Gestión – 02 de noviembre de 2019

Tema: Gestión

Subtema: Legislación y normatividad

Actor (es): Empresas productoras de plásticos, Secretaría de Desarrollo Económico, Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial

Lugar (es): Jalisco

Entra en vigor norma para regular producción de bolsas y popotes

Partidero

Redacción

1 de noviembre 2019

Informativo

Guadalajara, Jalisco.-La Norma Ambiental Estatal (NAE) para la regulación de bolsas de agarre plásticas y popotes de un solo uso entró en vigor al publicarse en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, y especifica las características que los productos deberán tener para su comercialización.

Mediante la norma, cuyo objetivo es “reducir el impacto medioambiental considerando el contexto industrial estatal actual y el estado del arte nacional e internacional de las diferentes innovaciones tecnológicas en materia de plásticos”, se define que dichos productos deberán estar fabricados con un porcentaje mínimo de material reciclado posconsumo o ser biodegradables.

De acuerdo con las autoridades, en el caso del material reciclado posconsumo, éste será exigido de manera gradual, definido por el cronograma contenido en la norma, con el objetivo de realizar una transición asequible para los productores de bolsas de plástico de película.

Adicional al material reciclado posconsumo, el cual es el de mayor relevancia en términos ambientales, las bolsas de plástico para acarreo deberán incluir una cantidad igual o superior de material reciclado posindustrial, lo cual se traduce en que las bolsas presentarán un contenido de material reciclado del 20 por ciento en el primer año y 40 por ciento al final del quinto.

Por otro lado, debido a que el material biodegradable no puede ser reintegrado a las cadenas de reciclaje porque demerita sustancialmente la calidad del nuevo plástico producido, aquellos productores que declinen el uso de este material deberán fabricar bolsas que sean biodegradables al ser sometida a un proceso de compostaje.

Sobre los popotes de un solo uso, explica la norma, “debido a cuestiones de inocuidad estos no podrán contener material reciclado de ningún tipo y deberán al igual que las bolsas de plástico para acarreo, demostrar ser biodegradables al ser sometidos a un proceso de compostaje”.

A partir de su publicación, realizada ayer, las empresas productoras de plásticos tendrán un lapso de 365 días para adecuar sus procesos a los requerimientos establecidos.

Dentro de vigilancia de la NAE, se establece en los transitorios la emisión de un reglamento de certificación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial para verificar el cumplimiento de los requisitos.

En tanto, los ayuntamientos tendrán que hacer las modificaciones reglamentarias necesarias durante los meses de noviembre y diciembre.

A decir de las autoridades, previo a la publicación de la norma, especialistas han llevado a cabo un programa de asesoramiento para el sector productivo para el conocimiento y desarrollo de materiales permitidos en la NAE.

Por su parte, la Secretaría de Desarrollo Económico inició los trabajos para implementar un programa de apoyos, a efecto de que las empresas que actualmente producen plásticos de un solo uso, puedan adecuar las tecnologías para atender lo que se establece en la NAE.

 

 

Tema: Gestión

Subtema: Legislación y normatividad

Actor (es): Doctor Milton Vázquez Lepe, investigador de la Universidad de Guadalajara (UdeG), Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet)

Lugar (es): Jalisco

Fabricantes de bolsas de plástico deben migrar a materiales sustentables

El Informador

Rodrigo Rivas Uribe

 

Con seis meses de retraso, fue publicada y entró en vigor la Norma Ambiental Estatal (NAE) que establece los criterios ambientales y las especificaciones técnicas que deben cumplir las bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso que se distribuyan o comercialicen en el Estado.

Toda bolsa de plástico para acarreo que se comercialice a nivel estatal debe cumplir con contener un porcentaje mínimo de material reciclado o demostrar ser una bolsa compostable.

Se detalla que la introducción del material reciclado en la producción de bolsas de plástico el primer año debe ser de 20%; segundo y tercer año llegar a 30% y en el cuarto alcanzar 40%. En la reglamentación se da plazo de doce meses para que los industriales del plástico modifiquen sus procesos para cumplir los lineamientos y criterios que se especifican en la NAE.

En el caso de los popotes de un solo uso establece que deberán demostrar ser popotes compostables.

Con la NAE se completa la regulación para el cumplimiento de la reforma a la Ley de Equilibrio Ecológico del Estado, vigente desde octubre del año pasado, con la que se restringió la utilización de plásticos de un solo uso.

La norma tendría que haberse publicado en abril pasado, luego de que concluyeron las mesas de consulta con especialistas e industriales. La NAE detalla las pruebas técnicas que aplicarán a los materiales y especificaciones como el grosor y dimensiones de los productos.

El doctor Milton Vázquez Lepe, investigador de la Universidad de Guadalajara (UdeG), que participó en una de las mesas para la elaboración de la norma, comentó que plantearon que la regulación fuera flexible y gradual en su aplicación. Explicó que los plásticos se deben reutilizar para hacer bolsas y aumentar el reciclaje de material postconsumo.

“Me parecía mal que se prohibieran los plásticos porque son materiales que se pueden reutilizar si tienen el tratamiento adecuado. El problema no es tanto el plástico, sino que no hay los sistemas de reciclaje eficiente para que puedan ser reutilizados”, comentó.

Para la vigilancia de la aplicación de la norma, se expone que Gobierno del Estado y los Ayuntamientos podrán realizar auditorías ambientales calendarizadas y aleatorias a los productores, transportistas y comercializadores de bolsas de plástico para acarreo y popotes. El Ejecutivo estatal y los municipios podrán celebrar convenios para el ejercicio de facultades de inspección y vigilancia. Ahora corre el plazo de 60 días para que los ayuntamientos modifiquen sus reglamentos

Lo que sigue

-La Semadet emitirá los lineamientos y criterios del proceso de certificación de empresas dentro de los seis meses posteriores.

-La secretaría elaborará, publicará y mantendrá actualizado un padrón de empresas certificadas para la producción y comercialización de bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso bajo las especificaciones de la norma. El proceso de certificación será mediante solicitud a la secretaría.

-Dentro de los doce meses posteriores a la publicación de la norma deberán adecuarse los procesos de la industria conforme a los lineamientos y criterios establecidos.

-Todo programa implementado por la norma debe acompañarse de campañas de difusión y promoción de manejo integral de residuos.

-Los municipios tienen plazo máximo de dos meses para modificar sus reglamentos.

 

 

Tema: Gestión

Subtema: Demandas de la sociedad civil

Actor (es): Biblioteca Pública del Estado de Jalisco Juan José Arreola, doctor Eduardo Santana Castellón, coordinador general del Museo de Ciencias Ambientales

Lugar (es): Guadalajara, Jalisco

Con un altar recuerdan a 21 activistas ambientalistas asesinados en México

El Occidental

Víctor Chávez

1 de noviembre de 2019

Informativo

 

México es el cuarto país en América Latina con el mayor número de activistas asesinados, 21 para ser exactos, y para ellos la Biblioteca Pública del Estado de Jalisco Juan José Arreola los honra con un altar de muertos llamado “Mártires por el medioambiente”, inaugurado este jueves en el mezanine de dicha dependencia, en conjunto con el Sistema de Educación Media Superior y el Museo de Ciencias Ambientales del Centro Cultural Universitario.

Son aquellos que han sido asesinados en la defensa de su territorio y de los recursos naturales.

El doctor Eduardo Santana Castellón, coordinador general del Museo de Ciencias Ambientales explicó que, a sugerencia de los alumnos y profesores de la Preparatoria 15, decidieron crear un altar de muertos “que resalta el sacrificio de los activistas sociales y ambientales que han perdido la vida denunciando los ataques y las ofensivas contra la naturaleza, contra su territorio, contra sus recursos y contra los derechos humanos”.

Santana Castellón recordó que, de acuerdo al “Informe sobre la situación de las personas defensoras de los derechos humanos y ambientales en México 2018”, del Centro Mexicano de Derecho Ambiental en 2018, hay registro de por lo menos 21 asesinatos de personas defensoras ambientales en México, lo que mantiene la tendencia letal de 2017 cuando el país fue incluido en el cuarto lugar del mundo donde más se han producido asesinatos de esta índole”.

Casi 60 por ciento de las personas asesinadas en 2017 eran de América Latina, detalló; para luego destacar que 46 fueron asesinadas por manifestarse contra la forma en que se producen los alimentos y que entre 2015 y 2016 fueron reportados 63 ataques a ciudadanos que se oponían a obras hidráulicas, hidroeléctricas, mineras, inmobiliarias y de infraestructura. Una quinta parte incluyó homicidios, agresión física, privación de la libertad, desalojo forzoso, allanamiento y robo.

“Es evidente el desequilibrio de poder entre el Estado y las empresas, por un lado, y las comunidades y defensores de derechos ambientales, por otro. La precariedad de las instituciones del Estado mexicano no le han permitido hacer valer los mecanismos democráticos y participativos de gobernanza para el bien común”, expresó Santana Castellón.

Por otro lado, el licenciado José Trinidad Padilla López, director de la Biblioteca Pública del Estado Juan José Arreola explicó que el altar de muertos es un sincretismo entre las culturas prehispánicas con el catolicismo y es una tradición que ha sobrevivido al tiempo y se mantiene vigente entre los mexicanos.

 

Se dedica este altar, dijo, a los defensores del medio ambiente como una manera de preservar la memoria y su legado, para que quienes asistan a observarlo recuerden lo importante que es defender los recursos naturales.

La maestra Helen Ladrón de Guevara Cox, representante de la UdeG en la Federación Internacional de Asociaciones Bibliotecarias, señaló que esta es una muestra de que la Biblioteca Pública ha apostado por los derechos humanos y la libertad de expresión.

 

Tema: Gestión

Subtema: Legislación y normatividad

Actor (es): Gobierno de Jalisco, Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet), Secretarías de Innovación, Ciencia y Tecnología (SICyT), y Desarrollo Económico (Sedeco)

Lugar (es): Jalisco

Gobierno de Jalisco publica reglas para uso responsable de popotes y bolsas de plástico

El Occidental

Víctor Chávez

1 de noviembre de 2019

Informativo

 

El Gobierno de Jalisco publicó la norma para regulación de bolsas de agarre y popotes de un solo uso que establece las especificaciones técnicas requeridas para la producción, distribución, comercialización y uso de bolsas de plástico para acarreo y popotes de un solo uso en el Estado de Jalisco.

Apareció en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco la Norma Ambiental Estatal (NAE) por lo que las empresas tendrán un año para adaptar sus productos u ceñirse a estas normas.

Ahí se definen las propiedades físicas y químicas, así como sus correspondientes métodos de prueba, que deben presentar estos dos productos; esto, con el objetivo de reducir su impacto medioambiental considerando el contexto industrial estatal actual y el estado del arte nacional e internacional de las diferentes innovaciones tecnológicas en materia de plásticos.

Para las bolsas de plástico para acarreo los requisitos son:

Deberán contener en su composición un porcentaje mínimo de material reciclado posconsumo o de material biodegradable.

En el caso del material reciclado posconsumo, este será exigido de manera gradual, definido por el cronograma contenido en la Norma, con el objetivo de realizar una transición asequible para los productores de bolsas de plástico de película.

Adicional al material reciclado posconsumo, el cual es el de mayor relevancia en términos ambientales, las bolsas de plástico para acarreo deberán incluir una cantidad igual o superior de material reciclado posindustrial, lo cual se traduce en que las bolsas presentarán un contenido de material reciclado del 20 por ciento (10% posconsumo y 10% posindustrial) en el primer año y 40 por ciento (20% posconsumo y 20% posindustrial) al final del quinto.

Debido a que el material biodegradable no puede ser reintegrado a las cadenas de reciclaje porque demerita sustancialmente la calidad del nuevo plástico producido, aquellos productores que declinen el uso de este material deberán fabricar bolsas que permitan asegurar que ésta será biodegradable al ser sometida a un proceso de compostaje, mismo que será demostrado al cumplir con el estándar ASTM D6400-19.

Los popotes

Por lo que respecta a los popotes de un solo uso:

Debido a cuestiones de inocuidad estos no podrán contener material reciclado de ningún tipo y deberán, al igual que las bolsas de plástico para acarreo, demostrar ser biodegradables al ser sometidos a un proceso de compostaje conforme al estándar ASTM D6400-19.

Se concede un periodo de 365 días naturales, posterior a la fecha de la entrada en vigor de la NAE para que los productores adecuen sus procesos a los requerimientos establecidos.

Dentro de vigilancia de la NAE, se establece en los transitorios la emisión de un reglamento de certificación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos. Los ayuntamientos tendrán que hacer las modificaciones reglamentarias necesarias durante los meses de noviembre y diciembre.

La Semadet, en coordinación con las Secretarías de Innovación, Ciencia y Tecnología (SICyT), y Desarrollo Económico (Sedeco) han trabajado de manera coordinada desde el mes de febrero para el desarrollo de la NAE. Para su elaboración, durante los meses de marzo y abril se realizaron mesas de trabajo con la comunidad académica, cámaras de industriales y de comercio, asociaciones civiles y organismos representativos.

A la par, la SICyT llevó a cabo un programa de asesoramiento para el sector productivo para el conocimiento y desarrollo de materiales permitidos en la NAE. Por su parte, la Sedeco inició los trabajos para implementar un programa de apoyos, a efecto de que las empresas que actualmente producen plásticos de un solo uso, puedan adecuar las tecnologías para atender lo que se establece en la NAE.

La NAE fue evaluada por miembros de la Semadet, la SICyT y la Sedeco, en conjunto con académicos y académicas con amplia trayectoria en tecnologías para el reciclados y materiales biobasados y biodegradables, de diversas instituciones como la Universidad Autónoma Metropolitana, Universidad de Guadalajara, ITESM, CIATEJ, UNIVA, ITESO, entre otras. La NAE en materia de bolsas de agarre y popotes de un solo uso se puede consultar en el Periódico Oficial

 

etius

noviembre 2, 2019

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