Categoría: Autoridades Electorales
Etiqueta: Triejal, PRI
Tema: publicidad electoral
Género: Informativo
Amonestan al PRI, y a su candidato Almaguer lo sancionan con 40 mil 300 pesos
El Occidental
Rosario Bareño Domínguez
06 de abril de 2018
El Tribunal Electoral del estado sancionó con 40 mil 300 pesos al candidato del PRI a la presidencia municipal de Guadalajara Eduardo Almaguer Ramírez y amonesta al PRI por difundir videos en sus redes sociales que no cumplen con las obligaciones de señalar que es propaganda dirigida a la militancia así como un video con menores de edad que no garantiza la aceptación de sus padres de aparecer en material propagandístico. El denunciante es Movimiento Ciudadano.
Por unanimidad de votos de los magistrados electorales se procedió al procedimiento sancionador especial con número: PSE-TEJ-009/2018
En la sesión de este jueves 5 de abril el Tribunal Electoral determinó la sanción de $40,300 pesos a Jesús Eduardo Almaguer Ramírez, candidato de dicho partido a la Presidencia Municipal de Guadalajara, y una amonestación pública al Partido Revolucionario Institucional.
Los motivos de la sanción son: Por difundir 5 videos (propaganda electoral de precampaña) en sus redes sociales (internet) que no cumplen con la obligación de señalar, de manera expresa, que dicha propaganda iba dirigida a la militancia de su partido político y la calidad de precandidato de quien es promovido, conforme lo establecen los artículos 229 y 230 del Código Electoral y de Participación Social del Estado de Jalisco.
Así como: Por difundir 1 video (jingle) en sus redes sociales (internet) en el que aparecen varios menores de edad, sin que éstos o sus padres hayan otorgado su consentimiento, lo cual transgrede los lineamientos para la protección de niñas, niños y adolecentes en materia de propaganda electoral, emitidos por el Instituto Nacional Electoral, al NO cumplir el candidato con su obligación de garantizar, de manera plena, los derechos de los menores en torno a la utilización de su imagen y la protección de sus datos personales.
Además a lo largo del video (con duración total de cuarenta y cuatro segundos) se observa la aparición de nueve menores de edad, en un plano de preponderancia respecto al promocional difundido, lo que al difundirse a través de recles sociales utilizando estas imágenes, puede resultar en una posible afectación al interés superior del menor y la violación a su derecho a la imagen y privacidad.
Los hechos que motivan la denuncia son los videos difundidos por el precandidato Eduardo Almaguer en su Fan Page de Facebook, a través de la cual se promueve su precandidatura en la señalada red social.
Cabe señalar que parte del contexto que se debe considerar es la temporalidad en la que se hicieron las publicaciones, en el periodo de precampaña y el medio, una página de Facebook que por sus características se utiliza con fines de promoción y comercialización.
[hr]
Categoría: Autoridades electorales
Etiqueta: Triejal, PRI
Tema: publicidad electoral
Género: Informativo
Multan a Almaguer por actos anticipados de campaña
Liliana Navarro
Mural Noticias
06 de abril de 2018
Por realizar propaganda política de manera anticipada y utilizar a menores de edad en dichos actos, el candidato a la Alcaldía de Guadalajara por PRI, Eduardo Almaguer Ramírez, fue sancionado por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco (TEJ).
El órgano jurisdiccional resolvió con fecha 5 de abril de 2018, que el candidato tricolor tendrá que pagar una multa de 40 mil 300 pesos.
La infracción cometida por el priista fue calificada como ‘grave ordinaria’, por lo que se desechó una segunda sanción contemplada en el Artículo 458 del Código Electoral y de Participación Social de Jalisco, qué consiste en perder cancelarle la candidatura.
“La pérdida del registro de su candidatura o su eventual cancelación, resultarían excesivas y desproporcionadas atento a las circunstancias específicas que rodearon las infracciones”, refiere el documento.
El procedimiento sancionador contenido en el expediente PSE-TEJ-009 es resultado de la denuncia presentada por el Partido Movimiento Ciudadano (MC) en contra del Eduardo Almaguer y del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el pasado 21 de febrero.
MC ofreció como pruebas fotografías y videos que Eduardo Almaguer difundió en redes sociales y en una ‘fan page’ a través de Internet, en los que aparece realizando presuntos actos de precampaña sin el cintillo con la leyenda de que los mensajes van dirigidos a la militancia de su partido.
Al PRI se le atribuye la inobservancia de los actos inadecuados, además de que se considera que se violaron derechos de menores de edad al utilizar su imagen para transmitir mensajes de propaganda política.
De esta manera, el Tribunal ordena al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC) que en un término de tres días hábiles, a partir de recibir la notificación, exija el pago de la multa a Eduardo Almaguer Ramírez, quién a su vez tendrá 15 días para efectuarlo.
Por su parte, el PRI se hizo acreedor a una amonestación pública por incurrir en inobservancia.
0 Comments