Legislación en materia de comunicación

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Multa IFT a Televisa por omitir papeles

Mural

Victor Fuentes

12 de septiembre 2015

Grupo Televisa tendrá que pagar casi 6 millones de pesos en multas por omitir la entrega de documentos solicitados por la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para determinar si tiene poder sustancial en el mercado de televisión de paga.

 

Un tribunal federal confirmó el pasado 3 de septiembre cuatro multas impuestas por el IFT a la matriz Grupo Televisa SAB y a las filiales Cablevisión, Innova (Sky) y Televisión Internacional (TVI), que suman 5.7 millones de pesos, por atrasar durante 13 días hábiles, sin justificación, la entrega de documentos internos sobre clientes y facturación.

 

Los documentos fueron requeridos a finales de 2014 para elaborar un dictamen preliminar que concluyó que Televisa tiene poder sustancial en el mercado de televisión de paga en la mayoría de las ciudades del País, y el retraso fue relevante porque los plazos para emitir dicho dictamen estaban por agotarse.

 

“La información que la quejosa omitió proporcionar en tiempo y forma, resultaba indispensable para determinar la existencia de poder sustancial, puesto que el número de suscriptores y la facturación total permitía determinar la participación de mercado de los agentes económicos en los mercados relevantes, y al no contar con ésta, se impedía que el dictamen preliminar se emitiera”, resolvió una juez de distrito que negó los amparos en primera instancia.

 

Las sentencias de la juez fueron confirmadas el pasado 3 de septiembre en la sesión pública del Primer Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones, que aún no ha notificado oficialmente la versión por escrito de sus sentencias.

 

Televisa tendrá que pagar las multas, que son créditos fiscales ejecutables por el SAT, no obstante que a fin de cuentas sí entregó todos los documentos requeridos.

 

 

El pasado 17 de marzo, la Autoridad Investigadora del IFT publicó el dictamen preliminar en el que declaró a Televisa con poder sustancial en televisión restringida en 2 mil 124 municipios, el 86 por ciento del total nacional, con lo que inició un procedimiento que puede concluir con la aplicación de medidas asimétricas al consorcio para fomentar la competencia.

 

 

 

Octubre, límite de Telmex-AMX: IFT

El Economista

REUTERS

11 de septiembre, 2015

América Móvil (AMX) y Telmex deberán presentar nuevamente al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) las propuestas de oferta de referencia con las modificaciones solicitadas a más tardar el 30 de octubre próximo.

 

En tanto, Telefónica pidió al IFT que exija a Telcel hacerse responsable por el retraso y/o no cumplimiento de las obligaciones a su cargo en la prestación de servicios de arrendamiento, que existan parámetros e indicadores de calidad, así como penas convencionales que permitan la correcta prestación de los servicios.

 

Además, como se ha mencionado, existen a lo largo del convenio diferentes penas y responsabilidades para los concesionarios por el cumplimiento de sus obligaciones, por lo que para que los servicios puedan ser prestados correctamente deben existir obligaciones y parámetros a cumplir por Telcel.

 

En cuanto a la oferta de referencia para la prestación de servicios de acceso y uso compartido de infraestructura pasiva Telcel, en el último párrafo de dicha cláusula, se menciona que “Telcel devolvería las contraprestaciones pagadas por el concesionario correspondientes a los servicios que no pudieron ser prestados. En caso de que Telcel haya iniciado la prestación del servicio no habría rembolso por el mismo”.

 

En este sentido, el convenio establece pagos adelantados, por lo que aunque Telcel haya iniciado la prestación de los servicios, si no pudo concluir los mismos, debe rembolsar al concesionario las cantidades pagadas no devengadas.

 

Por lo que “deben existir penas convencionales a Telcel por la no entrega de los sitios y servicios en tiempo”.

 

La firma española dio como referencia que Telcel indicó que no otorga garantía respecto de la legitimidad o suficiencia del título de ocupación, ni respecto de contar con las licencias, permisos y autorizaciones de las autoridades y particulares idóneas que permitan a Telcel la prestación de servicios bajo el convenio y sus anexos.

 

Lo anterior, dijo, debe modificarse y Telcel debe asegurarse de que cuente con las licencias y permisos suficientes para la prestación de servicios del convenio y sus anexos, de lo contrario se podrían generar barreras artificiales que dejen sin acceso al concesionario.

 

“Telcel no se hace responsable de retraso y/o incumplimiento de obligaciones a su cargo, es una cláusula que da la posibilidad a Telcel de no otorgar los servicios sin pena o responsabilidad alguna, la redacción da una salida que pudiere afectar sustancialmente el cumplimiento del convenio. En este sentido, Telcel sí debe hacerse responsable de las obligaciones a su cargo”, dijo.

 

 

 

 

 

 

 

 

jakysahagun

septiembre 12, 2015

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