INAI
INAI, facultado para sancionar opacidad sobre condonaciones
El Universal
Alberto Morales
20 de septiembre de 2016
El comisionado del INAI, Joel Salas, aseguró que es de gran relevancia conocer la información sobre la cancelación y condonación de créditos fiscales –que realiza Hacienda y el SAT a particulares- porque se trata de dinero que se deja de recaudar y el Estado también deja de garantizar otros derechos.
EL UNIVERSAL dio a conocer que tan solo en el primer año de la presente administración, a 36 empresas se le perdonaron más de 80 mil millones de pesos en deudas fiscales, de acuerdo con una investigación de Fundar denominada “Privilegios Fiscales. Beneficios para unos cuantos”.
El estudio señala que de 2008 hasta el segundo trimestre de 2016, las dependencias encargadas de cobrar impuestos han perdonado un total de 593 mil 348 millones 034 mil 131 pesos.
Joel Salas explicó que tan solo en lo que va del año se han condonado o cancelado de créditos fiscales por un monto de 16 mil 893 millones de pesos.
Expresó ese monto equivale al 68% del presupuesto del programa Escuelas al CIEN para 2015- 2016, que fue de 24 mil 907 millones y con el cual se garantizaría el derecho a la educación de calidad, o al 34% del presupuesto destinado a la compra consolidada de medicamentos en 2017, que fue de 50 mil millones y con el cual se garantizaría el derecho a la salud.
El comisionado del INAI destacó que conocer este tipo de información permitirá evaluar la política de recaudación fiscal del país y debatir sí es la más adecuada o la más necesaria, por lo que el Informe de Fundar es el punto de partida para iniciar el debate.
“El derecho de acceso a la información lo tenemos que ver como un derecho de derechos, que permite no sólo garantizar otros derechos sino que las autoridades rindan cuentas sobre por qué a estas empresas se les condonaron o cancelaron créditos fiscales”, sostuvo.
Recordó que en 20 resoluciones que el Instituto ha ordenado al Servicio de Administración Tributaria (SAT) informar sobre la cancelación y condonación de créditos fiscales, el organismo de la Secretaría de Hacienda sólo cumplió parcialmente una.
Salas Suárez explicó que estos casos fueron resueltos con anterioridad a la entrada vigor del nuevo marco normativo y que la Ley Federal de Transparencia sólo facultaba al Instituto a dar vista al Órgano Interno de Control de la Secretaría de la Función Pública, para que iniciara la investigación correspondiente; sin embargo, el 50% de los casos fueron desechados.
“La nueva Ley si prevé la posibilidad de que el INAI emita medidas de apremio y/o sanciones, que pueden llegar a la destitución del servidor”, destacó.
La Ley General de Transparencia otorga al INAI la facultad para imponer medidas de apremio y sanciones cuando se niegue el acceso a información sobre cancelaciones y condonaciones de créditos ᐀fiscales, advirtió.
INAI sancionará a quien niegue información sobre cancelaciones de créditos fiscales
MVS Noticias
Jahtziri Chong Magallanes
20 de septiembre de 2016
El INAI destacó la importancia de dar a conocer la información antes referida toda vez que con el dinero que se deja de recaudar, el Estado deja de garantizar otros derechos fundamentales. El comisionado del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI), Joel Salas, advirtió que la Ley Genera en la materia prevé sanciones cuando se niegue el acceso a la información sobre cancelaciones y condonaciones de créditos fiscales.
Recordó que en 20 resoluciones el Instituto ordenó al Servicio de Administración Tributaria (SAT), informar sobre cancelación y condonación de créditos fiscales pero éste sólo proporcionó información parcial de una.
El comisionado dejó en claro que esas resoluciones se dieron antes de la entrada en vigor de la nueva Ley General de Transparencia que ahora tiene la facultad de imponer sanciones.
Salas destacó la importancia de dar a conocer la información antes referida toda vez que con el dinero que se deja de recaudar, el Estado deja de garantizar otros derechos fundamentales.
Como ejemplo, el funcionario del INAI comentó que esos recursos equivalen al 68 por ciento del Programa Escuelas al CIEN 2015-2016 que fue de 24 mil 907 millones de pesos, o al 34 por ciento del presupuesto destinado a la compra de medicamentos de 2017, que fue de 50 mil millones.
INAI: el SAT incumplió con transparentar créditos fiscales
El Economista
Tania Rosas
20 de septiembre de 2016
De 20 resoluciones en las que el INAI ordenó transparentar la información sobre la cancelación y condonación de créditos fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sólo cumplió una y parcialmente.
Así lo dio a conocer el comisionado del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Joel Salas Suárez, tras la presentación del informe “Privilegios fiscales: beneficios inexplicables para unos cuantos”, que dio a conocer Fundar.
El comisionado destacó que estas resoluciones se dieron antes de la entrada en vigor de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pero ahora, con el nuevo ordenamiento, ya hay medidas de apremio y sanciones que se pueden aplicar si no se acatan las resoluciones del instituto.
Recordó que la ley sólo facultaba al INAI a dar vista al Órgano Interno de Control de la Función Pública para que iniciara la investigación correspondiente.
Refirió que el estudio de Fundar reporta un total de cancelaciones y condonaciones de créditos fiscales del SAT por 16,893 millones de pesos, lo que equivale a 68% del presupuesto del programa Escuelas al CIEN para 2015-2016, que fue de 24,907 millones y con el cual se garantizaría el derecho a la educación de calidad.
Las cancelaciones o condonaciones también representan 34% del presupuesto proyectado para la compra consolidada de medicamentos en el 2017, que es de 50,000 millones y con el cual se garantizaría el derecho a la salud, agregó.
En su informe de labores 2015, el INAI dio a conocer que presentaron 16 denuncias de hechos ante la Secretaría de la Función Pública, ocho de ellas fueron contra el SAT.
“Lo anterior, por considerar que, por lo menos, incurrieron en la causal de responsabilidad administrativa grave prevista en el artículo 63, fracción VII, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, al haberse negado a proporcionar información cuya entrega fue ordenada por el INAI al respecto del siguiente tema: créditos fiscales no pagados, cancelados o condonados”, acota.
Pero ahora, de acuerdo al artículo 71 de la Ley General de Transparencia, el SAT debe publicar en su página de Internet el “nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales”.
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