Legislación en materia de radiodifusión y telecomunicaciones – 8 de agosto de 2017

Convergencia en telecom debe ser para todos: expertos
El Financiero
Itzel Castañares
7 de septiembre de 2017
 
La recomendación de la OCDE para que se permita a Telmex ofrecer TV de paga en pos de la convergencia no debería limitarse al agente económico preponderante, ya que, en opinión de expertos, es necesario que los demás operadores también ofrezcan otros servicios.
“Se ha satanizado el tema de la convergencia porque siempre se piensa en Telmex y TV, pero es mucho más que eso. Lo que quisiéramos ver es que Televisa tenga móvil, que AT&T tenga TV o una red fija más robusta, pero que todos tengan una oferta convergente”, comentó Efrén Páez, analista de Mediatelecom, Policy & Law.
Esto, con el objetivo de que el usuario tenga la capacidad de elegir diferentes servicios entre diferentes proveedores, pues con convergencia tendrías más opciones de telefonía, internet y TV.
Gabriel Sosa Plata, experto en temas del sector, destacó que los operadores con concesiones únicas podrían ser convergentes, pero muchos no lo han hecho porque no han querido.
 
Aprueban prisión por filtrar imágenes íntimas
El Informador

7 de septiembre de 2017
Las personas que en Jalisco publiquen videos o fotografías con contenido erótico o sexual sin el consentimiento de los expuestos (sexting), que a través de internet engañen a menores para tener contacto con ellos o para conseguir este tipo de material (grooming), o que induzcan al suicidio (como en el reto de la ballena azul), irán a la prisión.
Por unanimidad, el pleno del Congreso del Estado aprobó incluir en el Código Penal estas prácticas.
Los diputados jaliscienses avalaron que los responsables de sexting serán encarcelados hasta ocho años si llevan a cabo esta acción a través de computadoras, celulares, tabletas o cualquier otro dispositivo. Sin embargo, si el afectado es un menor de edad, se les aplicará la sanción vigente en el Código Penal federal respecto a la pornografía infantil y abuso de menores, por lo que pasarían hasta 12 años encerrados en un penal y tendrían que pagar más de 150 mil pesos.
Por grooming, los legisladores acordaron castigos de seis a 12 años de cárcel y multas de hasta 41 mil 519 pesos cuando un adulto contacte a un menor con mentiras o lo incite a que le proporcione imágenes íntimas e información personal.
La priista Rocío Corona Nakamura, promotora de la reforma, comentó que, a raíz de la difusión de diversos retos que llevan al suicidio, se avaló la imposición de penas de 10 días a tres años de prisión a quien instigue a una persona a infligirse lesiones y a realizar actos que lo pongan en peligro. Si un menor pierde la vida por este tipo de acciones, el aprisionamiento del promotor podría durar hasta 50 años.
La legisladora tricolor refirió que, de acuerdo con estadísticas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), México ocupa el primer lugar en América Latina en casos de sexting. “Cuando las imágenes se vuelven virales pueden desencadenar depresión, estrés o angustia. Los que sobreviven al sexting viven cibertatuados”, agregó.
Puntualizó que para investigar y dar seguimiento a estos delitos se buscará reforzar el actuar de la Policía Cibernética. Sin embargo, esta medida no se mencionó en el dictamen aprobado.
Estos tres ilícitos se incluyeron en el título quinto del Código Penal en el capítulo de “Ultrajes a la Moral o a las Buenas Costumbres e Incitación a la Prostitución”. La reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
 
Tipifican como delito sexting, grooming y ciberacoso
El Informador
Rodrigo Rivas
7 de septiembre de 2017
El Congreso de Jalisco aprobó reformas al código penal estatal para que se considere un delito publicar en internet vídeo o fotografías intimas, sin el consentimiento de los involucrados. Se especifica que, si la difusión de las imágenes se realiza a través de celulares, computadoras, tabletas o utilizando cualquier otra tecnología, la pena será de cuatro a ocho años de prisión.
Cuando el agresor reproduzca las imágenes en físico en fotocopias o fotografías y las reparte o exhibe, se le impondrá una pena de dos a cinco años de prisión.
En lo referente al grooming, se castigará de seis a 12 años de prisión y con multa de hasta los 41 mil 519 pesos cuando un adulto contacte a menores vía internet y lo incite a proporcionar material gráfico o información personal.
La reforma referente a la instigación al suicidio, se impondrán de tres días a 10 años si el acto se concreta y hasta ocho años si queda en el intento, pero deja daños severos en la víctima. En caso de que se trate del suicidio de un menor de edad la sanción sería de 20 a 40 años. La pena podrá aumenta hasta 50 años cuando el proceso de instigación a conductas suicidas o retos que ponga en riesgo la vida se cometa usando tecnologías de información.
La diputada priista Corona Nakamura, promotora de la reforma, comentó que para investigar y dar seguimiento a estos delitos se buscará reforzar el actuar de la policía cibernética. La reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

jakysahagun

septiembre 8, 2017

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