Transparencia y acceso a la información – 10 de septiembre de 2014

-Transparencia y acceso a la información

–IFAI

 

Gastó Ifai 108.9 mdp en “adecuaciones” de su nuevo edificio: ASF

Aristegui Noticias

Redacción

9 septiembre 2014

 

La Auditoría Superior de la Federación (ASF) señaló ante la Contraloría del Ifai, el gasto extra de 108.9 millones de pesos que se pagó por la nueva sede de ese instituto, ubicada en la avenida Insurgentes Sur, del DF.

De acuerdo con el diario Reforma, la Promoción de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias señala a los servidores públicos que autorizaron la compra del nuevo edificio, es decir, los cinco ex comisionados del pleno que se renovó este año.

Una auditoría realizada por la ASF estableció que el nuevo edificio no fue la mejor opción de compra, pues al costo del inmueble, de 490.2 millones de pesos, se le tuvieron que añadir 108.9 millones, casi una cuarta parte del valor inicial, para su adecuación.

La Auditoría pidió realizar las investigaciones pertinentes y, en su caso, iniciar el procedimiento administrativo correspondiente, por los actos u omisiones de los servidores públicos que en su gestión optaron por adquirir mediante un contrato de arrendamiento financiero, un inmueble al que se le tuvieron que hacer adecuaciones.

En el sitio web que el Ifai habilitó en su página de Internet para exponer lo relacionado con  la adquisición del inmueble, se señala que la denuncia de la ASF se presentó el pasado 5 de agosto, al igual que otras siete Promociones de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias relacionadas con el acondicionamiento del inmueble y la mudanza realizada de la antigua sede a la nueva.

“El proyecto de inversión que el IFAI presentó ante la SHCP y respecto del cual se elaboró un minucioso Análisis Costo-Beneficio siempre refirió la cifra de $683.8 millones de pesos, por lo que el acondicionamiento nunca podría asumirse como un costo adicional a la operación original”, argumenta el instituto.

 

 

–ITEI

 

Itei emite guía para la elaboración de sistemas de información reservada

La Jornada Jalisco

Flor Ramos

9 de septiembre de 2014

 

 

9 de septiembre 2014.- La preferencia sexual, el estado de salud física y mental, el historial médico, la opinión política, el domicilio, el correo electrónico particular, y otros datos más sobre la intimidad de una persona, es información que solamente el titular pude decidir a quién propocionar y para qué fines.

El Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco (Itei) emitió una guía para la elaboración de los sistemas de información reservada o confidencial. Este documento es creado con la finalidad de hacer cumplir la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus municipios, y que se pondrá a disposición de todos los sujetos obligados de órganos estatales, municipales y del Congreso del Estado.

Con el propósito de que los órganos de gobierno conozcan qué información pueden dar y en qué tiempo, el Instituto emitió recomendaciones para clasificar la información pública reservada. El Itei manifiesta que todo sujeto obligado tiene que realizar un Sistema de Información Reservada y tendrá que hacerse por parte del Comité de Clasificación a través de sus actas de clasificación. Determinó que la información pública reservada, es aquella protegida, relativa a la función pública, que por disposición legal temporalmente queda prohibido su manejo, publicación y difusión general.

El Consejo dicta que por disposición legal en el artículo 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus municipios, la información considerada de carácter confidencial o reservada para el manejo de información es aquella que:

Comprometa la seguridad del estado o municipio, la seguridad e integridad de quienes laboran o laboraron en estas áreas, con excepción de las remuneraciones de los servidores públicos; dañe la estabilidad financiera o económica del estado o de los municipios; que cause perjuicio grave a las actividades de prevención y persecución de los delitos, o de impartición de justicia; aborde sobre los procedimientos de responsabilidad de los servidores públicos, en tanto no se dicte la resolución administrativa o la jurisdiccional definitiva, y contenga información considerada como secreto comercial, industrial, fiscal, bancario, fiduciario, bursátil o cualquier otro, por disposición legal, entre otras consideraciones más”.

También, emitió que los sujetos obligados deben de realizar una revisión sobre la clasificación en las actas, en la que se analice su vigencia y pertinencia. Este proceso les ayudará a identificar un sistema de información reservada y esté tendrá que ser validado por el Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco.

A partir de lo que dicta el artículo 52 del Reglamento, estas actas tendrán que dar a conocer el rubro temático, la unidad administrativa interna que generó, adquirió, transformó o conserva la información; la fecha de la clasificación, el fundamento legal, el plazo de reserva o la especificación de reservado del evento, y en su caso, las partes del documento que se consideran reservadas.

El Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública de Jalisco asegura que si los sujetos obligados realizan un Sistema de Información Reservada les ayudará a delimitar las medidas de seguridad y garantizar la debida protección y resguardo de la información confidencial.

 

 

–Protección de datos personales

 

Google ha recibido más de 120 mil peticiones de derecho al olvido

El Informador

Redacción

9 de septiembre de 2014

 

 

MADRID, ESPAÑA (09/SEP/2014).- Google ha recibido más de 120 mil peticiones de ciudadanos europeos que desean ejercer el llamado “derecho al olvido”.

Así lo ha anunciado hoy la compañía tecnológica en Madrid, ciudad en la que ha celebrado la primera audiencia pública del Consejo Asesor creado para recabar opiniones de expertos en torno a la aplicación del derecho al olvido.

El Tribunal de Justicia de la UE reconocía la pasada primavera en una sentencia que los ciudadanos tienen el derecho a ser “olvidados” en internet, es decir, que pueden reclamar a Google y otros buscadores que retiren los enlaces a informaciones que les perjudican y ya no son pertinentes.

El pasado mes de mayo Google creó un formulario para que los ciudadanos de la UE puedan solicitar la retirada de información de los resultados mostrados por el buscador cuando consideren que es inadecuada o irrelevante.

Hasta el pasado 1 de septiembre, la tecnológica de Mountain View (California) ha recibido 120 mil solicitudes relativas a 457 mil URLs, aunque no ha hecho público el número de requerimientos a los que se ha respondido con el borrado del enlace de los resultados de búsqueda.

Entre el 29 de mayo y el 30 de junio, Google recibió 70 mil solicitudes (seis mil de ciudadanos españoles), una cifra que se ha incrementado en 50 mil requerimientos desde entonces.

La eliminación de los enlaces en los resultados del buscador solo se aplica a las búsquedas realizadas por nombre y apellido, no por los hechos relatados

La sentencia del TJUE, de carácter vinculante, dictamina que los ciudadanos europeos pueden exigir a los buscadores de internet la retirada de enlaces a informaciones que ya “no tienen relevancia ni interés público” y resulten perjudiciales para esas personas implicadas.

Son Google y las compañías responsables de otros buscadores los que han de evaluar si las peticiones se ajustan a los requerimientos de la sentencia europea.

La audiencia celebrada hoy, que visitará también Roma, París, Varsovia, Berlín, Londres y Bruselas, ha estado presidida por el presidente ejecutivo de Google, Eric Schmidt.

 

 

Google ha recibido más de 120.000 peticiones de “derecho al olvido”

El Occidental

Redacción

9 de septiembre de 2014

 

Madrid.- Google ha recibido más de 120.000 peticiones de ciudadanos europeos que desean ejercer el llamado “derecho al olvido”.

Así lo ha anunciado hoy la compañía tecnológica en Madrid, ciudad en la que ha celebrado la primera audiencia pública del Consejo Asesor creado para recabar opiniones de expertos en torno a la aplicación del derecho al olvido.

El Tribunal de Justicia de la UE reconocía la pasada primavera en una sentencia que los ciudadanos tienen el derecho a ser “olvidados” en internet, es decir, que pueden reclamar a Google y otros buscadores que retiren los enlaces a informaciones que les perjudican y ya no son pertinentes.

El pasado mes de mayo Google creó un formulario para que los ciudadanos de la UE puedan solicitar la retirada de información de los resultados mostrados por el buscador cuando consideren que es inadecuada o irrelevante.

Hasta el pasado 1 de septiembre, la tecnológica de Mountain View (California) ha recibido 120.000 solicitudes relativas a 457.000 URLs, aunque no ha hecho público el número de requerimientos a los que se ha respondido con el borrado del enlace de los resultados de búsqueda.

Entre el 29 de mayo y el 30 de junio, Google recibió 70.000 solicitudes (6.000 de ciudadanos españoles), una cifra que se ha incrementado en 50.000 requerimientos desde entonces.

La eliminación de los enlaces en los resultados del buscador solo se aplica a las búsquedas realizadas por nombre y apellido, no por los hechos relatados

La sentencia del TJUE, de carácter vinculante, dictamina que los ciudadanos europeos pueden exigir a los buscadores de internet la retirada de enlaces a informaciones que ya “no tienen relevancia ni interés público” y resulten perjudiciales para esas personas implicadas.

Son Google y las compañías responsables de otros buscadores los que han de evaluar si las peticiones se ajustan a los requerimientos de la sentencia europea.

La audiencia celebrada hoy, que visitará también Roma, París, Varsovia, Berlín, Londres y Bruselas, ha estado presidida por el presidente ejecutivo de Google, Eric Schmidt. (EFE)

jakysahagun

septiembre 10, 2014

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