Protección de datos personales
WhatsApp no intercambia datos con Facebook en la UE
El Economista
Cinco Días
16 de noviembre de 2016
WhatsApp aseguró este miércoles que no ha iniciado aún ningún intercambio de información de las cuentas de usuarios de la Unión Europea con Facebook para que la compañía los utilice con el fin de mejorar los productos de la red social y las experiencias publicitarias de los usuarios, incluyendo a aquellos que aceptaron que dicha información se compartiera con Facebook con tales fines. Así se lo ha comunicado a las autoridades europeas de protección de datos, que hoy han emitido un comunicado con la respuesta ofrecida por la app de mensajería a la carta enviada el pasado 27 de octubre por estos organismos a su consejero delegado y cofundador, Jan Koum.
La empresa también ha precisado en su respuesta que “no iniciará tal intercambio con Facebook hasta que haya tenido la oportunidad de abordar las preguntas y preocupaciones que se han planteado” por parte de las agencias de protección de datos de los diferentes países europeos.
En la carta enviada a Koum, las citadas autoridades expresaban a la compañía sus dudas y preocupación por la actualización de los términos de servicio y la política de privacidad llevados a cabo el pasado agosto por la aplicación de mensajería instantánea, que introduce cambios sobre la forma en la que maneja la información personal de sus usuarios.
En dicha misiva, las autoridades instaban a WhatsApp a facilitar toda la información disponible y a no seguir adelante con el intercambio de datos de los usuarios hasta que se confirme que ofrece las suficientes garantías legales.
En España, la Agencia Española de Protección de Datos inició una investigación de oficio a principios de octubre, con el objetivo de examinar las comunicaciones de datos personales realizadas entre WhatsApp y Facebook, así como los tratamientos que dicha comunicación genera. La actuación de esta agencia se alinea con otras iniciativas similares emprendidas por Autoridades de Protección de Datos como Alemania, Italia o Reino Unido.
El problema arrancó a septiembre pasado cuando WhatsApp, propiedad de Facebook, advirtió a sus usuarios a través de mensajes que dejaría sin servicio a quienes no aceptaran la cesión de datos. A finales de ese mes, el comisionado para la protección de datos de Hamburgo (Alemania), Johannes Caspar, emitió una orden administrativa que prohíbe “de forma inmediata” a Facebook acceder y guardar los datos de los usuarios de WhatsApp y le instó a borrar la información recopilada hasta el momento.
Según dijo entonces Caspar, WhatsApp y Facebook son dos empresas independientes que cuentan con datos que sus clientes les han facilitado siguiendo sus respectivos términos de uso y sus políticas de privacidad. Además, advirtió que tras la compra de WhatsApp por parte de la red social se garantizó que las compañías no intercambiarían datos.
Paraliza WhatsApp la transferencia de datos hacia Facebook
MVS Noticias
Redacción MVS
16 de noviembre de 2016
Facebook, propietaria de WhatsApp, confirmó la paralización temporal de los términos de uso que garantiza la transferencia de datos personales entre ambos servicios.
Facebook anunció una pausa temporal de la transferencia de datos personales con WhatsApp, tras un mes de negociaciones con las entidades reguladoras en materia de protección de datos.
De acuerdo con el diario ABC, la compañía norteamericana, propietaria de la popular aplicación de mensajería instantánea, confirmó la paralización temporal de los términos de uso que garantiza la transferencia de datos personales entre ambos servicios en el marco europeo.
La pausa se da tras la presión ejercida por las autoridades de protección de datos europeas en el último mes, quienes manifestaron a Facebook sus dudas acerca de la manera en la que iban a tratar la información procedente de los usuarios de WhatsApp.
INAI
Ordenan transparentar recursos de ISSSTE
Mural
Érika Montejo
16 de noviembre de 2016
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al ISSSTE transparentar cómo se ejercieron los 500 millones de pesos que la institución entregó al Superissste para el pago de pasivos.
En la resolución del recurso RRA 1612/16, el Instituto resolvió hacer pública la relación pormenorizada de cómo se ejercieron, peso a peso, los recursos cedidos para el pago de adeudo con proveedores.
“Se hace necesario transparentar los detalles de la información relacionada con los recursos públicos destinados al pago de proveedores, a fin de que la sociedad conozca, además del apego a la legalidad de tal proceso, las acciones para dotar de viabilidad a estos establecimientos.
“(Se instruye) a efecto de que entregue al particular una relación de la forma en que se ejerció el apoyo de 500 millones de pesos transferidos del ISSSTE al Superissste, señalado por proveedor, fecha de pago, adeudo total, cantidad y el saldo insoluto restante”, detalló la comisionada Areli Cano.
En un primer momento el ISSSTE se negó a entregar la información requerida por un particular argumentando que ésta se encontraba clasificada como reservada.
INAI y especialistas piden a diputados corregir proyecto de Ley de Protección de Datos
MVS Noticias
Angélica Melín Campos
16 de noviembre de 2016
La norma vigente ha sido utilizada por los sujetos obligados para bloquear el acceso a la información, a partir de interpretaciones erróneas y discrecionales, del principio de protección a la privacidad, acotó David Mora Vera, Oficial Adjunto del Programa de Derecho a la Información de Artículo 19.
En el marco del análisis de la minuta del Senado referente a la Ley General de Protección de Datos Personales y que fue turnada a comisiones en la Cámara de Diputados, representantes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), académicos e integrantes de organizaciones como Artículo 19, conminaron a los diputados federales a modificar ese proyecto.
Subrayaron que la normatividad avalada por los senadores tiene algunas inconsistencias técnicas, contradicciones y elementos que con el argumento de garantizar la protección de datos personales, podrían limitar la libertad de expresión.
Al respecto, Luis Gustavo Parra, Coordinador de Datos Personales del INAI señaló que entre los elementos a revisar con sumo cuidado y definir claramente, están el alcance del recurso de revisión que tiene el Consejero Jurídico de la Presidencia de la República en materia de seguridad nacional.
Parra Noriega también se refirió a la necesidad de armonizar el acceso a datos personales en manos de funcionarios públicos, con la normatividad emitida en 2010 y que reglamenta el uso de información de los ciudadanos en posesión de privados.
Esto permitiría a las personas proteger de mejor manera sus datos en manos de cualquier autoridad y exigir el respeto a sus derechos, porque en México, los derechos “arco” están tutelados de manera más adecuada cuando están en posesión de un ente privado, como los bancos, que cuando son manejados por instancias públicas
Subrayó que existen preocupaciones respecto a la posible divulgación de datos personales en casos “muy específicos” y respecto a la probable limitación al derecho de resguardar la identidad, si la Ley de Protección de Datos no tiene la claridad suficiente.
Aun cuando la norma prevé la “prueba de interés público” para definir si la información de ciertas personas se debe conocer en casos de “interés público”, pues las excepciones en materia de seguridad nacional y otros rubros son claras, es preciso armonizar todo el marco legal, puntualizó el funcionario.
“Temas que preocupan, que algunos datos personales pudieran llegar a ser conocidos, hay que distinguir justamente caso por caso. Y para eso está la prueba, pero de interés público, que de acuerdo a nuestra Constitución están muy claros los casos de excepción para que no se puedan ejercer los derechos arco y para que en todo caso se puedan limitar nuestra protección de datos por razones de seguridad nacional, por disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas”, apuntó.
Por su parte, Liliana Veloz Márquez, directora ejecutiva de la Red por la Rendición de Cuentas, advirtió que si no queda clara la garantía sobre el acceso a información de interés público en el caso de archivos históricos, los investigadores, historiadores e incluso periodistas no podrán ejercer ese derecho. En ese caso, apuntó, se corre el riesgo de perder la memoria.
Si no se “blinda” adecuadamente el derecho al acceso a la información pública, advirtió, no se podrá aplicar el Sistema Anticorrupción ampliamente y no se podrá combatir ese flagelo, puesto que la apertura y disponibilidad de la información de interés público es fundamental para la libertad de expresión y el país.
David Mora Vera, Oficial Adjunto del Programa de Derecho a la Información de Artículo 19, calificó como preocupantes las limitantes o el “bloqueo” al ejercicio de los derechos “arco”, en especial cuando se trata de “información sensible” o cuando la autoridad aplica criterios de reserva y secrecía.
La norma vigente ha sido utilizada por los sujetos obligados para bloquear el acceso a la información, a partir de interpretaciones erróneas y discrecionales, del principio de protección a la privacidad, acotó.
INAI ordenó a ISSSTE transparentar el ejercicio de 500 mdp qué destino a sus tiendas
MVS Noticias
Ernestina Álvarez
16 de noviembre de 2016
El INAI detectó que el director del organismo declaró, en un comunicado, “que liquidó al cien por ciento sus deudas con 212 proveedores, mismos que con los 150 restantes, se había cubierto el 34 por ciento de los compromisos”, por lo que su argumento de clasificación no aplica.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ordenó al ISSSTE transparentar el ejercicio de 500 millones de pesos que designó a las tiendas Superissste para el pago de pasivos, desglosado por proveedor, fecha de pago, adeudo total, calidad y el saldo insoluto restante.
La comisionada ponente, Areli Cano, indicó que es importante conocer la situación de las tiendas del ISSSTE ante el déficit que presenta y el aumento de la deuda, tan solo en 2012 la diferencia entre los ingresos y egresos fue de más de 564 millones de pesos, misma proporción que se mantuvo en 2013.
Un particular solicitó la información, pero el ISSSTE la clasificó por tratarse de datos que pueden incrementar el costo de operación financiera, ya que las tiendas tienen un desempeño con pérdidas operativas desde hace ya varios años y afectaría las negociaciones con los proveedores en la compra de mercancía.
Sin embargo, el INAI detectó que el director del organismo declaró, en un comunicado, “que liquidó al cien por ciento sus deudas con 212 proveedores, mismos que con los 150 restantes, se había cubierto el 34 por ciento de los compromisos”, por lo que su argumento de clasificación no aplica.
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