Derecho de réplica
Juan Carlos Gutiérrez Contreras
El Universal
23 de octubre de 2015
Señor director:
Un saludo.
El día de ayer aparece publicado un artículo titulado “Los Intereses de Álvarez Icaza y la CIDH“, firmado por Luis Cárdenas. En particular expresa que participé como abogado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Juan García Cruz y Santiago Sánchez Silvestre quienes fueron detenidos el 6 de junio de 1997, torturados y obligados a declararse culpables y en señalamiento directo afirma:
“Pero más indignante resulta el caso del dinero recibido por CEJIL, la organización que durante los primeros años defendió a García Cruz y Sánchez Silvestre, cuyo abogado en aquel tiempo era Juan Carlos Gutiérrez Contreras, pero que en el momento en que la CIDH de Álvarez Icaza tomó el caso laboraba como Titular de la Unidad para la Promoción y la Defensa de los Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación. Documentos oficiales publicados en mi sitio web, dan cuenta de la excusa de Gutiérrez para conocer del caso Cruz y Silvestre, pese a ella, el funcionario participó, perdió ante la CIDH, recibió una suma importante de recursos económicos por lo que luego fue sancionado con una inhabilitación por diez años como funcionario público.”
Al respecto, quiero manifestarle que respeto profundamente el ejercicio de la libertad de expresión y lo entiendo como un derecho fundamental reconocido en la Constitución y los tratados internacionales. Sin embargo, no es un derecho absoluto y no puede ser utilizado de manera que atente contra la dignidad, honor e intimidad de las personas.
Entiendo que este asunto se puede referir a información de interés público, por mi condición de ex funcionario en un cargo de gobierno. Sin embargo, existe una obligación ética y legal de verificar la información antes de realizar acusaciones tan graves como las que se reflejan en su artículo de opinión. Es totalmente falso que hubiese recibido recursos económicos de algún tipo por el litigio de ese caso o de cualquier otro en el que como abogado defensor de Derechos Humanos tuve la oportunidad de participar.
Si bien es cierto que fui sancionado por el Órgano Interno de Control de la SEGOB, esta decisión, por demás – totalmente injusta y desproporcionada –, no tiene ninguna relación con lo que el columnista afirma y pretende desprender o relacionar con un supuesto recibo de dinero.
Mis argumentos se prueban con la propia columna, pues el señor Cárdenas señala que tiene en su poder la decisión sancionatoria y la exhibe parcialmente en su página web personal, si la hubiese leído antes de hacer afirmaciones tan graves, podría haber verificado que la decisión en ningún momento hace referencia a su acusación.
Por lo anterior, le solicito que en ejercicio del derecho de rectificación y réplica, se reconozca el error, y se realice la precisión correspondiente. Ello garantizaría, además, el deber ético de informar de manera certera a la opinión pública.
Réplica de Pilar Noriega García
Pilar Noriega García
El Universal
23 de octubre de 2015
Señor director:
Con la lectura de la nota del día 22 de octubre, titulada “Los Intereses de Álvarez Icaza y la CIDH” de Luis Cárdenas, no queda la menor duda de su interés por desprestigiar el trabajo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, crear una cortina de humo sobre las observaciones que realizó después de su visita a México y en especial las del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes designado para la investigación del caso Ayotzinapa.
CEJIL llevó el caso de principio a fin, jamás traté ese caso con Juan Carlos Gutiérrez, ni cuando trabajó en CEJIL ni en la Secretaría de Gobernación.
La posición del señor Cárdenas sobre un conflicto de intereses de Emilio Álvarez Icaza, supone corrupción tanto de la Comisión como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, lo que sí es indignante.
El señor Cárdenas omite señalar que se trata de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos cuyo resumen se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2014. Presenta el cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana como si fuera un medio excepcional, y a pesar de que señala que no fue revelada la cantidad por el pago de gastos y costas la supone millonaria. Si estudió derecho, no creo que sea ignorancia sino mala fe.
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