Monitoreo 14 de febrero de 2014

Periodistas

-Agresiones

 

 

Presenten a 6 por muerte de periodista

Reforma

13 de febrero de 2014

Redacción

 

 

Seis personas implicadas en el secuestro y homicidio del periodista veracruzano Gregorio Jiménez fueron presentados en la rejilla de prácticas ante el Juez Tercero de Primera Instancia, Hernán Tejeda Álvarez, para su declaración preparatoria.

 

A través de un comunicado, la Coordinación General de Comunicación Social de Veracruz difundió que hoy en la mañana el juez Tejeda Álvarez leyó cargos a cada uno de los detenidos.

 

Las personas presentadas en la rejilla de práctica son: Teresa de Jesús Hernández Cruz, presunta autora intelectual de la agresión al comunicador y dos personas más, José Luis Márquez Hernández, Santos González Santiago, Jesús Antonio Pérez Herrera, Juan Manuel Rodríguez Hernández y Gerardo Contreras Hernández, acusados de los delitos de secuestro y homicidio de Gregorio Jiménez de la Cruz, Ernesto Ruiz Guillén y otra persona más.

 

Tras su ingreso al penal Duport Ostión, mediante la consignación penal número 12/2014 y la lectura de cargos, los seis implicados se acogieron al artículo 20 constitucional y presentarán su declaración por escrito; su defensa legal solicitó la ampliación del término constitucional, por lo que en las próximas horas se definirá su situación legal.

 

 

 

Castigarán a responsables del homicidio de periodista, advierte Segob

La crónica de hoy Jalisco

13 de febrero de 2014

Crónica D.F. / Redacción

 

 

El gobierno de la República, por medio de la Secretaría de Gobernación (Segob), reprobó el asesinato del periodista veracruzano Gregorio Jiménez de la Cruz; además, advirtió que los responsables de este acto serán castigados conforme a la ley.

Tales señalamientos fueron hechos por el titular de la dependencia, Miguel Ángel Osorio Chong, al tiempo que expresó condolencias a los familiares de la víctima.

 

Familiares claman justicia

El periodista Gregorio Jiménez, quien fuera secuestrado y luego asesinado, fue sepultado en el municipio de Coatzacoalcos, Veracruz, en un emotivo homenaje donde fue acompañado por amigos, familiares y personas del municipio.

Gregorio Jiménez fue velado en su casa y posteriormente amigos y familiares suyos cargaron su féretro y recorrieron las calles de la ciudad, mientras coreaban consignas en demanda de justicia.

El cortejo llegó así al panteón de la Comunidad Villa Allende, donde los restos del comunicador fueron inhumados.

La viuda  de Jiménez, Carmela Hernández, ante los medios de comunicación y enfrente de la tumba de su esposo, agradeció a los medios de comunicación por arriesgar su vida en las calles para encontrar a su esposo, y además les pidió cuidarse por su quehacer diario.

 

 

 

-Condiciones laborales

 

 

Las escaleras de la paz

El Informador

Guadalupe Morfín

14 de febrero de 2014

 

 

Me cuesta creerle algo al gobernador de Veracruz (en minúscula, señores editores, que Javier Duarte de Ochoa no se merece las mayúsculas). No sólo desde la aparición de 35 cadáveres arrojados en plena avenida en Boca del Río, a los que se sumaron otros siete al día siguiente ahí y en Veracruz; no sólo desde que un funcionario de su gobierno apareció con un maletín con 25 millones de pesos en Toluca, Edomex, dizque para pagar gastos del Festival del Tajín. Mi desconfianza viene de más atrás: de esas grabaciones entre él como candidato y Fidel Herrera, gobernador (también con minúsculas) que le antecedió en el cargo. Típica conversación entre ungidos no por el dedo de la democracia electoral, sino por saberse intocables ante la gesta de la que ambos se burlaban.

 

Esta semana apareció “ejecutado” el décimo periodista durante la actual administración estatal veracruzana, Gregorio Jiménez, un reportero de nota policiaca, de condición humilde, que comenzó a ver cosas raras en su entorno y a investigarlas: secuestros de migrantes, extorsiones, robos, levantones que concluían en lo que casi siempre concluyen, en fosas con cadáveres. Goyo hacía su trabajo en Villa de Allende, en Coatzacoalcos, consabido territorio del cártel de los Zetas. Fue secuestrado el 5 de febrero y encontrado muerto en una fosa el martes pasado. Su trabajo periodístico le resultó un riesgo letal. No encontró protección. ¿Cuándo se entenderá la importante función de ventilar lo oscuro que hace una parte del buen periodismo?

 

Las múltiples violencias aquí o allá, en Guerrero o Michoacán, no brotan de la nada: se van incrustando en las grietas del muro desvencijado de un Estado constitucional de derecho mermado, hasta que un día el muro no resiste y aplasta a quienes esperaban de él cobijo y paz, en especial, los vulnerabilizados de siempre. Complicidades y cobardías previas permiten estas violencias, que no pasan forzosamente por las armas. Parte de esa larga lista son, por ejemplo, las acciones de legisladores que eligen a quienes debían garantizar el derecho a la ciudad, a los derechos humanos, a la vida en democracia, por cuotas de partido, como si de un mercado se tratara, y han dado a traste con instituciones ciudadanas, o a su servicio, que ya no lo son. Así, la cuestionada elección de magistrados en Jalisco, sin decoro alguno. De espaldas a quienes exigimos más que currículum de leguleyos en los electos.

 

Leo en redes sociales dolidas expresiones de mujeres que amamos a nuestro país y no queremos más “ejecuciones”. Somos muchas dolientes; ya son muchos los cobardes. Pero nuestras lágrimas, quizá escondidas, son una barrera, un manto, una compañía solidaria. No la deslealtad de diputados, partidos, magistrados, jueces. Somos nosotras las que les hacemos frente; como nuevas Antígonas les decimos que así ya no, que no les creemos. Somos escaleras para la paz posible.

 

 

 

Libertad de expresión

Censura

 

 

Maduro confirma salida canal colombiano NTN24 del aire por decisión de Estado

Sin Embargo

Redacción/ Sin Embargo

13 de febrero de 2014

 

 

Caracas, 13 feb (EFE).- El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, dijo hoy que el canal colombiano NTN24 salió el miércoles de las parrillas de televisión por cable por decisión de Estado y porque trataba de transmitir la “zozobra” de un golpe en el país. “Fuera del aire, NTN24. Fue una decisión de Estado, para que lo sepan (…) yo voy a defender el derecho a la tranquilidad de Venezuela y nadie va a venir desde el exterior a tratar de perturbar el clima psicológico de Venezuela”, comentó Maduro. NTN24 denunció el miércoles en Bogotá que su señal dejó de ser emitida en territorio venezolano mientras informaba sobre las marchas en Caracas y en varias ciudades de Venezuela convocadas por la oposición para protestar contra el Gobierno del presidente Maduro. “Pretendía ayer, en las cableras venezolanas, transmitir la zozobra de un golpe de Estado como el 11 de abril”, dijo Maduro en referencia al intento de derrocar, en 2002, al entonces presidente venezolano Hugo Chávez (1999-2013). También dijo que “otras cadenas que hay por ahí” son utilizadas desde el exterior “para tratar de influir y perturbar, pero sobre todo hacer daño, hacer daño en el mundo, siempre”. Maduro reiteró hoy que los sucesos que ayer dejaron tres fallecidos, 66 heridos graves y 69 detenidos forman parte de un plan de un grupo de opositores para derrocarlo y señaló que los responsables de estos hechos serán capturados “uno detrás de otro” y “se hará justicia”. “Es un plan para llenar a Venezuela de violencia”, insistió tras exhibir fotos de los destrozos a diferentes infraestructuras y vehículos durante los sucesos de ayer.

 

 

 

Transparencia y acceso a la información

IFAI

 

 

Segob deberá dar detalles de los 27 capos detenidos por la extinta SSP: IFAI

El Sol de México

Martha Elba González

13 de febrero de 2014

 

 

Ciudad de México.- La Secretaría de Gobernación (Segob) deberá informar quiénes son los 27 líderes o jefes de plaza y los operadores financieros de todos los grupos delictivos detenidos por la extinta Secretaría de Seguridad Pública (SSP), ordenó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), que revocó la inexistencia de la información invocada.

El pleno del IFAI, por unanimidad, consideró inaceptable la clasificación de inexistencia de la información, toda vez que el Comisionado Nacional de Seguridad, doctor Manuel Mondragón, la refirió en su Informe del 5 de noviembre de 2013, por lo que además, la Segob deberá precisar con base en qué documentos o investigaciones, refiere que se trata de líderes o jefes de plaza.

El presidente del IFAI, Gerardo Laveaga, a quien correspondió el análisis jurídico del caso, consideró que la Segob fue omisa en el cumplimiento de la Ley de Transparencia, ya que en su respuesta inicial declaró que, tras una búsqueda, por ciento incompleta, no localizó la información y ya en alegatos, señaló que se encuentra clasificada como reservada, porque forma parte de averiguaciones previas no concluidas, seguidas ante el Ministerio Público Federal.

Al analizar la normatividad aplicable, Laveaga advirtió que la Segob cuenta con otras unidades administrativas competentes, a las que no turnó la solicitud, como la Dirección General de Comunicación Social y la Unidad de Planeación, Prospectiva y Seguridad Privada.

Señaló que Comunicación Social, es la encargada de ejecutar la política de información, difusión y comunicación social de la Secretaría y sus órganos administrativos desconcentrados, así como de informar a la opinión pública, sobre los asuntos competentes y la Unidad de Planeación, es responsable de coordinar el procesamiento de información de todas la aéras, adscritas al Comisionado Nacional de Seguridad.

Aunado a ello, el comisionado destacó que si bien la Policía Federal no puede proporcionar la información, porque se encuentra clasificada, lo cierto es que para la elaboración, emisión y difusión del Informe de Labores el Comisionado Nacional de Seguridad, se auxilia de los datos que le entregan las diversas unidades administrativas de la dependencia.

Por lo tanto, propuso y el pleno lo aprobó, revocar la respuesta de la Segob y ordenarle proporcionar, al solicitante, la información de su interés.

 

 

 

Piden IFAI a Segob información sobre presuntos líderes de grupos criminales

MVS Noticias

Notimex

14 de febrero de 2014

 

 

El Instituto Federal de Acceso a la Información instruyó a la Secretaría de Gobernación hacer una nueva búsqueda de datos sobre los 27 líderes o jefes de plaza y operadores financieros de los grupos delictivos detenidos por la entonces Secretaría de Seguridad Pública (SSP).

 

En un comunicado, indicó que la dependencia también deberá precisar con base en qué documentos o investigaciones se presume que se trata de líderes o jefes de plaza, como lo señaló el comisionado Nacional de Seguridad, Manuel Mondragón, en su informe del 5 de noviembre pasado.

 

El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) expuso que un particular solicitó esa información, pero la Secretaría de Gobernación declaró la inexistencia de la misma y lo orientó a presentar su petición ante la Policía Federal.

 

En alegatos, la Segob reiteró su respuesta inicial y agregó que turnó la petición a la Comisión Nacional de Seguridad, y ésta a su vez solicitó la información a la Policía Federal, la cual dijo que se encuentra clasificada como reservada.

 

Ello, al argumentar que forma parte de averiguaciones previas no concluidas, seguidas ante el Ministerio Público Federal.

 

En el análisis del caso, el presidente del IFAI, Gerardo Laveaga, observó que la Segob no hizo una búsqueda exhaustiva, y que, si bien la Policía Federal no puede proporcionar la información porque se encuentra clasificada, para el informe de labores del comisionado, éste se auxilia de los datos que le entregan las diversas unidades administrativas de la dependencia.

 

Por ello, propuso revocar la respuesta de Gobernación e instruir a una nueva búsqueda en todas las unidades administrativas competentes, sin omitir a la Dirección General de Comunicación Social y la Unidad de Planeación, Prospectiva y Seguridad Privada.

 

Indicó que de no localizar la información la dependencia deberá declarar su formal inexistencia. La propuesta fue aprobada por el pleno del IFAI.

 

 

 

Protección de datos

 

 

Empleado de la NSA confiesa que ayudó a Snowden y renuncia

Animal Político

AP

14 de febrero de 2014

 

 

Washington .— Un empleado de la Agencia de Seguridad Nacional (NSA por sus siglas en inglés) presentó su renuncia después de que admitiera ante investigadores federales que había facilitado a Edward Snowden una clave digital que le permitió acceder a materiales clasificados, dijo la NSA al Congreso.

 

Snowden, exanalista de la NSA, había declarado previamente que no había robado ninguna clave de acceso.

 

El empleado civil, cuyo nombre es mantenido en reserva y que había trabajado con Snowden, renunció el mes pasado después de que el gobierno le cancelara la autorización de seguridad, según una carta que el director legislativo de la NSA, Ethan L. Bauman, envió esta semana a la Comisión Judicial de la Cámara de Representantes.

 

Un empleado militar y un contratista privado también perdieron su acceso a información de la NSA dentro de la continuación de las pesquisas del FBI, afirmó Bauman.

 

Un memorándum de Bauman con fecha del 10 de febrero provee algunos de los primeros detalles de los que se enteraron las autoridades —a decir de éstas— sobre la manera como Snowden se apoderó de numerosos documentos clasificados antes de filtrarlos a organizaciones noticiosas.

 

Funcionarios importantes de seguridad nacional a nivel federal han reconocido que desconocen muchos archivos que Snowden consiguió antes de que huyera de Estados Unidos.

 

Snowden niega que haya robado claves de acceso o que hubiera engañado a algunos compañeros de trabajo para que le prestaran sus claves. La NSDA dejó entrever en la carta que Snowden engañó al menos a un compañero de trabajo y copió la clave sin el conocimiento de esa persona.

 

El empleado civil de la NSA declaró en junio a los investigadores del FBI que permitió a Snowden que utilizara una clave digital codificada conocida como certificado de Infraestructura de Clave Pública (PKI por sus siglas en inglés) para acceder a información clasificada en la NSANet, la red informática de la agencia.

 

El sistema conecta con muchos de los bancos de datos en los que la NSA tiene información clasificada. En el memorando se dijo que anteriormente se había negado a Snowden el acceso a la red.

 

Después de que el compañero de trabajo escribió su clave de seguridad PKI, Snowden “logró capturarla, lo que le permitió incluso mayor acceso a información clasificada”, dijo Bauman a los legisladores.

 

De acuerdo con Bauman, el empleado civil de la NSDA desconocía que Snowden intentaba revelar información secreta. Se desconoce por el contenido del memorando la cantidad de información clasificada que Snowden había compilado antes de que utilizara la clave de su compañero de trabajo.

 

 

 

Sanciona NSA a quienes facilitaron contraseñas a Snowden

Homo Zapping

Monitoreo Informativo

14 de febrero del 2014

 

 

La Agencia de Seguridad Nacional de EU (NSA) sancionó a uno de sus empleados, a un militar y a un contratista que tenían contacto con información sensible por haber cedido privilegios de acceso aEdward Snowden, exanalista externo que filtró detalles de los programas de espionajeestadounidenses.

 

Según un documento obtenido por el canal MSNBC (on-msn.com/1g1Uinj), la NSA determinó que Snowden obtuvo contraseñas de al menos uno de sus empleados sin que éste conociera las intenciones del exanalista de Booz Allen Hamilton, empresa privada que trabajaba para la agencia deinteligencia.

 

El documento, desclasificado pero solo para uso gubernamental, fue remitido esta semana por la NSA a los comités de inteligencia del Congreso, que intentan determinar cómo Snowden pudo tener tan amplio acceso a programas secretos de vigilancia electrónica y telefónica.

 

La NSA explicó que el empleado civil de la agencia renunció a su puesto de trabajo tras perder privilegios de acceso, mientras que las otras dos personas dejaron de tener permiso para acceder a las instalaciones de la NSA en Fort Meade (Maryland, EU).

 

En concreto, el documento explica que el empleado de la NSA introdujo su contraseña en un terminal operado por Snowden, a petición del joven analista, sin conocer que su intención era “tener un mayor acceso a información clasificada”.

 

Según la NSA, al compartir llaves de acceso electrónico a la infraestructura clasificada de la agencia, el empleado “no respetó sus obligaciones de seguridad”.

 

La carta no detalla en qué modo las otras dos personas están implicadas en el acceso de Snowden a información secreta y asegura que sus respectivos empleadores determinarán las acciones disciplinarias correspondientes.

 

En una entrevista online con internautas en enero pasado, Snowden, que se encuentra asilado en Rusia, negó que “robara contraseñas o engañara con trucos a un ejército de compañeros de trabajo”.

 

 

 

Derecho de réplica

 

 

Detenidos acusan que fueron obligados a implicarse en asesinato de Gregorio Jiménez

Animal Político

Gabriela Rasgado

13 de febrero de 2014

 

 

Los seis detenidos por el secuestro y asesinato del periodista Gregorio Jiménez se declararon inocentes la mañana de este jueves 13 de febrero, y negaron las acusaciones que la Procuraduría de Justicia de Veracruz les imputa por el presunto homicidio del reportero de los diarios Notisur y Liberal del Sur.

 

Tras la lectura que hizo el juez de su declaración inicial sobre los hechos, luego de que fueran presentados tras la rejilla de prácticas del Juzgado Tercero de Primera Instancia con sede en el Centro de Readaptación Social de Coatzacoalcos, los seis acusados no ratificaron la misma y solicitaron hacer la declaración preparatoria por escrito.

 

Asimismo, al término de la audiencia y ante los medios de comunicación, José Luis Márquez Hernández y Jesús Antonio Pérez Hernández, dos de los imputados, señalaron que fueron obligados a aceptar su implicación en el caso.

 

-¿Esta es su firma? ¿Estas son sus huellas? -se cuestionó a José Luis Márquez Hernández, El Pony.

 

-Sí, pero me obligaron -contesta el acusado en el audio de su declaración-.

 

Los seis presuntos responsables del asesinato de Gregorio Jiménez solicitaron además al juez de la causa la ampliación del término constitucional de las 72 horas, para que sea en este tiempo que se les defina su situación jurídica, es decir, su auto de formal prisión o de libertad.

 

Los seis detenidos son Teresa de Jesús Hernández, La Tere; Santos González Santiago, El Man; José Luis Márquez Hernández, El Pony; Jesús Antonio Pérez Hernández, La Yegua; Juan Manuel Rodríguez Hernández, El Jumanji;, y Gerardo Contreras Hernández, El Gotzi.

 

Escucha aquí el audio de la declaración preparatoria de José Luis Márquez Hernández, El Pony, leída por la secretaria del Juez Tercero. Posteriormente, el acusado no ratificó esta declaración y afirmó que lo obligaron a implicarse en el caso.

 

 

 

Movimientos en empresas de medios

Aparición o cierre de empresas de medios

 

 

“Liberación”, nuevo impreso

Homo Zapping

14 de febrero del 2014

Jorge Meléndez Preciado

 

 

En  momentos que el periodismo mexicano está en una grave encrucijada, crece a manos de los reporteros o se supedita con los empresarios, amén de que nuestro país es donde más informadores se asesinan impunemente, hay un viento fresco con la aparición del mensuario Liberación.

 

Dirigido por Óscar Camacho y teniendo como segunda de a bordo a Lilia Silvia Hernández, famosa por sus programas radiofónicos y televisivos, la mancuerna ha conformado una plantilla no muy grande pero eficaz, demostrando que los mensuarios pueden sacudir  a este país donde cada vez menos encontramos historias amplias de periodismo.

 

El reportaje central está dedicado a ellas, la mayoría de la población, y el título es: “Así matan a las mujeres en México”, con la explicación terrible de que: “En las últimas 3 décadas más de 40 mil mujeres han sido asesinadas con violencia extrema en nuestro país, entre la indiferencia y la impunidad”. El reportaje, intenso, dramático y conmovedor es de Daniela Rea y Lidiette Carrión.

 

Mariana Lima, dice: “El enemigo está en casa”. Bárbara Reyes (16 años)  habla acerca del “Secuestro, violencia y muerte” de las féminas. Y un apartado nos recuerda: “Ayer fue Juárez; hoy es todo México”, evocando que hace 20 años se hablaba de las muertas en aquel lugar fronterizo y actualmente tenemos su réplica en toda la geografía nacional. Y se nos advierte: “Los asesinos, reflejo de una sociedad”.

 

No podía faltar: “La rebelión tarasca” o “Un año de autodefensas en Michoacán”. Y a propósito de esto, hay un artículo de la gran reportera Fátima Monterrosa que se titula: “Los dilemas de Mireles”.

 

En la sección Crónicas, encontramos una acerca de “El ladrón que cuidaba a Messi” de Bruno Larocca, quien relata las travesuras de Daniel Rojo, sus negocios ilícitos, su derroche de pesos (argentinos),  las orgías que vivió y los robos que efectuó, aparte de cuidar en las noches al futbolista más conocido y mimado del orbe, cuyo padre está acusado de evadir impuestos en España.

 

Óscar y Lilia Silvia, quienes viajaron a otra tierra santa,  comentan algo que muchas veces se olvida o se calla: “Hay historias que son una infamia. Hay historias que Dios no hubiera escrito. Lo que ocurre en hoy en Palestina es una de ellas. La invasión de Israel a Palestina es una historia de oprobio que el mundo tolera y le perdona al pueblo judío. En Palestina, los judíos reproducen hoy lo que buscaba el holocausto con ellos en Europa: el exterminio. La invasión de Israel le ha quitado a los palestinos casi todo, menos la dignidad y la esperanza de volver a ser un pueblo libre”; las fotos son reveladoras y espléndidas.

 

Otra crónica nos habla no de lo insólito, sino de algo  que ocurre pero escasas veces se plantea: “¡Mi esposo usa mi lencería!”. Una hija descubre a su padre, antes de irse a Europa, que no sólo es Manuel Furlong, sino en realidad Gina. Algo de lo que nos mostraba  hace años Woody Allen, en aquella película: Todo lo que siempre quiso saber sobre el sexo pero temió preguntar.

 

¿Quién es el Komander? Un músico que tocó en Michoacán en un acto multitudinario de loas a los narcos antes de la llegada de Peña Nieto. Se trata de Alfredo Ríos (nada que ver con el del mismo nombre y apellido cuya madre era  Galeana y fue considerado el peligro de México durante años). Tiene 43 años y cobra 300 mil pesos por una hora de actuación. ¿Alguien quiere estudiar física cuántica o modelos matemáticos?

 

El siempre certero Diego Osorno  platica acerca de su viaje a Colombia y el fenómeno de Pablo Escobar, más venerado que muchos santos o profetas, el narcotraficante  que  ayudaba con mayor eficacia  que el programa Solidaridad de Carlos  Salinas a la fecha. El multipremiado Alejandro Almazán evoca al Canguro, un personaje  del popolo, como muchos, que olvidamos. Gerardo Albarrán analiza la violencia.

 

En la entrevista con Marcelo Ebrard, el ex jefe de gobierno, dice éste  que podría hacer muchas cosas con los 300 mil millones de pesos  extras que tendrá a la mano Luis Videgaray para erogar este año, entre ellas becas para la educación superior con el objeto de empezar a competir  con Corea,  y plantea que si la izquierda va a las elecciones  de 2015 y 2018 dividida,  será el desastre.

 

Liberación, un mensuario que recuerda a Jean Paul Satre y el mejor periodismo español de vanguardia, donde los cronopios de Julio Cortázar retaban  a  las tradiciones.

 

Bienvenido en estos momentos de crisis periodística.

 

 

 

Fusiones o rupturas

 

 

España decidirá sobre Iusacell: Gil Díaz

Homo Zapping

Monitoreo Informativo

14 de febrero del 2014

 

 

El presidente de Telefónica Movistar en México, Francisco Gil Díaz, señaló que la decisión sobre la posible compra de Iusacell es un tema que concierne a su matriz en España, quien se encarga de “este tipo de operaciones”.

 

“Eso se los vas a tener que preguntar al corporativo en España, porque son quienes hacen ese tipo de operaciones (…) desde que estamos viendo qué compramos, pero es como cuando vas al mercado, si el precio y las condiciones no son las que quieres pues no compras”, dijo a la agencia Notimex.

 

Desde la semana pasada, Telefónica conversa con Grupo Televisa y Grupo Salinas, que son copropietarios de Iusacell, según reportó Bloomberg y el diario español El Economista, citando a fuentes allegadas al tema.

 

La aprobación de la reforma en telecomunicaciones a mediados de 2013 abrió la puerta a una mayor competencia en el sector móvil que ahora domina Telcel con casi 70% del mercado.

 

Televisa, que pagó 1,600 millones de dólares (mdd) por el 50% de Iusacellen 2011, ha reiterado que sólo invertirá en la telefónica hasta que queden claras las modificaciones a las leyes secundarias, que están próximas a discutirse.

 

“Telefónica está esperando a ver qué dicen las leyes secundarias, qué tipo de regulación asimétrica se le impondrá a Telcel y Telmex para hacer su movimiento”, comentó un analista financiero a CNNExpansión que pidió no ser identificado.

 

Consideró que el mayor problema para la transacción se verá en la valuación, pues Televisa ha prometido invertir cerca de 400 mdd adicionales a la compañía, lo que le daría un valor de 2,000 mdd sólo al 50% que tiene de Iusacell, pero que no necesariamente equivaldría a que en total valiera 4,000 mdd, porque tener el control total de una empresa costaría un bono.

 

Programa de franquicias

 

Movistar lanzó un programa de franquicias en zonas rurales y comunidades lejanas de México, a través de antenas con el modelo de franquicias a terceros y la ampliación de la banda Ka.

 

Gil Díaz aseguró que esta nueva modalidad estará disponible para que quien quiera ser socio de la empresa pueda colocar una torre en comunidades rurales.

 

“Ojalá eso camine lo más rápido posible pero estamos abiertos. Serán todas las zonas del país”, afirmó tras la firma del convenio de colaboración para incorporar sus Aulas Fundación Telefónica a los estándares del Sistema Nacional de Competencias. El directivo comentó que tienen un proyecto satelital con la banda Ka, con la que ya se cubre todo el centro y parte del norte de México, y que se prevé extender a otros puntos.

 

Este miércoles Fundación Telefónica y el Instituto Latinoamericano de la Comunicación Educativa (ILCE) firmaron un convenio de colaboración para incorporar el modelo de formación docente “Aulas Fundación Telefónica” a los estándares del Sistema Nacional de Competencias.

 

Con esta alianza los docentes tiene la opción de presentar su evaluación y en caso de ser declarados competentes, obtener su certificado de competencias a través de la Entidad de Certificación y Evaluación del ILCE.

 

Con información de Notimex

 

 

 

Licitaciones

 

 

Piden abrir negocio de TV y radio regionales

El Financiero

Ramiro Alonso

14 de febrero de 2014

 

 

A la par de la licitación de las nuevas cadenas de TV abierta, diversos inversionistas locales pidieron al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que ponga en marcha un programa de apertura de frecuencias regionales.

María Elena Estavillo, comisionada del IFT, comentó que es probable que una vez que se liciten las dos nuevas cadenas de TV, el regulador estudie la viabilidad de abrir frecuencias regionales.

“Hay varios interesados en cadenas regionales, pero la apreciación que estamos haciendo por mandato constitucional es para lograr una cobertura nacional, aunque eso no excluye que posteriormente también se pueda tratar de satisfacer esa demanda para empresas que se interesan en la cobertura regional o local”, aseguró.

 

Gabriel Sosa Plata, experto en radiodifusión, dijo que en México existe capacidad para poner en marcha cadenas en cada estado.

En la actualidad, el mercado de radiodifusión registra un alto nivel de concentración, de acuerdo con información del IFT.

A decir de Sosa Plata, el 5 por ciento de las concesiones que no están en manos de las televisoras pertenecen a pequeños concesionarios, lo que representa alrededor de 30 canales en todo el país de contenidos distintos a los de Televisa y TV Azteca.

El modelo de negocio de los nuevos operadores, al igual que los habituales, es la venta de publicidad, explicó el experto, quien añadió que los canales regionales permitirán a los anunciantes de éstas latitudes contar con un escaparate estratégico en materia de publicidad.

El 17 de enero de 2014, Televisora Nacional reiteró su interés de obtener una cadena regional para atender varias localidades en diferentes zonas del país.

Esa misma fecha, Miguel Ángel Beltrán Prado, por su propio derecho, presentó en un escrito en el que solicitó licitar frecuencias para diferentes localidades en Nuevo León y Puebla.

El 16 de enero de 2014, Radio Juarense manifestó su interés por las frecuencias relacionadas con las localidades de Ciudad Juárez y Chihuahua, en el estado de Chihuahua, de acuerdo con el Programa de Licitación y Adjudicación de Frecuencias de Televisión Radiodifundida Digital (Programa).

 

 

 

Compra de medios

 

 

Comcast anuncia compra de Time Warner Cable

El Economista

Claudia Juárez Escalona/El Economista

14 de febrero de 2014

 

 

Comcast, empresa de televisión por cable en Estados Unidos, anunció la compra amistosa de Time Warner Cable Inc, en una transacción valuada en 45,200 millones de dólares.

 

De ser aprobada, la fusión crearía el conglomerado de cable más grande de Estados Unidos, con más de 33 millones de suscriptores; el proceso podría completarse para finales del 2014.

 

Brian Roberts, presidente de Comcast, dijo: “(Hemos) creado una compañía exclusivamente de cable que, combinada con Comcast, tiene los cimientos para un crecimiento futuro”.

 

De acuerdo con información de agencias, la transacción incluye en su totalidad un intercambio de acciones bursátiles, a una cotización de 160 dólares por título, por lo que no habrá pagos en efectivo.

 

El año pasado, Comcast completó la adquisición de la productora de cine y televisión NBC Universal, propiedad de General Electric.

 

La propuesta de compra de Time Warner requiere ser aprobada por los tenedores de títulos de la empresa.

 

MERCADO DE FUSIONES

 

El año pasado, estimaciones de la firma Dealogic reportaron que el volumen de fusiones y adquisiciones en la industria de telecomunicaciones a nivel global desde inicios del 2013 superaba los 312,400 millones de dólares.

 

Según la firma consultora, la cifra alcanzada, en ese entonces, era la mayor cifra desde el 2000, cuando en el mismo periodo se superaron los 601,300 millones; en el 2012, el volumen de fusiones y adquisiciones en el sector de las telecos rondó los 181.100 millones de dólares.

 

Entre las operaciones más sobresalientes está la venta de 45% de Verizon Wireless, por parte de Vodafone a Verizon, en unos 130,000 millones de dólares.

 

Ésta fue considerada como la segunda mayor operación corporativa de la historia del sector, sólo superada por la compra de la alemana Mannesmann, por parte de Vodafone.

 

En agosto del año pasado, en Estados Unidos, T-Mobile USA y MetroPCS completaron su integración, mientras que Softbank cerró la compra de Sprint, en una operación valuada en 21,600 millones de dólares.

 

Las adquisiciones predominan en el mercado americano, en Europa y Asia, en donde, por ejemplo, según Dealogic, las operaciones superaron desde enero del 2013 los 107,500 millones de dólares, por encima de los 38,900 millones registrados en el mismo periodo del 2012.

 

En Europa, por ejemplo, está la compra de Virgin Media en Reino Unido por parte de Liberty Global, valuada en 25,130 millones de dólares, la eventual compra de KPN por parte de América Móvil o la compra de la operadora alemana Kabel Deutschland por parte de Vodafone, en un acuerdo valorado en 13,990 millones.

 

 

 

Comcast compra Time-Warner por 45.2 mil mdd

Unión Jalisco

Redacción Unión

13 de febrero de 2014

 

 

Comcast, el gigante de la distribución de televisión por cable de Estados Unidos, anunció hoy la compra amistosa de Time Warner Cable Inc. en una transacción valuada en 45.2 mil millones de dólares.

 

La fusión, de ser aprobada por los reguladores federales, crearía el conglomerado de cable más grande de Estados Unidos, con más de 33 millones de suscriptores, un proceso que de ser exitoso podría completarse para finales de 2014.

 

“(Hemos) creado una compañía exclusivamente de cable que, combinada con Comcast, tiene los cimientos para un crecimiento futuro”, señaló el presidente de Comcast, Brian Roberts.

 

La transacción incluye en su totalidad un intercambio de acciones bursátiles, a una cotización de 160 dólares por título, por lo que no habrá pagos en efectivo.

 

Apenas el año pasado Comcast completó la adquisición de la productora de cine y televisiónNBC Universal, que era propiedad de General Electric.

 

La propuesta compra de Time-Warner requiere asimismo ser aprobada por los tenedores de títulos de la empresa.

 

 

 

Legislación en materia de comunicación

 

 

Niega SCJN aclarar caso Telefonica-Axtel

Reforma

13 de febrero de 2014

Victor Fuentes

 

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó este miércoles que no le corresponde aclarar si Telefónica-Movistar tiene derecho al pago de indemnización por 330 millones de pesos que solicitó a Axtel, por lo que el caso será resuelto en definitiva por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.

 

Telefónica solicita el pago a Axtel como resultado de una disputa por tarifas de interconexión.

 

Es el primer caso en que el Poder Judicial resolverá si las concesionarias deben ser indemnizadas por competidoras que, mediante el trámite de amparo, la obtención de suspensiones y la aportación de fianzas, lograron mantener congeladas durante años las tarifas fijadas por la extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).

 

El pasado 14 de octubre, el juez federal Enrique Cabañas resolvió que Movistar no tiene derecho a la indemnización.

 

Si el tribunal colegiado revoca este fallo, Movistar podrá reclamar y ejecutar 21 pólizas de fianza expedidas por Afianzadora Monterrey, que Axtel entregó al juzgado para mantener el derecho a seguir pagando una tarifa menor en el periodo de septiembre de 2008 a septiembre de 2010.

 

La disputa se originó en 2007, cuando la Cofetel resolvió que Axtel debía pagar a Movistar tarifas que iban de 1.21 pesos a un peso por minuto en la modalidad el que llama paga, en el periodo enero de 2008 a diciembre de 2010.

 

Axtel se inconformó ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que en 2008 redujo drásticamente las tarifas, al fijarlas en 0.60 centavos por minuto, desde enero de ese año y hasta que las empresas lograran un acuerdo.

 

Movistar promovió un amparo contra la SCT, y obtuvo una suspensión para mantener vigentes las tarifas fijadas por la Cofetel.

 

Axtel presentó una contragarantía, es decir, aportó al juzgado las fianzas, y con ello dejó sin efectos la suspensión y siguió pagando las tarifas más bajas que fijó la SCT.

 

En marzo de 2012, la Suprema Corte amparó a Movistar y resolvió que la SCT no tenía competencia para modificar las decisiones tarifarias de la Cofetel, a la que asignó de nueva cuenta el expediente, para revisar la resolución que ella misma había emitido en 2007.

 

A fin de cuentas, la Cofetel optó por confirmar las tarifas más bajas que había fijado la SCT, argumento que sirvió de base al juez Rodríguez para resolver que Movistar no tiene derecho a la indemnización.

 

Pero Telefónica, con base en el artículo 129 de la Ley de Amparo, sostiene que sufrió daños y perjuicios por dejar de percibir tarifas mayores, a las cual hubiera tenido acceso de no ser por la contragarantía ofrecida por Axtel.

 

Según el artículo 129, aún si fracasa el recurso de Movistar, ésta podría intentar un reclamo contra Axtel por la vía civil, pero eso requeriría un nuevo juicio que puede durar varios años.

 

Cabe recordar que, en 2011, la Corte prohibió a los jueces suspender las resoluciones de Cofetel, lo que provocó una demanda arbitral de Movistar contra el Estado Mexicano por casi 14 mil 700 millones de pesos, que aún está en litigio.

 

 

 

Reforma en telecomunicaciones

 

 

Con reformas, México lanza señales positivas: Peña

El Informador

El Universal/JOAO

13 de febrero de 2014

 

 

El Presidente Enrique Peña Nieto destacó que con el nuevo andamiaje jurídico trazado por las reformas alcanzadas por el trabajo de las diferentes corrientes políticas del país, se permitirá ampliar y extender los beneficios de desarrollo y progreso en todas las regiones del territorio mexicano.

 

Durante la reunión anual de Consejeros de Banamex, el mandatario señaló que “las reformas no son metas en sí mismas, sino son instrumentos para elevar la calidad de vida de las familias mexicanas”.

 

En este aspecto compartió los resultados que traerán “las reformas transformadoras” al país.

 

En el caso de la reforma hacendaria, señaló que con ella se puede combatir las prácticas anticompetitivas asegurando la libre competencia y concurrencia en todos los sectores de la economía.

 

Sobre la reforma laboral, el Ejecutivo destacó la igualdad que la mayoría de las mujeres podrán alcanzar para incorporarse a las actividades laborales; aunado a esto, dijo, que la reforma educativa, dotará de mejores conocimientos y herramientas a los estudiantes para que al terminar sus estudios puedan alcanzar mejores oportunidades laborales.

 

Asimismo, señaló que “con la reforma telecomunicaciones podremos acceder a mayores coberturas con mejores precios y productos que ofrece este sector estratégico”.

 

Peña Nieto refirió que las reformas, “además de incrementar nuestras tasas de crecimiento, traerán un mayor beneficio social para reducir los niveles de pobreza y de desigualdad en el país”.

 

El Mandatario dijo que México ha enviado señales positivas al exterior, y ha recibido con las reformas aprobadas buenas consideraciones de las calificadoras más reconocidas, así como del Fondo Monetario Internacional y Banco Mundial que han reconocido el buen momento que vive nuestro país”.

 

 

 

La reforma es clara, afirman diputados

El Universal

Francisco Nieto y Horacio Jiménez

14 de febrero de 2014

 

 

Los coordinadores parlamentarios del PRI y PAN en la Cámara de Diputados, Manlio Fabio Beltrones y Alberto Villareal, indicaron que la reforma en materia de telecomunicaciones y competencia es clara, pero consideraron conveniente que la Suprema Corte diga la última palabra en este tema.

 

El priísta deseó que esta controversia se resuelva antes de que el Congreso inicie el debate de la iniciativa de ley reglamentaria que envíe el Ejecutivo. Para el panista, el tema es claro, pero propuso aclarar el tema en leyes secundarias.

 

 

 

Leyes secundarias

 

 

Leyes secundarias aclararán función de instituto de telecomunicaciones

Sin Embargo

Redacción/ Sin Embargo

13 de febrero de 2014

 

 

México, 13 Feb. (Notimex).- Diputados federales del PRI y del PAN informaron que en las leyes secundarias de las reformas constitucionales en materia de telecomunicaciones se pueden aclarar diversos puntos como las atribuciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en materia de must carry-must offer. Los diputados respondieron así a la pregunta sobre que dicho instituto solicitó al gobierno federal promover una controversia constitucional para dejar en claro las facultades del organismo en ese tema. En entrevista por separado, los legisladores consideraron que ese tema quedó claro en la reforma constitucional. En su oportunidad, el coordinador de los diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Manlio Fabio Beltrones Rivera, comentó que esa duda se pueda resolver cuando conozcan la propuesta de norma secundaria. “Estoy convencido que va a tomar en consideración una solicitud de esa naturaleza, pero nosotros debemos esperar que estas dudas y sobre todo la razón y el espíritu de la reforma constitucional, nos podremos allanar cuando conozcamos la iniciativa de reforma a la ley secundaria en la materia”, destacó. En tanto, el coordinador del Partido Acción Nacional (PAN) en San Lázaro, Luis Alberto Villarreal, admitió que en caso de duda se puede recurrir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Pero en las leyes secundarias en materia de telecomunicaciones se pueden aclarar las atribuciones del IFT en materia de must carry-must offer, agregó. “En mi opinión sí, pero a ver, si tienen alguna duda, para eso también está la Suprema Corte y nosotros por supuesto en la ley secundaria podemos hacer una ampliación sin que esto rebase a la Constitución, pero que sí lo aclare”, enfatizó. Para concluir, el coordinador de los diputados del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Silvano Aureoles Conejo, pidió esperar a que se presente el recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer sus alcances. “Hay que ver de qué se trata, no conozco, no tengo detalles y si lo está haciendo la Presidencia de la República hay que ver exactamente de qué se trata, estaremos pendientes”, puntualizó

 

 

 

Must carry y must offer

 

 

Resolución de juez sobre Ifetel tiene sustento: Televisa

El Economista

Notimex

13 de febrero de 2014

 

 

Grupo Televisa calificó de legítima la defensa que lleva a cabo de los derechos autorales -involucrados en sus contenidos y programación- ante la retransmisión “indebida” de señales de televisión abierta, a través de televisión de paga, por parte de Dish.

 

En un comunicado, la televisora aseguró que para obtener ventajas comerciales, Dish y su controladora MVS “desarrollan una permanente campaña de engaño a la opinión pública y de presión a las autoridades”, opinó.

 

Señaló que el oficio girado por el Juez 32 del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), para notificarlo sobre la confirmación de sus atribuciones en lo concerniente a derechos autorales de Televisa, tiene como sustento dos resoluciones del Primer Tribunal Colegiado de Circuito.

 

El 25 de octubre de 2012, dijo, ese Tribunal determinó al Juez 32 como la autoridad competente para resolver, en definitiva, sobre los derechos de retransmisión de las señales radiodifundidas y de los contenidos audiovisuales de la programación de los canales 2, 4, 5 y 9 de Televisa.

 

En opinión de la televisora, Dish “distorsiona los hechos y emite informaciones engañosas” que descalifican la actuación del Poder Judicial local del Distrito Federal y del Poder Judicial Federal, con lo cual dicha empresa busca “presionar a las autoridades para obtener decisiones que sean favorables a sus negocios”.

 

Grupo Televisa comentó que la consulta pública abierta por el Ifetel sobre los lineamientos de Must-Offer y Must-Carry, llamó la atención de organizaciones de derechos de autor, académicos y empresas relacionadas con la materia.

 

Los derechos de los autores, músicos, compositores, intérpretes, titulares de obras audiovisuales, entre otros creadores, son derechos fundamentales reconocidos por la Constitución mexicana y por numerosos tratados internacionales de derechos humanos, anotó.

 

Televisa, dijo, ha ejercido acciones legales, en defensa de los derechos autorales involucrados en sus contenidos y programación.

 

Dish en tanto, agregó, promovió un juicio de amparo contra estas acciones, pero sus recursos legales fueron desechados, el 30 de enero de 2014, por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito que los consideró notoriamente improcedentes.

 

Para Dish, afirma Televisa, “la defensa de un derecho a través de los cauces legales es motivo de escándalo, que justifica la utilización arbitraria de sus frecuencias, medios y espacios informativos como tribunas para victimizarse, falsear los hechos y presionar a las autoridades”.

 

Finalmente, señaló que Grupo Televisa respetará en todo momento las decisiones judiciales, a fin de que se resuelvan con oportunidad y pleno apego a la ley asuntos de gran relevancia para el sector de las telecomunicaciones y para la protección de los derechos de todos los mexicanos.

 

Cabe recordar que este jueves, Dish sostuvo que la notificación al Ifetelforma parte de una serie de medidas y acuerdos que el Juez 32 ha dictado, “una y otra vez, a solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió contra Dish desde el año 2011”.

 

Recordó que las medidas cautelares dictadas por el Juez 32, en dos ocasiones han sido suspendidas y anuladas por jueces y tribunales de amparo.

 

Frente a esta conducta, dijo, Dish ha presentado recursos de queja administrativa ante el presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, Edgar Elías Azar, y formuló en el año 2013 querella penal contra el Juez 32.

 

Para Dish, el oficio del Juez 32 constituye un agravio directo e inédito a la Constitución y al régimen de autonomía que la Reforma Constitucional de junio de 2013 le otorgara al Ifetel.

 

 

 

Derechos de autor, protegidos por la Constitución: Televisa

Susana Mendieta

Milenio Jalisco

13 de Febrero de 2014

 

 

Televisa aseguró que los derechos de autor están legalmente protegidos por la constitución. Esto en respuesta a las acusaciones de Dish que, dice,  “descalifican un proceso judicial” iniciado por la televisora antes de que se aprobara la reforma constitucional en telecomunicaciones.

 

El 25 de octubre de 2012, el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, determinó que fuera el juzgado 32, la autoridad competente para resolver, en definitiva, sobre los derechos de retransmisión de las señales radiodifundidas y de los contenidos audiovisuales de la programación de los canales 2, 4, 5 y 9 (de Televisa).

 

La Televisora emitió un comunicado en el que se afirma que el oficio girado por el Juez 32 al Instituto Federal de Telecomunicaciones sobre sus atribuciones respecto a los derechos de autor tiene sustento en dos resoluciones del Primer Tribunal Colegiado de Circuito que es la última instancia federal.

 

Ante esta información Televisa afirma que Dish distorsiona los hechos y emite informaciones engañosas que descalifican la actuación de los poderes Judiciales tanto el local como el federal, y con esto busca presionar a las autoridades para obtener decisiones que sean favorables a sus negocios.

 

 

 

Le dan la vuelta a la ley con una “hojita”, acusa Irene Levy

Aristegui Noticias

13 de febrero de 2014

 

 

Irene Levy, presidenta del Observatorio de Telecomunicaciones en México (Observatel), consideró que con “una hojita” -un “acuerdo de un juez del DF- se busca darle la vuelta a la ley en materia de telecomunicaciones, ya que gracias a ese oficio se frenó la definición del Instituto Federal de Telecomunicaciones sobre la retransmisión gratuita de señales de televisión abierta, conocido como must carry- must offer. 

 

En entrevista para Noticias MVS, primera emisión, comentó que la primera contrarreforma en esta materia es el retraso de la ley secundaria.

 

“Yo no coincido con esta hojita que dice que no tiene competencia el Ifetel en must carry – must offer“, sostuvo.

 

“Si ya tenemos un entramado jurídico (la reforma en telecomunicaciones) que protege los derechos de las audiencias, ¡Qué manera de darle la vuelta a la ley con una hojita!”, insistió.

 

“Ni siquiera los tribunales especializados pueden frenar las resoluciones del Ifetel, cómo puede ser que un juez civil (lo haga)”, señaló.

 

No obstante, aclaró que su postura no es contraria a la que determinó el Ifetel, con el fin de esperarse en este asunto hasta que una tercera autoridad resuelva al respecto.

 

“Pero sí propongo: Aprovechemos que vienen las leyes secundarias para incluir un candado para evitar que estas hojitas y acuerdos u oficios sean la nueva vía para romper con toda la reforma constitucional (en telecomunicaciones)”, propuso.

 

Ahora, insistió, lo que se está intentando es frenar el must carry-must offer, es decir, la retransmisión gratuita de las señales de televisión abierta.

 

“Con este tipo de acuerditos, lo que se busca es violar lo que dice la ley, en el contenido de la reforma”, reiteró.

 

Levy consideró que otras empresas o las mismas (Televisa) estarán viendo “cómo le dan la vuelta a esta reforma constitucional”.

 

“Me parece que están pateando la ley, para que esto se vaya más lejos. Creo que también van a venir intentos por suspender las declaraciones de preponderancia económica, tanto por parte de América Móvil, como de Televisa”, consideró.

 

 

 

 

Legítima, nuestra demanda contra Dish: Grupo Televisa

Aristegui Noticias

14 de febrero de 2014

 

 

Grupo Televisa calificó de legítima la defensa que lleva a cabo de los derechos autorales -involucrados en sus contenidos y programación- ante la retransmisión “indebida” de señales de televisión abierta, a través de televisión de paga, por parte de Dish.

 

En un comunicado, la televisora aseguró que para obtener ventajas comerciales, Dish y MVS “desarrollan una permanente campaña de engaño a la opinión pública y de presión a las autoridades”.

 

Además, la empresa justificó el oficio girado por el Juez 32 del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), para notificarlo sobre la confirmación de sus atribuciones en lo concerniente a derechos autorales de Televisa, tiene como sustento dos resoluciones del Primer Tribunal Colegiado de Circuito.

 

Argumentó que el 25 de octubre de 2012, dicho Tribunal determinó al Juez 32 como la autoridad competente para resolver, en definitiva, sobre los derechos de retransmisión de las señales radiodifundidas y de los contenidos audiovisuales de la programación de los canales 2, 4, 5 y 9 de Televisa.

 

En opinión de la televisosa, Dish “distorsiona los hechos y emite informaciones engañosas” que descalifican la actuación del Poder Judicial local del Distrito Federal y del Poder Judicial Federal, con lo cual dicha empresa busca “presionar a las autoridades para obtener decisiones que sean favorables a sus negocios”.

 

 

 

 

Juez sirve de “comparsa” a Televisa, denuncia Dish

Aristegui Noticias

13 de febrero de 2014

 

 

Dish aseguró que el Juez 32º de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal,José Guadalupe Mejía, es “comparsa” de Televisa, luego de que enviara un “acuerdo” alInstituto Federal de Telecomunicaciones, oficio que frenó que ese organismo se pronunciara sobre la retransmisión de señales de televisión abierta, lo que ha causado un conflicto entre diferentes empresas.

 

En un comunicado, Dish indicó que solicitará al Ifetel que continúe con la discusión, trámite y resolución de todo lo relacionado con la retransmisión de señales abiertas en sistemas de televisión restringida, dado que el Juez 32 es “claramente incompetente” para intervenir en estas materias.

 

En un comunicado, la empresa reiteró que estas materias están reservadas por la Constitución al propio Ifetel y a los tribunales federales especializados.

 

El órgano regulador determinó, ayer, retirar del orden del día de su sesión del Pleno la resolución para emitir los lineamientos en materia de retransmisión de televisión abierta, conocida como must carry-must offer, en función de un oficio que le dirigió el Juez 32 del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán.

 

Para Dish “este oficio se suma a una serie de medidas y acuerdos que el Juez 32 ha dictado, una y otra vez, a solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió contra Dish desde el año 2011”.

 

Recordó que las medidas cautelares dictadas por el Juez 32, en dos ocasiones han sido suspendidas y anuladas por jueces y tribunales de amparo.

 

Frente a esta conducta, dijo Dish, ha presentado recursos de queja administrativaante el presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, Edgar Elías Azar, y formuló en el año 2013 querella penal contra el Juez 32.

 

El oficio del Juez 32 constituye un agravio directo e inédito a la Constitución y al régimen de autonomía que la Reforma Constitucional de junio de 2013 le otorgara al Ifetel, consideró.

 

Comunicado íntegro de Dish:

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determinó el día  de ayer retirar del orden del día de la sesión del Pleno la resolución para emitir los lineamientos en materia de retransmisión de señales radiodifundidas en sistemas de televisión restringida (must carry-must offer), en función de un oficio que le dirigió el Juez 32º de lo Civil del Tribunal Superior de justicia del Distrito Federal, Lic. José Guadalupe Mejía Galán (Juez 32º).

 

Este oficio se suma a una serie de medidas y acuerdos que el Juez 32º ha dictado, una y otra vez, a solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió contra Dish desde el año 2011. Las medidas cautelares dictadas por el Juez 32º en dos ocasiones, han sido suspendidas y anuladas por jueces y tribunales de amparo.

 

Frente a esta conducta, Dish ha presentado recursos de queja administrativa ante el C. Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del D.F., Magistrado Edgar Elías Azar, y formuló en el año 2013 querella penal contra el Juez 32º. El oficio del Juez 32º constituye un agravio directo e inédito a la Constitución y al régimen de autonomía que la Reforma Constitucional de junio de 2013 le otorgara al IFT.

 

Al presente comunicado se adjunta el oficio dirigido por el Juez 32º al IFT en el que se constata que:

 

a. No presenta la menor motivación o fundamentación.

 

b. No es una orden o mandamiento de autoridad judicial, pues

únicamente “hace del conocimiento” del IFT su contenido.

 

c. El oficio no obliga al IFT a acatar medida alguna emitida por una autoridad judicial competente.

 

La estrategia litigiosa de Grupo Televisa no puede entenderse sino a la luz de su pronta determinación como agente económico preponderante y conforme a su fobia a la competencia. Es lamentable que haya un Juez del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal que le sirva de comparsa.

 

La creación de los tribunales federales especializados en telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica por mandato de la Reforma Constitucional, buscó precisamente evitar situaciones que dañan la rectoría del Estado y debilitan las instituciones. La conducta del Juez 32º es la negación de la Reforma Constitucional.

 

Dish interpondrá los medios de defensa a su alcance y continuará procurando que en el ámbito administrativo y penal, se procese al Juez 32º, Lic. José Guadalupe Mejía Galán, por sus actuaciones ilegales.

 

Adicionalmente, Dish solicitará al IFT continuar con la tramitación y resolución de todo lo relacionado con la retransmisión de señales abiertas en sistemas de televisión restringida, dado que el Juez 32º es claramente incompetente para intervenir en estas materias, reservadas por la Constitución al propio IFT y a los tribunales federales especializados.

 

 

 

 

Oficio del juez no limita al IFT: Dish

Susana Mendieta

Milenio Jalisco

13 de Febrero de 2014

 

 

Dish solicitó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) continuar con el caso de la retransmisión de las señales (must carry y must offer) ya que el oficio del juez 32, no los obliga a acatar medida.

 

De acuerdo con información de Dish, el documento es un oficio que no presenta la menor motivación o fundamentación, y no es una orden o mandamiento pues únicamente “hace del conocimiento del IFT su contenido”.

 

Aseguran además que Dish interpondrá los medios de defensa a su alcance y continuará procurando que en ámbito administrativo y penal, se procese al juez 32 por su actuación ilegal.

 

 

 

 

Notificación de juez local al IFT sobre retransmisión sí tiene sustento: Televisa

24 Horas

Notimex

13 de febrero del 2014

 

 

El consorcio televisivo aseguró que Dish “desarrolla una permanente campaña de engaño a la opinión pública y de presión a las autoridades”

 

Grupo Televisa calificó de legítima la defensa que lleva a cabo de los derechos autorales -involucrados en sus contenidos y programación- ante la retransmisión “indebida” de señales de televisión abierta, a través de televisión de paga, por parte de Dish.

 

En un comunicado, la televisora aseguró que para obtener ventajas comerciales, Dish y su controladora MVS “desarrollan una permanente campaña de engaño a la opinión pública y de presión a las autoridades”, opinó.

 

Señaló que el oficio girado por el Juez 32 del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), para notificarlo que no tiene atribuciones para emitir un fallo sobre el must carr” y must offer, tiene como sustento dos resoluciones del Primer Tribunal Colegiado de Circuito.

 

El 25 de octubre de 2012, dijo, ese Tribunal determinó al Juez 32 como la autoridad competente para resolver, en definitiva, sobre los derechos de retransmisión de las señales radiodifundidas y de los contenidos audiovisuales de la programación de los canales 2, 4, 5 y 9 de Televisa.

 

En opinión de la televisosa, Dish “distorsiona los hechos y emite informaciones engañosas” que descalifican la actuación del Poder Judicial local del Distrito Federal y del Poder Judicial Federal, con lo cual dicha empresa busca “presionar a las autoridades para obtener decisiones que sean favorables a sus negocios”.

 

Hoy el vocero de la Presidencia, Eduardo Sánchez, informó que el Ejecutivo promovió una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para defender las facultades del IFT y así este organismo pueda emitir un fallo sobre el must carry y must offer.

 

En conferencia de prensa, Sánchez aseguró que la controversia se presenta en contra de la resolución de un juez del Distrito Federal que, a decir del vocero de la Presidencia, no tiene facultades para decidir sobre temas federales .

 

Constitución protege derechos de autor

 

Grupo Televisa comentó que la consulta pública abierta por el IFT sobre los lineamientos de must-Offer y must-Carry, llamó la atención de organizaciones de derechos de autor, académicos y empresas relacionadas con la materia.

 

Los derechos de los autores, músicos, compositores, intérpretes, titulares de obras audiovisuales, entre otros creadores, son derechos fundamentales reconocidos por la Constitución mexicana y por numerosos tratados internacionales de derechos humanos, anotó.

 

Televisa, dijo, ha ejercido acciones legales, en defensa de los derechos autorales involucrados en sus contenidos y programación.

 

Dish en tanto, agregó, promovió un juicio de amparo contra estas acciones, pero sus recursos legales fueron desechados, el 30 de enero de 2014, por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito que los consideró notoriamente improcedentes.

 

Para Dish, afirma Televisa, “la defensa de un derecho a través de los cauces legales es motivo de escándalo, que justifica la utilización arbitraria de sus frecuencias, medios y espacios informativos como tribunas para victimizarse, falsear los hechos y presionar a las autoridades”.

 

Finalmente, señaló que Grupo Televisa respetará en todo momento las decisiones judiciales, a fin de que se resuelvan con oportunidad y pleno apego a la ley asuntos de gran relevancia para el sector de las telecomunicaciones y para la protección de los derechos de todos los mexicanos.

 

Cabe recordar que este jueves, Dish sostuvo que la notificación al IFT forma parte de una serie de medidas y acuerdos que el Juez 32 ha dictado, “una y otra vez, a solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió contra Dish desde el año 2011”.

 

Recordó que las medidas cautelares dictadas por el Juez 32, en dos ocasiones han sido suspendidas y anuladas por jueces y tribunales de amparo.

 

Frente a esta conducta, dijo, Dish ha presentado recursos de queja administrativa ante el presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, Edgar Elías Azar, y formuló en el año 2013 querella penal contra el Juez 32.

 

Para Dish, el oficio del Juez 32 constituye un agravio directo e inédito a la Constitución y al régimen de autonomía que la Reforma Constitucional de junio de 2013 le otorgara al IFT.

 

 

 

El juez, la coartada perfecta para el Ifetel

Hugo González

Milenio Jalisco

14 de Febrero de 2014

 

 

Quedó escrito ayer en Twitter por este humilde opinador y lo repito: creo que el Ifetel se merece todo el desmadre y confusión que se armó con la definición del must carry y must offer, por salir a dar entrevistas a quienes poco saben del tema o tienen intereses encontrados que les hacen tergiversar la información.

 

Pero también se lo merecen por no tener los tamaños para actuar como un veraz y enhiesto órgano regulador independiente y asumir las consecuencias de sus resoluciones, pues si hubieran emitido desde hace tiempo sus reglas para la retransmisión de señales de televisión (must carry y must offer), y no lo hubieran puesto a consulta pública, en este momento no habría tanto merequetengue por las reglas.

 

Por un momento pensé que tendríamos regulador fuerte, pero poco a poco vi con tristeza que el Ifetel pateaba hacia delante el bote y no quería entrarle a la aclaración de las reglas, y por eso creo que hoy la decisión del juez 32, quien dice: “En derechos de autor, yo decido”, le cayó como anillo al dedo al regulador, pues le da la coartada perfecta para seguir prolongando la decisión hasta que tengamos una nueva ley convergente.

 

Es más, creo que si el Ifetel se hubiera aplicado, y en este momento tuviéramos una declaración de operadores dominantes, sería más fácil aplicar las reglas de retransmisión como están puestas en el borrador de la nueva ley, el cual dice que el concesionario señalará al operador de televisión restringida cuál de las señales radiodifundidas será objeto de retransmisión, pero en no permite que todos los canales de multiprogramación sean retransmitidos como ya estaba adelantando el Ifetel.

 

DERECHOS DE AUTOR

 

Citarse es chocante, pero solo quiero recordarte que en septiembre de 2006 escribí mi primer texto de opinión en MILENIO (que muchos pomposamente le dicen columna), el cual titulé: “Llega el triple play al Senado”. En ese texto señalé que si la finada Comisión Federal de Competencia quería entrarle a la apertura
de los contenidos para televisión de paga, los productores de televisión abierta se defenderían invocando la Ley Federal de Derechos de Autor. Y como fue.

 

Sin embargo, tampoco quiero dejar pasar la oportunidad para manifestar mi alegría al saber que en el Día del Amor y la Amistad, los directivos de Dish siguen recordando con cariño al hoy vocero de la Presidencia y antaño vicepresidente de asuntos jurídicos de Grupo MVS.

 

 

 

 

Dish califica a juez como “incompetente”

El Economista

Claudia Juárez Escalona/El Economista

13 de febrero de 2014

 

 

Dish solicitará al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) continuar el análisis y resolver lo relacionado con la retransmisión de señales abiertas en sistemas de televisión restringida.

 

La filial de MVS acusó al Juez 32 de lo Civil del Tribunal Superior de justicia del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán de ser “claramente incompetente” para intervenir en estas materias, reservadas por la Constitución al propio Ifetel y a los tribunales federales especializados.

 

Adicionalmente, Dish dijo que el oficio que giró dicho juez al Ifetel, y por el cual el Instituto aplazó la discusión sobre la retransmisión de señales de televisión abierta en sistemas de TV de paga, “se suma a una serie de medidas y acuerdos que el Juez 32 ha dictado, una y otra vez, a solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió contra Dish desde el año 2011”.

 

De acuerdo con Dish, las medidas cautelares dictadas por el Juez 32 en dos ocasiones, han sido suspendidas y anuladas por jueces y tribunales de amparo.

 

Adolfo Cuevas, consejero del Instituto Federal de Telecomunicaciones, anunció este jueves que interpondrá una controversia ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que se confirme las facultades que tiene el Instituto para resolver el caso de retransmisión gratuita de los canales.

 

 

 

Existe confusión en el caso “must carry y must offer”: Corral Jurado

El Occidental

Bertha Becerra

14 de febrero de 2014
Ciudad de México.- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) está llamado a resolver los criterios básicos para poner en práctica la retransmisión de señales abiertas en sistemas restringidos y la obligación que tienen éstos de transmitir de manera simultánea e íntegra las señales abiertas, esto es lo que se conoce como “must carry y must offer”, afirmó el senador Javier Corral Jurado.
Consideró que “lo que efectivamente contemplamos ahora es una indecisión que acusa una debilidad y en todo caso, una confusión entre los miembros del órgano regulador, esto es el Ifetel, que indiscutiblemente tiene competencia para resolver sobre esta materia.

Y es que el Juez Trigésimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galván, notificó al Ifetel de que carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta.
Esto motivó que el Instituto Federal de Telecomunicaciones solicitara al Presidente de la República interponga ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional en contra de dicho juez por invadir las facultades constitucionales de dicho Instituto, para resolver sobre la retransmisión gratuita en la televisión de paga de los contenidos de la televisión abierta, esto es el must carry y must offer.

Sobre este mismo asunto, el coordinador de la fracción parlamentaria del PRD, senador Miguel Barbosa Huerta, recordó que “estamos en falta en el Congreso y esto tiene que ver con el control del proceso legislativo, porque no arranca hasta que no se reciben en las cámaras las iniciativas del Ejecutivo federal. El plazo constitucional límite era el 9 de diciembre del año pasado”.
Acerca de la decisión del Juez trigésimo segundo Mejía Galán, dijo que el Consejo de la Judicatura está obligado a revisar cualquier decisión o comportamiento de todos los jueces.

También expresó que es una mala señal que el Ifetel no haya emitido la resolución que tenga que ver o no con la retransmisión de la señal abierta de televisión en los sistemas privados de cable que involucra las figuras de must carry y must offer.
A su vez, el coordinador del Grupo Parlamentario del PRI, el senador Emilio Gamboa Patrón, sobre este mismo asunto, solo comentó que el Ifetel es un órgano autónomo. “He dicho que a mí no me gusta la creación de tantos órganos autónomos en el país, pero los respeto. Nosotros le dimos la autonomía. Las decisiones son de ellos y yo las respeto”.

Invasión de jurisdicción
En conferencia de prensa, el senador panista por Chihuahua, Javier Corral Jurado, a pregunta expresa comentó sobre el hecho de que el Ifetel pospuso la discusión de los lineamientos en materia de retransmisión de señales de televisión abierta luego de que fuera notificado de un acuerdo emitido por el Juez Trigésimo Segundo de los Civil, que señala que carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta, derivado de un juicio que inició en 2011 la empresa Televisa en contra de Comercializadora de Frecuencias Satelitales.

 

 

 

Fallo juez otra vez para televisa

Reforma

13 de febrero de 2014

Vania Guerrero

 

 

El juez 32 de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía, ha beneficiado en el pasado con sus acciones a Televisa, denunció Dish.

 

El oficio que envió el juez al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para frenar la discusión sobre la retransimisión gratuita de canales de TV abierta se suma a otras dos medidas cautelares dictadas en favor de Grupo Televisa desde 2011, acusó la empresa.

 

“Este oficio se suma a una serie de medidas y acuerdos que el juez 32 ha dictado, una y otra vez, a solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió contra Dish desde el año 2011. Las medidas cautelares dictadas por el juez 32 en dos ocasiones han sido suspendidas y anuladas por jueces y tribunales de amparo”, señaló Dish en un comunicado.

 

Frente a esta conducta, agregó, el año pasado Dish formuló una querella penal contra el juez, además de haber presentado recursos de quejas administrativas ante el presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del DF.

 

Añade que el oficio que el juez envió al IFT ayer para frenar la discusión sobre el must-carry y must offer es un agravio inédito a la Constitución y a la autonomía del órgano regulador que le dio la reforma en telecomunicaciones aprobada en junio pasado.

 

“La estrategia litigiosa de Grupo Televisa no puede entenderse sino a la luz de su pronta determinación como agente económico preponderante y conforme a su fobia a la competencia. Es lamentable que haya un juez del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal que le sirva de comparsa”, agregó la compañía.

 

Ayer, el IFT tenía programado discutir en el pleno los lineamientos generales que habrán de regir al must carry-must offer; sin embargo, los comisionados decidieron sacar el tema del orden del día y postergar su discusión.

 

Al respecto, Dish señaló que la creación de los tribunales federales especializados en telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica por mandato de la reforma constitucional buscan precisamente evitar situaciones que dañan la rectoría del Estado y debilitan las instituciones.

 

“La conducta del juez 32 es la negación de la reforma constitucional”, criticó Dish.

 

La empresa solicitará al IFT continuar con la tramitación y resolución de todo lo relacionado con la retransmisión de señales abiertas en sistemas de televisión restringida, dado que, a su parecer, Mejía es incompetente para intervenir en la materia.

 

 

 

Presiona Dish a autoridades.- Televisa

Mural

Vania Guerrero

 

 

Cd. de México, México (13 febrero 2014).- Dish busca presionar al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para obtener decisiones que les favorezcan en el tema del must carry-must offer, aseguró Televisa.

 

“Dish distorsiona los hechos y emite informaciones engañosas que descalifican la actuación del Poder Judicial local del Distrito Federal y del Poder Judicial Federal. Con ello, dicha empresa busca presionar a las autoridades para obtener decisiones que sean favorables a sus negocios”, indicó la empresa de Emilio Azcárraga.

 

José Guadalupe Mejía Galán, del Juzgado 32 de lo Civil del Distrito Federal, envió al IFT una notificación en la que le informó que carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de los canales 2, 4, 5, 9 y sus respectivos canales espejos o adicionales.

 

Televisa criticó que para Dish la defensa de los derechos de autor a través de los cauces legales sea motivo de escándalo.

 

“(La televisora de paga) justifica la utilización arbitraria de sus frecuencias, medios y espacios informativos como tribunas para victimizarse, falsear los hechos y presionar a las autoridades”, expuso.

 

Además, recordó que en la consulta pública abierta por el IFT entre noviembre y diciembre sobre los lineamientos de retransmisión de canales de televisión abierta en sistemas de paga llamó la atención de organizaciones de derechos de autor, académicos y empresas relacionadas con la materia.

 

“Televisa respetará las decisiones judiciales a fin de que se resuelvan con oportunidad y pleno apego a la ley asuntos de gran relevancia para el sector de las telecomunicaciones y para la protección de los derechos de todos los mexicanos”, aclaró.

 

 

 

Dish acusa a Juez de ser “comparsa” de Televisa; “sólo busca decisiones favorables”, le responde empresa de Azcarraga

Sin Embargo

Redacción/ Sin Embargo

13 de febrero de 2014

 

 

Ciudad de México, 13 de febrero (SinEmbargo).– En el día en que el Presidente Enrique Peña Nieto anunció que interpondrá una controversia constitucional contra el Juez José Guadalupe Mejía, Trigésimo Segundo de lo Civil, por haber invadido las facultades constitucionales del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), el sistema de televisión satelital Dish acusó al mismo  juez de trabajar como “comparsa” de Televisa, mientras que la televisora de San Ángel dijo que la compañía que pertenece al conglomerado de medios de MVS distorsiona los hechos y emite informaciones engañosas que descalifican la actuación del Poder Judicial. Este día, Dish emitió un comunicado de prensa en el que anunció que solicitará al Ifetel que continúe con la discusión, trámite y resolución de todo lo relacionado con la retransmisión de señales abiertas en sistemas de televisión restringida, dado que el Juez 32 es “claramente incompetente” para intervenir en estas materias. Afirmó que el oficio que detuvo ayer la actividad del órgano regulador es parte de una serie de medidas y acuerdos emitidos de forma recurrente en su contra a petición de Televisa. “La estrategia litigiosa de Grupo Televisa no puede entenderse sino a la luz de su pronta determinación como agente económico preponderante y conforme a su fobia a la competencia. Es lamentable que haya un Juez del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal que le sirva de comparsa”, señaló Dish. Por su parte, Grupo Televisa afirmó que “Dish distorsiona los hechos y emite informaciones engañosas que descalifican la actuación del Poder Judicial local del Distrito Federal y del Poder Judicial Federal”.

 

Agregó que con ello la empresa busca presionar a las autoridades para obtener decisiones que sean favorables a sus negocios. “La consulta pública abierta por el IFT sobre los lineamientos de must offer y must carry llamó la atención de organizaciones de derechos de autor, académicos y empresas relacionadas con la materia”, explicó. A decir de la televisora pública los derechos de los autores, músicos, compositores, intérpretes, titulares de obras audiovisuales, entre otros creadores, son derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y por numerosos tratados internacionales de derechos humanos. Este día, Dish presentó recursos de queja administrativa ante el presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del D.F., Magistrado Edgar Elías Azar, y formuló en el año 2013 querella penal contra el Juez 32. La empresa aseguró que interpondrá los medios de defensa a su alcance y continuará procurando que en el ámbito administrativo y penal, se procese al juez 32 José Guadalupe Mejía Galán, por sus actuaciones ilegales. Dijo que el oficio que el juzgado hizo llegar al Ifetel “no presenta la menor motivación o fundamentación. No es una orden o mandamiento de autoridad judicial, pues únicamente hace del conocimiento del Ifetel su contenido. El oficio no obliga al Ifetel a acatar medida alguna emitida por una autoridad judicial competente”. En respuesta, Televisa afirmó que el oficio girado por el juez tiene como sustento dos resoluciones del Primer Tribunal Colegiado de Circuito, tribunal federal de última instancia. “El 25 de octubre de 2012, ese Tribunal Colegiado determinó al juez 32 como la autoridad competente para resolver, en definitiva, sobre los derechos de retransmisión de las señales radiodifundidas y de los contenidos audiovisuales de la programación de los canales 2, 4, 5 y 9”, dijo la empresa.

 

Grupo Televisa aseguró que respetará en todo momento las decisiones judiciales, a fin de que se resuelvan con oportunidad y pleno apego a la ley asuntos de gran relevancia para el sector de las telecomunicaciones y para la protección de los derechos de todos los mexicanos.

 

 

 

Grupo Televisa rechaza acusaciones de Dish 

El Financiero

Sin autor

13 de febrero de 2014

 

 

Grupo Televisa rechazó las acusaciones de Dish México en torno al tema de la decisión de un Juez de la Ciudad de México que cuestionó las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones(IFT) para pronunciarse en torno a las medidas regulatorias conocidas como must offer y must carry.

A decir de Televisa, la decisión del Juez derivó de un litigio que promovió dicha empresa en contra de Dish en 2011, con motivo de la retransmisión indebida de señales de radiodifusión.

“Esto ocurrió dos años antes de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones”, argumentó la televisora de San Ángel.

 

Expuso que Dish hace acusaciones infundadas a Televisa y descalifica un proceso judicial para beneficiar sus intereses.

Dish, en un comunicado dijo que las medidas y acuerdos que el Juez 32 dictó ha sido por solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió desde el año 2011.

Televisa informó que ha ejercido acciones legales, en defensa de los derechos autorales involucrados en sus contenidos y programación.

La consulta pública abierta por el Instituto Federal de las Telecomunicaciones sobre los lineamientos de must offer y must carry llamó la atención de organizaciones de derechos de autor, académicos y empresas relacionadas con la materia, dijo la televisora.

Los derechos de los autores, músicos, compositores, intérpretes, titulares de obras audiovisuales, entre otros creadores, son derechos fundamentales reconocidos por la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y por numerosos tratados internacionales de derechos humanos, argumentó.

Grupo Televisa respetará en todo momento las decisiones judiciales, a fin de que se resuelvan con oportunidad y pleno apego a la ley asuntos de gran relevancia para el sector de las telecomunicaciones, dijo la empresa.

 

 

 

Existe confusión en el caso “must carry y must offer”: Corral Jurado

El Sol de México

Bertha Becerra

14 de febrero de 2014

 

 

Ciudad de México.- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) está llamado a resolver los criterios básicos para poner en práctica la retransmisión de señales abiertas en sistemas restringidos y la obligación que tienen éstos de transmitir de manera simultánea e íntegra las señales abiertas, esto es lo que se conoce como “must carry y must offer”, afirmó el senador Javier Corral Jurado.

Consideró que “lo que efectivamente contemplamos ahora es una indecisión que acusa una debilidad y en todo caso, una confusión entre los miembros del órgano regulador, esto es el Ifetel, que indiscutiblemente tiene competencia para resolver sobre esta materia.

Y es que el Juez Trigésimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galván, notificó al Ifetel de que carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta.

Esto motivó que el Instituto Federal de Telecomunicaciones solicitara al Presidente de la República interponga ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional en contra de dicho juez por invadir las facultades constitucionales de dicho Instituto, para resolver sobre la retransmisión gratuita en la televisión de paga de los contenidos de la televisión abierta, esto es el must carry y must offer.

Sobre este mismo asunto, el coordinador de la fracción parlamentaria del PRD, senador Miguel Barbosa Huerta, recordó que “estamos en falta en el Congreso y esto tiene que ver con el control del proceso legislativo, porque no arranca hasta que no se reciben en las cámaras las iniciativas del Ejecutivo federal. El plazo constitucional límite era el 9 de diciembre del año pasado”.

Acerca de la decisión del Juez trigésimo segundo Mejía Galán, dijo que el Consejo de la Judicatura está obligado a revisar cualquier decisión o comportamiento de todos los jueces.

También expresó que es una mala señal que el Ifetel no haya emitido la resolución que tenga que ver o no con la retransmisión de la señal abierta de televisión en los sistemas privados de cable que involucra las figuras de must carry y must offer.

A su vez, el coordinador del Grupo Parlamentario del PRI, el senador Emilio Gamboa Patrón, sobre este mismo asunto, solo comentó que el Ifetel es un órgano autónomo. “He dicho que a mí no me gusta la creación de tantos órganos autónomos en el país, pero los respeto. Nosotros le dimos la autonomía. Las decisiones son de ellos y yo las respeto”.

Invasión de jurisdicción
En conferencia de prensa, el senador panista por Chihuahua, Javier Corral Jurado, a pregunta expresa comentó sobre el hecho de que el Ifetel pospuso la discusión de los lineamientos en materia de retransmisión de señales de televisión abierta luego de que fuera notificado de un acuerdo emitido por el Juez Trigésimo Segundo de los Civil, que señala que carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta, derivado de un juicio que inició en 2011 la empresa Televisa en contra de Comercializadora de Frecuencias Satelitales.

 

 

 

El IFT debió de seguir debate, opina abogado

El Universal

Carla Martínez

14 de febrero de 2014

 

 

Abogados especialistas en telecomunicaciones comentaron que el regulador no debió permitir que la notificación del juez, que solo afecta a Televisa y Dish, congelara la regulación en esta materia y advirtieron que este proceso puede llevar varios meses, incluso un par de años.

 

José Luis Benavides, abogado experto en el sector, afirmó que el IFT tendría que haber dado un golpe de autoridad y continuado con sus deliberaciones.

 

Clara Luz Álvarez, ex comisionada de la extinta Cofetel, comentó que es grave que jueces de lo civil tengan facultades de paralizar al regulador.

 

 

 

Dish solicitará seguir con deliberaciones

El Universal

Redacción

14 de febrero de 2014

 

 

Dish solicitará al IFT continuar tramitando y resolver estos asuntos que son de su competencia exclusiva por mandato constitucional.

 

En un comunicado, dijo que la creación de los tribunales federales especializados en telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica por mandato de la Reforma Constitucional, buscó precisamente evitar situaciones que dañan la rectoría del Estado y debilitan las instituciones.

 

Destacó que el oficio del juez no obliga al Instituto a acatar medida alguna emitida por una autoridad judicial competente.

 

 

 

Dish distorsiona los hechos, contesta Televisa

El Universal

Carla Martínez

13 de febrero de 2014

 

 

En una nueva respuesta a MVS, acusa a esta empresa de emitir ‘informaciones engañosas’; Dish por su parte, había criticado el oficio del Juez 32 al considerarlo un agravio

 

Televisa consideró que Dish y su controladora MVS desarrollan una permanente “campaña de engaño” a la opinión publica y de presión a las autoridades.

 

En una nueva respuesta de la televisora, asegura que “Dish distorsiona los hechos y emite informaciones engañosas que descalifican la actuación del poder judicial local del Distrito Federal y del Poder Judicial Federal”.

 

Y agregó que “con ello, dicha empresa busca presionar a las autoridades para obtener decisiones que sean favorables a sus negocios”, según menciona Televisa en un comunicado.

 

La notificación del juez 32 del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal al Instituto Federal de Telecomunicaciones se sustenta en dos resoluciones del Primer Tribunal Colegiado de Circuito y del Tribunal Federal de última instancia.

 

Apenas este jueves, al empresa Dish sostuvo que la notificación al Ifetel forma parte de una serie de medidas y acuerdos que el Juez 32 ha dictado, “una y otra vez, a solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió contra Dish desde el año 2011” .

 

Recordó que las medidas cautelares dictadas por el Juez 32, en dos ocasiones han sido suspendidas y anuladas por jueces y tribunales de amparo.

 

Frente a esta conducta, Dish ha presentado recursos de queja y formuló en el 2013 querella penal contra el Juez 32, al considerar que su oficio constituye un agravio directo e inédito a la Constitución.

 

 

 

Mala señal posponer /must offer/-/must carry/: senadores

El Universal

Alberto Morales y Juan Arvizu

13 de febrero de 2014

 

 

El senador del PRD Migue Barbosa dijo que el Instituto Federal de Telecomunicaciones está obligado a resolver este tipo de casos

 

Senadores del PRD y PAN señalaron como una*mala señal *y un signo de debilidad que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) haya pospuesto su decisión sobre el */must offer/* y */must carry/*, por la notificación de un juez sobre la transmisión de *señales de televisión*.

 

“Es una mala señal que el instituto no haya emitido la resolución que tiene que ver con la difusión o no de la *señal abierta de televisión* en las empresas privadas de cable que involucra las figuras del must carry y must offer”, señaló el coordinador parlamentario del PRD, *Miguel Barbosa*.

 

Recordó que como autoridad en la materia el IFT está obligado a resolver los casos y que no puede justificar que no haya leyes secundarias para resolverlo cuando tiene una reforma constitucional con un sin número de artículos transitorios que le permiten resolver el particular cada caso.

 

Por separado, el senador Javier Corral dijo que en el fondo de esa decisión espera que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) no se vaya a doblar.

 

“Lo que contemplamos es una indecisión que acusa una debilidad y en todo caso una confusión entre los integrantes del órgano regulador que tiene competencia para resolver sobre esa materia”, dijo.

 

Recordó que el artículo 27, 28 y los transitorios de la reforma en materia de telecomunicaciones confieren al instituto la facultad para resolver el tema del el /must offer/ y /must carry/.

 

Corral criticó al juez 32 de lo civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, en que en varias ocasiones -dijo- le ha servido a Televisa para generar acciones dilatorias en órganos reguladores en relación a los temas que se discuten.

 

 

“Hay una invasión de jurisdicción, la reforma constitucional creó tribunales especializados en materia de telecomunicaciones, pero este juez sale de la noche a la mañana con notificaciones, ni siquiera es una resolución”, indicó.

 

Por separado, los legisladores pidieron al Consejo de la Judicatura local investigar al juez 32 de lo civil, quien dijo que el instituto carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta.

 

 

 

 

Revira Televisa: Dish “distorsiona los hechos y emite informaciones engañosas”

La Jornada Nacional

Miriam Posada

14 de febrero de 2014

 

 

México, DF. Grupo Televisa informó que el comunicado emitido hoy por Dish y que ha motivado diversas acciones mediáticas por parte de Multivisión (MVS) deriva de un litigio iniciado en 2011, con motivo de la retransmisión indebida de señales de radiodifusión. Esto ocurrió dos años antes de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones.

 

El oficio girado por el juez 32 del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), para notificarlo sobre la confirmación de sus atribuciones en lo concerniente a derechos autorales de Televisa, tiene como sustento dos resoluciones del Primer Tribunal Colegiado de Circuito, tribunal federal de última instancia.

 

El 25 de octubre de 2012, ese tribunal colegiado determinó al juez 32 como la autoridad competente para resolver, en definitiva, sobre los derechos de retransmisión de las señales radiodifundidas y de los contenidos audiovisuales de la programación de los canales 2, 4, 5 y 9.

 

“Dish distorsiona los hechos y emite informaciones engañosas que descalifican la actuación del Poder Judicial local del Distrito Federal y del Poder Judicial Federal. Con ello, dicha empresa busca presionar a las autoridades para obtener decisiones que sean favorables a sus negocios.

 

“La consulta pública abierta por el IFT sobre los lineamientos de must offer y must carry llamó la atención de organizaciones de derechos de autor, académicos y empresas relacionadas con la materia”.

 

Televisa señaló que los derechos de los autores, músicos, compositores, intérpretes, titulares de obras audiovisuales, entre otros creadores, son derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y por numerosos tratados internacionales de derechos humanos.

 

Televisa aseguró que ha ejercido acciones legales en defensa de los derechos autorales involucrados en sus contenidos y programación. Acusó a Dish de que “ interesado en obtener ventajas comerciales” de la retransmisión de los mismos, promovió un juicio de amparo contra estas acciones. Sus recursos legales fueron desechados el 30 de enero de 2014 por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito que los consideró notoriamente improcedentes.

 

“Para Dish, la defensa de un derecho a través de los cauces legales es motivo de escándalo, que justifica la utilización arbitraria de sus frecuencias, medios y espacios informativos como tribunas para victimizarse, falsear los hechos y presionar a las autoridades”.

 

Grupo Televisa aseguró que respetará en todo momento las decisiones judiciales, a fin de que se resuelvan con oportunidad y pleno apego a la ley asuntos de gran relevancia para el sector de las telecomunicaciones y para la protección de los derechos de todos los mexicanos.

 

 

 

Atribuciones del IFETEL

 

 

Legisladores acusan “debilidad” en Ifetel

El Economista

Notimex

13 de febrero de 2014

 

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) cuenta con argumentos, estructura y criterios legales para resolver la controversia generada por la retransmisión de contenidos de canales de televisión abierta, afirmó el senador Javier Corral Jurado.

 

En entrevista, el legislador del PAN e integrante de la Comisión de Radio Televisión y Cinematografía del Senado, dijo que el recién creado IFT está llamado a resolver los criterios básicos para poner en práctica la retransmisión de señales abiertas en sistemas de paga.

 

Asimismo, indicó, la obligación que tienen éstos de transmitir de manera simultánea e íntegra las señales abiertas, esto es lo que se conoce como “must carry y must offer”.

 

“Lo que efectivamente contemplamos ahora es una indecisión que acusa una debilidad y en todo caso, una confusión entre los miembros del órgano regulador, esto es el IFT, que indiscutiblemente tiene competencia para resolver sobre esta materia”, argumentó.

 

Cabe recordar que el juez 32 de lo Civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galván, notificó al Instituto de Telecomunicaciones que carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta.

 

Ello, motivó que el Instituto Federal de Telecomunicaciones solicitara al presidente de la República presentar ante la Suprema Corte de Justicia una controversia constitucional contra de dicho juez por invadir las facultades constitucionales del instituto.

 

A su vez, el legislador Luis Miguel Barbosa Huerta expuso que “estamos en falta en el Congreso y esto tiene que ver con el control del proceso legislativo, porque no arranca hasta que no se reciben en las cámaras las iniciativas del Ejecutivo federal. El plazo constitucional límite era el 9 de diciembre del año pasado”.

 

El coordinador de los senadores del PRD, calificó de “mala señal” el hecho que el IFT no emitiera la resolución que tenga que ver o no con la retransmisión de la señal abierta de televisión en los sistemas privados de cable que involucra las figuras de must carry y must offer.

 

 

 

Ifetel pide a Ejecutivo controversia para resolver retransmisión

El Universal

Notimex

13 de febrero de 2014

 

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones busca que la SCJN confirme las plenas facultades que tiene este órgano regulador para resolver sobre la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) solicitó al Ejecutivo federal que promueva una controversia constitucional, a fin de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirme las plenas facultades que tiene este órgano regulador para resolver sobre la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta.

 

Ello, luego de que el Instituto fue notificado del acuerdo emitido por el Juez Trigésimo Segundo de lo Civil el pasado 10 de febrero, en el que señala que el Ifetel carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta, esto derivado de un litigio entre dos empresas reguladas por el Instituto.

 

El Ifetel consideró que la “resolución del juzgador interfiere en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales, por lo que se afecta la competencia de la Federación” .

 

Y es que, dijo, la Constitución establece que corresponde al Ifetel resolver los diferendos en materia de retransmisión de contenidos y le otorga también las facultades para emitir disposiciones de carácter administrativo.

 

Explicó que solicitó al Ejecutivo federal que, en defensa de los intereses de la Federación, promueva una controversia constitucional, ya que el Ifetel únicamente puede demandar a otros órganos o poderes de la Unión, pero no a un órgano o autoridad local.

 

En ese sentido, el órgano regulador manifestó “su convicción de actuar siempre en el marco del Estado de derecho, así como su reconocimiento y respeto al Poder Judicial, cuyas decisiones han sido fundamentales para el sector de las telecomunicaciones”.

 

 

 

 

Corte definiría competencia del IFT sobre tv abierta

El Universal

Redacción

13 de febrero de 2014

 

 

Luis Fernando Borjón, comisionado del IFT, señaló que al posponer la discusión sobre los lineamientos que regularán la retransmisión gratuita de canales de TV abierta se está respetando al Poder Judicial

 

Luis Fernando Borjón, comisionado del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), señaló que una tercera instancia -posiblemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación-, deberá definir la competencia del organismo respecto al conflicto entre televisoras por el esquema must carry y must offer.

 

Además de la Corte, consideró que también la legislación secundaria de la reforma en telecomunicaciones puede resolver este asunto.

 

“Hemos hecho todo para resolverlo pero la autoridad nos señala que no somos competentes y tenemos que respetar por supuesto a esa otra autoridad, es un tema que requería precisión”, sostuvo.

 

En entrevista para Noticias MVS, el comisionado del IFT señaló que al posponer la discusión sobre los lineamientos que regularán la retransmisión gratuita de canales de tv abierta se está respetando al Poder Judicial.

 

“Es una cuestión de competencia, no estamos en la ‘Ley de la Jungla’, no podemos decir que lo que dijo el juez no es relevante, tenemos que respetar al Poder Judicial, lo importante es dirimir estas cuestiones legales porque si no estos conflictos serían recurrentes”.

 

Ayer, el Pleno IFT bajó de la orden del día la discusión sobre el must offer y must carry, por la notificación de un juez quien informó que el instituto no cuenta con las atribuciones para resolver temas sobre transmisión de señales de televisión.

 

La notificación es resultado de un juicio ordinario civil que en 2011 inició Televisa contra Dish.

El 10 de febrero pasado, el IFT fue notificado del acuerdo emitido por el Juez Trigésimo Segundo de lo Civil quien dijo que el Instituto carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de tv abierta.

 

Desde el pasado 11 de septiembre, Dish, empresa de tv de paga satelital, inició la transmisión de los canales 2, 5, 7, 9 y 13 pues la Constitución indica que con la entrada en vigor del Instituto, las empresas de televisión restringida tenían la obligación de transmitir señales de tv abierta, es decir, el must offer, gratis.

 

 

 

 

Presidencia niega riesgo para reforma

El Universal

Francisco Reséndiz

14 de febrero de 2014

 

 

A petición del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el presidente Enrique Peña Nieto decidió promover una controversia constitucional para resolver sobre la retransmisión gratuita de contenidos de televisión abierta a través de las empresas de cable.

 

En conferencia, el vocero presidencial Eduardo Sánchez, y el consejero jurídico de Presidencia, Humberto Castillejos, detallaron que la controversia que se presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación es contra los actos del juez 32 de lo Civil, en el Distrito Federal, José Guadalupe Mejía.

 

Explicaron que este juez ha invadido las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones para resolver sobre la retransmisión gratuita en la televisión de paga de los contenidos de televisión abierta definidos técnicamente como must carry y must offer.

 

Precisaron que el must carry y must offer gratuito es un elemento esencial de la reciente reforma constitucional en telecomunicaciones para generar competencia en el sector de TV de paga.

 

Sánchez Hernández agregó: “Pero más aún, para salvaguardar el derecho de toda persona a recibir las señales de televisión abierta por medio de la televisión de paga sin costo adicional. Es también una forma de proteger el derecho a la información plural”.

 

Agregó que la Constitución señala que el Instituto Federal de Telecomunicaciones es quien debe resolver sobre la retransmisión de contenidos, es decir, sobre el must carry y must offer gratuito y no un juez local del Distrito Federal.

 

Detalló que el hecho de que el juez local notifique que carece de competencia el Instituto Federal de Telecomunicaciones en dicha materia argumentando la posible violación de derechos de autor, “invade facultades que a la Federación le otorga la Constitución”.

 

Ayer el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal debió promover esta controversia constitucional y se le instruyó para que señale como tercero interesado al Instituto Federal de Telecomunicaciones.

 

El vocero rechazó que esté en riesgo la reforma constitucional en telecomunicaciones:

 

“La Constitución tiene plena jurisdicción y validez en el territorio nacional, y es muy clara en sus preceptos, de manera que no existe ningún riesgo en la oportuna aplicación de la Constitución en todo el territorio nacional”.

 

Castillejos explicó que el IFT solicitó al Ejecutivo su intervención pues consideró que si hay una resolución de un juez en el que señala que carece de competencia, podría poner en riesgo la validez de los lineamientos que emitiría.

 

Sánchez apuntó que la Suprema Corte ha establecido en varios precedentes, que el Presidente de la República puede promover controversia constitucional para proteger las facultades de la Federación aún y cuando éstas estén conferidas a otro Poder Federal.

 

 

 

Presidencia lleva a Corte ley telecom

El Universal

Carla Martínez

14 de febrero de 2014

 

 

La Presidencia de la República anunció que promoverá una controversia constitucional contra la decisión de un juez del Distrito Federal en el sentido de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones carece de competencia para resolver sobre la retransmisión gratuita de contenidos de televisión abierta por medio de empresas de cable

 

El presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Gabriel Contreras, confió en que la Controversia Constitucional que interpuso el Ejecutivo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para resolver sobre la retransmisión gratuita de contenidos de televisión abierta vía las empresas de TV de paga, tenga carácter de “atención prioritaria”.

 

Sin embargo, el titular del regulador dijo desconocer cuándo podría resolverse esta solicitud para volver a discutir en el Pleno de ese órgano sobre la retransmisión de las señales de televisión abierta en sistemas de paga, conocida como must carry y must offer, pero “podría ser este mismo año”, dijo en entrevista con EL UNIVERSAL.

 

Presidencia promueve controversia

 

A petición del IFT, el presidente Enrique Peña Nieto decidió promover una controversia constitucional en contra del juez que cuestionó la facultad del regulador para resolver el conflicto sobre la retransmisión de canales de televisión abierta en sistemas de TV de paga.

 

El vocero presidencial, Eduardo Sánchez, y el consejero jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos, detallaron que la controversia que se presentó ayer ante la SCJN es en contra de los actos del juez 32 de lo Civil, en el Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán.

 

En conferencia de prensa, explicaron que este juez ha invadido las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones para resolver sobre la retransmisión gratuita en la televisión de paga de los contenidos de televisión abierta.

 

Sánchez Hernández puso en claro que la Constitución señala que el IFT es quien debe resolver sobre la retransmisión de contenidos y no un juez local del Distrito Federal y el hecho de que notifique que el Instituto carece de competencia en dicha materia, argumentando la posible violación de derechos de autor, “invade a todas luces las facultades que le otorga la Constitución”.

 

En tanto, abogados especialistas en telecomunicaciones comentaron que el regulador no debió permitir que esta notificación, que solamente afecta a Televisa y Dish, congelara la regulación en materia de must offer-must carry y mencionaron que este proceso puede llevar varios meses incluso tardarse un par de años.

 

Senadores del PRD y PAN calificaron de mala señal y signo de debilidad que el Instituto haya pospuesto su decisión sobre el tema, por la notificación de un juez sobre la transmisión de señales de TV.

 

Mientras que los coordinadores parlamentarios del PRI y PAN en la Cámara de Diputados consideraron que el IFT sí tiene facultades para resolver el caso.

 

La Oficialía de Partes de la Suprema Corte recibió la tarde de ayer la solicitud de controversia constitucional que promueve el Ejecutivo.

 

El documento será turnado a uno de los ministros del tribunal, quien determinará si es admitida o no.

 

Si la controversia es aceptada inicia un proceso de instrucción que suele tardar aproximadamente dos meses hasta su cierre. Posteriormente se generará el proyecto de sentencia que será sobre el cual debata la Corte.

 

 

 

Ejecutivo respalda a IFT con controversia

El Universal

Carla Martínez y Francisco Reséndiz

14 de febrero de 2014

 

 

El presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Gabriel Contreras, confió en que la Controversia Constitucional que interpuso el Ejecutivo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para resolver sobre la retransmisión gratuita de contenidos de televisión abierta vía las empresas de TV de paga, tenga carácter de “atención prioritaria”.

 

Sin embargo, el titular del regulador dijo desconocer cuándo podría resolverse esta solicitud para volver a discutir en el Pleno de ese órgano sobre la retransmisión de las señales de televisión abierta en sistemas de paga, conocida como must carry y must offer, pero “podría ser este mismo año”, dijo en entrevista con EL UNIVERSAL.

 

Presidencia promueve controversia

 

A petición del IFT, el presidente Enrique Peña Nieto decidió promover una controversia constitucional en contra del juez que cuestionó la facultad del regulador para resolver el conflicto sobre la retransmisión de canales de televisión abierta en sistemas de TV de paga.

 

El vocero presidencial, Eduardo Sánchez, y el consejero jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos, detallaron que la controversia que se presentó ayer ante la SCJN es en contra de los actos del juez 32 de lo Civil, en el Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán.

 

En conferencia de prensa, explicaron que este juez ha invadido las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones para resolver sobre la retransmisión gratuita en la televisión de paga de los contenidos de televisión abierta.

 

Sánchez Hernández puso en claro que la Constitución señala que el IFT es quien debe resolver sobre la retransmisión de contenidos y no un juez local del Distrito Federal y el hecho de que notifique que el Instituto carece de competencia en dicha materia, argumentando la posible violación de derechos de autor, “invade a todas luces las facultades que le otorga la Constitución”.

 

En tanto, abogados especialistas en telecomunicaciones comentaron que el regulador no debió permitir que esta notificación, que solamente afecta a Televisa y Dish, congelara la regulación en materia de must offer-must carry y mencionaron que este proceso puede llevar varios meses incluso tardarse un par de años.

 

Senadores del PRD y PAN calificaron de mala señal y signo de debilidad que el Instituto haya pospuesto su decisión sobre el tema, por la notificación de un juez sobre la transmisión de señales de TV.

 

Mientras que los coordinadores parlamentarios del PRI y PAN en la Cámara de Diputados consideraron que el IFT sí tiene facultades para resolver el caso.

 

La Oficialía de Partes de la Suprema Corte recibió la tarde de ayer la solicitud de controversia constitucional que promueve el Ejecutivo.

 

El documento será turnado a uno de los ministros del tribunal, quien determinará si es admitida o no.

 

Si la controversia es aceptada inicia un proceso de instrucción que suele tardar aproximadamente dos meses hasta su cierre. Posteriormente se generará el proyecto de sentencia que será sobre el cual debata la Corte.

 

 

 

 

Entrevista. “Guardar el oficio del juez no era opción”

El Universal

Carla Martínez

14 de febrero de 2014

 

 

Gabriel Contreras, presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), está seguro de las atribuciones del regulador en materia de transmisiones de señales y contenidos de televisión, sin embargo la notificación de un juez sobre su incompetencia en este tema los llevó a retrasar la regulación del tema que involucra a empresas como Televisa, TV Azteca y Dish.

 

Tras la notificación del juez local ¿por qué deciden aplazar el tema y pedir la controversia constitucional?

 

Yo no tengo duda de mi competencia como institución, nuestra competencia la da claramente la Constitución, supongo que el juez no tiene duda de su competencia pero yo no tengo atribuciones constitucionales para decirle al juez que está equivocado, no puedo tampoco guardar ese oficio en un cajón por que es una autoridad de este país, esté equivocada o no. A mi juicio, no tengo duda, lo está, pero supongamos que hubiera sido un juez de Mexicali o un juez de paz de Guadalajara, para todos los efectos es una autoridad en este país y vivimos en un estado de derecho. Las alternativas que tenemos son las que están previstas por el órgano jurídico y no otras, por eso guardar el oficio en un cajón no es opción, pero hay que atenderlo y resolverlo por las vías institucionales y en este casó es la controversia constitucional.

 

Con la solicitud de controversia constitucional ¿qué sigue?

 

Anunciaron en la Consejería Jurídica (de Presidencia) que la presentarían hoy. Y hay precedentes que claramente la Corte ha resuelto en los que el Ejecutivo Federal está facultado para representar los intereses de la Federación.

 

La propia Consejería Jurídica, en la rueda de prensa que se ofreció, precisó que nos iban a señalar cómo terceros interesados, desde luego lo solicitamos, nos interesa ser parte de ese juicio.

 

¿Qué sigue? Qué la Corte, resultado del procedimiento, confirme que tenemos una atribución constitucional para resolver en retransmisión de contenidos.

 

Ahora, hay plazos legales que deben agotarse, hay una ley que prevé estos procedimientos, que implica que se requieran de informes a las autoridades, se entregan, se formulan alegatos y la Suprema Corte debe resolver.

 

¿De cuanto tiempo hablamos?

 

Son tiempos variados, depende de cuando se hizo la notificación, no a todos nos corren al mismo tiempo los plazos…

 

Necesitamos que haya definiciones, no sólo nosotros, las necesita el sector, en este caso en particular, estamos hablando de una norma vigente prevista en la Constitución relacionada con must offer y must carry, lo que el juez niega es la competencia del Instituto para resolver en materia de transmisión de contenidos, el juez no está negando que en este momento deba aplicarse la reforma constitucional, la cual está viva y está vigente.

 

Una preocupación externada a la Consejería Jurídica fue que esto se resolviera a la brevedad posible y la Consejería anunció que es de interés de todos que esto se resuelva lo antes posible y hay una figura importante, el Ejecutivo Federal tiene la posibilidad de solicitar a la SCJN que dé atención prioritaria a algunos asuntos, no estamos ahí en ese momento, primero tiene que admitir el asunto y después ya vendrá la solicitud de atención prioritaria.

 

¿Saldría este año?

 

Más nos vale. Yo no veo a un instituto parado en sus funciones porque un juez local, en mi opinión, equivocadamente, dice que no tengo competencia de algo, yo creo que es de interés general que esto se resuelva lo antes posible.

 

Sin embargo esa es la percepción, que el IFT fue detenido por un juez local…

 

Tú sabes que ha sido una práctica muy vieja en este sector, hay historias tenebrosas, la licitación 21 es un buen ejemplo: vas a salir con un acto de política pública, con un acto de autoridad y de repente te empiezan a llover actos judiciales. Pero eso pasó y en su momento la autoridad no las guardó en un cajón.

 

No es que nos haya doblado un juez, es que un juez tuvo el tino de mandar eso y el canal para impugnarlo es el que ejercemos.

 

Esta notificación involucra a Televisa y a Dish ¿no hay forma de regular el ‘must offer’ y ‘must carry’ para el resto de la industria?

 

Lo que nos dice este oficio a nosotros es que no tenemos competencia para resolver en materia de retransmisión de contenidos respecto de los canales, y los enlista hasta los espejo. Son canales que pasan por el tema de must offer y must carry, ¿dónde estamos? Dónde estábamos hace una semana, las señales se están subiendo.

 

Por lo pronto ahí están las señales.

 

Ciertamente, tenemos la atribución para resolver todo lo demás en lo que no tengamos un impedimento de este tamaño.

 

¿Qué necesitamos? Qué todos apliquemos las mismas reglas, que sean públicas, que la persona que tiene una concesión de TV restringida en Mérida se rija por el mismo rasero que uno en Mexicali.

 

¿Pero se puede aplicar una regulación, por ejemplo para TV Azteca y , cuando salga la resolución, para Televisa?

 

Por supuesto que no descartamos ninguna posibilidad, nuestras atribuciones están ahí, hay que ejercerlas, lo que queríamos precisamente era dar condiciones generales.

 

¿Qué pasará cuando vuelva a debatirse el tema?

 

Se fue a consulta pública, se recibieron muchos comentarios, es una retroalimentación importante, que llevó a modificar el proyecto. Para eso era la consulta pública, para recibir todas las inquietudes técnicas, se analizaron por las áreas sustantivas y eso las llevó a hacer modificaciones al proyecto y eso es lo que se subió a consideración del pleno.

 

 

 

Recibe SCJN controversia constitucional de Presidencia

MVS Noticias

Juan Omar Fierro

14 de febrero de 2014

 

 

La Presidencia de la República presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la controversia constitucional en contra de la sentencia de un Juez Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal  que mediante un oficio emitido el día de ayer, impidió al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) votar los lineamientos para la retransmisión de señales radiodifundidas en sistemas de televisión restringida, mejor conocidos como “must carry-must offer”.

 

El documento anunciado por el vocero de la Presidencia, Eduardo Sánchez Hernández, y el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, Humberto Castillejos Cervantes, fue ingresado en sigilo al Pleno de la Oficialía de Partes del Máximo Tribunal del país al filo de las 15:13 horas.

 

Luego de su ingreso a la Oficialía de Partes de la Suprema Corte, la controversia constitucional será turnada a la Secretaría de la Presidencia para que posteriormente dicho recurso se turne a un ministro, el cual finalmente resolverá si la impugnación es admitida a trámite o se desecha.

 

La admisión a trámite de la controversia constitucional puede tardar de dos a cinco días hábiles, luego de lo cual, se publicará el acuerdo respectivo en los estrados electrónicos de la Suprema Corte, por lo que será hasta ese momento que se hagan públicos todos los argumentos de Presidencia de la República para defender las facultades del IFETEL.

 

En conferencia previa, el Consejero Jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos, explicó que la controversia se promueve con base en varios precedentes emitidos por la propia Corte años atrás, en los cuales se reconoce la legitimación del Primer Mandatario para impugnar y recurrir cualquier resolución judicial o ley que ponga en peligro las facultades de la Federación, además de solicitar al Máximo Tribunal del país que este asunto sea analizado de manera prioritaria.

 

Castillejos Cervantes agregó que conforme al artículo Octavo Transitorio, Fracción Primera de la Reforma de Telecomunicaciones, se establece con toda claridad que una vez que entró en vigor la nueva ley en la materia, el IFETEL podía definir los criterios que deben se cumplir por parte de  todos los involucrados para la aplicación del Must Carry y el Must Offer.

 

También explicó que entre los precedentes citados por la Presidencia de la República para la defensa de las facultades de IFETEL ante la resolución del  Juez Trigésimo Segundo de lo Civil del Tribunal Superior de justicia del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, se encuentran los derivados de la controversia constitucional 77/2010, en la cual se estableció que el Estado de México invadió competencias del Congreso de la Unión al legislar en materia de seguridad privada.

 

 

 

El Juez que solicitó al IFT que no se pronunciara sobre retransmisión de señales fue denunciado penalmente por Dish en 2013

MVS Noticias

Redacción Noticias MVS

14 de febrero de 2014

 

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) determinó el día  de ayer retirar del orden del día de la sesión del Pleno la resolución para emitir los lineamientos en materia de retransmisión de señales radiodifundidas en sistemas de televisión restringida (must carry-must offer), en función de un oficio que le dirigió el Juez 32º de lo Civil del Tribunal Superior de justicia del Distrito Federal, Lic. José Guadalupe Mejía Galán (Juez 32º).

 

Este oficio se suma a una serie de medidas y acuerdos que el Juez 32º ha dictado, una y otra vez, a solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió contra Dish desde el año 2011. Las medidas cautelares dictadas por el Juez 32º en dos ocasiones, han sido suspendidas y anuladas por jueces y tribunales de amparo.

 

Frente a esta conducta, Dish ha presentado recursos de queja administrativa ante el C. Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del D.F., Magistrado Edgar Elías Azar, y formuló en el año 2013 querella penal contra el Juez 32º. El oficio del Juez 32º constituye un agravio directo e inédito a la Constitución y al régimen de autonomía que la Reforma Constitucional de junio de 2013 le otorgara al IFT.

 

Al presente comunicado se adjunta el oficio dirigido por el Juez 32º al IFT en el que se constata que:

 

a. No presenta la menor motivación o fundamentación.

 

b. No es una orden o mandamiento de autoridad judicial, pues

 

únicamente “hace del conocimiento” del IFT su contenido.

 

c. El oficio no obliga al IFT a acatar medida alguna emitida por una autoridad judicial competente.

 

La estrategia litigiosa de Grupo Televisa no puede entenderse sino a la luz de su pronta determinación como agente económico preponderante y conforme a su fobia a la competencia. Es lamentable que haya un Juez del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal que le sirva de comparsa.

 

La creación de los tribunales federales especializados en telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica por mandato de la Reforma Constitucional, buscó precisamente evitar situaciones que dañan la rectoría del Estado y debilitan las instituciones. La conducta del Juez 32º es la negación de la Reforma Constitucional.

 

Dish interpondrá los medios de defensa a su alcance y continuará procurando que en el ámbito administrativo y penal, se procese al Juez 32º, Lic. José Guadalupe Mejía Galán, por sus actuaciones ilegales.

 

Adicionalmente, Dish solicitará al IFT continuar con la tramitación y resolución de todo lo relacionado con la retransmisión de señales abiertas en sistemas de televisión restringida, dado que el Juez 32º es claramente incompetente para intervenir en estas materias, reservadas por la Constitución al propio IFT y a los tribunales federales especializados.

 

 

 

Apela Ejecutivo a la Corte sobre retransmisión de tv

La Jornada Nacional

Rosa Elvira Vargas y Miriam Posada

14 de febrero de 2014

 

 

El presidente Enrique Peña Nieto interpuso ayer una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el juez que negó facultades al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) para resolver en torno a la retransmisión gratuita de los contenidos de la televisión abierta en la televisión de paga.

 

En conferencia de prensa, el vocero Eduardo Sánchez y el consejero jurídico de la Presidencia de la República, Humberto Castillejos, señalaron al juez 32 de lo civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, de haber invadido facultades constitucionales para resolver sobre el también llamado must carry y must offer.

 

La Constitución, indicaron, señala que corresponde al Ifetel resolver sobre la retransmisión de contenidos, y no a un juez local, quien al notificar al instituto que carece de competencia en dicha materia, debido a posibles violaciones al derecho de autor, invade las facultades que a la Federación le otorga la Carta Magna.

 

Antes de este anuncio el Ifetel difundió haber solicitado la intervención del titular del Poder Ejecutivo en este caso, al considerar que la resolución del juzgador interfiere en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y por tanto afecta la competencia de la Federación, pues de acuerdo con la Carta Magna le corresponde resolver los diferendos en materia de retransmisión de contenidos.

 

Se trata de la primera controversia constitucional interpuesta por el presidente Peña Nieto.

 

Castillejos Cervantes añadió que se solicitará a la SCJN dar atención prioritaria a este tema. Se promueve con base en varios precedentes que ha emitido la Corte, los cuales le dan legitimación al Presidente para salir en defensa de las facultades de la Federación aun cuando estén conferidas a otro poder o a otro órgano, como es el caso del Ifetel.

 

Aclaró también que el must carry y el must offer mantienen su aplicación, pues no existe ninguna decisión judicial de suspenderlos. La resolución del juez Mejía Galán, dijo el asesor jurídico del presidente Peña, sólo afectaba la posibilidad del instituto de emitir los lineamientos, al marcarle falta de competencia en lo relacionado con los derechos de autor.

 

Dentro de la argumentación utilizada por la Presidencia para proceder ante el Poder Judicial, también se menciona que la SCJN ha señalado que en casos excepcionales como éste procede la controversia constitucional en contra de actos judiciales, si es el caso de que se invada competencias de la Federación.

 

En la controversia, la Presidencia señaló como tercero interesado al Ifetel, para la defensa de sus facultades establecidas en la reforma constitucional de telecomunicaciones.

 

Al difundir su solicitud de intervención al Ejecutivo federal, el instituto expuso su imposibilidad de proceder, pues legalmente sólo puede demandar a otros órganos o poderes de la Unión, pero no a un órgano o autoridad local.

 

Además, el Ifetel fincó su petición en defensa de los intereses de la Federación y a la espera, por esa vía, que la SCJN confirme las plenas facultades que tiene como regulador para resolver sobre el must carry y must offer.

 

El antecedente de la decisión fue el oficio enviado por el juez Mejía Galván al Ifetel, donde le marca que carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de los canales 2, 4, 5 y 9 de Televisa así como sus respectivos canales espejo o adicionales de televisión digital terrestre (TDT), 48, 49, 50 y 44.

 

El texto del juzgador fue difundido por la empresa Dish, que forma parte del litigio 1653/2011 promovido en su contra por Televisa y Televimex. Ahí se indica que corresponde a este juzgador dilucidar los derechos autorales y patrimoniales sometidos por Televisa a litigio, empresa que se encuentra vinculada con los derechos de autor que deriven de la programación de televisión que en dichos canales se transmiten.

 

 

 

Ifetel pediría a la Corte intervenir sobre retransmisión de tv

La Jornada Nacional

Miriam Posada

14 de febrero de 2014

 

 

México, DF. El Instituto Federal de Telecomunicaciones podría buscar la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación  para defender la obligación que le confiere la reforma constitucional a telecomunicaciones para decidir sobre la retransmisión de señales de televisión, y sobre lo que un juez de lo Civil decidió que el regulador no tiene competencia.

 

El comisionado Fernando Borjón dijo en entrevista radiofónica que el juzgado 32 de lo Civil le notificó al Ifetel que no tiene facultades para decidir en temas de derecho de autor, al referirse a los contenidos que se retransmiten a través de los canales de Televisa, por lo que un tercero tendrá que intervenir para resolver la competencia del regulador, y dicha instancia sería la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

Señaló que a pesar de que la reforma constitucional es clara en cuanto a las obligaciones del Ifetel, ante las circunstancias sería conveniente esperar a que esté lista la legislación secundaria para que las decisiones del regulador no se contrapongan a lo que marque la ley.

 

 

 

Corte definiría competencia del IFT sobre televisión abierta

El Informador

El Universal/OEAG

13 de febrero de 2014

 

 

Luis Fernando Borjón, comisionado del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), señaló que una tercera instancia -posiblemente la Suprema Corte de Justicia de la Nación-, deberá definir la competencia del organismo respecto al conflicto entre televisoras por el esquema “must carry” y “must offer”.

 

Además de la Corte, consideró que también la legislación secundaria de la reforma en telecomunicaciones puede resolver este asunto.

 

“Hemos hecho todo para resolverlo pero la autoridad nos señala que no somos competentes y tenemos que respetar por supuesto a esa otra autoridad, es un tema que requería precisión”, sostuvo.

 

En entrevista para Noticias MVS, el comisionado del IFT señaló que al posponer la discusión sobre los lineamientos que regularán la retransmisión gratuita de canales de televisión abierta se está respetando al Poder Judicial.

 

“Es una cuestión de competencia, no estamos en la ‘Ley de la Jungla’, no podemos decir que lo que dijo el juez no es relevante, tenemos que respetar al Poder Judicial, lo importante es dirimir estas cuestiones legales porque si no estos conflictos serían recurrentes”.

 

Ayer miércoles, el Pleno IFT bajó de la orden del día la discusión sobre el “must offer” y “must carry”, por la notificación de un juez quien informó que el instituto no cuenta con las atribuciones para resolver temas sobre transmisión de señales de televisión.

 

La notificación es resultado de un juicio ordinario civil que en 2011 inició Televisa contra Dish.

 

El 10 de febrero pasado, el IFT fue notificado del acuerdo emitido por el Juez Trigésimo Segundo de lo Civil quien dijo que el Instituto carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta.

 

Desde el pasado 11 de septiembre, Dish, empresa de televisión de paga satelital, inició la transmisión de los canales 2, 5, 7, 9 y 13 pues la Constitución indica que con la entrada en vigor del Instituto, las empresas de televisión restringida tenían la obligación de transmitir señales de tv abierta, es decir, el “must offer”, gratis.

 

 

 

 

Ejecutivo promoverá controversia para resolver retransmisión

El Informador

El Universal/JOAO

13 de febrero de 2014

 

 

A petición del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el Presidente Enrique Peña Nieto decidió promover una controversia constitucional para resolver sobre la retransmisión gratuita de contenidos de televisión abierta a través de las empresas de cable.

 

En conferencia de prensa, el vocero presidencial Eduardo Sánchez, y el consejero jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos, detallaron que la controversia que se presentará hoy mismo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es contra los actos del juez 32 de lo Civil, en el Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán.

 

Argumentaron que este juez ha invadido las facultades del IFT para resolver sobre la retransmisión gratuita en la televisión de paga de los contenidos de televisión abierta definidos técnicamente como “must carry” y “must offer”.

 

Precisaron que el must carry y must offer gratuito es un elemento esencial de la reciente reforma constitucional en materia de telecomunicaciones para generar competencia en el sector de la televisión de paga.

 

Rechazaron que esta controversia pueda poner en riesgo la reforma constitucional en el sector.

 

El Instituto fue notificado del acuerdo emitido por el Juez Trigésimo Segundo de lo Civil el pasado 10 de febrero, en el que señala que el IFT carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta, esto derivado de un litigio entre dos empresas reguladas por el Instituto.

 

El miércoles, el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) bajó de la orden del día la discusión sobre el must offer y must carry, por la notificación de un juez quien informó que el instituto no cuenta con las atribuciones para resolver temas sobre transmisión de señales de televisión.

 

“Este punto sería discutido por el IFT este miércoles, pero se quitó para analizar debidamente las implicaciones legales del escrito del juez, que fue remitido al IFT en días pasados, donde señalaba un problema competencial para el Instituto respecto de un juicio que él está conociendo”, detalló Adolfo Cuevas, comisionado del IFT.

 

 

 

Respalda Ejecutivo facultades del Ifetel sobre must-carry y must-offer

El Sol de México

Carlos Lara

14 de febrero de 2014

 

 

Ciudad de México.- El presidente de la República, Enrique Peña Nieto, interpondrá una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de actos del Juez Trigésimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, en torno a que ha invalidado facultades constitucionales del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) sobre la retransmisión gratuita en la televisión de paga de los contenidos de la televisión abierta, conocido como must carry y must offer, ya que estos elementos forman parte de la esencia de la Reforma en Telecomunicaciones.

En conferencia de prensa, Humberto Castillejos Cervantes, consejero jurídico de la Presidencia, resaltó que las empresas de televisión de paga están obligadas por la Ley Federal de Telecomunicaciones hasta este momento a retransmitir las señales de televisión abierta.

“Hasta este momento se está llevado a cabo el must carry y el must offer, y no hay ninguna decisión judicial de suspenderlo. Eso es, debe de seguir como hasta el día de hoy. Lo único que se afectaba era la posibilidad del Instituto de emitir los lineamientos, toda vez que el juez señaló que carece de competencia por tratarse de un asunto relacionado a los derechos de autor”, aseveró el Consejero Jurídico de la Presidencia.

Mientras tanto, Eduardo Sánchez Hernández, vocero de la Presidencia, dejó en claro que el llamado must carry y must offer gratuito es un elemento reciente de la Reforma a las Telecomunicaciones con el fin de generar competencia en el sector de la TV de paga, pero más aún para salvaguardar el derecho de toda persona a recibir las señales de TV abierta a través de la TV de paga sin costo adicional. Mencionó que esta también es una forma de proteger el derecho a la información plural y oportuna.

Sánchez Hernández manifestó que la Constitución señala que es el Ifetel “quien debe resolver sobre la retransmisión de contenidos, es decir, sobre el must carry y must offer gratuito, y no un juez del DF, por lo que el hecho de que el juez local notifique que carece de competencia el Instituto, argumentando la posible violación de derechos de autor, invade las facultades que a la Federación le otorga la Constitución”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha señalado que el presidente de la República puede interponer controversias en casos excepcionales como éste, si es el caso de que se invalida la competencia de la Federación.

Este anuncio se hace después de que TV Azteca interpusiera una demanda en contra de la empresa Dish y Telmex, en torno a la retransmisión de sus canales de TV abierta en este sistema.

De acuerdo a información surgida en la Corte, el recurso fue presentado a las 15:13 horas de este jueves luego del anuncio que hizo el vocero del gobierno federal, Eduardo Sánchez, de que llevarían el pleito al máximo tribunal de justicia del país.

El paso siguiente, se indicó, es que la controversia será revisada por el ministro en turno para que determine si la admite a trámite o no; en caso de admitirla, solicitará informes justificados tanto a la Presidencia de la República como al Ifetel y a las propias empresas televisivas que mantienen la disputa.

 

 

 

Fallo adverso a Dish detonó el conflicto

Susana Mendieta y Hugo González

Milenio Jalisco

14 de Febrero de 2014

 

 

Un amparo perdido por la operadora de servicio satelital Dish con motivo del supuesto robo de señal de televisión en 2011 detonó la controversia constitucional que pretende aclarar la competencia del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) sobre el must carry y must offer y de los jueces locales en materia de derechos de autor.

 

Una vez que el Ifetel y la Presidencia de la República acordaron presentar la controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Dish afirmó en un comunicado que el oficio del juez 32 de lo civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, “constituye un agravio directo e inédito a la Constitución y al régimen de autonomía que la reforma constitucional de junio de 2013 le otorgara al IFT”.

 

La empresa afirma que “este oficio se suma a una serie de medidas y acuerdos que el juez 32 ha dictado, una y otra vez, a solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió contra Dish desde 2011”, pero que además “las medidas cautelares dictadas por el juez 32 en dos ocasiones han sido suspendidas y anuladas por jueces y tribunales de amparo”.

 

Añadió que frente a esta conducta, ha presentado recursos de queja administrativa ante el presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, Édgar Elías Azar, y formuló en 2013
querella penal contra el juez 32. Sin embargo, el oficio girado por el juez Mejía Galán explica al Ifetel que con base en el resultado de ese largo juicio que implica diversas resoluciones federales que datan de 2011, ese juzgado local es el único competente para resolver respecto de los derechos de retransmisión de las señales radiodifundidas y los derechos del titular de las obras audiovisuales contenidas en la programación de los canales 2, 4, 5 y 9 y sus canales espejo digitales.

 

LA HISTORIA

 

La historia se remite a diciembre de 2011, cuando Televisa SA de CV y Televimex SA de CV presentaron una denuncia contra Comercializadora de Frecuencias Satelitales SRL de CV (Dish) por el supuesto robo de señales con motivo del lanzamiento del servicio digital de la televisora de paga.

 

En 2012 el juez Mejía Galán dio entrada a la denuncia de Televisa, decisión que fue impugnada por Dish mediante el juicio de amparo promovido ante el juez decimotercero de distrito en el primer circuito federal (DF) en el expediente 790/2013. En septiembre de 2013, el juez decimotercero falló a favor de Dish y se le otorgó la sentencia definitiva y al mismo tiempo presentó una denuncia penal contra el juez 32.

 

Sin embargo, inconforme por el resultado de ese juicio de amparo, Televisa promovió el recurso de queja número 119/2013 que fue resuelto en la sesión de fecha 30 de enero 2014, por el Primer Tribunal Colegiado del primer circuito, mismo que determinó desechar el amparo promovido por Dish y su denuncia contra el juez por ser notoriamente improcedente. La decisión de los tres magistrados federales fue comunicada al juez 32 de lo civil este lunes 10 de febrero de 2014.

 

DERECHOS DE AUTOR

 

Adicionalmente, en un comunicado emitido anoche, Televisa explicó que el 25 de octubre de 2012, ese tribunal colegiado determinó al juez 32 como la autoridad competente para resolver, en definitiva, sobre los derechos de retransmisión de las señales radiodifundidas y de los contenidos audiovisuales de la programación de los canales 2, 4, 5 y 9.

 

Añadió que la notificación del juez deriva de un litigio iniciado en 2011, con motivo de la retransmisión indebida de señales de radiodifusión, lo que ocurrió dos años antes de la reforma constitucional en telecomunicaciones.

 

Dijo que con base en las resoluciones del tribunal federal y a solicitud de Televisa, el juez 32 civil hizo del conocimiento del Ifetel que es esa autoridad judicial la competente para resolver sobre las señales radiodifundidas y los derechos del titular de las obras audiovisuales al tratarse de derechos de autor.

 

Recalcó que la consulta pública abierta por el Ifetel sobre los lineamientos de must carry y must offer llamó la atención de organizaciones de derechos de autor, académicos y empresas relacionadas con la materia. Los derechos de los autores, músicos, compositores, intérpretes y titulares de obras audiovisuales, entre otros creadores, son derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y por numerosos tratados internacionales de derechos humanos.

 

 

 

 

Los Pinos defiende facultades del Ifetel

Susana Mendieta

Milenio Jalisco

14 de Febrero de 2014

 

 

Eduardo Sánchez, vocero de la Presidencia de la República, anunció que se interpuso ayer jueves una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra los actos del juez trigésimo segundo de lo civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán.

 

El Poder Judicial de la Federación dio acuse de recibo de la controversia. Y es que luego de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) solicitara al presidente Enrique Peña Nieto que se presentara dicha controversia con el argumento de que el juez ha invadido sus facultades constitucionales para resolver sobre la retransmisión gratuita de las señales de televisión abierta en la de paga se analizó el caso y se procedió a presentar el recurso.

 

El oficio emitido por el juez al Ifetel es consecuencia de un juicio iniciado por Televisa en el que acusa a Dish de retransmitir de manera ilegal las señales de televisión de los canales 2, 4, 5 y 9, y sus respectivas señales digitales espejo.

 

La televisora argumenta que emitir los lineamientos sobre la retransmisión de las señales viola la Ley de Derechos de Autor, la cual protege los programas radiodifundidos de todas y cada una de las empresas de televisión en México.

 

Los argumentos del Ejecutivo ante la Corte refieren que la retransmisión gratuita de las señales (must carry y must offer) de televisión es un elemento esencial de la reciente reforma constitucional de telecomunicaciones para generar competencia en el sector de la televisión de paga.

 

“Pero más importante aún es para salvaguardar el derecho de toda persona a recibir las señales de televisión abierta por medio del servicio de paga sin costo adicional, lo que también es una forma de proteger el derecho a la información plural y oportuna”, dijo Sánchez.

 

Otro argumento del Presidente de la República es que la Constitución señala al Ifetel como responsable de resolver sobre la retransmisión de contenidos y no un juez local, por lo tanto, la notificación sobre la posible violación de derechos de autor invade las facultades que a la Federación le otorga la Constitución.

 

Se argumenta también que la SCJN ha establecido en varios precedentes que el Presidente de la República puede promover controversia constitucional para proteger las facultades de la Federación, aun cuando estén conferidas a otro poder, como es el caso del Ifetel, y que en casos excepcionales procede la controversia si se invaden competencias de la Federación.

 

El vocero presidencial aseguró que se instruyó al consejero jurídico que señale como tercero interesado al Ifetel y que se mantenga en estrecha coordinación para la defensa de sus facultades establecidas en la reforma de telecomunicaciones.

 

Al respecto, el Ifetel emitió un comunicado en el que aclaró que solo pueden demandar a otros órganos o poderes de la Unión, pero no a un órgano o autoridad local, como lo establece el artículo 105 de la Constitución, por lo que solicitó al Ejecutivo federal promover la controversia constitucional.

 

El comisionado Adolfo Cuevas aclaró, en entrevista radiofónica con Ciro Gómez Leyva, que si bien el oficio del juez no es una medida precautoria, el Ifetel decidió detener la emisión de los lineamientos de retransmisión de señales por prudencia.

 

“Lo hicimos porque, aunque estemos en desacuerdo, no podemos actuar unilateralmente; tenemos que ser responsables y por eso nos dimos un tiempo para tener más información y proceder en consecuencia”, dijo Cuevas.

 

El funcionario indicó que esperan que los juicios derivados de la controversia no sean largos, pues de serlo seguirían abonando al clima turbio que se vive en estos momentos en el sector, por ello de su parte solo buscan dar claridad de largo plazo a las decisiones que tomen como órgano regulador.

 

Piden revelar argumentos

 

A fin de aclarar las atribuciones que tiene el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) como órgano regulador, especialistas le piden haga públicos los argumentos que interpuso el juez 32 de distrito para afirmar que no puede definir sobre la retrasmisión de señales de televisión abierta.

 

Salomón Padilla, especialista en derecho de las telecomunicaciones, afirmó que en este tema se pone en juego, además de la publicación de los lineamientos de retransmisión de señales, el mecanismo para demostrar si fue o no acertado haber creado los juzgados y jueces especializados.

 

Fernando Negrete, director de Mediatelecom, aclaró que una ley posterior deroga a una anterior, sobre todo cuando es de tipo constitucional, entonces la reforma de telecomunicaciones protege el tema de must carry y must offer, pero lo más importante es que dice que las señales son un servicio público, por lo que deben transmitirse de forma gratuita en todo tipo de plataformas.

 

El comisionado del Ifetel Fernando Borjón afirmó que el juez se identificó como la autoridad que tiene la competencia en derechos de autor, por lo que hay un conflicto de dos autoridades y por ello se requiere de una tercera que resuelva el asunto.

 

 

 

Respalda Ejecutivo facultades del Ifetel sobre must-carry y must-offer

El Occidental

Carlos Lara

14 de febrero de 2014
Ciudad de México.- El presidente de la República, Enrique Peña Nieto, interpondrá una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de actos del Juez Trigésimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, en torno a que ha invalidado facultades constitucionales del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) sobre la retransmisión gratuita en la televisión de paga de los contenidos de la televisión abierta, conocido como must carry y must offer, ya que estos elementos forman parte de la esencia de la Reforma en Telecomunicaciones.

En conferencia de prensa, Humberto Castillejos Cervantes, consejero jurídico de la Presidencia, resaltó que las empresas de televisión de paga están obligadas por la Ley Federal de Telecomunicaciones hasta este momento a retransmitir las señales de televisión abierta.

“Hasta este momento se está llevado a cabo el must carry y el must offer, y no hay ninguna decisión judicial de suspenderlo. Eso es, debe de seguir como hasta el día de hoy. Lo único que se afectaba era la posibilidad del Instituto de emitir los lineamientos, toda vez que el juez señaló que carece de competencia por tratarse de un asunto relacionado a los derechos de autor”, aseveró el Consejero Jurídico de la Presidencia.

Mientras tanto, Eduardo Sánchez Hernández, vocero de la Presidencia, dejó en claro que el llamado must carry y must offer gratuito es un elemento reciente de la Reforma a las Telecomunicaciones con el fin de generar competencia en el sector de la TV de paga, pero más aún para salvaguardar el derecho de toda persona a recibir las señales de TV abierta a través de la TV de paga sin costo adicional. Mencionó que esta también es una forma de proteger el derecho a la información plural y oportuna.

Sánchez Hernández manifestó que la Constitución señala que es el Ifetel “quien debe resolver sobre la retransmisión de contenidos, es decir, sobre el must carry y must offer gratuito, y no un juez del DF, por lo que el hecho de que el juez local notifique que carece de competencia el Instituto, argumentando la posible violación de derechos de autor, invade las facultades que a la Federación le otorga la Constitución”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha señalado que el presidente de la República puede interponer controversias en casos excepcionales como éste, si es el caso de que se invalida la competencia de la Federación.

Este anuncio se hace después de que TV Azteca interpusiera una demanda en contra de la empresa Dish y Telmex, en torno a la retransmisión de sus canales de TV abierta en este sistema.

De acuerdo a información surgida en la Corte, el recurso fue presentado a las 15:13 horas de este jueves luego del anuncio que hizo el vocero del gobierno federal, Eduardo Sánchez, de que llevarían el pleito al máximo tribunal de justicia del país.

El paso siguiente, se indicó, es que la controversia será revisada por el ministro en turno para que determine si la admite a trámite o no; en caso de admitirla, solicitará informes justificados tanto a la Presidencia de la República como al Ifetel y a las propias empresas televisivas que mantienen la disputa.

 

 

 

Promueve el Presidente de la República una controversia contra juez de DF por invalidar facultades de Ifetel

Mediatelecom

Comunicado de la Presidencia de la República

14 de febrero de 2014

 

 

El Vocero del Gobierno de la República, Eduardo Sánchez Hernández, y el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, Humberto Castillejos Cervantes, ofrecieron hoy una conferencia de prensa en la que anunciaron que el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, determinó promover una controversia constitucional, solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en contra de actos del Juez 32º de lo Civil del Distrito Federal.

 

A continuación, el texto íntegro del mensaje ofrecido a los medios de comunicación:

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones solicitó el día de ayer al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Licenciado Enrique Peña Nieto, que presente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional en contra de actos del juez trigésimo segundo de lo civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, en virtud de que este juez ha invadido las facultades constitucionales de dicho Instituto para resolver sobre la retransmisión gratuita en la televisión de paga, de los contenidos de la televisión abierta, conocido esto también, como Must Carry y Must offer.

 

Una vez que se valoró el caso, el Presidente de la República determinó promover la controversia constitucional solicitada en virtud de lo siguiente:

 

El llamado Must Carry y Must Offer gratuito es un elemento esencial de la reciente reforma constitucional en materia de telecomunicaciones recientemente aprobada, y esto es porque genera competencia en el sector de la televisión de paga, pero más aún para salvaguardar el derecho de toda persona a recibir las señales de televisión abierta por medio de la televisión de paga sin costo adicional. Es también una forma de proteger el derecho a la información plural y oportuna.

 

La Constitución señala que el Instituto Federal de Telecomunicaciones es quien debe resolver sobre la retransmisión de contenidos, es decir, sobre el Must Carry y Must Offer gratuito y no un juez local, en este caso, del Distrito Federal. Por tanto, el hecho de que el juez local notifique que carece de competencia el Instituto Federal de Telecomunicaciones en dicha materia argumentando la posible violación de derechos de autor, invade a todas luces las facultades que a la Federación le otorga la Constitución.

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido en varios precedentes, que el Presidente de la República puede promover controversia constitucional para proteger las facultades de la Federación aún y cuando éstas estén conferidas a otro Poder Federal. Los casos se han referido a controversias del Presidente de la República en defensa de las facultades del Poder Legislativo. Bajo esta premisa es que con el mismo argumento puede el Presidente de la República promover controversia para defender el respeto a las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación también ha señalado que en casos excepcionales, como éste, procede la controversia constitucional en contra de actos judiciales, si es el caso de que se invadan competencias que corresponden a la Federación.

 

El Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal promoverá hoy mismo dicha controversia constitucional y se le ha instruido para que señale como tercero interesado, al Instituto Federal de Telecomunicaciones, y que se mantenga una estrecha coordinación con ese órgano para la defensa de sus facultades establecidas en la reforma constitucional de Telecomunicaciones, que recientemente fue aprobada.

 

 

 

Respalda el Ejecutivo poder del Ifetel

El Economista

Claudia Juárez y Mauricio Rubí/El Economista

13 de febrero de 2014
El Ejecutivo Federal, a través de la Consejería Jurídica, presentará una controversia constitucional para que la Suprema Corte confirme las facultades conferidas al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) para resolver sobre la retransmisión de señales de TV abierta, a partir de la solicitud que le hizo el regulador.

 

Eduardo Sánchez, vocero presidencial, aseguró que la Constitución establece que el Ifetel es la instancia que debe resolver sobre la retransmisión de contenidos, y no un Juez local del Distrito Federal.

 

“Por tanto, el hecho de que el Juez local notifique que carece de competencia el Instituto en dicha materia, argumentando la posible violación de derechos de autor, invade a todas luces las facultades que a la Federación le otorga la Constitución”, dijo.

 

El funcionario argumentó que la Suprema Corte ha establecido precedentes respecto de que el Ejecutivo federal puede promover controversias constitucionales para “proteger las facultades de la Federación”, aun y cuando éstas se encuentre conferidas a otro poder federal.

 

Dijo que además la Corte ha dictado que en casos excepcionales, “como éste”, procede la controversia constitucional en contra de actos judiciales, cuando se invadan competencias que corresponden a la Federación.

 

Una vez interpuesto el recurso, la Suprema Corte deberá determinar si da o no entrada. De aceptarse a trámite la controversia, uno de los 11 ministros deberá presentar un proyecto de resolución ante el pleno, para lo cual no hay plazos establecidos.

 

Por su parte, Humberto Castillejos, consejero jurídico dijo que existe la posibilidad de solicitar a la Corte que se otorgue “atención prioritaria”, para que resuelva lo más pronto posible; en tanto, dijo que no hay ninguna decisión judicial que suspenda el proceso que realizaba el Ifetel.

 

IFETEL SOLICITA CONTROVERSIA

 

Ayer el Ifetel dio a conocer que solicitó al Ejecutivo Federal la promoción de una controversia constitucional para que la Suprema Corte confirme sus facultades para resolver sobre la retransmisión de señales de TV abierta.

 

El martes pasado Gabriel Contreras, presidente del Ifetel dio a conocer que el Instituto fue notificado del acuerdo emitido por el Juez Trigésimo Segundo de lo Civil en el que establece que el órgano regulador carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta, esto derivado de un litigio entre dos empresas reguladas por el Instituto.

 

Por esta notificación, el pleno del Ifetel aplazó la discusión del must carry y must offer, prevista para el miércoles de esta semana. Al respecto, el Ifetel consideró que la resolución del Juez interfiere en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales, por lo que se afecta la competencia de la Federación.

 

LEGISLACIÓN SECUNDARIA

 

Fernando Borjón, comisionado del Ifetel, dijo en una entrevista radiofónica, que a pesar de que la reforma constitucional es clara en cuanto a las obligaciones del Instituto, “ante las circunstancias sería conveniente esperar a que esté lista la legislación secundaria para que las decisiones del regulador no se contrapongan a lo que marque la ley”.

 

Gerardo Flores, secretario de la comisión de Radio y Televisión en el Senado dijo que “todo lo que ayude a esclarecer los alcances de la reforma siempre es bueno. Evidentemente lo que importa es que podamos empezar a discutir la propuesta de legislación secundaria y se avance en su aprobación y se aclaren temas que dan pie a dudas en el regulador”.

 

Alega Televisa legítima defensa de derechos de autor

 

El diferendo que sostienen Dish, Televisa y Televisión Azteca por la retransmisión de señales ha tomado fuerza y ha avivado las declaraciones acusatorias entre los grupos.

 

Luego de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) aplazó la discusión sobre la transmisión de señales de TV abierta en sistemas de TV de paga, prevista para el miércoles pasado, a causa de un amparo que promovió Televisa en el 2011, Dish aseguró que el oficio del juez no representaba un instrumento que pudiera frenar la discusión del pleno con respecto a este tema, por lo que dijo que solicitaría al Ifetel continuar el análisis y resolver a la brevedad.

 

El pasado 10 de febrero, el Ifetel recibió una notificación del Juez 32 de lo Civil, en la que se establece que el Instituto carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta.

 

Al respecto, Dish acusó al juez 32, José Guadalupe Mejía Galán, de ser “claramente incompetente” para intervenir en estas materias, 
reservadas por la Constitución al propio Ifetel y a los tribunales federales especializados.

 

La filial de MVS Dish informó que el oficio que giró dicho juez al Ifetel “se suma a una serie de medidas y acuerdos que el Juez 32 ha dictado, una y otra vez, a solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió contra Dish desde el año 2011”.

 

Frente a esta conducta, dijo, Dish ha presentado recursos de queja administrativa ante el presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del DF, el magistrado Edgar Elías Azar, y formuló en el 2013 una querella penal contra el Juez 32.

 

Dish enfatizó que el oficio del Juez no presentó la menor motivación o fundamento; tampoco resultó una orden o mandamiento de autoridad judicial, debido a que únicamente “hace del conocimiento” del Ifetel su contenido.

 

JUEZ, COMPETENTE

 

Ante las acusaciones, Televisa respondió que el oficio girado por el Juez 32 al Ifetel, para notificarlo sobre la confirmación de sus atribuciones en lo concerniente a derechos autorales de Televisa, tiene como sustento dos resoluciones del Primer Tribunal Colegiado de Circuito. Tribunal Federal de última instancia.

 

Explicó que el 25 de octubre del 2012, ese Tribunal Colegiado determinó al Juez 32 como la autoridad competente para resolver, en definitiva, sobre los derechos de retransmisión de las señales radiodifundidas y de los contenidos audiovisuales de la programación de los canales 2, 4, 5 y 9.

 

Asimismo, Televisa informó que ha ejercido acciones legales en defensa de los derechos autorales involucrados en sus contenidos y programación.

 

Por su parte, Televisión Azteca ha insistido en que la conducta de Dish es violatoria de la ley y que previo a la resolución del must carry y must offer, el Ifetel debe aclarar la relación entre Dish y Telmex, y declarar la preponderancia de ésta.

 

 

 

Gobierno promueve controversia contra juez en disputa Televisa-Dish

El Financiero

Eduardo Ortega

13 de febrero de 2014

 

 

CIUDAD DE MÉXICO.- El Gobierno Federal promoverá una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra del juez trigésimo segundo de lo civil en el Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, en virtud de que invadió las facultades constitucionales del Instituto Federal de Telecomunicaciones, anunció el vocero del gobierno Eduardo Sánchez.

Este juez resolvió sobre la transmisión gratuita en la televisión de paga de los contenidos de la televisión abierta conocida como must carry y must offer.

Acompañado por el consejero jurídico Humberto Castollejos, el portavoz señaló que una vez valorado el caso, el presidente Enrique Peña Nieto promovió la controversia constitucional.

 

Explicó que la instrucción es señalar como tercero interesado al IFT dentro del procedimiento, así como mantener una estrecha colaboración con ese órgano para la defensa de sus facultades establecida en la reforma.

“El llamado must carry y must offer gratuito es un elemento esencial en la reforma constitucional de telecomunicaciones para generar competencia en el sector de la televisión de paga, pero más aún para salvaguardar el derecho de toda persona al recibir señales de televisión abierta por medio de la televisión de paga sin costo adicional”.

Sánchez indicó que la Constitución señala que es el Instituto Federal de Telecomunicaciones quien debe resolver sobre la retransmisión de contenido y no un juez local, en este caso del Distrito Federal.

Por tanto, agregó, el juez local invadió la facultad que la Carta Magna le otorga a la Federación.

Al respecto, el consejero jurídico aseguró que las leyes secundarias deben de contener el mismo espíritu establecido en la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones.

 

 

 

Dish presenta recurso de queja contra Juez que detuvo a IFT

El Financiero

Sin autor

14 de febrero de 2014

 

 

Dish México presentó un recurso de queja administrativa después de que el Juez 32, José Guadalupe Mejía Galán, consideró que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) no tiene facultades para manifestarse en torno a  must offer, must carry.

De acuerdo con el comunicado de Dish, este oficio se suma a una serie de medidas y acuerdos que el Juez 32 ha dictado a solicitud de Grupo Televisa en el juicio que dicha empresa promovió contra Dish desde el año 2011.

La empresa presentó la queja ante el Magistrado Edgar Elías Azar, Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del DF y formuló en el año 2013 querella penal contra el Juez 32.

Las medidas cautelares dictadas por el Juez 32, José Guadalupe Mejía Galán, han sido suspendidas y anuladas por jueces y tribunales de amparo en dos ocasiones, dijo la firma de MVS Multivisión.

El antecedente

Ayer, el pleno del IFT acordó por unanimidad retirar de la orden del día la resolución para emitir los Lineamientos Generales de must offer y must carry, después de que un Juez cuestionó las facultades del regulador en torno a este tema.

A través de un comunicado, el IFT informó que la decisión del Juez se derivó de un juicio iniciado en 2011 por Grupo Televisa en contra de Comercializadora de Frecuencias Satelitales (Dish México).

 

 

 

IFT pide controversia constitucional para confirmar sus facultades

El Financiero

Sin autor

13 de febrero de 2014

 

 

CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) solicitó al Ejecutivo que interponga una controversia constitucional para que la Suprema Corte confirme las facultades conferidas al organismo para resolver sobre la retransmisión de las señales de televisión abierta, de acuerdo con un comunicado oficial.

“El Instituto Federal de Telecomunicaciones solicitó al presidente de la República, a través de la Consejería Jurídica, interponer
una controversia constitucional a fin de que la Suprema Corte de Justicia determine y confirme las plenas facultades que este instituto
tiene para resolver sobre el caso”, adelantó Adolfo Cuevas, comisionado del Instituto, en entrevista radiofónica esta mañana

“El señor consejero jurídico, el doctor Humberto Castillejos, nos confirmó, confirmó al Instituto a través de nuestro presidente Gabriel Contreras, que hoy mismo estaría interpuesta la controversia constitucional. Queremos dirimir de una vez por todas que la facultad es nuestra y que no puede una autoridad local estar por encima de lo que señala la Constitución”.

La Carta Magna establece que corresponde al IFT resolver los diferendos en materia de retransmisión de contenidos, así como también otorga al Instituto las facultades para emitir disposiciones de carácter administrativo.

Ayer, el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) decidió no abordar el asunto de las medidas regulatorias conocidas como must offer y must carry, después de que un juez de la Ciudad de México comunicó al regulador su falta de facultades para pronunciarse al respecto.

“El IFT considera que la resolución del juzgador interfiere en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales, por lo que se afecta la competencia de la Federación”, dijo el regulador.

 

 

 

Presidencia presenta controversia por IFT; a la corte, pugna por transmisiones de TV

Excélsior

14 de febrero del 2014

Georgina Olson

 

 

Lleva a la SCJN el caso para saber si el Instituto Federal de Telecomunicaciones puede decidir sobre el must carry-must offer

 

CIUDAD DE MÉXICO.- A solicitud del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la Presidencia de la República interpuso una controversia constitucional en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que confirme las facultades del órgano regulador para resolver en materia de must carry–must offer; es decir, la retransmisión de señales de televisión abierta a la que están obligados los prestadores de servicios de televisión de paga.

 

En conferencia de prensa, Eduardo Sánchez, vocero de la Presidencia, en compañía del consejero jurídico Humberto Castillejos, explicó que el recurso busca apoyar al IFT contra el juez 32 de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, quien hace un par de días invadió facultades al solicitar al regulador que no se pronunciara respecto de la retransmisión de señales.

 

Ayer se confirmó que la Suprema Corte recibió el recurso promovido por el gobierno federal. “Una vez que se valoró el caso, el Presidente de la República determinó promover la controversia. (El juez) está fuera de derecho, porque no tiene atribuciones para meterse en temas federales”, dijo Sánchez.

 

Llevan conflicto a Suprema Corte

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) solicitó al Ejecutivo Federal la promoción de una controversia constitucional para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirme la facultades conferidas por la Constitución al regulador para resolver en materia de must carrier–must offer, es decir, la retransmisión de señales de televisión abierta a la que están obligados los prestadores de servicios de video restringido.

 

El Poder Ejecutivo, mediante la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República, dijo ayer que apoyará al IFT e interpondrá la controversia en contra del juez 32º de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, debido a que invadió facultades al solicitar al regulador que no se pronunciará respecto de la retransmisión de señales.

 

Eduardo Sánchez, vocero de la Presidencia de la República, en compañía del consejero jurídico, Humberto Castillejos, dieron a conocer ayer que tal recurso se interpondría de inmediato ante la SCJN.

 

Indicaron que el juez 32 invadió las facultades del IFT para resolver sobre la retransmisión de la señal de televisión abierta por parte de los concesionarios de la televisión de paga, y agregaron que esto es gratuito y clave para estimular la competencia en el sector.

 

Ayer se confirmó que la Corte recibió la controversia promovida por el Ejecutivo.

 

Respuestas

 

La compañía Dish dio a conocer que denunció penalmente al juez 32º de lo Civil. “El oficio constituye un agravio directo e inédito a la Constitución y al régimen de autonomía que la Reforma Constitucional de junio de 2013 que otorgara al IFT; además de que no presenta la menor motivación o fundamentación; no es una orden o mandamiento de autoridad judicial, pues únicamente hace del conocimiento del regulador su contenido, además de que el oficio no obliga al regulador a acatar medida alguna emitida por una  autoridad judicial competente”.

 

El 10 de junio de 2013,  el presidente Enrique Peña Nieto promulga la Reforma Constitucional en Materia de Telecomunicaciones y Competencia Económica. La nueva ley establece la obligación constitucional  de los proveedores del servicio de video restringido de retransmitir la señal de televisión abierta, mecanismo conocido como must carry-must offer.

 

Televisa destacó que “el oficio girado por el Juez 32 del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal al IFT, para notificarlo sobre la confirmación de sus atribuciones en lo concerniente a derechos autorales de Televisa, tiene como sustento dos resoluciones del Primer Tribunal Colegiado de Circuito. Tribunal Federal de última instancia”.

 

EN CORTO

 

El 10 de junio de 2013,  el presidente Enrique Peña Nieto promulga la Reforma de Telecomunicaciones y Competencia Económica. La nueva norma establece la obligación constitucional de los proveedores de servicio de video restringido de retransmitir la señal de TV abierta.

 

En julio de 2013, Dish empieza a avisar a sus suscriptores que incluirá las señales de los canales de TV abierta. Lo hace a partir de septiembre.

 

Televisa y TV Azteca protestan argumentando que faltan las leyes secundarias, y exigen al IFT que intervenga. El organismo anuncia una consulta pública al respecto, cuyos resultados serían dados a conocer el 12 de febrero.

 

 

 

La reforma en el IFETEL

El Economista

José Fonseca

13 de febrero de 2014

 

 

Una decisión judicial ha forzado al Ejecutivo Federal a presentar una controversia ante la Suprema Corte, para reivindicar la facultad del Instituto Federal de Telecomunicaciones a regular el sector, según la reforma constitucional.

 

Este incidente sólo subraya la urgencia de que envíen al Congreso la ley secundaria de telecomunicaciones, retrasada por razones de táctica legislativa del Ejecutivo, para evitar desgastantes controversias.

 

El único lujo que no puede darse el gobierno peñista es permitir que el debilitamiento del naciente Ifetel. Todo habría sido inútil, hasta la reforma.

 

Lozano: ¿conflicto de intereses?

 

Es un despropósito la solicitud de la senadora perredista Dolores Padierna para que el senador Javier Lozano, presidente de la Comisión de Comunicaciones y Transportes, se excuse en las votaciones de la leyes de su comisión por “conflicto de interés”.

 

Más que descalificar Lozano, su experiencia como funcionario del sector debería ser aprovechada por los senadores que discutirán la ley ferroviaria y de telecomunicaciones.

 

La senadora Padierna, desafortunadamente, no resiste su vocación estatista, tan al estilo de su admirada revolución bolivariana.

 

Calderón: ¿saben contar?

 

Es honrado reconocer cuando uno mal juzga los objetivos de un político. Aquí creímos que el ex presidente Felipe Calderón cedería a la tentación de interferir en el proceso electoral interno del PAN.

 

Obviamente, el ex presidente no está contento con el rumbo que da al partido la actual dirigencia, pero rechaza integrar una corriente calderonista.

 

Así, a quienes se dicen custodios de su herencia política y sexenal, con sensatez les hace saber que, en esto de la contienda interna, si saben contar, no cuenten con él.

 

NOTAS EN REMOLINO

 

Para abonar al optimismo, los corderistas denuncian ante el IFE y ante órganos internos del PAN al dirigente nacional Gustavo Madero por “utilizar recursos partidistas para promover su reelección”. No sólo lavan la ropa sucia en público, la exhiben en las ventanas… Ayer se reunió el Secretario de Gobernación Miguel Ángel Osorio Chong con tres consejeros del agónico IFE. Hablaron, dicen, sobre cómo sería el nuevo INE… En Estados Unidos, Comcast compra el sistema de cable de Time Warner. Tendrán el 30 por ciento de la TV de paga. Más concentración… Ayer, a falta de otros temas, los senadores tuvieron una catarsis al discutir los conflictos michoacanos… En Bélgica aprobaron la eutanasia infantil. Ah, los derechos de los niños… El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación bateó ayer a Manuel Clouthier Jr, quien reclamara acción por su candidatura independiente. Le recordaron que faltan las leyes secundarias que las rijan… Al entregarse a las autoridades norteamericanas el ex tesorero de Coahuila Héctor Javier Villarreal abre un océano de posibilidades sobre el futuro del ex gobernador Moreira…

 

 

 

Presidencia irá a la Suprema Corte por pleito de televisoras

Animal Político

Notimex

13 de febrero de 2014

 

 

La Presidencia de la República anunció este jueves 13 de febrero que presentará esta tarde ante la Suprema Corte una controversia constitucional contra el fallo de un juez civil local que invalidó facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para resolver sobre la retransmisión gratuita en televisión de paga de los contenidos de televisión abierta.

 

En conferencia de prensa el vocero de la Presidencia, Eduardo Sánchez, detalló que la controversia que se presentará este jueves será contra los actos del Juez Trigésimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán a solicitud del IFT.

 

Detalló que la retransmisión de los contenidos de televisión abierta a la de cable, también llamados must carry y must offer, es un elemento esencial de la reciente reforma en materia de telecomunicaciones para generar competencia en el sector de la televisión de paga.

 

Además, destacó el funcionario, permite salvaguardar el derecho a toda persona a recibir las señales de la televisión abierta por medio de la televisión de paga, sin costo adicional y una forma de proteger el derecho a la información plural y oportuna.

 

Acompañado por el consejero jurídico, Humberto Castillejos Cervantes, aclaró que el recurso que se interpondrá ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no afectará la aplicación de la ley en materia de telecomunicaciones, ni la retransmisión que actualmente se realiza en los contenidos de la televisión abierta a la de paga.

 

Sánchez Hernández comentó que de acuerdo con la Constitución es el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) el que debe resolver sobre la retransmisión de contenidos -must carry y el must offer gratuito- no un juez local, que en este caso es del Distrito Federal.

 

Dijo que por ello el hecho de que un juez local notifiqué a dicho instituto que carece de competencia en esa materia, argumentando la posible violación de derechos de autor, invade las facultades que a la Federación le otorga la Constitución Política.

 

En ese sentido, recordó que la Suprema Corte ha establecido en varios precedentes que el presidente de la República puede promover una controversia constitucional para proteger las facultades de la Federación, aun cuando estén conferidas en otro poder federal.

 

Mencionó que también el máximo tribunal del país ha señalado que en casos excepcionales, como este, procede la controversia constitucional en contra de actos judiciales, si es el caso que se invadan competencias de la Federación.

 

El vocero de la Presidencia detalló que además de promover hoy mismo la controversia, el consejero jurídico del Ejecutivo federal ha sido instruido para que señale como tercero interesado, al Instituto Federal de Telecomunicaciones, y que se mantenga una estrecha coordinación con ese órgano para la defensa de sus facultades

 

A su vez, el consejero jurídico dijo que ayer el IFT solicitó a la Presidencia de la República interponer esta controversia, en virtud de que juez trigésimo segundo de lo civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, había invalidado las facultades antes señaladas.

 

 

 

 

Grupo Televisa congela facultades del IFT

El Financiero

Ramiro Alonso

14 de febrero de 2014

 

 

La controversia constitucional generada por una orden judicial, solicitada por Televisa, que impide al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) pronunciarse sobre la retransmisión de canales de televisión abierta, congelará por tiempo indefinido la regulación conocida como must offer, must carry, dijeron expertos.

“Éste tema va a estar congelado quizá hasta por un año”, dijo Irene Levy, presidenta del Observatorio de las Telecomunicaciones (Observatel).

El miércoles pasado, el IFT decidió retirar de la orden del día la resolución para emitir los Lineamientos Generales en materia de oferta y retransmisión de las señales radiodifundidas, mas conocidos como must offer y must carry, después de que un juez del Distrito Federal cuestionó las facultades del regulador en torno a este tema.

Ayer, a solicitud del IFT, el poder Ejecutivo federal promovió una controversia constitucional para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirme las facultades conferidas al regulador para temas sobre la retransmisión de las señales de televisión abierta.

“Quienes ganan con esto son quienes pidieron al juez que detuviera el proceso”, expuso Levy, quien añadió que es necesario que los legisladores tomen en cuenta este modus operandi para que sea disminuido en las leyes secundarias de telecomunicaciones.

El IFT informó que la decisión del juez se derivó de un juicio iniciado en 2011 por Grupo Televisa en contra de Comercializadora de Frecuencias Satelitales (Dish México), empresa que actualmente retransmite los canales de Televisa y TV Azteca con el argumento de que la reforma al sector de telecomunicaciones se lo permite.

Sergio Legorreta, abogado de Baker&McKenzie, consideró que la resolución de la controversia puede tomar varios meses para que sea resuelta por la SCJN.

A decir del experto, este problema derivó por la falta de precisión en el texto constitucional, así como de la ausencia de leyes secundarias, que debieron ser emitidas desde diciembre del año pasado.

“Lo mejor será que en la redacción de las nuevas regulaciones secundarias, tanto en materia de radiodifusión y telecomunicaciones, se precisen temas como estos para que no haya duda, porque podrían acabar en lo mismo”, advirtió Legorreta.

Agustín Ramírez, presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), consideró que “detrás de todo esto está el interés de alargar el asunto”. Y añadió que en la medida que esto se retraselas televisoras van a seguir en el mismo espacio de confort y van a alargar la situación desde lo más que se pueda.

Dish México, por su cuenta, presentó un recurso de queja administrativa ante las autoridades correspondientes, después de que el Juez 32, José Guadalupe Mejía Galán, de la Ciudad de México, consideró que el IFT no tiene facultades para manifestarse en torno al must carry, must offer.

Grupo Televisa rechazó las acusaciones de Dish México con respecto al litigio de la retransmisión.

 

 

 

Mal empieza el “súper Instituto”

El Financiero

Adrián Trejo García

14 de febrero de 2014

 

 

Que un juez X le haya “informado’’ al IFT que no tenía facultades para para resolver el conflicto de la retransmisión gratuita en la televisión de paga de los programas de la televisión abierta y que el Instituto dócilmente haya aceptado como orden el aviso, deja muy mal parados no sólo al juez sino la credibilidad del organismo presuntamente autónomo.

El IFT -el súper Instituto, se le llamó en las negociaciones de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones-, nació en sustitución de la Cofetel, sobre la que recayeron, consistentemente, sospechas de
corrupción o cuando menos de sesgos en sus decisiones.

Ahora el IFT está exactamente en la misma posición al decidir NO resolver la controversia entre Dish y Televisa, sobre la transmisión en televisión de paga de los programas de la televisión abierta.

Si claramente, como señala el comunicado del IFT, se tiene la razón jurídica de que el juez está invadiendo competencia de carácter federal, nomás no se explica el porqué se recurrió al tortuoso camino de la controversia constitucional para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que ratifique las atribuciones del Instituto.

Una táctica dilatoria -resolver la controversia tardará, en el mejor de los casos, meses- que pone en entredicho la supuesta autonomía del súper instituto que, por cierto, deberá pronunciarse el próximo 9 de marzo, como plazo máximo, sobre las empresas dominantes del sector y aplicar la legislación que se aprobó para terminar con la dominancia.

¿Qué se puede esperar si comenzó con el pie izquierdo?

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La fracción del PRI en la Cámara de Diputados propondrá a la Junta de Coordinación Política que cuando menos UNO de los cuatro consejeros actuales en lo que queda del Instituto Federal Electoral (IFE) repita en el cargo.

La razón es sencilla: si se nombra a 11 consejeros nuevos, tendrán que comenzar de cero la organización del proceso electoral del 2015, que se inicia oficialmente en octubre de este año.

Así que se hace necesario que haya alguien con experiencia que vaya guiando el trabajo de los recién estrenados consejeros; igualmente, el PRI propondrá que el reglamento interno del IFE se mantenga, por lo menos hasta que los nuevos consejeros sepan en donde se encentran los baños de sus respectivas oficinas.

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Más que renuncia, pareció limpia.

A la salida del mexiquense Francisco Rojas, de la dirección de la CFE,le siguieron ayer las de César Augusto Santiago, Abogado General, Carlos Flores Rico, Coordinador de Relaciones Institucionales, y Rogelio Cerda, Director de Administración de CFE.

En su lugar fueron nombrados Héctor de la Cruz y Roberto Martínez Espinosa como encargados de despacho de la Dirección de Administración y de la Oficina del Abogado General, respectivamente, y a Ángel Meixueiro como Jefe de la Oficina de Relaciones Institucionales.

En los días por venir habrá más cambios en direcciones del gobierno federal.

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Ora sí que Felipe Calderón debió decirle al senador Ernesto Cordero “no me defiendas compadre’’.

Y es que Cordero, en un acto de solidaridad, dijo antier durante la presentación de la Fundación del expresidente, “ya dejen en paz a Calderón’’, lo que en lugar de interpretarse como una atención hacia el expresidente, fue visto como un gesto de desesperación de la corriente calderocorderista.

Calderón, aunque diga que no, está jugando a favor de Cordero, pero en este momento debería considerar si es un activo para las aspiraciones del senador o un pasivo dentro del propio partido, dominado ampliamente por Gustavo Madero y compañía.

 

 

 

Hoy no hubo noticias relacionadas con QUID en Reporte Índigo, El Gratuito, La Jornada Jalisco y ADN Político.

jakysahagun

febrero 14, 2014

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