Legislación en materia de comunicación – 17 de octubre de 2014

-Legislación en materia de comunicación

 

Sky debe resarcir a afectados: Profeco

El Universal

Edgar Sigler

17 de octubre de 2014

 

Clientes tienen derecho a rembolsos a la empresa de televisión satelital por las cláusulas indebidas, destaca la procuraduría
edgar.sigler@eluniversal.com.mx

Los clientes afectados por las cláusulas “abusivas” del servicio de televisión satelital Sky tienen el derecho de pedir una indemnización de la empresa, por ejemplo, en el cobro indebido que realizó por la renta del decodificador o por penalizaciones al cambiar su forma de pago de tarjeta a efectivo, aseguró la Procuraduría Federal de Consumidor (Profeco).

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el máximo órgano judicial del país, declaró que ciertas cláusulas del contrato para adquirir los servicios de la empresa Sky resultaban “abusivos” para el consumidor, en un juicio que fue interpuesto por la Profeco.

“Todos los consumidores, en este momento, tienen el derecho a que les devuelva Sky todo lo que pagaron en base a estas cláusulas”, explicó el subrocurador jurídico de la Profeco, Rafael Ochoa.

En tanto, Grupo Televisa no respondió a una solicitud de entrevista sobre el tema.

Sky cuenta con más de 6.3 millones de suscriptores activos, según datos de Televisa en su reporte financiero al segundo trimestre, lo que por sí sola la ubica como el mayor proveedor de televisión de paga del país.

 

 

Profeco: Sky debe resarcir daño a clientes afectados

El Universal

Edgar Sigler

17 de octubre de 2014

 

Consumidores podrán exigir reembolso por cláusulas abusivas, dice procuraduría. Grupo Televisa dijo que todavía no ha sido notificado sobre el fallo de la Corte
edgar.sigler@eluniversal.com.mx

Los clientes afectados por las cláusulas “abusivas” del servicio de televisión satelital Sky tienen el derecho de pedir una indemnización de la compañía, por ejemplo en el cobro indebido que se realizó por la renta del decodificador o por las penalizaciones al cambiar su forma de pago de tarjeta de crédito a efectivo.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el máximo órgano judicial del país, declaró que ciertas cláusulas del contrato para adquirir los servicios de Sky resultaban “abusivas” para el consumidor, en un juicio interpuesto por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Esta sentencia, dada a conocer el miércoles pasado, permitirá que los clientes del sistema de televisión satelital reclamen a la compañía la indemnización por cobros indebidos, según aseguró el subrocurador jurídico de la Profeco, Rafael Ochoa.

“Todos los consumidores, en este momento, tienen el derecho a que les devuelva Sky todo lo que pagaron con base en estas cláusulas”, explicó el funcionario.

La dependencia interpuso en 2012 una acción colectiva con más de 2 mil denuncias que se dieron entre 2009 y 2011 en contra de la firma que controla Grupo Televisa, al argumentar que ciertas cláusulas de su contrato vulneraban los derechos de los consumidores.

Entre las cláusulas que declaró nulas el máximo tribunal está la que penalizaba al cliente que decidía cambiar su forma de pago de cargo directo a la tarjeta de crédito a efectivo.

También quedó inhabilitada la disposición que obligaba a los usuarios a pagar el arrendamiento (renta) del decodificador, toda vez que anteriormente este aparato se otorgaba en comodato (préstamo).

“El efecto posterior, que deja a salvo los derechos de los consumidores, es para que si se sienten afectados (puedan) hacer el reclamo directo con el proveedor. Si este no responde, pues agotar las instancias. Tienen la instancia de la Procuraduría, que los puede representar en una acción colectiva, cuyos efectos son precisamente resarcir los daños y perjuicios causados por este tipo de cláusulas”, aseguró Ochoa.

“Las cláusulas sobre el juicio hace meses que fueron modificadas y registradas ante Profeco, pues la relación de Sky con sus clientes es prioritaria”, dijeron voceros de Televisa. La empresa añadió que aún no ha sido notificada del fallo de la Corte.

Sky tiene más de 6.3 millones de suscriptores activos en el país, según datos de Grupo Televisa en su reporte financiero al segundo trimestre, y es el mayor proveedor de televisión de paga del país. Justo a partir de 2009 el operador satelital dio el salto en número de suscripciones, cuando lanzó su paquete de bajo costo VeTV.

El subprocurador añadió que la Profeco espera la resolución de otras dos acciones colectivas en contra de Cablevisión y Dish, dos de los mayores operadores de TV de paga del país, también por cláusulas abusivas.

“El criterio que marca la Corte ya es muy claro. Estamos esperando que se resuelva en este mismo sentido. Confiamos y reconocemos estas interpretaciones que hacen a favor del consumidor”, dijo Ochoa.

México tiene una penetración cercana al 45% de los servicios de televisión de paga, lo que coloca al país por debajo de Argentina, Venezuela, Uruguay, Colombia, Honduras o Chile.

 

 

Da golpe la SCJN a Sky

Homo Zapping

El Zappo

16 de octubre de 2014

 

Una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la empresa de televisión vía satélite Sky, propiedad de Grupo Televisa, tiene cláusulas que son contradictorias con las regulaciones establecidas en la ley y por ende son abusivas.

En un comunicado la Primera Sala de la SCJN anunció que “diversas cláusulas en los contratos de adhesión celebrados entre el grupo de empresas conocidas como Sky y sus suscriptores, contienen condiciones desproporcionadas, inequitativa o abusivas”.

Esta resolución de la SCJN invalida varias cláusulas de esta filial de Grupo Televisa y valida la demanda que promovió la Profeco tras juntar más de 2 mil quejas que fueron presentadas entre los años 2009 y 2011.

Los ministros consideraron que la forma de pago, prestación de servicio y contrato de arrendamiento carecen de validez debido a que sólo benefician a Sky y el contrato es “desproporcionado, abusivo e inequitativo”.

También la SCJN demostró su descontento con el uso que se da de los datos de los suscriptores para fines mercadológicos y la penalización por el cambio en forma de pago, esta última cláusula fue también anulada.

Por otro lado la SCJN avaló el plazo forzoso para contratación y el requisito para firmar un pagaré en blanco, esto porque a decir de los ministros “garantiza una obligación” de los suscriptores con Sky.

Esta resolución fue una propuesta de la ministra Olga Sánchez Cordero.

A principios del año pasado, el juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil ya había anulado diversas cláusulas de Sky, la filial de Grupo Televisa interpuso una apelación, ante esto la Profeco promovió un amparo que ya fue resuelto por los ministros.

 

 

Senado avala reforma contra lenguaje sexista en medios

Uno más uno

Redacción

16 de octubre de 2014

 

El pleno del Senado de la República aprobó en la sesión de hoy una reforma a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, para eliminar el lenguaje sesixta y estereotipos en los mansajes de los medios de comunicación.

En tribuna la senadora del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Angélica de la Peña expuso que el uso inadecuado del lenguaje puede provocar subordinación entre los individuos, por lo que es necesario modificar el lenguaje sexista a partir de la regulación.

La reforma, turnada al Ejecutivo federal para su publicación, plantea que la política nacional para la igualdad entre mujeres y hombres se incluya en las prácticas de comunicación social de las dependencias de la administración pública.

Así como en los medios masivos de comunicación electrónicos e impresos, se elimine el uso de estereotipos sexistas y discriminatorios e incorpore un lenguaje incluyente.

“Es de conocimiento público que los medios de comunicación, de manera preponderante la radio y la televisión, difunden publicidad que muestra constantemente estereotipos de género, emitiendo así una posición subordinada de las mujeres”.

“Mostrándolas la mayoría de las veces como sumisas, inestables emocionalmente, madres de familia, consumidoras; al mismo tiempo que son aconsejadas, informadas o ayudadas a decidir por un hombre”, se indica.

Al respecto el Consejo Ciudadano por la Equidad de Género en los Medios de Comunicación y el Derecho a la Información de las Mujeres, señala que el lenguaje en el que se puede dar esta discriminación puede ser en el lenguaje escrito, radiofónico, audiovisual o el usado en la Internet.

 

 

IFT aprueba nuevas tarifas para Telcel

Homo Zapping

El Zappo

16 de octubre de 2014

 

El pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó las tarifas que ofrecerá a sus usuarios Telcel.

El IFT advirtió que Telcel en su calidad de Agente Económico Preponderante en el sector de comunicaciones estará obligado a cumplir sus obligaciones en materia de tarifas, estas deben ser aprobadas por el IFT de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Por medio de las regulaciones previstas en la ley, Telcel no podrá hacer cobros diferenciados a usuarios por llamadas que provienen de la misma red o la de algún competidor, además Telcel deberá abstenerse de cargar a sus clientes con tarifas distintas para servicios que se originen en su red y terminen dentro de su propia red o la de algún concesionario.

El pleno del IFT también aprobó el formato del mensaje de texto gratuito que Telcel deberá enviar a todos sus usuarios para informarles de la tarifa de servicio aplicable en caso de que se encuentren en el extranjero. También se aprobó el formato de mensaje para las recargas en las que se incluirá el monto recargado, el saldo acumulado y las diferentes tarifas.

Las nuevas modalidades de prepago y ofertas por tiempo limitado que ofrecerá Telcel también fueron aprobadas por el pleno.

En la sesión ordinaria también fue aprobado el nombramiento de Ricardo Salgado Perrillat como titular de la Autoridad Investigadora del IFT.

jakysahagun

octubre 17, 2014

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