INAI
INAI emite cinco acciones para poner en marcha ley de datos personales
El Financiero
Anabel Clemente
27 de marzo de 2017
El instituto plantea que para que entre en vigor dicha legislación, se necesita modificar la Plataforma Nacional de Transparencia y capacitar a los responsables del tratamiento de datos personales.
CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Nacional de Transparencia Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) planteó a los integrantes del Sistema Nacional de Transparencia (SNT) cinco ejes de acción para la implementación de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO).
Ante el plazo de un año, -que se cuenta desde el 27 de enero cuando entró en vigor-, para elaborar el diseño del Programa Nacional de Protección de Datos Personales y la emisión de los lineamientos en la materia, el instituto planteó desde la reconfiguración de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), hasta la capacitación de los responsables del tratamiento de datos personales.
La primera acción que propone el INAI es el diagnóstico normativo local en materia de protección de datos, con lo cual se permite a los Congresos locales profundizar en los procedimientos que prevé la ley general.
La segunda plantea el desarrollo normativo derivado de la LGPDPPSO, que incluye los lineamientos para la elaboración, ejecución y evaluación del Programa Nacional de Protección de Datos Personales; instrumentación de medidas compensatorias; y lineamientos que establezcan las normas técnicas y procedimientos para transferencia de datos.
El tercer punto prevé el análisis y adecuación de los instrumentos normativos emitidos por el SNT que pudieran ser modificados, ya que se identificaron ocho instrumentos en esta situación, pues se deben incorporar definiciones como “datos personales” o “Ley de General de Protección de Datos Personales”.
Sobre la reconfiguración operacional y normativa de la PNT (la cuarta acción), el instituto considera necesario diseñar un módulo de identificación del titular de los derechos que realiza la solicitud, y la incorporación de los estados que no aceptan el ingreso de solicitudes en la materia, como Campeche, Coahuila, Colima, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Nayarit, Puebla, San Luis Potosí, Sonora y Tlaxcala.
La última acción se trata de la capacitación y formación de los responsables del tratamiento de datos personales, con lo cual se considera crear una guía o manual que facilite la identificación de obligaciones como material básico para las unidades de transparencia de los sujetos obligados.
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