Inconforma nueva clasificación en TV
Mural
Fidel Orante
11 de Noviembre de 2015
Diversas organizaciones se oponen a los nuevos lineamientos de clasificación para programas difundidos en radio y televisión por considerar que atentan con los derechos infantiles.
El 4 de noviembre, el Diario Oficial de la Federación publicó los nuevos criterios en los que se permite que el contenido no apto para menores de 12 años tenga una mayor exposición en los medios.
“Las niñas y niños mexicanos tienen el derecho humano a la comunicación y, de acuerdo con el artículo 66 de la Ley Federal de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes, las autoridades de los tres órganos de gobierno están obligadas a establecer mecanismos para la protección de los derechos de la niñez
“Es incomprensible e injustificable que se considere que a las 16:00 horas concluya el horario infantil y, a partir de las 19:00 horas, comience el contenido para los mayores de 15 años y adultos. No se encuentra ningún argumento para esta clasificación”, dijo Adriana Solórzano, presidenta de la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias.
Se pretende que el 4 de diciembre los lineamientos entren en vigor con los que se permitirá que el contenido para mayores de 12 de años se transmita a partir de las 16:00 horas en lugar de las 20:00 horas, como era anteriormente.
Además, la regulación da lugar a que el contenido para mayores de 15 años se vea a partir de las 19:00 horas y para mayores de 18 años a las 21:00 horas.
Estas cláusulas fueron consideradas por el grupo de organizaciones, entre los que se encuentra Comunicación Comunitaria AC, Asociación Mexicana del Derecho a la Información (AMEDI), Red por los Derechos de la Infancia en México y El Poder del Consumidor, como inconstitucionales.
“Si no existe una justificación válida en la regresión de la norma, no puede ser sostenida e incluso es inconstitucional ya que transgrede el principio superior de interés del niño establecido en el artículo cuarto constitucional.
“También transgrede tratados internacionales, como la Convención de los Derechos del Niño”, mencionó Alma Meneses, Red por los Derechos de la Infancia en México.
Según las organizaciones, México no establece en su regulación de contenidos practicas tan básicas como la cuestiones de calidad que otros países a nivel mundial contemplan para la transmisión y producción de su contenido para niños.
Además, dejaron claro que no debería ser la Secretaria de Gobernación la encargada de dictaminar las clasificaciones, más ahora que a raíz de la la reforma en Telecomunicaciones se creó el Instituto Federal de Telecomunicaciones como organismo garante de los contenidos de radio y televisión.
La TV pasará violencia, comida chatarra y sexo desde las 4pm; violan la Constitución: ONGs
Sin Embargo
Por Sergio Rincón
Noviembre 12, 2015
Ciudad de México, 12 de noviembre (SinEmbargo).– De manera inconstitucional, los menores de 12 años serán expuestos a contenidos de violencia, sexo, adicciones y comida chatarra por medios de comunicación, tras emitirse los nuevos lineamientos de clasificación de radio y televisión y la ampliación del horario infantil, establecidos por la Secretaría de Gobernación (Segob).
Defensores de las audiencias, organizaciones civiles y especialistas denunciaron que los nuevos lineamientos, publicados en el Diario Oficial de la Federación el pasado 4 de noviembre, representan un retroceso puesto que caen en contradicciones y no se pueden ejecutar porque no son apegados a la realidad, además que deberían ser emitidos y regulados por el Instituto Federal de Comunicaciones (IFT), como lo marca la Constitución.
“Los nuevos criterios no sólo no actualizan su perspectiva, porque en otros países inclusive hay estándares de calidad y lineamientos de la producción dirigida a las infancias, sino que tampoco buscan saldar su deuda con el derecho del público infantil plasmado en la Ley de Telecom a recibir mejores contenidos. Por otra parte, los nuevos criterios tampoco hacen nada en relación con los programas transmitidos en vivo o ‘sin clasificación’, como es el caso de los talk shows“, comentó Irma Ávila de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi).
Estas nuevas disposiciones, creadas sin consulta pública por la Segob, a través de la Dirección General de Radio Televisión y Cinematografía (RTC), permitirán que el contenido dirigido a adolescentes (mayores de 12 años) se transmita a partir de las 16:00 horas, en lugar de las 20:00 horas, como se regulaba anteriormente.
Además, la nueva regulación, que se pondrá en marcha el 4 de diciembre próximo, permite que se proyecte contenido para mayores de 15 años a partir de las 19:00 horas; y para los mayores de 18 años, a las 21:00 horas se podrán transmitir escenas de violencia, consumo de sustancias ilícitas, desnudez erótica y cualquier tipo de lenguaje.
Adriana Solórzano, presidente de la Asociación de Defensorías de las Audiencias (AMDA), aseguró que hasta el momento la Segob no ha emitido los argumentos que utilizó para las nuevos lineamientos, pues “sólo consultó a la industria, especialmente a las televisoras”.
“No se encuentra ningún tipo de argumentación que sustente esa clasificación, especialmente si se considera el estudio sobre la oferta y consumo de programación para el público infantil elaborado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, el cual indica que de 13:00 a 17:00 horas comienza la curva de crecimiento de exposición a la televisión y alcanza entre las 20:00 y 22:00 horas el horario con mayor nivel de encendidos por parte del público infantil”, explicó Solórzano.
Al respecto, Fiorella Espinosa, investigadora de El Poder del Consumidor declaró: “Estas modificaciones por parte de Secretaría de Gobernación hacen aún más laxa la regulación sobre publicidad de alimentos y bebidas ya que ahora se podrán transmitir comerciales de comida chatarra desde las 4 de la tarde cuando los niños vean películas dirigidas a adolescentes ya que éstas están exentas de las regulación”.
Gabriel Sosa Plata, académico e integrante del Consejo Directivo de Observatel, expuso que “los niños lo que más ven son telenovelas, talk shows, como Laura, y caricaturas”. Además informó que a la fecha no hay sanciones y que los horarios son laxos para los niños.
Por su parte, la catedrática Clara Luz Álvarez informó que con esas medidas se violan derechos humanos y se afectará a los niños de los sectores en situación de pobreza, pues narró que en ocasiones no cuentan con acceso a canales educativos o a Internet.
“Los niños ven el Canal de las Estrellas no porque sea su favorito, sino porque no hay otra cosa que ver”, refirió Álvarez, quien agregó que “lo que hizo Segob fue un fraude a la Ley, pues emitió una convocatoria de consulta de tres días, sin que nadie se enterara, sólo la industria.
Ante la situación, los inconformes emitieron cinco demandas:
- Que se revoquen estos nuevos criterios de clasificación y que el Instituto Federal de Telecomunicaciones asuma la competencia que le otorga la Constitución de ser el regulador de las telecomunicaciones.
- Se debe convocar a una consulta pública.
- Que participen otras autoridades: la Secretaría de Salud, la Secretaría de Educación Pública, la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), entre otras.
- Los criterios deben tener las mejores prácticas.
- Que la Segob transparente los estudios que hizo para emitir esos lineamientos. Y si se encuentra que se faltó a la ley, que sean sancionados los responsables.
PUBLICIDAD APROVECHA VULNERABILIDAD INFANTIL
Investigadores del Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) desarrollan actualmente un estudio sobre la influencia que la televisión tiene en los hábitos alimenticios de los niños, que en sus resultados preliminares –luego de grabar 600 horas de televisión– mostró que en los cuatro principales canales de México (2, 5, 7 y 13), el 23.3 por ciento de los anuncios corresponden a bebidas y alimentos, siendo las botanas dulces las de mayor frecuencia con el 27.3 por ciento de los comerciales.
Tras encuestar a niños, un 68 por ciento de ellos refirió haber comprado productos que vieron en televisión; sus razones fueron el sabor, ansia, hambre, y por un regalo.
Un 72 por ciento de los menores afirmó ver televisión en las tardes y un 38 por ciento en las noches cuando no hay restricciones a la publicidad, y sobre todo se observó un gran porcentaje entre quienes ven telenovelas y reality shows.
En un país en el que dos de cada tres niños tienen sobrepeso u obesidad, la investigadora Anabel Velasco refirió en una conferencia ofrecida por el INSP en el mes de marzo, que se destaca un “gran avance” al pasar de la autoregulación de la publicidad a la regulación, aunque existen todavía varios canales de comunicación no cubiertos, como el internet, el radio, los supermercados, la vía pública (en el transporte o espectaculares) y parques de diversiones.
Además de que existen programas excluidos de legislación y son altamente consumidos por los niños, como las series, las telenovelas, las noticias, las películas y los eventos deportivos.
La doctora Vivica I. Kraak, del Tecnológico de Virginia, hizo énfasis durante este mismo evento, en que “hay un claro control corporativo detrás de las epidemias de obesidad y sobrepeso”, y llamó a los gobiernos a legislar en esta materia, pues aunque también es tarea de los padres, el Estado es directamente responsable.
Mencionó que la mercadotecnia se ayuda de distintas estrategias eficaces para enganchar a los niños y adolescentes, como el uso de personajes llamativos, regalos o concursos, aprovechando su vulnerabilidad ante los mensajes publicitarios.
Kraak, profesora de políticas en nutrición del Virginia Tech, presentó argumentos con respaldo científico que han comprobado que los menores tienen una predilección biológica por los alimentos con azúcar, grasa y sal, lo cual es aprovechado por la industria para promover sus productos.
También, los niños tienen dificultad para distinguir entre los mensajes publicitarios y la información objetiva, y se ha visto que aquellos con un Índice de Masa Corporal más alto, suelen reconocer con mayor facilidad los logotipos de cadenas de comida rápida.
Sin Embargo
Noviembre 10, 2015
¿Fuego amigo, irresponsabilidad o contubernio? Parece ilógico, pero el mismo gobierno a través la Secretaría de Gobernación (Segob) sabotea los esfuerzos de la Secretaría de Salud para erradicar los hábitos que distorsionan la buena nutrición, en especial de los menores de edad.
La semana pasada comenté en este espacio que la dependencia que encabeza Miguel Ángel Osorio Chong dio a conocer el proyecto de nuevos lineamientos de clasificación de programas en la radio y la televisión. En un proceso nada transparente, la nueva regulación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el miércoles 4 de noviembre.
Uno de los problemas centrales de esta norma es que se reduce la protección de los menores de 12 años, al permitir que se puedan transmitir en televisión abierta programas no aptos para esta audiencia a partir de las 16:00 horas.
De esta manera, niñas y niños podrán ver más programas para adolescentes y adultos (clasificación B) desde las 16:00 horas y no a las 20:00 horas, como antes; para mayores de 15 años (clasificación B15) a partir de las 19:00 horas y no a las 21:00 horas, y para adultos (clasificación C) desde las 21:00 horas y no desde las 22:00 horas, como lo establecía el reglamento anterior.
Escenas con violencia física “justificada”, desnudos en segundo o tercer plano, desnudos eróticos, relaciones sexuales veladas, drogas implícitas, consumo de tabaco y alcohol eventual, y palabras soeces y cualquier tipo de lenguaje, podrían formar parte de los contenidos a los que estarán más expuestos niñas y niños porque con base en un estudio realizado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es justo entre las 19:00 y 22:00 horas cuando se alcanza la mayor audiencia infantil en la televisión.
*
¿Y esto que tiene que ver con la obesidad, que se ha convertido en uno de los más graves problemas de salud pública en México, y en el fomento de los buenos hábitos de nutrición?
Resulta que el año pasado, en abril de 2014, como parte de las acciones preventivas para reducir la exposición de niñas y niños frente a la publicidad de productos con alto contenido calórico, la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), de la Secretaría de Salud, publicó los “Lineamientos por los que se dan a conocer los criterios nutrimentales y de publicidad que deberán observar los anunciantes de alimentos y bebidas no alcohólicas para publicitar sus productos en televisión abierta y restringida, así como en salas de exhibición cinematográfica”.
Estos lineamientos de la Cofepris disponen prohibiciones en televisión para transmitir publicidad de productos de la llamada “comida chatarra”, entre las 14:30 horas y las 19:30 horas, es decir, durante 5 horas, de lunes a viernes. Durante sábado y domingo esta prohibición es mayor: de las 7:00 horas hasta las 19:30 horas, esto es, 12 horas y media.
Ahora bien, aquí viene lo importante: en programas como telenovelas, deportes, noticieros y series cuya clasificación oficial o de origen no se considere apta para menores de edad, SÍ se puede transmitir dicha publicidad de alto contenido calórico (una flexibilidad legal que en su momento fue cuestionada por El Poder del Consumidor y otras organizaciones).
De esta manera, al ampliarse el horario para la transmisión de programas para adolescentes y adultos (clasificación B), para mayores de 15 años (clasificación B15) y para adultos (clasificación C) se incrementa en consecuencia la posibilidad de incorporar anuncios de publicidad de “comida chatarra” por cuatro horas más y el bombardeo publicitario a la niñez en programas no clasificados para esta audiencia.
*
En los lineamientos publicados por la Cofepris se afirma que el principio del interés superior de la niñez, establecido en la Constitución, implica que “las políticas, acciones y toma de decisiones del Estado relacionadas con dichos menores deben orientarse al beneficio directo del infante a quien va dirigido y que por lo tanto las autoridades administrativas, al actuar en sus respectivos ámbitos de competencia, otorguen prioridad a los temas relacionados” con niñas y niños.
En el caso que nos ocupa, es más que obvio que la Segob, vía la Subsecretaría de Normatividad de Medios, que encabeza Andrés Chao Ebergengy, privilegió las necesidades de la industria televisiva y de los anunciantes, que los derechos de la niñez. Y de paso sabotea los escasos logros de la Secretaría de Salud y la Cofepris en esta materia.
También en los lineamientos de la Cofepris, luego de exponerse el grave problema de obesidad en la niñez, se afirma que se recurrió a especialistas de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para corroborar lo que ya se sabía: que entre los 6 y los 12 años de edad los niños no son capaces de lograr un pensamiento abstracto, por lo que pueden asumir la publicidad como “mensajes absolutos”.
En este sentido, argumentó la Cofepris, “los niños no cuentan con conocimiento, experiencia y madurez para evaluar objetivamente la información publicitaria relacionada con las características, propiedades y modo de uso de los alimentos y bebidas no alcohólicas en el contexto de una dieta correcta”.
*
En conclusión: con la nueva clasificación de programas, la Segob abre la puerta a los contenidos ya descritos y a más anuncios de jugos, néctares, salchichas, pasteles, pan de dulce, galletas dulces, helados, chocolates, cereales, bebidas saborizadas y otros productos que no se ajustan a los criterios nutrimentales y a los cuales se les atribuyen cualidades maravillosas que niñas y niños pueden creer sin cuestionar.
Es un retroceso más en derechos de las audiencias, uno más, pero habrá que presionar para que el gobierno federal someta a consulta estos lineamientos para que la sociedad, los expertos, el mismo IFT (con facultades constitucionales para supervisar programación y publicidad dirigida a la niñez) participen y se construya un documento consensuado y apegado a las mejores prácticas internacionales, junto con acciones que fortalezcan los derechos de las audiencias, como la alfabetización mediática.
Homozapping
Gabriel sosa plata
11-11-15
¿Fuego amigo, irresponsabilidad o contubernio? Parece ilógico, pero el mismo gobierno a través la Secretaría de Gobernación (Segob) sabotea los esfuerzos de la Secretaría de Salud para erradicar los hábitos que distorsionan la buena nutrición, en especial de los menores de edad.
La semana pasada comenté en este espacio que la dependencia que encabeza Miguel Ángel Osorio Chong dio a conocer el proyecto de nuevos lineamientos de clasificación de programas en la radio y la televisión. En un proceso nada transparente, la nueva regulación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el miércoles 4 de noviembre.
Uno de los problemas centrales de esta norma es que se reduce la protección de los menores de 12 años, al permitir que se puedan transmitir en televisión abierta programas no aptos para esta audiencia a partir de las 16:00 horas.
De esta manera, niñas y niños podrán ver más programas para adolescentes y adultos (clasificación B) desde las 16:00 horas y no a las 20:00 horas, como antes; para mayores de 15 años (clasificación B15) a partir de las 19:00 horas y no a las 21:00 horas, y para adultos (clasificación C) desde las 21:00 horas y no desde las 22:00 horas, como lo establecía el reglamento anterior.
Escenas con violencia física “justificada”, desnudos en segundo o tercer plano, desnudos eróticos, relaciones sexuales veladas, drogas implícitas, consumo de tabaco y alcohol eventual, y palabras soeces y cualquier tipo de lenguaje, podrían formar parte de los contenidos a los que estarán más expuestos niñas y niños porque con base en un estudio realizado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es justo entre las 19:00 y 22:00 horas cuando se alcanza la mayor audiencia infantil en la televisión.
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¿Y esto que tiene que ver con la obesidad, que se ha convertido en uno de los más graves problemas de salud pública en México, y en el fomento de los buenos hábitos de nutrición?
Resulta que el año pasado, en abril de 2014, como parte de las acciones preventivas para reducir la exposición de niñas y niños frente a la publicidad de productos con alto contenido calórico, la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), de la Secretaría de Salud, publicó los “Lineamientos por los que se dan a conocer los criterios nutrimentales y de publicidad que deberán observar los anunciantes de alimentos y bebidas no alcohólicas para publicitar sus productos en televisión abierta y restringida, así como en salas de exhibición cinematográfica”.
Estos lineamientos de la Cofepris disponen prohibiciones en televisión para transmitir publicidad de productos de la llamada “comida chatarra”, entre las 14:30 horas y las 19:30 horas, es decir, durante 5 horas, de lunes a viernes. Durante sábado y domingo esta prohibición es mayor: de las 7:00 horas hasta las 19:30 horas, esto es, 12 horas y media.
Ahora bien, aquí viene lo importante: en programas como telenovelas, deportes, noticieros y series cuya clasificación oficial o de origen no se considere apta para menores de edad, SÍ se puede transmitir dicha publicidad de alto contenido calórico (una flexibilidad legal que en su momento fue cuestionada por El Poder del Consumidor y otras organizaciones).
De esta manera, al ampliarse el horario para la transmisión de programas para adolescentes y adultos (clasificación B), para mayores de 15 años (clasificación B15) y para adultos (clasificación C) se incrementa en consecuencia la posibilidad de incorporar anuncios de publicidad de “comida chatarra” por cuatro horas más y el bombardeo publicitario a la niñez en programas no clasificados para esta audiencia.
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En los lineamientos publicados por la Cofepris se afirma que el principio del interés superior de la niñez, establecido en la Constitución, implica que “las políticas, acciones y toma de decisiones del Estado relacionadas con dichos menores deben orientarse al beneficio directo del infante a quien va dirigido y que por lo tanto las autoridades administrativas, al actuar en sus respectivos ámbitos de competencia, otorguen prioridad a los temas relacionados” con niñas y niños.
En el caso que nos ocupa, es más que obvio que la Segob, vía la Subsecretaría de Normatividad de Medios, que encabeza Andrés Chao Ebergengy, privilegió las necesidades de la industria televisiva y de los anunciantes, que los derechos de la niñez. Y de paso sabotea los escasos logros de la Secretaría de Salud y la Cofepris en esta materia.
También en los lineamientos de la Cofepris, luego de exponerse el grave problema de obesidad en la niñez, se afirma que se recurrió a especialistas de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para corroborar lo que ya se sabía: que entre los 6 y los 12 años de edad los niños no son capaces de lograr un pensamiento abstracto, por lo que pueden asumir la publicidad como “mensajes absolutos”.
En este sentido, argumentó la Cofepris, “los niños no cuentan con conocimiento, experiencia y madurez para evaluar objetivamente la información publicitaria relacionada con las características, propiedades y modo de uso de los alimentos y bebidas no alcohólicas en el contexto de una dieta correcta”.
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En conclusión: con la nueva clasificación de programas, la Segob abre la puerta a los contenidos ya descritos y a más anuncios de jugos, néctares, salchichas, pasteles, pan de dulce, galletas dulces, helados, chocolates, cereales, bebidas saborizadas y otros productos que no se ajustan a los criterios nutrimentales y a los cuales se les atribuyen cualidades maravillosas que niñas y niños pueden creer sin cuestionar.
Es un retroceso más en derechos de las audiencias, uno más, pero habrá que presionar para que el gobierno federal someta a consulta estos lineamientos para que la sociedad, los expertos, el mismo IFT (con facultades constitucionales para supervisar programación y publicidad dirigida a la niñez) participen y se construya un documento consensuado y apegado a las mejores prácticas internacionales, junto con acciones que fortalezcan los derechos de las audiencias, como la alfabetización mediática.
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