Legislación en materia de radiodifusión y telecomunicaciones – 3 de abril de 2017

Lineamientos de las Audiencias, otra vez en controversia por los niños
El Economista
Nicolás Lucás
3 de abril de 2017
Las diferencias entre personas y organismos de la sociedad civil que están en contra del gobierno federal por la manera en que fueron diseñados los lineamientos de las audiencias abrieron en la semana un nuevo capítulo, con la interposición de una demanda de la asociación A Favor de lo Mejor en contra de la Segob y la Subsecretaría de Normatividad de Medios.
A Favor de lo Mejor (AFM) interpuso el miércoles 29 de marzo una demanda de acción colectiva que tiene como propósito defender a la niñez mexicana de la transmisión de contenidos para adolescentes y adultos en horarios más tempranos, transmisiones para las que los niños no cuentan con la edad o conocimiento suficientes para discernir si son aptos para ser vistos por ellos o no, pues continuamente están próximos a un televisor o un receptor de radio sin supervisión de un mayor.
La demanda de AFM significa un esfuerzo más de la sociedad civil por instar a la Secretaría de Gobernación, con base en los mecanismos legales conducentes, a redefinir las estipulaciones de los llamados lineamientos de las audiencias que en la práctica establecen las clasificaciones y horarios en los que las empresas de radiodifusión deben transmitir sus contenidos al público.
A Favor de lo Mejor también retoma varios de los argumentos que en su momento interpuso la ex comisionada en la Cofetel, Clara Luz Álvarez, en su demanda en contra de los lineamientos que la Segob publicó en noviembre del 2015, que provocó una redefinición de los mismos por parte de la dependencia federal en febrero del 2017 y que ahora son contra los que A Favor de lo Mejor se manifiesta en su demanda.
Tanto Clara Luz Álvarez y A Favor de lo Mejor han argumentado en sus recursos legales que los lineamientos de las audiencias publicados por la Secretaría de Gobernación y la Subsecretaría de Normatividad de Medios violentan los derechos fundamentales de la niñez y que van contra políticas públicas del gobierno para ese sector de la población, por lo que terminan siendo un acto de inconstitucionalidad, debido a que además van en contra de una serie de artículos y leyes en la materia, como el Artículo 4 de la Constitución que vela por el buen desarrollo integral de la infancia mexicana.
Otros artículos con los que no empatarían los lineamientos publicados en febrero de este año son el primero, tercero, sexto y séptimo de la Carta Magna, así como los artículos tercero, cuarto y diecisiete de la convención sobre los Derechos del Niño, principalmente.
A Favor de lo Mejor intentará con su demanda que la Segob redefina los lineamientos de las audiencias a beneficio de la infancia mexicana, un hecho que la ex comisionada Clara Luz Álvarez estuvo a punto de lograr de lleno, si no es que la dependencia pudo maniobrar para alejarse de los alcances y para intentar dejar sin efectos al amparo que presentó Álvarez Castillo el año pasado.
Clara Luz Álvarez presentó una demanda en la materia el 2 de febrero de 2016 ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, órgano que admitió a trámite el recurso de la demandante, registrándola entonces con el número de expediente 9/2016.
La ex comisionada argumentó aquella ocasión que los lineamientos publicados en noviembre del 2015 eran violatorios de los derechos humanos y de las garantías previstas en los artículos primero, tercero, cuarto, sexto, séptimo, decimocuarto, decimosexto y vigesimoctavo de la Constitución.
Los lineamientos, dijo Clara Luz Álvarez en su demanda, transgreden los derechos de los niños a recibir programación radiodifundida que promueva su libre desarrollo armónico e integral, pues, explicó posteriormente Gabriel Sosa Plata, académico de la UAM Xochimilco, al permitir la Segob que se recorrieran las clasificaciones para adolescentes y adultos a horarios más tempranos, los niños serían bombardeados por contenidos y publicidad que afectan su desarrollo emocional.
La demanda de Clara Luz Álvarez prosperó, aunque ya no con el argumento de hablar en representación de todos los niños de México, sino con el interés legítimo de que los lineamientos afectarían a sus propios hijos.
Clara Luz Álvarez logró que el tribunal especializado dejara sin efectos algunos de los lineamientos, en particular con aquellos que tocaban el tema de los horarios. Pero en el intermedio, la Secretaría de Gobernación abrogó los lineamientos de noviembre de 2015 y publicó otros nuevos en febrero del 2017, de esta manera el recurso legal de la ex comisionada quedaría sin efectos.
Los lineamientos de las audiencias establecen que los niños están en posibilidad de mirar más programas para adolescentes y adultos en horarios que habitualmente eran suyos. De esta manera, contenidos de “clasificación B” pueden transmitirse desde las 16:00 horas, no desde las 20:00 horas. Y los contenidos para personas mayores de 15 años o “B15”, ahora pueden ser transmitidos desde las 19:00 horas, no desde las 21 y desde esa última hora aquellos que son propios de adultos, ya no desde las 22:00 horas.
La sentencia del tribunal expone que la transmisión de contenidos para adolescentes y adultos en horarios que antes eran exclusivos para niños, incidirá en el comportamiento de éstos:
“…Al tener los contenidos audiovisuales una gran incidencia en el comportamiento, desarrollo y formación de los niños, el hecho de que se permita que desde las dieciséis horas se transmitan contenidos para la audiencia conformada por adolescentes, afecta directamente a los niños en su desarrollo integral, si se toma en consideración que en ese horario son audiencia cautiva de la televisión…”.
“…Esta modificación redunda en perjuicio de la infancia mexicana, si se toma en consideración, que a diferencia de otras plataformas tecnológicas, el servicio de radiodifusión se puede recibir por la población en general con el simple hecho de encender un equipo receptor, lo que hace que los niños estén expuestos desde un horario más temprano -las dieciséis horas- a contenidos que no son aptos para esa clase de audiencia, que el establecido previo a la expedición de los lineamientos…”, se lee en los documentos.
Los lineamientos vigentes desde febrero han provocado una lluvia de quejas por parte de organismos de la sociedad civil como Observatel, la Amedi, la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA) y El Poder del Consumidor y continuarán en la agenda, como es el caso del recurso presentado en la semana por A Favor de lo Mejor, en tanto la Segob no redefina o publique unos lineamientos que no sean “prácticamente” iguales a los anteriores, como ocurrió en febrero tras advertir el resultado del amparo presentado por Clara Luz Álvarez, planteó Gabriel Sosa Plata, experto en temas de defensoría de audiencias y radiodifusión.
“La maniobra de la Segob fue burda, contraria a los derechos de las audiencias infantiles y benéfica a los intereses de los anunciantes y las televisoras. Este es un ejemplo de lo que no debe hacerse en políticas públicas y menos cuando se retrocede en lo que se le ha denominado el interés superior de la niñez”, dijo Sosa Plata y añadió:
“El amparo presentado por la doctora Álvarez demostró que la elaboración de los lineamientos fueron una ocurrencia, que se hicieron sin un solo argumento que demostrara la necesidad del cambio. Son también un retroceso a las políticas públicas por evitar que los niños estén expuestos a anuncios de productos con altas cantidades de azúcar y prevenir la obesidad. Por eso hizo bien la doctora Álvarez en presentar un nuevo amparo contra los nuevos lineamientos, que conservan los artículos más regresivos de la contrarreforma”.

jakysahagun

abril 3, 2017

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