiencias

CNN Expansión

31 de enero de 2017

El presidente Enrique Peña Nieto presentó una controversia constitucional contra el Congreso de la Unión por ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión con el argumento de que dan facultades inconstitucionales al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

El mandatario ordenó interponer el recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que se deroguen ocho artículos contenidos en la ley, informaron en conferencia de prensa el Consejero Jurídico de Presidencia, Humberto Castillejos, y el vocero presidencial Eduardo Sánchez.

“El Congreso de la Unión dio atribuciones que son del Poder Ejecutivo y se las atribuyó al IFT”, señaló a Expansión, Mario Maraboto, director de Comunicación y Medios del organismo.

Castillejos afirmó que la Constitución no otorga atribuciones al IFT para regular los derechos de las audiencias.

Expuso que los argumentos de esta controversia se centran en que la Ley de Telecomunicaciones otorgó al instituto la facultad de regular a las audiencias, pero los derechos de éstas no pueden darse en lineamientos generales del IFT.

“El vicio es de origen porque la ley no le debió dar facultades al IFT para regular el derecho de las audiencias”, agregó.

Por ahora corresponde a la SCJN atraer el caso para poder resolver la controversia.

Respecto a los tiempos, Castillejos recordó que la demanda primero tiene que ser admitida por algún ministro y se debe notificar a las partes demandadas, para que posteriormente se presente un proyecto de resolución.

En este sentido, expuso que se debe esperar a que se admita la controversia para analizar si se solicita un incidente de suspensión de esta ley, que entraría en vigor el próximo 16 de febrero.

RESPUESTA

El IFT indicó que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y competencia económica reconoció derechos de las audiencias, los cuales fueron establecidos expresamente en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como diversos mecanismos para su protección.

“Entre otras cosas, la ley estableció el derecho a que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta, el derecho a que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa, así como la figura del defensor de audiencias y el deber de los concesionarios de contar con códigos de ética”, indicó en un comunicado.

El regulador recordó que la ley también le ordenó emitir lineamientos en esta materia, lo que cumplió el 29 de noviembre, después de un proceso de consulta pública y un amplio análisis de las mejores prácticas internacionales.

“Ante estos señalamientos, algunos que incluso responsabilizan al IFT por normas previstas expresamente en la ley, es de celebrar la utilización de los canales institucionales para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso de la Unión y del IFT en esta materia”, se lee en el comunicado.

Además, la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), informó que el 24 de enero envió una carta al comisionado presidente del IFT, Gabriel Contreras, donde solicitaba se abriera al análisis y discusión a diversos aspectos de los lineamientos de los derechos de las audiencias por considerar que dejan a la industria en “estado de indefensión”.

Por ello, la CIRT vio en el procedimiento ordenado por el presidente Peña Nieto la “oportunidad de preservar la libertad de expresión”.

DIVISIÓN

A su vez, el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Pablo Escudero Morales, presentó este martes una controversia constitucional ante la SCJN, en contra de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, del IFT.

El senador Escudero Morales acudió ante la instancia judicial con el consenso de los grupos parlamentarios del PRI, PAN y PRD. Y, además recogiendo algunas opiniones de gobernadores, presidentes municipales, diputados, académicos, empresarios y personas que se dedican a la comunicación, informó en un comunicado el Senado.

“El texto entregado advierte que son inconstitucionales los Lineamientos Generales Sobre la Defensa de las Audiencias, publicados el 21 de diciembre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, al invadir la esfera de competencias del Congreso de la Unión, para normar los derechos de las audiencias”, señala el texto.

PUNTOS

Los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias establecen el deber de los concesionarios de distinguir entre la información que se presenta y la opinión de quien la presente.

Las suspensiones se emplearán cuando los medios violen las normas establecidas en dicha materia y contemplan multas de entre 1% y 3% de los ingresos de los concesionarios.

Los lineamientos fueron aprobados por el pleno del IFT el 29 de noviembre del 2016, se publicaron el 21 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación y entrarán en vigor el próximo 16 de febrero.

 

Gobierno federal impugna artículos sobre derechos de las audiencias

El Diario NTR

Notimex

31 de enero de 2017

El presidente Enrique Peña Nieto ordenó interponer una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en contra de ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, por considerar que otorgan facultades inconstitucionales al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

El consejero jurídico de la Presidencia de la República, Humberto Castillejos Cervantes informó que el primer mandatario ordenó interponer el recurso ante el máximo tribunal, en contra de los lineamientos generales emitidos por el IFT en diciembre pasado sobre la defensa de las audiencias.

De acuerdo al consejero jurídico, estos lineamientos que tienen como propósito regular los derechos de las audiencias, tienen un vicio de origen en la citada ley, pues la Carta Magna establece que la regulación en la materia, corresponde al titular del Ejecutivo federal.

Acompañado por el Vocero de la Presidencia, Eduardo Sánchez, explicó que la autoridad demandada es el Congreso de la Unión, al establecer en la Ley que el IFT puede emitir los lineamientos generales.

Dijo que la publicación de los lineamientos generales constituye el primer acto de aplicación de esta Ley, y que la Constitución no le otorga al Instituto la atribución para regular los derechos de las audiencias, que al ser un derecho humano le corresponde al Ejecutivo.

En el recurso interpuesto hoy ante el máximo tribunal del país se solicita que se declaren inválidos los Lineamientos Generales emitidos por el IFT, explicó Castillejos Cervantes.

Afirmó que el presidente Peña Nieto respeta y reconoce el trabajo del Congreso de la Unión y el IFT, pero ello, no impide que acuda a las instituciones del país para que se haga un control de la constitucionalidad.

Respecto a los tiempos, recordó que la demanda primero tiene que ser admitida por algún ministro y se debe notificar a las partes demandadas, para que posteriormente se presente un proyecto de resolución.

En este sentido, expuso que se debe esperar a que se admita loa controversia para analizar si se solicita un incidente de suspensión de esta ley, que entraría en vigor el próximo 16 de febrero.

 

Artículos de Ley Federal de Telecomunicaciones daban atribuciones erróneas al IFT: CIRT

La Jornada

Susana González

31 de enero 2017

Ciudad de México. La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) consideró que la controversia constitucional a ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que interpuso la presidencia representa “una oportunidad de preservar la libertad de expresión en México”.

Insistió en que dichos artículos daban erróneamente atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para regular el Derecho a la Información de los mexicanos.

Recordó que los Lineamientos de Defensoría de la Audiencia, que el IFT publicó el pasado 21 de diciembre y previstos para entrar en vigor en febrero, fueron vistos “con preocupación” por los concesionarios de radio y televisión, además de ser objeto de críticas de comunicadores.

Consideró que ello ha motivado una controversia sobre la que deberá pronunciarse la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La CIRT envió el 24 de enero una carta a Gabriel Contreras, presidente del IFT, solicitando se abra al análisis y discusión a diversos aspectos de los lineamientos de los derechos de las audiencias por considerar que dejan a la Industria en estado de indefensión.

“La CIRT se ha pronunciado porque se escuchen sus puntos de vista y las opiniones de los comunicadores y concesionarios mexicanos sobre la aplicación de diversas disposiciones de los lineamientos de defensoría de la audiencia”, puntualizó.

 

Senado presenta ante SCJN recurso contra Ifetel

La Jornada

Jesús Aranda

31 de enero 2017

Ciudad de México. El Senado interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) en contra del Acuerdo mediante el cual aprobó y emitió “Los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias” por considerar que el organismo autónomo violó la esfera de competencia del Congreso de la Unión, además de que vulnera los derechos humanos y la libertad de expresión.

El documento entregado en la oficialía de partes de la SCJN por el presidente de la Cámara Alta, Pablo Escudero, sostiene que el Ifetel vulnera la libertad de expresión de los periodistas y comunicadores al establecer de medios electrónicos de comunicación, entre otras cosas, su obligación de advertir de manera expresa y clara, cuando emite alguna opinión y cuando está leyendo una información.

“Esta obligación impuesta a las personas, derivada de unos lineamientos de carácter administrativo va más allá de los límites previstos y razonables a la eficacia del servicio de radiodifusión, la libertad de expresión y de difusión de ideas”, sostiene el documento.

Entre los lineamientos impugnados y que pretende invalidar el Senado, destaca la obligación de concesionarios de radiodifusión, televisión o audio restringidos de expedir Códigos de Ética con el objeto de proteger derechos de las audiencias” además de garantizar la libertad de expresión, programática, libertad editorial y se evite cualquier tipo de censura previa sobre sus contenidos”.

Resulta claro, sostiene la demanda, que el Ifetel se extralimitó en el ejercicio de sus atribuciones, pues no existe disposición alguna que los faculte para regular, el derecho de las audiencias. Además de que la reglamentación impugnada “impone obligaciones ineficientes y que violentan el derecho humano a la libertad de expresión”, las cuales, “hacen ineficiente la prestación del servicio público de radiodifusión, televisión y audio restringidos”.

El Senado cuestiona disposiciones como el que al suspender y reanudarse una programación, se deben mostrar las frases “Se suspende programa e inicia corte programático que incluye publicidad” y “termina corte programático que incluye publicidad, se reanuda programa”, durante al menos 5 segundos, ya sea de pantalla completa o por medio de una pleca en la parte inferior derecha”

En términos generales, el Senado cuestiona la validez de los lineamientos publicados el 21 de diciembre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, particularmente los artículos 13, fracción I; 15 y 46, fracción VII.

 

Elecciones, detrás de la impugnación de Presidencia a ley telecom: especialistas

Aristegui Noticias

Redacción

31 de enero de 2017

Este martes el presidente Enrique Peña Nieto ordenó interponer una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, bajo el argumento de que otorgan facultades inconstitucionales al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

Según el consejero jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos Cervantes, estos lineamientos cuyo propósito es regular los derechos de las audiencias, tienen un vicio de origen en la citada ley, pues la Carta Magna establece que la regulación en la materia, corresponde al titular del Ejecutivo federal.

 

Lineamientos de IFT “lesionan libertad de expresión”: SIP

El Universal

Redacción

1 de febrero del 2017

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) se encuentra alerta ante las disposiciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), que en diciembre pasado publicó una serie de lineamientos de la Ley Federal de Televisión y Radiodifusión “cuya aplicación lesionaría la libertad de expresión en el país y la certeza de que pueden generar un clima de censura previa sobre comunicaciones”.

A través de un comunicado, la SIP señaló que los lineamientos, bajo el argumento de la defensa de los derechos de las audiencias, se entrometen en los contenidos de los medios de comunicación electrónicos, establece criterios de veracidad e imponen fuertes multas que pueden derivar en la clausura de medios.

Hoy la Presidencia de la República presentó ante la Suprema Corte una controversia constitucional contra la Ley Federal de Televisión y Radiodifusión argumentando que la misma es contraria a la Constitución por anticipar actos de censura y envió una petición al Ifetel para que posponga la entrada en vigencia de los lineamientos.

“Recibimos con alivio el reclamo de la Presidencia en este tema, sobre el cual habíamos expresado nuestra inquietud ante autoridades del Ifetel durante una visita a México la semana pasada”, expresó Matt Sanders, presidente de la SIP.

Por lo anterior, la SIP se suma con firmeza al llamado para posponer la entrada en vigor de dicho reglamento “hasta que sean discutidos con mayor profundidad y en particular hasta que la Corte resuelva sobre el fondo de su legalidad”.

Diputados esperarán resolución de controversia por lineamientos de IFT

El Universal

Suzzete Alcántara y Horacio Jiménez

1 de febrero del 2017

El vicecoordinador del PRD, Jesús Zambrano, resaltó que comparten la acción jurídica interpuesta por el Ejecutivo debido a que el IFT está haciendo un “supuesto” uso de atribuciones legales que rayan como un atentado a la libertad de expresión.

“No son disposiciones de la Cámara de Diputados, son lineamientos que el Instituto lanzó hace unos días y que tuvieron reacciones, por supuesto que apoyamos la controversia debido a que se ve afectada la libertad de expresión, pero revisaremos con detalle los aspectos, y si hay que revisar la legislación actual, le habremos de entrar”, apuntó.

El coordinador del PRI, César Camacho, dijo que respetarán y acatarán la decisión que en su momento se vierta tras la presentación de dicha controversia, sin embargo, asentó, que en el caso que les ocupa, “nada incumbe a la Cámara de Diputados, no es de nuestro resorte competencial, en consecuencia que tenga el curso que la Constitución establece”, refirió.

 

Presidencia impugna normas para radio y TV

El Universal

Francisco Reséndiz y Carina García

1 de febrero del 2017

El presidente Enrique Peña Nieto interpuso, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una controversia constitucional contra ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias.

Por separado, el Senado también promovió ante la Corte una controversia constitucional contra dichos lineamientos, por rebasar las atribuciones de ese organismo y pretender ejercer “censura previa”, dijo el presidente de la Cámara Alta, Pablo Escudero (PVEM).

En conferencia de prensa, el consejero jurídico de la Presidencia de la República, Humberto Castillejos, y el vocero del gobierno de la República, Eduardo Sánchez, precisaron que la controversia es contra acciones del Congreso de la Unión por haber expedido la ley que obliga al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) a emitir dichos lineamientos.

Los artículos impugnados por el Presidente —de los que se desprenden los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias— son: 15, 216, 256, 257, 258, 259, 260 y 261. Aclararon que los lineamientos entran en vigor el 16 de febrero, por lo que en breve solicitarán la suspensión del articulado.

El consejero Castillejos Cervantes explicó que desde el punto de vista del Ejecutivo, los lineamientos tienen “un vicio de origen”, pues se basan en leyes que se consideran inconstitucionales.

Dijo que los argumentos de la controversia se centran en que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión otorgó al IFT la facultad de regular los derechos de las audiencias.

“La Constitución, en su artículo 28, establece que corresponde al IFT emitir disposiciones de carácter general, siempre y cuando sean exclusivamente para referirse a la función regulatoria del instituto en los sectores de la radiodifusión y las telecomunicaciones.

“Es decir, la Constitución no le otorga al IFT atribución para regular los derechos de las audiencias. Los derechos de las audiencias, en términos del artículo 6 de la Constitución, son parte del derecho humano a la información”.

Agregó que, por ende, cualquier regulación en la materia debe estar prevista en la ley, y en caso de requerirse ser detallada, precisada o proveer algo en la esfera administrativa, sería una competencia del Presidente mediante el reglamento respectivo.

“Por tanto, la regulación de los derechos de las audiencias no puede contenerse en lineamientos generales expedidos por el IFT, sino que deben estar normados, regulados y previstos — en términos de la Constitución y las convenciones sobre derechos humanos— en la ley y, en caso de ser reglamentados, correspondería al Presidente de la República en términos del artículo 89, fracción primera de la Constitución”, dijo.

Castillejos subrayó que por lo tanto se considera que estos ocho artículos invadieron facultades que constitucionalmente corresponden al titular del Ejecutivo, por lo que se solicita en la controversia que se declaren inválidos los lineamientos generales, “por tener un vicio de origen”.

Subrayó que el Presidente “expresa su respeto y reconocimiento al trabajo, tanto del Congreso de la Unión como del Instituto Federal de Telecomunicaciones”, pero que ello no impide que acuda a la Corte para reclamar la nulidad de dichos lineamientos.

Castillejos recordó que el 21 de diciembre pasado, el IFT, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, emitió los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, y mencionó que fue la ley la que le otorgó facultades para emitirlos.

Dijo que el siguiente paso es que la Corte dé entrada a la controversia, notificar a las partes y realizar el trámite para que se presente un proyecto. Explicó que se interpuso hasta ahora para que ante el primer acto de aplicación de la ley se pudieran impugnar estas normas.

 

Controversia contra lineamientos preserva la libertad de expresión: CIRT

El Universal

Carla Martínez

1 de febrero del 2017

Preserva libertad de expresión la controversia constitucional del Ejecutivo contra los lineamientos generales de los derechos de las audiencias, opinó la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT).

“La CIRT ve en el procedimiento que ha ordenado el presidente Enrique Peña Nieto la oportunidad de preservar la Libertad de Expresión en nuestro país”, subrayó la Cámara en un comunicado.

Agregó que para la CIRT y su presidente, Edgar Pereda Gómez, es fundamental el respeto irrestricto a la libertad de expresión.

Como lo adelantó EL UNIVERSAL, la Cámara envió una carta a Gabriel Contreras, presidente del IFT, el 24 de enero, solicitando la discusión sobre varios aspectos de los lineamientos de los derechos de las audiencias por considerar que dejan a la industria en estado de indefensión.

“La CIRT se ha pronunciado porque se escuchen sus puntos de vista y las opiniones de los comunicadores y concesionarios mexicanos sobre la aplicación de diversas disposiciones de los lineamientos de defensoría de la audiencia”, destacó.

Este martes, la Presidencia de la República a través del titular de su Consejería Jurídica, Humberto Castillejos y del vocero, Eduardo Sánchez, informó que interpuso una controversia constitucional respecto a ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión “que daban erróneamente atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones para regular el Derecho a la Información de los mexicanos”, explicó la CIRT.

jakysahagun

febrero 1, 2017

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