Exámenes de Control y Confianza generan debate en el ITEI
MILENIO
MARIANA CORONADO MENDOZA
27 DE OCTUBRE DE 2015
Los ciudadanos no sabrán si los servidores públicos que los gobiernan son seres confiables, así lo dejó entrever el director de Protección de Datos Personales del ITEI, Miguel Ángel Vázquez Placencia, al señalar que los funcionarios están en su derecho de ocultar los resultados de sus exámenes de control y confianza. Esto con la finalidad de no revelar quiénes son más susceptibles a la corrupción.
“Los servidores no están obligados a revelar quién pasó y quién no, porque pueden ser susceptibles a que se corrompan, entonces el titular de esa información debe aprobar que se dé a conocer (…) Si la persona dice que no hay bronca que se diga si reprobó o no, ya es otra situación”, abundó.
Dijo, que los cargos laborales no están en juego con la aprobación de dichas pruebas, puesto que las autoridades, aclaró, en un momento dado les pueden dar el voto de confianza para que se responsabilicen de la función a la que se les encomendó, de modo que reiteró, sólo se podrá dar a conocer cuántas personas de una misma área aprobaron, pero no quienes.
“El resultado del examen forma parte de todo un proceso, o sea no quiere decir que por eso vaya a ser elegible o no la persona al cargo, entonces como pasó con Eduardo Almaguer (fiscal del estado), que dijo: adelante ahí están los resultados, pero si él hubiera querido podía proteger su información”
Ante la insistencia de los medios por conocer cuál es la garantía de los ciudadanos para asegurar que Salvador Caro, comisario de seguridad, es una persona transparente, el consejero ciudadano del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco, Francisco González Vallejo, contradijo a Vázquez Placencia, al asegurar que todos los servidores públicos deben dar a conocer si aprobaron o no los exámenes, independientemente de los puntajes.
“No se puede tener acceso al documento, pero si debe darse a conocer si se aprobó o no, y eso lo tiene que dar a conocer la autoridad municipal, los demás datos solo serían estadísticos porque se trata de información reservada”, precisó.
Lo que dice la ley:
Ley de Control de Confianza del Estado de Jalisco y sus Municipios:
Art. 13.-
Fracción I. Los exámenes de las evaluaciones de control de confianza serán considerados documentos públicos con carácter de reservados. Dichos documentos deberán ser sellados y firmados por el servidor público que los autorice.
Fracción II. Los resultados de los procesos de evaluación serán confidenciales y reservados para efectos de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, excepto aquellos casos en que deban presentarse en procedimientos administrativos o judiciales.
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