Leyes reglamentarias, trascendentes
El Economista
José Fonseca
19 de febrero de 2014
De los diputados y senadores que dictaminarán y aprobarán las leyes reglamentarias de las reformas constitucionales dependerá el futuro del sexenio, pues una mala regulación anularía cualquier reforma.
Las iniciativas enviadas por el Ejecutivo deben ser revisadas con lupa, pues ellas normarán la indispensable regulación del Estado a una economía más abierta. Las leyes reglamentarias son las que fortalecerán a los órganos reguladores, pero también deben dar certidumbre jurídica a los inversionistas. Así de fácil, así de difícil.
Elección y Panistas por México
La indecisión de la ex candidata presidencial, Josefina Vázquez Mota, ha forzado a sus apoyadores, los Panistas por México, a dialogar y negociar con los aspirantes a dirigir el Partido Acción Nacional.
Eso obliga, sobre todo, a los seguidores del senador Ernesto Cordero a intentar sumarlos a su equipo de campaña y a ofrecerles posiciones en el futuro CEN del PAN. Como sea, al final de cuentas, aquél que mejores ofertas les haga se llevará el apoyo de los partidarios de la señora Vázquez Mota.
Gobernadores o jefes políticos
Un corriente de la opinión publicada insiste en denostar a los gobernadores de los estados, a quienes se les atribuye una parte sustancial de los males de la República.
Es una visión que añora lo que tanto odian, al autoritarismo; de otra manera no se explica que se ignore que todos los gobernadores fueron elegidos en procesos electorales que razonablemente reflejaron la voluntad de los votantes.
¿Se equivocaron los votantes? Pues ésa es la democracia. Lo otro es el autoritarismo porfirista que simplemente designaba un jefe político para cada estado.
NOTAS EN REMOLINO
Ya envió el Ejecutivo al Congreso la ley de competencia. Busca equilibrar la promoción de la competitividad con la necesidad de no desproteger a las empresas nacionales. La cuadratura al círculo… Se equivocan quienes reprochan que oficialmente México no reclame a Estados Unidos la reforma migratoria.
Es, aunque nos pese, un asunto interno de los estadounidenses. Interferir en el tema sólo atrasaría más cualquier reforma… Anuncia el senador Javier Lozano Alarcón la celebración de audiencias para oír opiniones de los interesados en la ley ferrocarrilera… Mal pintan las cosas para el PRD de Tabasco. La demanda de su ex tesorero los ha dejado quebrados… Armando Ahued, secretario de Salud del DF, se opone a que haya dispensarios o tienditas que surtan mariguana. Considera que se incrementaría la adicción… La consignación de un funcionario del IMSS que extorsionaba a empresas fue el resultado de la colaboración del instituto con la Secretaría de la Función Pública… Hay indicios de que la oposición a la reelección de Gustavo Madero como dirigente nacional del PAN no ha calado en la militancia, entre quienes votarán el próximo mayo…
Analizan Reforma en Telecomunicaciones
El Informador
Redacción/Alana Rodríguez
19 de febrero de 2014
El equipo de QUID Observatorio de Medios del ITESO campus Guadalajara realizó la tarde de este miércoles un foro de discusión en torno a la Reforma en Telecomunicaciones aprobada en junio del año pasado y que hasta el momento no cuenta con leyes secundarias. Este foro se enfocó en los beneficios e implicaciones que esta reforma puede tener en el país; los puntos más álgidos de la discusión se centraron en la competitividad y la nueva dinámica de la industria de las telecomunicaciones.
Los participantes de este foro fueron la alumna Laura Neftaly López, el profesor Bernardo Masini y Rocío Morgan, representante de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI). En sus intervenciones, cada uno de los participantes destacó puntos importantes en torno a esta reforma.
Algunos de los puntos destacados en este foro, entre otros, fueron aquellos mencionados por Neftaly López, quien en su intervención señaló que los integrantes del IFETEL (Instituto Federal de Telecomunicaciones) son personas que no tienen los conocimientos técnicos en la materia y que esto le resta fuerza al instituto. López, también añadió que las leyes secundarias en esta materia, que aún no están definidas, pueden trastocar el objetivo primordial de la reforma.
Entre otros puntos discutidos, el profesor Marsini se enfocó en que esta reforma debe de cambiar la cantidad de concesiones para frecuencias en radio y televisión, pues en México solamente se han asignado tres nuevas frecuencias en los últimos 15 años. Marsino refirió que espera que esta reforma “no sea una tomadura de pelo” y traiga los beneficios para los que fue creada.
Por último, durante la intervención de Rocío Morgan, ésta destacó que con esta reforma se debe dar mayor apertura a la agenda digital, algo en lo que se deben de enfocar los legisladores, pues deben de garantizar que la población tenga acceso a internet, pues ya es considerada una garantía individual; además, indicó, la sociedad mexicana debe contar con mayor acceso a las tecnologías de la información, para ello, comentó, la misma sociedad debe participar para hacer válidos estos derechos. Al final de su intervención, Morgan dio algunos detalles del apagón analógico, que para Jalisco, está proyectado ocurra en noviembre de este año.
Al final de sus intervenciones los panelistas respondieron algunas preguntas de los asistentes, entre ellas, de si consideran que con esta reforma bajarán los precios de los servicios en telecomunicaciones en México, a lo que el profesor Marsini respondió que sí habrá un descenso, sin embargo no al nivel de países desarrollados en los que pagan poco por tener servicios de calidad en televisión, telefonía e internet.
Reforma en telecomunicaciones: must carry y must offer
Alista IFT solución a disputa de TV
Reforma
Vania Guerrero
19 de febrero de 2014
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolverá en breve la disputa entre Dish contra Televisa y TV Azteca por la retransmisión de la señal abierta en el sistema de paga.
El regulador retomó el caso luego de que la Ministra de la Corte, Olga Sánchez Cordero, ratificó la competencia del IFT en el tema de must carry y must offer.
“Dichos acuerdos dejan al IFT en libertad de ejercer sus atribuciones en telecomunicaciones y radiodifusión, por lo que en breve se convocará a una sesión extraordinaria del Pleno para deliberar y, en su caso, resolver sobre el proyecto de lineamientos generales para la retransmisión de las señales de televisión abierta en los sistemas de televisión restringida”, señaló el regulador en un comunicado.
El lunes, la Ministra suspendió la orden del Juez 32 civil del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, que impedía al Instituto resolver sobre la retransmisión gratuita de canales de Televisa en sistemas de paga.
Además, admitió a trámite la controversia constitucional que el Ejecutivo promovió la semana pasada para defender las facultades del regulador, las cuales están indicadas en la Constitución.
Dish indicó en un comunicado que buscará que el Juez Mejía Galán sea sujeto de un procedimiento judicial por su actuación a favor de Televisa.
Televisa, por su parte, se negó a hacer comentarios respecto al fallo.
Gabriel Sosa Plata, experto en radiodifusión, previó que los litigios continuarán.
“Yo nada más estoy esperando que el IFT publique los lineamientos y prácticamente al día siguiente Televisa o TV Azteca, o las dos presenten un amparo”, comentó.
Homo Zapping
Monitoreo Informativo
20 de febrero del 2014
El día de ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación informó al público respecto de decisiones relevantes en la Controversia Constitucional 18/2014, promovida por el Titular del Ejecutivo Federal contra actos del Juez 32º de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
La Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Ministra Instructora en esta Controversia Constitucional, determinó admitirla a trámite y conceder de oficio la suspensión de los efectos del oficio dirigido por el Juez 32º al Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Al respecto, DISH afirma:
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La suspensión concedida de oficio por la Ministra Sánchez Cordero representa el respaldo del Tribunal Constitucional a la autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones. Diversas consideraciones de la resolución dictada en el incidente de suspensión confirman que la Suprema Corte es la única instancia en el país facultada para determinar la competencia constitucional de los órganos del Estado.
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La suspensión permitirá al Instituto Federal de Telecomunicaciones continuar ejerciendo sus facultades constitucionales, sin impedimento ni interferencia alguna por parte de un Juez del orden común que nada tiene que hacer desconociendo la competencia del Instituto.
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La actuación oportuna del IFT, del Ejecutivo Federal a través de la Consejería Jurídica, y ahora de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, constituyen una respuesta contundente de las instituciones del Estado mexicano, en defensa de la Constitución y de la reciente reforma en materia de telecomunicaciones.
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La controversia constitucional continuará tramitándose en el fondo, que consiste en determinar si los oficios girados por el Juez 32º al IFT constituyen actos inconstitucionales en invasión de la esfera de competencia del IFT. Una vez elaborado el proyecto respectivo por parte de la Ministra Instructora, el Pleno de la Suprema Corte resolverá al respecto.
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DISH reitera que la conducta del Juez 32º constituye una afrenta a la imparcialidad y objetividad con que deben conducirse los impartidores de justicia. Como se ha señalado en diversos comunicados, DISH continuará impulsando que el Juez 32º sea sujeto de procedimientos de responsabilidad administrativa y penal por su conducta contumaz y servicial a los intereses de Grupo Televisa.
Azteca, Televisa y derechos humanos
Milenio Jalisco
Fernando Mejía Barquera
20 de Febrero de 2014
Uno de los argumentos que Televisa y Tv Azteca tratan de hacer valer en el actual debate sobre el must carry-must offer es que “el derecho de autor es un derecho humano” y por lo tanto esas empresas, como titulares de “derechos de propiedad intelectual”, deben conservar la libertad de autorizar y cobrar la difusión de sus programas o sus señales por parte de las televisoras de paga. Su apoyo legal está en la Declaración Universal de Derechos Humanos, elaborada por la ONU, de la que México es firmante.
¿Derechos enfrentados?
En contraparte, Dish argumenta que el acceso a la radiodifusión (radio y tv abiertas) es un derecho humano recientemente establecido en la Constitución mexicana y, por lo tanto, los sistemas de televisión restringida tienen la obligación de incluir en su oferta las señales de la televisión abierta con el fin de garantizar a sus clientes el cumplimiento de ese derecho.
¿Estamos ante un problema legal en que dos derechos humanos se contraponen y donde la autoridad deberá decidir cuál aplica? Esto, por supuesto, deberá decidirlo el Congreso de la Unión en las leyes secundarias relacionadas con la reforma en telecomunicaciones, no el Ifetel en los lineamientos para el must carry-must offer que deberá publicar.
Constitución y tratados
La Constitución mexicana indica (artículo uno) que “en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte…” Los derechos relacionados con la comunicación que la Constitución reconoce en su texto (artículos seis y siete) son libertad de expresión a través de cualquier medio, derecho de réplica, derecho a la información; acceso a las tecnologías de la información y comunicación, y acceso a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, “incluido el de banda ancha e internet”.
La Constitución no menciona el derecho de autor; sin embargo, el Estado mexicano es firmante de la Declaración Universal de Derechos Humanos cuyo artículo 27, fracción dos, hace alusión a algo que podría equipararse con esa garantía: “Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora”.
¿Humano o comercial?
Existe entre los especialistas en el tema una discusión acerca de si lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos es aplicable a la propiedad comercial sobre obras determinadas; es decir, si el derecho humano que tiene un artista o un científico de percibir los beneficios “morales y materiales” que le correspondan por sus obras es “heredado” por las empresas o entidades públicas que las compren para explotarlas comercialmente.
Parece claro que cuando un escritor vende a una televisora los derechos de una obra literaria para que ésta la explote comercialmente bajo el formato de “telenovela” tiene el derecho humano de percibir los beneficios de la venta. Pero ¿la televisora compra junto con la obra ese derecho humano o simplemente adquiere los derechos de propiedad para explotarla? ¿Los derechos de propiedad comercial sobre una obra que ya fue vendida por una persona a una empresa son “derechos humanos”?
Salida conciliatoria
Es un tema que los legisladores deberán resolver en el Congreso de la Unión a propósito de las leyes secundarias relacionadas con la reforma en telecomunicaciones. Tendrán que decidir si la “propiedad intelectual” sobre obras ya pagadas a los autores constituye también un “derecho humano”, como sostienen las televisoras, o es sencillamente una propiedad sujeta a la legislación en materia industrial o comercial.
Me inclino a pensar que las negociaciones entre gobierno, partidos y empresas de medios terminarán en una salida conciliatoria, como expuse aquí la semana pasada: aplicación del must carry-must offer para cumplir con la disposición constitucional que considera el acceso a los servicios de radiodifusión, un derecho para todos los mexicanos —tengan tele de paga o abierta—, pero al mismo tiempo habrá respeto a los derechos de propiedad que tienen las televisoras sobre los programas incluidos en las señales que transmiten, lo cual derivará en la autorización de que cobren por ello tarifas que, probablemente, el Estado habrá de autorizar.
“Bolita” al Congreso
Por cierto, en esa decisión no participará el Ifetel, que en su proyecto de lineamientos, publicado en noviembre de 2013, se lava las manos y echa la bolita al Congreso: “Lo señalado en los presentes Lineamientos es independiente de las obligaciones y medidas que los concesionarios deban cumplir y acatar en materia electoral, autoral y de tiempos de uso oficial o de cualquier otra naturaleza”. Será, por lo tanto, el Congreso de la Unión el que resuelva el caso de los derechos de autor y su relación con el must carry-must offer.
Análisis. Estrategia sin sustento
El Universal
Agustín Ramírez Ramírez
20 de febrero de 2014
La presunta violación a los derechos de autor de la programación radiodifundida por parte de Dish fue el motivo por el cual Televisa inició una disputa legal en 2011, es decir, mucho antes de la reforma constitucional en telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica de junio de 2013, cuando el contexto regulatorio era muy diferente. La Cofetel, como órgano desconcentrado de la SCT carecía de las facultades que el nuevo marco constitucional le otorgó al Ifetel para promover, regular y supervisar la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones y radiodifusión.
Al respecto, si bien no cabe duda de que al juez Trigésimo Segundo de lo civil en el Distrito Federal le corresponde dirimir la controversia entre ambos operadores, era notorio que carecía de competencia para pronunciarse, como lo hizo, sobre las facultades del Ifetel en materia de retransmisión de señales de televisión abierta, aunque en lo inmediato logró detener la autorización de los lineamientos que la autoridad regulatoria tenía previsto emitir.
Parecía haber funcionado la estrategia del operador que en breve será declarado, con seguridad, agente económico preponderante en ese sector de la radiodifusión, pues para que el juez local haya notificado el acuerdo al Ifetel se requiere, como lo sabe cualquier abogado, del impulso procesal de alguno de los contendientes; no hay en ello actuación de oficio, dado que la autoridad regulatoria no es parte del litigio y tampoco está considerada tercero interesado.
Ciertamente no estuve de acuerdo con la decisión adoptada por el Ifetel, pues bien podía haber tomado nota del oficio del juez y continuar su tarea regulatoria, ya que no había riesgo alguno para sus miembros en virtud de que no se trataba de un requerimiento judicial sino de un simple acuerdo adoptado dentro de un juicio que le era ajeno, mucho menos tenía el carácter de resolución judicial para temer por la figura del desacato. El camino a seguir, desde mi perspectiva, era la emisión de los lineamientos y que Televisa acudiera en la vía de amparo ante los tribunales especializados en la materia.
Se optó por promover una controversia constitucional a través del Ejecutivo federal, que fue oportunamente atendida por la ministra Sánchez Cordero, al otorgar la medida provisional de suspender los efectos del acuerdo que indebidamente notificó el juez al Ifetel, con lo cual, éste podrá continuar con el análisis y aprobación de los lineamientos para la retransmisión gratuita de las señales radiodifundidas.
Se esfumó de esta manera el riesgo de alargar la política regulatoria en un sector que es importante no sólo por las implicaciones económicas que tiene, sino porque involucra el ejercicio de los derechos fundamentales de libertad de expresión, derecho a la información y derecho de acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, cuya validez habrá de confirmarse cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva el fondo de la controversia.
De lo acontecido, nos quedan al menos un par de lecciones. Al órgano regulador, se le hace notar que el mandato que le otorgó la Constitución es fuente de fortaleza institucional, pero es necesario que sus integrantes la promuevan y defiendan. Para el concesionario promotor de la medida legaloide, la lección es contundente: el interés público prevalece por sobre la intransigencia y la manipulación. Soplan, por fortuna, nuevos tiempos de cambio.
Analistas: el diferendo, sobre derechos de autor
El Universal
Carla Martínez
20 de febrero de 2014
Aún queda pendiente regular sobre derechos de autor de los contenidos de televisión, lo cual podría derivar en nuevos litigios de las televisoras, dijeron analistas.
Televisa y TV Azteca podrían usar la falta de leyes secundarias sobre derechos de autor para detener la marcha de los lineamientos sobre must offer y must carry, dijo Gabriel Sosa Plata, analista en telecomunicaciones.
“Ha sido un tema fundamental para Televisa y TV Azteca el tema de derechos de autor, por lo que una vez que se publiquen los lineamientos pudiesen ser impugnados”, subrayó Sosa Plata.
Aunque el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolverá la forma en que regulará las transmisiones de los canales de televisión abierta en los sistemas de televisión de paga, las televisoras han comentado que la materia a discutir son los derechos de autor de los contenidos difundidos.
En sus comentarios enviados a la consulta pública realizada por el IFT, Televisa aseguró que el regulador carece de competencia para limitar la titularidad de los derechos de autor que tiene Televisa, sobre las obras audiovisuales que se contienen en las señales radiodifundidas y subrayó que sus producciones están protegidas por la Ley Federal de Derecho de Autor y por diversos tratados internacionales por lo que es titular de los derechos de dichas obras.
En tanto, TV Azteca coincidió en que se violentan los derechos de autor con los lineamientos expuestos por el Instituto.
La Sociedad Protectora de Cine y Música indicó que en los lineamientos no se garantizan adecuadamente los derechos de autor, el Instituto de la Propiedad Intelectual y Derecho de la Competencia destacó que este documento contraviene los acuerdos internacionales en materia de derechos de autor de los que México forma parte y la Sociedad de Autores y Compositores de México subrayó que los lineamientos representan un potencial prejuicio a sus derechos. Irene Levy, presidenta de Observatel, comentó que el tema de derechos de autor deberá ser resuelto en la ley secundaria. Jorge Fernando Negrete, abogado y director general de MediaTelecom Policy and Law, recordó que las señales de radiodifusión a fueron consideradas como servicio público por lo que deben ser transmitidas, incluso a través de cualquier medio, además de la TV.
Dan luz verde a IFT para pronunciarse en must carry, must offer
El Financiero
Redacción
19 de febrero de 2014
La ministra Olga Sánchez Cordero dio luz verde al Instituto Federal de Telecomunicaciones para que se pronuncie en el conflicto entre las televisoras abiertas, de pago y cableras en materia de retransmisión, conocido como must carry, must offer. Luego que el Juzgado Trigésimo Segundo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal considerara que el Instituto no tenía facultad para resolver el conflicto, la Presidencia de la República promovió una controversia constitucional.
Al admitir a trámite el recurso del Ejecutivo, la ministra acordó que se concede de oficio una suspensión para que quede sin efecto la decisión del juzgada hasta que se resuelva el fondo de la controversia.
“Se concede de oficio la suspensión de los actos impugnados por la Federación por conducto del Poder Ejecutivo Federal (…) en los términos y para los efectos que se indican en este proveído”, dijo la Ministra Olga Sánchez Cordero en la controversia con número de expediente 18/2014.
La medida suspensional surtirá efectos desde luego y sin necesidad de otorgar garantía alguna, argumentó la Ministra en el oficio de resolución. El pasado 13 de febrero, el IFT solicitó al Ejecutivo federal la promoción de una controversia constitucional con el objetivo de que la SCJN confirme las facultades conferidas al órgano regulador para resolver sobre la retransmisión de las señales de tv abierta.
Un día antes, el IFT informó sobre la notificación de un acuerdo emitido por el Juez Trigésimo Segundo de lo Civil el pasado 10 de febrero en el que señaló “que el IFT carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de ciertos canales de televisión abierta, esto derivado de un litigio entre dos empresas reguladas por el Instituto (Televisa y Dish México)”. Hoy la SCJN anunció su respaldo a favor del Ejecutivo federal y, en consecuencia, al IFT en su carácter de regulador para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión en México.
De acuerdo con el proyecto de la ministra, la suspensión concedida respecto de los efectos y consecuencias de los actos cuya invalidez se demanda consiste en que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan, esto es, para que el Juzgado Trigésimo Segundo de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal continúe con la substanciación del juicio del expediente 1653/2011 de su índice hasta su total conclusión, incluso, para que emita la resolución final correspondiente.
Sin embargo, deberá abstenerse de realizar cualquier pronunciamiento o acto que implique desconocer las facultades que en materia de telecomunicaciones tiene el IFT por mandato directo y expreso de la Constitución Federal, argumentó la ministra.
Reforma en telecomunicaciones: Actores preponderantes
Dish niega que Telmex tenga una participación accionaria
El Universal
Carla Martínez
19 de febrero de 2014
Aclara que solamente tienen contratos para la prestación de diversos servicios. Dish negó que Telmex tenga una participación accionaria en la empresa y recordó que desde 2008 solamente tienen contratos para la prestación de diversos servicios. Este miércoles trascendió que Telmex estaba analizando tener una participación accionaria en Dish.
“La posible inversión conjunta de Telmex en Dish depende del cumplimiento de condiciones suspensivas, es decir, que no podría suceder ni verificarse sino hasta en tanto la autoridad competente -Instituto Federal de Telecomunicaciones-, autorizara dicha inversión conforme a los procedimientos que establece la Ley”, detalló Dish en un comunicado.
Por ello, agregó, se trata de un evento futuro de realización incierta, y no configura una participación en el capital social, control o administración de Dish. “La opción de compra es eso, una opción que puede o no llevarse a cabo y, de ser el caso, estaría sujeta al cumplimiento de diversas condiciones, entre las que se encuentra que la autoridad no la objete, que no imponga condiciones o limitaciones que afecten de forma sustancial los activos, negocios u operaciones de Telmex y/o Dish y que no exista orden judicial o administrativa que prohíba el ejercicio de la opción”, reiteró la empresa.
Rechaza Dish que Telmex haya comprado parte de sus acciones
La Jornada Nacional
Miriam Posada
20 de febrero de 2014
México, DF. La versión de un presunto contrato entre Teniver, empresa del Carlos Slim dedicada al negocio satelital y Dish revelaría que en 2012 el empresario habría acordado la opción de compra de 51 por ciento de las acciones de Dish México por 325 millones de dólares.
Tras la difusión del documentom la vocería de Slim no tuvo comentarios sobre el tema.
En cambio Dish rechazó que Telmex o alguna empresa del grupo tenga participación accionaria, y que si hubiera la posibilidad de una transacción de ese tipo tendría que ser aprobada por las autoridades.
Dijo que desde que Dish firmó contratos comerciales con Telmex esta empresa y América Móvil, que es su controladora, han informado a través de la Fora F-20 que si alguna vez hubiera participación accionaria tendría que ser con aprobación de diversas autoridades.
El documento que circuló entre los medios señala que las condiciones para la compra del 51 por ciento de las acciones de Dish consisten en el pago de 325 millones de dólares, cifra que sería ajustada a intereses a devengar; se reduciría si las partes involucradas no cumplieran con las aportaciones comprometidas, lo cual aplicaría para Multivisión (MVS) y Echostar, y también se reduciría por los dividendos que se pagaran a los accionistas de Dish. Teniver tendría la opción de comprar la totalidad de acciones de Dish.
Dish explicó qye su relación es con Telmex y que la opción de compra a la que que se alude en los reportes financieros “es eso, una opción que puede o no llevarse a cabo y, de ser el caso, estaría sujeta al cumplimiento de diversas condiciones, entre las que se encuentra que la autoridad no la objete, que no imponga condiciones o limitaciones que afecten de forma sustancial los activos, negocios u operaciones de Telmex y/o Dish y que no exista orden judicial o administrativa que prohíba el ejercicio de la opción”.
Reitera Dish que Telmex no tiene participación accionaria
MVS Noticias
Redacción
20 de febrero de 2014
COMUNICADO
En relación a la difusión de supuestos documentos relacionados con una opción de compra por parte de Teléfonos de México (TELMEX) para adquirir una participación accionaria en Dish México, reiteramos:
TELMEX, no tiene participación accionaria en Dish, como artificialmente se pretende hacer creer a la opinión pública. Desde noviembre de 2008, ambas empresas celebraron contratos para la prestación de diversos servicios.
Desde 2008, Dish sometió dichos contratos al análisis y aprobación de la Comisión Federal de Competencia. En mayo de 2009, la COFECO determinó que los contratos no implicaban concentración alguna. Desde la fecha de la firma de los contratos, TELMEX informó al público inversionista sobre estos contratos y su alcance. De entonces y de manera ininterrumpida, las Formas 20-F y los reportes anuales de dicha compañía (y de América Móvil que es actualmente su controladora) han incluido información expresa sobre los contratos celebrados con Dish.
Esta información pública sobre los contratos celebrados entre TELMEX y DISH invariablemente ha divulgado que en el futuro, TELMEX podría participar directamente en una inversión conjunta con Dish México, en caso de que sea aprobada por las autoridades competentes. Así lo reiteró –hace más de tres años-, a través de un boletín informativo de fecha 14 de febrero de 2011, Teléfonos de México.
La posible inversión conjunta de TELMEX en Dish depende del cumplimiento de condiciones suspensivas, es decir, que no podría suceder ni verificarse sino hasta en tanto la autoridad competente –Instituto Federal de Telecomunicaciones-, autorizara dicha inversión conforme a los procedimientos que establece la Ley. Se trata por ello de un evento futuro de realización incierta, y de ninguna manera configura una participación en el capital social, control o administración de Dish.
La opción de compra es eso, una opción que puede o no llevarse a cabo y, de ser el caso, estaría sujeta al cumplimiento de diversas condiciones, entre las que se encuentra que la autoridad no la objete, que no imponga condiciones o limitaciones que afecten de forma sustancial los activos, negocios u operaciones de TELMEX y/o Dish y que no exista orden judicial o administrativa que prohíba el ejercicio de la opción. Como hemos venido afirmando desde hace 5 años, Dish México es una empresa de MVS y EchoStar.
Dish desmiente relación accionaria con Telmex
Sin Embargo
Redacción/ Sin Embargo
19 de febrero de 2014
México, 19 Feb (Notimex).- Teléfonos de México (Telmex) no tiene participación accionaria alguna en la empresa de televisión vía satélite Dish, “como artificialmente se pretende hacer creer a la opinión pública”, aseguró la empresa propiedad de MVS y EchoStar.
Reiteró en un comunicado que desde noviembre de 2008 ambas empresas celebraron contratos para la prestación de diversos servicios.
Ello, en referencia a “la difusión de supuestos documentos relacionados con una opción de compra por parte de Teléfonos de México (Telmex) para adquirir una participación accionaria en Dish México”.
Señala que desde 2008, Dish sometió dichos contratos al análisis y aprobación de la entonces Comisión Federal de Competencia (CFC), entidad que un año después determinó que los contratos no implicaban concentración alguna.
“Telmex informó al público inversionista sobre estos contratos y su alcance. De entonces y de manera ininterrumpida, las Formas 20-F y los reportes anuales de dicha compañía (y de América Móvil que es actualmente su controladora) han incluido información expresa sobre los contratos celebrados con Dish”, apuntó.
Añade que ambas empresas han informado de manera pública que en el futuro, Telmex podría participar directamente en una inversión conjunta con Dish México, en caso de que sea aprobada por las autoridades competentes.
“Así lo reiteró –hace más de tres años-, a través de un boletín informativo de fecha 14 de febrero de 2011, Teléfonos de México”, subraya.
La posible inversión conjunta de Telmex en Dish depende del cumplimiento de condiciones suspensivas, es decir, que no podría suceder ni verificarse sino hasta en tanto la autoridad competente, es decir, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) autorizara dicha inversión conforme a los procedimientos que establece la ley.
Se trata por ello de un evento futuro de realización incierta, y de ninguna manera configura una participación en el capital social, control o administración de Dish.
Dish enfatizó que “la opción de compra es eso, una opción que puede o no llevarse a cabo y, de ser el caso, estaría sujeta al cumplimiento de diversas condiciones, entre las que se encuentra que la autoridad no la objete”.
Asimismo, añade, que no imponga condiciones o limitaciones que afecten de forma sustancial los activos, negocios u operaciones de Telmex y/o Dish, y que no exista orden judicial o administrativa que prohíba el ejercicio de la opción.
Telmex no tiene participación accionaria en Dish
Milenio Jalisco
Milenio Digital
19 de Febrero de 2014
Dish negó que Telmex haya realizado una opción de compra para tener participación accionaria dentro de esta compañía.
La empresa insistió en que “Telmex no tiene participación accionaria como artificialmente se pretende hacer creer a la opinión pública”.
Según la empresa desde noviembre de 2008, ambas empresas celebraron contratos para la prestación de diversos servicios. Dichos contratos, aseguró Dish, fueron analizados por la Comisión Federal de Competencia (Cofeco).
En mayo de 2009, la Cofeco terminó que los contratos no implicaban concentración alguna.
Desde la fecha en que se firmaron los contratos, Telmex informó al público inversionista sobre estos contratos y su alcance. Dish explicó que esta información de los contratos celebrados entre Telmex y Dish detallan la posibilidad de una inversión conjunta entre estas empresas sólo si las autoridades competentes lo aprueban.
“La posible inversión conjunta de Telmex en Dish depende del cumplimiento de condiciones suspensivas, es decir, que no podría suceder ni verificarse sino hasta en tanto la autoridad competente –Instituto Federal de Telecomunicaciones-, autorizara dicha inversión”.
Dish desmiente relación accionaria con Telmex
Aristegui Noticias
Redacción
18 de febrero de 2014
Teléfonos de México (Telmex) no tiene participación accionaria alguna en la empresa de televisión vía satélite Dish, “como artificialmente se pretende hacer creer a la opinión pública”, aseguró la empresa propiedad de MVS y EchoStar.
En un comunicado indicó que desde noviembre de 2008 ambas empresas celebraron contratos para la prestación de diversos servicios. Ello, en referencia a “la difusión de supuestos documentos relacionados con una opción de compra por parte de Teléfonos de México (Telmex) para adquirir una participación accionaria en Dish México”.
Señala que desde 2008, Dish sometió dichos contratos al análisis y aprobación de la entonces Comisión Federal de Competencia (CFC), entidad que un año después determinó que los contratos no implicaban concentración alguna. “Telmex informó al público inversionista sobre estos contratos y su alcance. De entonces y de manera ininterrumpida, las Formas 20-F y los reportes anuales de dicha compañía (y de América Móvil que es actualmente su controladora) han incluido información expresa sobre los contratos celebrados con Dish”, apuntó.
Añade que ambas empresas han informado de manera pública que en el futuro, Telmex podría participar directamente en una inversión conjunta con Dish México, en caso de que sea aprobada por las autoridades competentes. “Así lo reiteró –hace más de tres años-, a través de un boletín informativo de fecha 14 de febrero de 2011, Teléfonos de México”, subraya.
La posible inversión conjunta de Telmex en Dish depende del cumplimiento de condiciones suspensivas, es decir, que no podría suceder ni verificarse sino hasta en tanto la autoridad competente, es decir, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) autorizara dicha inversión conforme a los procedimientos que establece la ley.
Se trata por ello de un evento futuro de realización incierta, y de ninguna manera configura una participación en el capital social, control o administración de Dish. Dish enfatizó que “la opción de compra es eso, una opción que puede o no llevarse a cabo y, de ser el caso, estaría sujeta al cumplimiento de diversas condiciones, entre las que se encuentra que la autoridad no la objete”.
Asimismo, añade, que no imponga condiciones o limitaciones que afecten de forma sustancial los activos, negocios u operaciones de Telmex y/o Dish, y que no exista orden judicial o administrativa que prohíba el ejercicio de la opción.
Telmex amarra a Dish a través de contratos
El Financiero
Carlos Mota
20 de febrero de 2014
Los 5 contratos y 2 cartas laterales suscritas entre Telmex y Dish le dan a la empresa de Carlos Slim derechos sobre Dish equiparables a los que tienen los accionistas, aun sin serlo formalmente.
Los documentos que tiene en su poder EL FINANCIERO revelan la existencia de una opción de compra y otra de venta. La de compra corresponde a la adquisición del 51 por ciento de Dish por parte de una subsidiaria de Telmex. La de venta, a la posibilidad de que Dish obligue a Telmex a comprar el 51 por ciento de sus acciones.
Los contratos señalan que “en caso de que las condiciones para el ejercicio de la opción no se hubieren actualizado en o antes del 1 de enero de 2014, Dish podrá obligar a Telmex a consumar la compra del 51 por ciento de Dish México y, para ello, a que busque a un tercero que pueda llevarla a cabo”. Telmex tiene derecho a realizar auditorías a Dish así como a recibir la información financiera que reciben los accionistas.
Además, en caso de que se venda Dish, la empresa de Slim tendría el derecho a recibir el 51 por ciento de los ingresos resultantes. Al referirse a lo publicado por este diario respecto a la opción de compra que tiene Telmex, el senador Javier Lozano, a través de su cuenta de Twitter señaló: “Esto explica tantas cosas…”.
Requeridos por reporteros de este medio, Telmex y el Instituto Federal de Telecomunicaciones no quisieron hacer comentarios.
Telmex, la opción de compra de Dish y el Proyecto Alpha
El Financiero
Carlos Mota
20 de febrero de 2014
El documento al que me referí ayer en el que se habrían especificado las condiciones bajo las cuales Telmex adquiriría el control de Dish México por 325 millones de dólares (con dos opciones, un put y un call), y que habría sido preparado por Forastieri Abogados en febrero de 2012, contiene una serie de apartados que dan cuenta de la relación que se habría establecido entre Telmex y Dish en “convenios celebrados con fecha 24 de noviembre de 2008”. La alianza se llamaría confidencialmente Proyecto Alpha.
En el Proyecto Alpha se habrían acordado varios contratos que rebasarían lo que públicamente se acentuó como un acuerdo de “facturación” y “cobranza” de los servicios de Dish en los recibos de Telmex. Un ejemplo: “(a) Distribución: en términos del contrato, Telmex se encuentra obligado a (I) otorgar a Cofresa acceso total a sus canales de distribución (incluyendo las tiendas Telmex); (II) presentar a Cofresa con los distribuidores Telmex independientes y motivarlos a que vendan los servicios DISH; (III) que a solicitud de Cofresa, Telmex distribuya materiales promocionales entre sus clientes; y (IV) promover entre sus clientes los servicios DISH”. (Cofresa significa Comercializadora de Frecuencias Satelitales y es propiedad de Dish).
El acuerdo de distribución habría establecido vínculos íntimos incluso en materia de capacitación y de captación de clientes: “(f) Entrenamiento: Telmex se obliga a su costo, a que sus distribuidores asistan constantemente a los entrenamientos que Cofresa imparta en relación con los servicios de DISH y posteriormente, a que dichos distribuidores entrenados, entrenen a otros distribuidores de Telmex”. También se habría añadido: “Contraprestación: Cofresa pagará a Telmex la cantidad de $240.00 por cada suscriptor que sea activado a través de los canales de distribución de Telmex”.
El Proyecto Alpha habría especificado que las dos partes harían todo lo que estuviese a su alcance para materializar el ejercicio de las opciones para que Teninver adquiriera el control del 51 por ciento de Dish: “Las partes se obligan a poner sus mejores esfuerzos en la consecución de los actos necesarios para que las condiciones referidas se actualicen”.
Se habría incluido también una cláusula de obligatoriedad vigente hasta finales del presente año: “Ejercicio obligatorio de la opción: En caso de que las condiciones para el ejercicio de la opción no se hubieren actualizado en o antes del 1º de enero de 2014, DMH podrá obligar a Telmex a consumar la compra del 51% de DM y para ello, a que busque un tercero que pueda llevarla a cabo. En caso de que Telmex o el tercero, no llevaran a cabo la compra en o antes del 31 de diciembre de 2014, Telmex estará obligada a hacer su aportación comprometida y a cambio recibirá el monto correspondiente al 51% del valor de mercado de DM”. (DMH significa Dish México Holdings y DM significa Dish México).
Ley de competencia económica
Gobierno mexicano presenta iniciativa de ley sobre competencia económica
El Sol de México
EFE
19 de febrero de 2014
Ciudad de México.- El Gobierno mexicano presentó hoy una iniciativa de ley que incluye nuevas medidas para combatir los monopolios y mejorar la competencia en todos los sectores económicos del país. La Secretaría de Economía señaló en un comunicado que el presidente mexicano, Enrique Peña Nieto, enviará este mismo miércoles a la Cámara de Diputados un proyecto de una nueva Ley Federal de Competencia Económica.
El proyecto otorga facultades adicionales al órgano regulador como ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia, regular el acceso a insumos esenciales y ordenar la desincorporación de activos. La actual legislación en la materia, aprobada hace poco más de 20 años, “no ha sido suficiente para garantizar una sana competencia en nuestra economía”, apuntó el ministerio.
Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), los consumidores mexicanos gastan alrededor de 40 % más en mercados con problemas de competencia. Asimismo, un informe del Foro Económico Mundial sobre Competitividad Global 2013-2014 ubica a México en el lugar 114 de una lista de 148 países, por detrás de países como Panamá (25), India (29), Zambia (37), Brasil (40), China (55) y El Salvador (59).
La iniciativa “brinda mayor certeza, transparencia y eficiencia al sistema de competencia económica”, a fin de que los consumidores tengan acceso a bienes y servicios de calidad y a mejores precios, y los pequeños y medianos empresarios a insumos competitivos e innovadores.
Entre otras medidas, establece la integración de la Comisión Federal de Competencia Económica y fortalece sus capacidades de sanción al permitirle desincorporar activos en la proporción que considere necesaria. También define conductas anticompetitivas e incorpora dos nuevos tipos de prácticas monopólicas que sancionan la explotación abusiva de un insumo esencial por parte del agente económico dominante.
La iniciativa incluye un esquema de división de funciones para impedir que la autoridad que realiza la investigación sea la misma que resuelva, además de que las resoluciones estará sujetas “al control judicial eficiente” por parte de juzgados especializados.
El proyecto refleja la necesidad de contar con “una agencia del Estado mexicano eficaz en su misión de combatir a los monopolios y las prácticas monopólicas, pero a la vez brinda mayor certeza, justicia, predictibilidad y transparencia a todos los agentes económicos”, destacó la Secretaría de Economía.
Eleva ley multas a los monopolios
El Financiero
Ramiro Alonso
20 de febrero de 2014
Las sanciones por incurrir en prácticas monopólicas en México podrían llegar a hasta a 10 por ciento de los ingresos del agente económico o incluso la desincorporación de activos en caso de reincidencia, según la nueva Ley Federal de Competencia Económica.
El texto reglamentario del artículo 28 constitucional, que contiene 130 artículos y modificaciones al artículo 254 bis del Código Penal Federal, enviado ayer por el presidente Enrique Peña Nieto a la Cámara de Diputados, resalta la reforma al Código Penal que aumenta de 5 a 10 años de prisión y de mil a 10 mil días de multa, entre otros, a quien fije, concerte o manipule el precio de venta o compra de bienes y servicios, concerte posturar en licitaciones o restrinja la producción de bienes o servicios.
Para el sector privado, en las reformas secundarias se pone más dientes al regulador, pero también hay que buscar los equilibrios en ella. Gerardo Gutiérrez Candiani, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), manifestó preocupación porque en las leyes secundarias se traten de castigar a las grandes empresas sólo por su tamaño.
“Lo que hay que castigar son las prácticas monopólicas, que son las que están en contra de la competencia”. Si se castiga a los conglomerados por su tamaño, esto puede tener repercusiones muy serias en la inversión advirtió.
Juan Pablo Castañón, líder de Coparmex, acusó que la iniciativa de la iniciativa de las leyes secundarias en materia de competencia no cuenta con los mecanismos de defensa suficiente para los entes económicos, sobre todo, porque existen lagunas en ésta donde no quedan claros donde están los límites de actuación de parte de las empresas. Consideró que la iniciativa no contempla mecanismos que garanticen la independencia de la Comisión Federal de Competencia.
Mario Sánchez Ruiz, presidente de la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, anotó que hay varias premisas que hay que cuidar en las leyes secundarias como el Estado de Derecho, la aplicación de más dientes para el regulador y que las empresas cuenten con mecanismos para defenderse de actos de autoridad.
La nueva Ley Federal de Competencia Económica impactará al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) dado que la reforma constitucional en telecomunicaciones, que se promulgó el 10 de junio de 2013, establece nuevas facultades en este ámbito al organismo regulador de telecomunicaciones y radiodifusión, consideró Miguel Flores Bernés, ex comisionado de la CFC.
“La Ley de competencia tiene implicaciones para el IFT porque ahora es la autoridad de competencia en estos temas”, dijo el experto en entrevista con El Financiero.
Atribuciones del IFETEL
Quedará fuera el juicio de nulidad en la nueva ley
El Universal
Ivette Saldaña
20 de febrero de 2014
De aprobarse la iniciativa de la nueva Ley Federal de Competencia Económica, el juicio de nulidad no podrá ser utilizado por los actores económicos del país en contra de una resolución de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), ni del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), solamente el amparo en directo, aseguraron el secretario de Economía, Ildefonso Guajardo y el Consejero Jurídico de la Presidencia de la República, Humberto Castillejos.
En la propuesta, “se quita el juicio de nulidad y se va directamente al juicio de amparo indirecto, porque una de las quejas es que los recursos interprocesales siempre diferían al infinitum y nunca había una aplicación de la ley”, dijo el secretario de Economía y agregó que sin menoscabo de los derechos legales se acortarán los tiempos con esta decisión.
Durante la presentación de esta iniciativa, que ayer fue enviada a la Cámara de Diputados, Guajardo Villareal indicó que se fortalecerá esta ley porque los consumidores mexicanos gastan alrededor de 40% más en mercados con problemas de competencia, además de que el Foro Económico Mundial (WEF por sus siglas en inglés) nos ubica en el lugar 114 de 148 en cuanto a Efectividad de la Política de Competencia Económica.
“Es un cambio estructural de la forma de regular la competencia en México para impedir el abuso y la distorsión de los mercados”, indicó el Secretario de Economía.
Dentro de las nuevas consideraciones está el que se incluyen dos nuevos tipos de prácticas monopólicas relativas que sancionan la explotación abusiva de un insumo esencial por parte de un agente económico dominante, es decir cuando se trate de un servicio o bien que no se pueda replicar, destacó el Consejero Jurídico de la Presidencia de la República.
Desincorporacion de activos
Sobre la desincorporación de activos precisó que es uno de los últimos recursos a utilizarse, ya que “no podrían ser ejecutadas, sino hasta que hubiera la revisión judicial”, explicó Castillejos.
El secretario de Economía precisó que se tomaron en consideración elementos fundamentales como las directrices fijadas en la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 11 de junio de 2013, incluyendo la instrumentación de las facultades incrementales tales como: ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia; regular el acceso a insumos esenciales, y ordenar la desincorporación de activos.
El segundo elemento que se tomó en cuenta fue la experiencia ganada en nuestro país a lo largo de 20 años de la aplicación de una política de libre concurrencia y competencia económica, y particularmente los avances logrados en la reforma a la Ley Federal de Competencia Económica del año 2011, y como tercer tema que se consideró para la formulación es la revisión de las mejores prácticas internacionales en la materia.
Proponen que la autoridad pueda desincorporar activos
El Universal
Ivette Saldaña
20 de febrero de 2014
El Ejecutivo federal buscará darle más poder a la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) contra las prácticas monopólicas y la concentración de empresas, al proponer que se endurezcan las sanciones a 10 años de cárcel, 10 mil días de salario mínimo e incluso la desincorporación de los activos de las compañías dominantes en el mercado.
Lo anterior es parte de la iniciativa de la nueva Ley Federal de Competencia Económica que envió ayer el presidente Enrique Peña Nieto a la Cámara de Diputados, propuesta a la que se le dará entrada formal hoy y se turnará a comisiones para que eventualmente se apruebe por esta cámara y, posteriormente, pasará al Senado.
En la iniciativa, que pretende derogar la actual legislación que data de diciembre de 1992, se incluyen otras acciones para eliminar las barreras a la competencia, a la libre concurrencia y la regulación a insumos esenciales, es decir, un bien o servicio indispensable para dar otro como podrían ser los slots, puertos, créditos, entre otros más.
Se propone que la Cofece sea un organismo autónomo, con más capacidades para entrar en la regulación de los mercados, ya que se garantizará la independencia, autonomía y se endurecerán también las reglas para evitar la discrecionalidad en los comisionados, toda vez que ellos estarían sujetos a la rendición de cuentas.
La integración de dicha Comisión cambiaría de manera que haya “división de funciones con pesos y contrapesos”, para que la autoridad que realiza la investigación no sea la misma que resuelva, además de que las revisiones las harán los tribunales colegiados y juzgados de distrito del Poder Judicial de la Federación especializados en la materia.
En cuanto a las sanciones, en la iniciativa se plantean tres tipos: Desincorporación de activos, en los casos en que sea la única medida eficaz para crear competencia; Penal, con sanciones que pasarán de 3 hasta 5 o 10 años, y las económicas que aumentan hasta 10 mil veces el salario mínimo vigente.
El nuevo ordenamiento está conformado por 130 artículos y 10 títulos. Destaca el capítulo de multas y sanciones, pues contiene una lista de 25 tipos de correcciones, multas, inhabilitaciones y medidas de regulación de este mercado. Además de que se integra en tres libros: de la Organización y Funcionamiento; de las conductas anticompetitivas y, de los Procedimientos.
Dentro del primer libro se establece cuál será el área de responsabilidad de la Cofece y la que tendrá el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). Se establecen la integración y las funciones que tendrá la Comisión, en la que se incluye una Contraloría Interna para vigilar el desempeño de los funcionarios.
En lo referente a Conductas Anticompetitivas se definen cuáles son las prácticas monopólicas, la concentración y las barreras que disminuyen, dañan o impiden la libre competencia. En donde prácticamente se retoman los conceptos de la ley vigente.
Para Procedimientos, se integró un esquema de división de funciones a fin de que las investigaciones las lleve a cabo la autoridad y las revisiones los jueces.
En la justificación, el presidente Peña Nieto reconoce que uno de los principales frenos al crecimiento económico ha sido el insuficiente desarrollo en algunos sectores productivos, “lo que no ha permitido detonar de manera definitiva la economía”. Por ellos, resulta impostergable contar con la legislación secundaria que permita al Estado mexicano garantizar la libre competencia y concurrencia”, consideró el Jefe del Ejecutivo.
Peña Nieto explicó que esta propuesta de ley está fundamentada en cuatro ejes: en que las directrices están sustentadas en la reforma constitucional, en la experiencia de 20 años de aplicar políticas de libre concurrencia y competencia, y en las mejores prácticas internacionales en la materia.
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