Autoridades Electorales – del 15 de abril de 2018

Categoría: Autoridades Electorales

Etiqueta: TEPJF

Tema:

Género: informativo

 

Partidos de coalición tienen 72 horas para presentar nuevas plantillas

Quadratín Jalisco

Redacción/Quadratín Jalisco

14 de abril de 2018

 

GUADALAJARA, Jal; 14 de abril de 2018.- Los partidos políticos integrantes de la colación del PAN; PRD y Movimiento Ciudadano, tras la orden de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tienen 72 horas para presentar nuevas planillas por separado en 7 municipios, explicó el consejero presidente del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco, Guillermo Alcaraz Cross. “Se pone a consideración de los partidos para que ellos dentro del término de 5 días decidieran si se mantienen coaligados en estos 7 municipios o si deciden ir separados en estos 7 municipios, ya no había la oportunidad de una coalición solamente en dos de los tres partidos coaligados, y a partir de ello lo que resuelven los partidos es presentarnos una nueva propuesta con una modificación en la que van a participar de manera individual, el domingo es el término, nosotros esperamos que cumplan con agilidad, me parece que de alguna manera ya habían algunas formas pre establecidas de presentar estas planillas por la decisión que cada uno había tomado, inclusive Acción Nacional iba por separado”. La autoridad electoral en sesión extraordinaria aprobó requerir a los partidos políticos integrantes de la coalición “Por Jalisco al Frente” para que en un plazo de 72 horas comparezcan ante este Instituto para realizar los registros de las candidaturas correspondientes. El pasado 5 de abril de 2018, la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco (TEEJ) que autorizaba al Partido Acción Nacional a postular por sí mismo candidaturas en 7 de los 76 municipios incluidos en el convenio de la coalición integrada por los partidos Movimiento Ciudadano, Acción Nacional y de la Revolución Democrática. La Sala Regional Guadalajara dio la razón al partido actor (MORENA), pues el convenio de coalición en los términos autorizados por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco era contrario a la obligación prevista en la ley en el sentido de que las coaliciones deben ser uniformes. En los siete municipios sólo participarían dos de sus tres integrantes (PRD-PMC) y se pretendía que el tercero (PAN) registrara candidaturas propias en los mismos. Por lo tanto, se revocó la sentencia y se otorgó un plazo de cinco días para que los partidos políticos integrantes de la coalición pudieran hacer los ajustes necesarios a su convenio, mismos que vencieron el pasado 10 de abril. Los municipios en donde se vulneraba el principio de uniformidad con las candidaturas dinámicas propuestas por la coalición “Jalisco al Frente” son: Tecolotlán, Zapotiltic, Zapotlán el Grande, Chapala, Cihuatlán, Mixtlán y Mazamitla.
 

etius

abril 15, 2018

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