Legislación en materia de radiodifusión y telecomunicaciones – 7 de abril de 2017

5 puntos para entender el debate sobre audiencias
El Economista
Nicolás Lucas
6 de abril de 2017
La publicación de las políticas por parte del IFT que obligan a las empresas de radio y televisión a proteger a la infancia de contenidos aptos para mayores o de advertir cuando una información es publicidad y no una noticia, ha provocado que los diputados busquen reformar el Artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con el fin de que estas disposiciones no transgredan los derechos de libertad de expresión de los comunicadores en medios electrónicos.
El miércoles, la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen para hacer cambios normativos que resten atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en la regulación del derecho de las audiencias de radio y televisión.
En caso de que el dictamen obtenga el visto bueno del pleno de la Cámara, las empresas de radio y televisión podrán informar a sus audiencias cuando un contenido ha sido contratado por un anunciante. Se trata de una reforma al Artículo 256 de la LFTR, en su reglamentación secundaria, que afectará también al IFT en sus atribulaciones de regular, vigilar y sancionar en materia de defensoría de audiencias.
De aprobarse las modificaciones, también quedarían suprimidas las atribuciones del regulador que lo respaldan en materia de audiencias, principalmente aquellas relacionadas con su facultad de constituir un comité para ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen los derechos de las audiencias.
A continuación te presentamos punto por punto lo que debes tener en cuenta para conocer a detalle este debate:

  1. ¿Qué establecen los Lineamientos de las Audiencias del IFT?

Audiencias deben recibir contenidos con pluralidad social, política, cultural y lingüística mexicana
Derechos de las audiencias con discapacidad a recibir contenidos conforme a sus condiciones
Diferenciación entre información noticiosa, opinión y publicidad
Obligación de empresas a conceder el derecho de réplica
Concesionarios deben tener un código de ética
También un defensor de audiencias avalado por el IFT
Respeto a horarios de programación y avisos de cambio de programa en pantalla (TV)
Misma calidad y niveles de audio y/o video en programas como publicidad

  1. ¿Qué podría hacer el IFT si los concesionarios incumplen?

Suspender precautoriamente programación que afecte a las audiencias
Imponer multas de entre 1 y 3% de los ingresos de las empresas

  1. ¿Qué quieren hacer los diputados del PAN y Movimiento Ciudadano?

Reformar la Fracción III del Art. 256 de la Ley Telecom
Derogar facultad del IFT para suspender programación

  1. ¿Por qué?

Consideran que el IFT se extralimita en sus atribuciones
Que Lineamientos vulneran derechos de comunicadores
Que son contrarios a los Arts. 6 y 7 de la Constitución

  1. ¿Y la Suprema Corte?

La SCJN también se pronunciará si IFT se extralimitó
El tropezado camino de los Lineamientos de las Audiencias
Y aquí, una cronología sobre cómo se ha desarrollado la regulación de las audiencias:
2013: 11 de junio:
Congreso aprueba La Ley Telecom (LFTR) y crea el IFT
LFTR mandata a IFT a crear políticas que protejan las audiencias
2014: 2 de marzo:
Cofepris y Cofemer quieren sacar comida chatarra de Radio y TV
Buscan a IFT y Segob para desarrollar las políticas
3 de septiembre:
ONGs e INSP presentan estudios sobre publicidad engañosa en TV
2015: 14 de julio-7 de septiembre:
IFT lanza consulta pública sobre Derechos de Audiencias
1 a 9 de noviembre:
Segob informa y publica reclasificación de programas en TV
IFT y ONGs se inconforman
2016: 29 de noviembre:
Pleno de IFT aprueba los Lineamientos de Audiencias
21 de diciembre:
IFT publica en DOF los “Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias”
Entrarán en vigor el 16 de febrero de 2017
2017: 29 de enero
Iglesia dice que Lineamientos de IFT “manipulan” los derechos humanos
31 de enero:
Presidencia y Senado presentan controversias vs IFT y Ley Telecom
1 de febrero:
IFT posterga 6 meses los Lineamientos de Audiencias
2 de febrero:
SCJN admite las controversias de Presidencia y Senado
4 de abril:
PAN y MC presentan 2 iniciativas de reforma a LFTR
Reforma a Art. 256 sobre audiencias, objetivo
5 de abril
Diputados crean dictamen único y lo aprueban en comisiones
Fuentes: Cofemer, Cofepris, Instituto Nacional de Salud Pública, Cámara de Diputados, IFT, Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, DOF y Semanario Desde la fe.
 
Radio y TV buscan no ser sancionados: Amedi
El Universal
Carla Martínez
7 de abril de 2017
Los diputados aprobaron que los concesionarios de radio y televisión no serán sancionados en materia de derechos de las audiencias.
“A los concesionarios muy poco les importan los derechos de las audiencias y no quieren ser sancionados por pasar encima de ellos y de los lineamientos que los norman”, comunicó la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi).
Este miércoles, la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que eliminan la posibilidad de que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sancione el incumplimiento de los Lineamientos Generales de Defensa de las Audiencias.
Estos cambios deben ser votados por el Pleno de la Cámara de Diputados antes de que concluya abril.
“Los diputados que aprobaron el dictamen tampoco se preocupan por las audiencias, porque nadie que deroga una atribución sancionatoria a un ente regulador de una industria que presta un servicio público, puede seriamente estar comprometido con el bienestar de las audiencias”, aseguró la Amedi.
El trasfondo del dictamen y lo inédito de la iniciativa elimina los beneficios de la cultura, la preservación de la pluralidad y la veracidad de la información, expuso.
Por su parte, organizaciones indígenas lamentaron que se dictaminara la iniciativa del diputado Federico Döring, del Partido Acción Nacional y del diputado José Clemente Castañeda, de Movimiento Ciudadano.
“Representa una grave violación a los derechos colectivos de los pueblos indígenas que forman parte de la identidad nacional y que su reconocimiento como parte de la sociedad mexicana implica también su participación en todo medio de comunicación, expresándose la diversidad lingüística y cultural que hace a este país”, dijeron.
El IFT explicó que el Congreso consideró los derechos de las audiencias como parte de la reforma constitucional pues son clave para impedir monopolios de la opinión pública.
Agregó que, ante las descalificaciones de las que ha sido objeto, reiteró que ha actuado “conforme a su mandato constitucional y cumpliendo a cabalidad con lo ordenado en la ley por el propio Congreso de la Unión”.
Por lo que las controversias constitucionales interpuestas por la Presidencia y el Congreso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) son una oportunidad para que se conozca el alcance y tutela efectiva de los derechos de las audiencias.
Sin embargo, el IFT dijo que respeta “la facultad del Congreso de la Unión para reformar la ley y adoptar, en su caso, un nuevo modelo de protección de derechos de las audiencias”.
Y confía en que esta facultad será ejercida con responsabilidad, objetividad y transparencia.

jakysahagun

abril 7, 2017

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