-Atribuciones del IFT
IFT darán fallo sobre contenidos
El Economista
Claudia Juarez Escalona
25 de mayo de 2014
El Instituto Federal de Telecomunicaciones podría publicar esta semana la lista de contenidos audiovisuales que considere relevantes y que los agentes preponderantes en telecomunicaciones y radiodifusión no podrán adquirir en exclusiva.
El plazo vence el próximo sábado 31 de mayo. El pasado 6 de marzo, el IFT declaró como agentes económicos preponderantes a Grupo Televisa en radiodifusión y a América Móvil, en conjunto con Grupo Carso, Telmex, y Grupo Financiero Inbursa, en telecomunicaciones.
Dicha lista se dará a partir de la resolución de preponderancia; de acuerdo con el IFT, el contenido relevante se define como programas con características únicas que en el pasado han generado altos niveles de audiencias nacionales o regionales.
Una vez que fueron notificadas las empresas de su carácter de preponderante, Televisa y América Móvil debieron presentar al Instituto los contratos de exclusividad de contenidos audiovisuales que ya tenían suscritos, previo a la declaratoria.
En ese caso, el pleno deberá analizar cómo se procederá respecto de los contratos ya firmados.
La medida resuelta por el IFT abarca, entre otros, los partidos de la Liguilla de los torneos de futbol profesional nacional, las finales de los mundiales de futbol de la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA), los eventos deportivos de los Juegos Olímpicos de verano e invierno, así como las ceremonias de inauguración y clausura de los mismos.
Además de los encuentros de las selecciones nacionales de futbol y los playoffs de la Liga Mexicana de Beisbol del Pacífico.
ADQUISICIONES PREVIAS
Este año, América Móvil (AMX) obtuvo, de forma exclusiva, los derechos de transmisión en todas las plataformas de los próximos Juegos Olímpicos de Invierno de Rusia 2014 y los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016.
Trascendió que AMX pagó 100 millones de dólares por la exclusividad de los Juegos Olímpicos.
Pos su parte, Televisa, de acuerdo con información obtenida por El Economista de la consultora Sport Business, tiene los derechos de televisión para los mundiales 2014, 2018 y 2022, los dos últimos no son sólo a nivel local, sino también a nivel Latinoamérica, por lo que tiene la posibilidad de revenderlos a otros países; además, cuenta con acuerdos para transmitir las eliminatorias de Sudamérica y Europa para el Mundial de Rusia 2018.
De hecho, en México, Cinépolis anunció en marzo pasado que adquirió de Televisa la señal para transmitir y disfrutar en vivo 30 partidos del Mundial de fútbol Brasil 2014 en 200 cines del país.
En el 2010, Televisa Interactive Media (TIM) y Televisa Deportes transmitieron, por primera vez, vía Internet en Latinoamérica, en vivo y en exclusiva, la Copa Mundial de la FIFA Sudáfrica 2010, a través de TelevisaDeportes.com.
En ese entonces, Televisa dijo que según los términos del acuerdo firmado con la Federación Internacional de Futbol Asociación (FIFA), los derechos exclusivos de transmisión incluyeron la distribución de 30 partidos en vivo y en video bajo demanda (VOD, por su sigla en inglés) en México, y los 64 partidos en vivo y en VOD para el resto de los territorios de América Latina, excepto Brasil y Argentina.
El IFT alista definición de contenidos
El Informador
Redacción
26 de mayo de 2014
El próximo 31 de mayo vence el plazo para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) revele la lista de contenidos que Televisa y América Móvil no podrán contratar en exclusiva.
“La definición de contenidos relevantes tiene la lógica de la audiencia, serán contenidos de los cuales se anticipa que tendrán una gran audiencia, basados en la audiencia que han tenido en el pasado”, explicó la comisionada María Elena Estavillo.
Entre las obligaciones impuestas por el IFT a las empresas determinadas como agentes económicos preponderantes se encuentra la prohibición para contratar contenidos en exclusiva.
“El Agente Económico Preponderante no podrá adquirir en exclusiva derechos de transmisión para cualquier lugar del territorio nacional sobre contenidos, audiovisuales relevantes, o realizar conductas con efectos similares”, detallan las obligaciones impuestas a preponderantes.
El pasado 7 de marzo, Televisa fue informada sobre la prohibición para adquirir contenido relevante que se transmita dentro del territorio nacional.
“Contenido relevante se define como programas con características únicas que en el pasado han generado altos niveles de audiencias nacionales o regionales, tal y como la liguilla de los torneos de futbol profesional nacional, las finales de los mundiales de futbol de la Federación Internacional de Futbol Asociación, los eventos deportivos de los Juegos Olímpicos de verano e invierno, las ceremonias de inauguración y clausura de estos juegos, los juegos de las selecciones nacionales de futbol y los “play offs” de la liga mexicana de béisbol del Pacífico”, detalló Televisa.
En la misma fecha, América Móvil fue notificada respecto a la misma prohibición.
El Comité de Evaluación formado para la selección de los comisionados que conforman el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Comisión Federal de Competencia Económica, dieron a conocer las calificaciones de los aspirantes al puesto.
Sin embargo, solamente se publicaron las calificaciones con el folio del aspirante, por lo que no se puede conocer a quién corresponde cada calificación.
El IFT fue consultado respecto a las calificaciones de los comisionados que lo conforman pero no hicieron comentarios.
Alista el IFT definición de contenidos
El Universal
Carla Martínez
26 de mayo de 2014
El próximo sábado 31 de mayo vence el plazo para que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) revele la lista de contenidos que Televisa y América Móvil no podrán contratar en exclusiva.
“La definición de contenidos relevantes tiene la lógica de la audiencia, serán contenidos de los cuales se anticipa que tendrán una gran difusión, basados en la que han tenido en el pasado”, explicó la comisionada María Elena Estavillo. Entre las obligaciones impuestas por el IFT a las empresas determinadas como agentes económicos preponderantes se encuentra la prohibición para contratar contenidos en exclusiva.
“El Agente Económico Preponderante no podrá adquirir en exclusiva derechos de transmisión para cualquier lugar del territorio nacional sobre contenidos, audiovisuales relevantes, o realizar conductas con efectos similares”, detallan las obligaciones impuestas a preponderantes.
El pasado 7 de marzo, Televisa fue informada sobre la prohibición para adquirir contenido relevante que se transmita dentro del territorio nacional.
“Contenido relevante se define como programas con características únicas que en el pasado han generado altos niveles de audiencias nacionales o regionales, tal y como la liguilla de los torneos de futbol profesional nacional, las finales de los mundiales de futbol de la Federación Internacional de Futbol Asociación, los eventos deportivos de los Juegos Olímpicos de verano e invierno, las ceremonias de inauguración y clausura de estos juegos, los juegos de las selecciones nacionales de futbol y los “play offs” de la liga mexicana de beisbol del Pacífico”, detalló Televisa.
En la misma fecha, América Móvil fue notificada respecto a la misma prohibición.
Calificaciones
El Comité de Evaluación formado para la selección de los comisionados que conforman el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Comisión Federal de Competencia Económica, dieron a conocer las calificaciones de los aspirantes al puesto.
Sin embargo, solamente se publicaron las calificaciones con el folio del aspirante, por lo que no se puede conocer a quién corresponde cada calificación. El IFT fue consultado respecto a las calificaciones de los comisionados que lo conforman, pero no hicieron comentarios.
¿Ifetel y Telmex en problemas?
Milenio
Javier Orozco Gómez
26 de mayo de 2014
Hoy en día, por decirlo de alguna forma, podemos ver a dos entes hegemónicos que se encuentran en aprietos.
El primero es el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel), órgano rector de la industria, lo que significa ser el mandamás en la aplicación de las normas; el otro es Teléfonos de México (Telmex), el operador predominante en la prestación de servicios de telefonía (fija y móvil) y banda ancha, vamos, el que tiene más de 70 por ciento del mercado.
El Ifetel tiene ante sí la responsabilidad ética y legal de decidir qué sucederá con el futuro inmediato de Telmex, derivado de dos casos: la errónea decisión de dar un plazo de 18 meses para decidir si Telmex puede prestar el servicio de televisión o no, y la investigación por ocultamiento de información en su alianza con la operadora de televisión satelital, Dish.
¿Y por qué erró el Ifetel? simple y sencillamente por no haber condicionado la posibilidad de dar tv de paga a Telmex, con el cumplimiento cabal de las medidas asimétricas impuestas y con las condiciones que se establecen en el título de concesión (cobertura social, casetas públicas, telefonía rural; calidad de servicio; directorio telefónico, entre otras).
No se trata de poner trabas a un derecho que legítimamente tiene Telmex, tarde o temprano tiene que dar el servicio de televisión pero, para que ello ocurra, tiene primero que mostrar cumplimiento en las condiciones legales que se le han impuesto y a las que está obligado a cumplir como concesionario.
Al día de hoy Telmex no quiere acatar las medidas asimétricas impuestas por el Ifetel al ser un agente económico preponderante y además es descubierto que ocultó acuerdos trascendentales en su alianza con Dish.
Este último punto lo metió en serios problemas legales, ya que se puede llevar desde una fuerte sanción (que sería lo menos) hasta la revocación de su título de concesión (que sería lo máximo).
Desde esta perspectiva, Ifetel y Telmex están en serios problemas, no se puede dejar de reconocer que falta la ley secundaria, pero con el marco jurídico que existe, tanto uno como otro ente pueden salir adelante. A cumplir la ley, no simulaciones ni chicanas.
0 Comments