Legislación en materia de radiodifusión y telecomunicaciones – 9 de noviembre de 2017

Niega Corte amparo a Telemex

El Universal

Diana Lastiri

09 de noviembre de 2017

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo a la empresa Teléfonos de México, S. A. de C. V., contra las multas que recibió por instalar cabinas telefónicas en las calles de la Ciudad de México sin contar con autorización para ello.

Durante la sesión de ayer, la Segunda Sala de la Corte avaló el proyecto presentado por la ministra Margarita Luna Ramos en el que se confirmó la sentencia de un Tribunal Administrativo que condenó a Telmex al pago de multas por incumplir con las reglas de desarrollo urbano de la capital.

Telmex solicitó el amparo contra las multas y alegó que la exigencia de los permisos de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda local para colocar casetas telefónicas en la vía pública impide que los servicios públicos de telecomunicaciones se presten conforme a lo establecido en la Constitución y con ello la empresa incurría en incumplimiento de las obligaciones contenidas en el título de concesión para explotar la red de servicio telefónico.

Los ministros de la Segunda Sala confirmaron el criterio emitido por la Sala Superior del Tribunal Federal de lo Contencioso Administrativo capitalino, en el sentido de que la concesión para explotar el servicio telefónico no exime a la empresa de tramitar los permisos correspondientes ante Seduvi.

El fallo confirmó la sentencia del 1 de julio del tribunal administrativo, por lo que las multas impuestas han quedado firmes.

Esta no es la primera vez que las empresas del Grupo Carso, propiedad de Carlos Slim, acuden a litigio ante la Corte.

En agosto pasado, los ministros de la Segunda Sala concedieron un amparo a la empresa Telcel de América Móvil contra la tarifa cero.

El fallo estableció que el Congreso no es competente para fijar la tarifa cero debido a que se trata de una competencia del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

El 3 de noviembre, el IFT eliminó de modo oficial la tarifa cero y determinó pagos de interconexión para servicios de telecomunicaciones móviles que regirán a partir de 2018.

La decisión ocurrió un año después de que la Corte negó un amparo a Telcel en contra de la obligación legal de prestar cuatro servicios de interconexión a sus competidores.

En noviembre de 2016, la Segunda Sala declaró constitucional el artículo 133 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, vigente desde 2014, con el que se obliga al agente preoponderante del sector a otorgar los servicios de conducción de tráfico, llamadas y mensajes cortos, enlaces de transmisión, puertos de acceso y señalización a sus competidores.

En noviembre de 2015 la Suprema Corte le negó otro amparo a Telmex contra una multa de 638.1 millones de pesos decretada en 2013 por la extinta Comisión Federal de Competencia.

El organismo consideró que Telmex incurrió en prácticas monopólicas relativas en el mercado de arrendamiento mayorista de enlaces dedicados y larga distancia.

 

Enacom presenta reglamento para radioaficionados en Argentina

Mediatelecom

Redacción

08 de noviembre de 2017

El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) de Argentina presentó un nuevo reglamento para regular la actividad de los radioaficionados, radio clubes, instituciones autorizadas e instituciones reconocidas, así como atribuir y reglamentar el uso de bandas de frecuencias para el Servicio de Aficionados y el Servicio de Aficionados por Satélite.

El reglamento establece las facultades del Enacom para regular todo lo relacionado a las licencias y uso de bandas.

A los radio clubes se les otorgará la categoría de Superior, con sus respectivos derechos y obligaciones. El nuevo reglamento muestra los requisitos que deben cumplir para obtener una licencia, además de lo que deben cumplir si desean tener filiales.

En el reglamento se detalla que además de los radio clubes, algunas instituciones podrán ser autorizadas para dictar cursos sobre técnica, reglamentación y ética operativa, telegrafía y cursos afines a la actividad, así como también tomar exámenes para ingreso y ascenso de categorías de radioaficionados.

Por otra parte, podrán ser instituciones reconocidas (con una licencia de categoría superior) para fomentar el ingreso, difusión y práctica de la actividad, a través de Prácticas Operativas, los centros de investigación, fuerzas armadas y de seguridad, dirección de defensa/protección civil nacional, provincial y municipal, Cruz Roja Argentina, grupos scout que pertenezcan a algunas de las asociaciones reconocidas legalmente y que posean personería jurídica vigente, y otras afines a la actividad.

Existirán cuatro categorías de radioaficionados: novicio, general, superior y especial. Los radioaficionados pueden ser personas que habiten en Argentina desde una edad mínima de 9 años y con opción a renovación de licencia. Asimismo, existen autorizaciones para radioaficionados extranjeros que no poseen residencia permanente.

El reglamento también establece los trámites a realizar para obtener permisos internacionales de radioaficionados, así como las reglas para la instalación y operación de estaciones fijas y/o móviles respecto a las frecuencias, clase de emisión, potencia y condiciones que correspondan a su categoría, incluidas las estaciones repetidoras.

De no cumplirse con lo establecido por el reglamento, se establecen las infracciones y sanciones a las que se harán acreedores los radioaficionados, radio clubes, instituciones autorizadas e instituciones reconocidas.

jakysahagun

noviembre 9, 2017

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