Libertad de expresión

Libertad de expresión

Diagnóstico sobre libertad de expresión

¿Ultraje a la autoridad o libre expresión?

El Universal

Salvador García Soto

29 de febrero de 2016

 

Esta semana la Suprema Corte de Justicia discutirá en su pleno un asunto de la mayor trascendencia para el futuro de las libertades y el derecho a la protesta social en México. Los ministros definirán si el artículo 287 del Código Penal del desaparecido Distrito Federal es constitucional, al castigar con cárcel, de 6 meses a dos años, un “ultraje a la autoridad” y si no  afecta la libre expresión y el derecho de crítica y protesta de los ciudadanos.

Con el análisis de dos amparos de ciudadanos que participaron en manifestaciones y protestas del 2 de octubre de 2013 y que fueron encarcelados con base en ese artículo y acusados del delito de “ultraje a la autoridad”, el pleno de la Corte va a debatir con base en dos proyectos opuestos de resolución sobre la constitucionalidad del mencionado artículo 287. El primer proyecto es del ministro José Ramón Cossío, que propone declarar inconstitucional ese artículo porque “impone a todos una limitación al derecho de expresarse libremente”, mientras que el segundo proyecto es del ministro Jorge Pardo Mario Rebolledo y, contrario al de Cossío, propone que el delito es constitucional porque “la protección del orden público debe limitar la libre expresión”.

Este debate es seguido por organizaciones sociales nacionales e internacionales, que han expresado su preocupación por el contenido de leyes en México, especialmente en la capital del país, con conceptos y tipos penales ambiguos y no bien definidos, que se prestan a la intención de sancionar o criminalizar la protesta social o a limitar libertades como la de expresión y manifestación. Además, el de esta semana es el primer fallo que dará la Corte sobre el tema, pues hay también otros amparos que analizan los ministros sobre el artículo 362 del mismo Código Penal del DF que castiga el “ataque a la paz pública” como un delito que amerita hasta 7 años de cárcel, interpuesto por personas que fueron acusados de ese delito el 1 de diciembre de 2012, durante las manifestaciones por la toma de protesta del presidente Enrique Peña Nieto.

Por ahora, en el debate sobre el artículo que establece el delito de “ultraje a la autoridad”, el ministro José Ramón Cossío expone que se trata de “la medida más lesiva contra el ciudadano que decide expresar sus ideas a través de ultrajar a la autoridad, pues sanciona con privación de la libertad esa expresión de ideas, sin que ello esté verdaderamente justificado o sea necesario en una sociedad democrática, dado el bien jurídico que intenta proteger”. Es decir que para Cosío no se trata de la ambigüedad ni de la falta de límites al citado artículo, sino del riesgo de que el concepto de “ultraje” pueda ser aplicado a tipos de expresión protegidos en la Constitución. “Este Tribunal Pleno si bien no aplaude tales conductas y considera que dentro de las mismas hay conductas que sí pueden ser sancionadas penalmente, lo cierto es que el tipo penal analizado no resulta adecuado ni idóneo para sancionarla”, concluye la propuesta del ministro.

Pero en sentido opuesto es la propuesta del ministro Pardo Rebolledo, quien considera “legítimo” el artículo 287 y establece que el mismo artículo 9 de la Constitución señala que no se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse e incluso de presentar una protesta por algún acto e alguna autoridad, “siempre y cuando se realice pacíficamente y no se profieran injurias contra esta ni se hiciera uso de la violencia o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee «la libertad de reunión y de disenso no son absolutas« sino que tiene como límite que debe ser respetuosa y pacífica”, dice Pardo.

Veremos en qué sentido vota la mayoría de los ministros y si el “ultraje a la autoridad” permanece como delito en el Código Penal del DF o si es eliminado por inconstitucional, lo que sentaría un precedente a nivel nacional en uno u otro sentido. ¿Qué protegerá la Corte: la libertad de expresión de los ciudadanos o la defensa de la autoridad?

NOTAS INDISCRETAS« Esta semana, finalmente, el PRI definirá a su candidato al gobierno de Quintana Roo. La expectativa radica en ver con qué formula el priísmo de Manlio Fabio Beltrones buscará enfrentar a la alianza PAN-PRD y al ex priísta Carlos Joaquín, luego de la fractura que provocó la cerrazón del gobernador Roberto Borge. Si lo hace con el delfín joven e inexperto de Borge, José Luis Toledo, o si opta por un candidato de mayor experiencia como Mauricio Góngora u otro de los que figuran en la lista. En todo caso, Quintana Roo ya no es una elección de trámite para el PRI «Los dados abren semana con Serpiente. Mala señal.

 

jakysahagun

febrero 29, 2016

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