·Autoridades electorales
TEPJF
Mural
Francisco de Anda
19 de Febrero
Los precandidatos a puestos de elección popular no pueden desplegar propaganda fuera de la demarcación por la que buscan competir, estableció la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Esa es la conclusión a la que llegó el órgano jurisdiccional al resolver un Juicio de Revisión Constitucional que promovió el PAN, luego de que el Tribunal Electoral del Estado decretó la inexistencia de infracción por parte del precandidato de Movimiento Ciudadano a Guadalajara, Enrique Alfaro, por colocar propaganda fuera de la Perla Tapatía.
“En relación a la propaganda fuera del municipio, la mayoría de los integrantes de la Sala Regional determinaron que la propaganda electoral que desplieguen los precandidatos debe circunscribirse al ámbito geográfico del cargo a elegir”, señaló la Sala Regional en un comunicado.
La Sala Guadalajara del TEPJF resolvió regresar el expediente al tribunal local, a fin de que emita una nueva resolución considerando limitar el uso de propaganda electoral fuera del municipio.
Por otra parte, el panista zapopano, David Flores, acudió a esta misma sala, en representación de unos 500 albiazules, a impugnar el método de designación para elegir candidatos del PAN a diputados locales plurinominales.
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