Transparencia y acceso a la información – del 11 de septiembre de 2018

Tema: Transparencia y acceso a la información

Subtema: INAI

 

SAT debe dar a conocer monto de devoluciones por ISR: INAI

El Economista

Redacción

10 de septiembre de 2018

Informativo

 

El SAT deberá dar a conocer los montos de devoluciones por concepto de ISR realizadas entre el 2016 y el 2018 a estados y municipios, de acuerdo con el INAI.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá dar a conocer los montos de devoluciones por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR) realizadas entre el 2016 y el 2018 a estados y municipios, de acuerdo con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

A través de un comunicado, el INAI indicó que la información deberá estar desglosada por año, nombres de ayuntamientos y entidades beneficiarias, fundamento legal bajo el cual se solicitó la devolución y los conceptos bajo los cuales se hicieron los rembolsos.

Joel Salas Suárez, comisionado del INAI, indicó que revelar esta información permitirá al SAT demostrar que las devoluciones de impuestos, a cualquier tipo de contribuyentes, están debidamente justificadas.

Ante las promesas de campaña del ahora presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, el cual busca combatir la corrupción, la pobreza y la desigualdad, Joel Salas agregó que la información pública es crucial para que, a través de sus autoridades fiscales, se demuestre que se están tomando las medidas necesarias para cumplir dichas promesas.

“La información pública sirve para demostrar que se asegura una recaudación fiscal eficiente como punto de partida para la planeación de un presupuesto público que lleve a un México sin desigualdad y justo. La transparencia dará a las autoridades la oportunidad de refrendar en su quehacer cotidiano la confianza que ganaron en las urnas”, aseveró el comisionado.

La petición del INAI al SAT de revelar esta información se dio debido a que un particular presentó un recurso de revisión ante el primero, ya que la autoridad fiscal le respondió que la información solicitada estaba reservada por secreto fiscal.

“El SAT expuso que los contribuyentes tienen derecho al carácter confidencial de los datos, informes o antecedentes que conozcan de ellos los servidores públicos de la administración tributaria. En alegatos, el SAT reiteró su respuesta original y entregó el acta de su Comité de Transparencia, mediante la cual confirmó la confidencialidad de la información”, explicó el INAI.

En el análisis se encontró que la información relativa corresponde a personas morales de derecho público, por lo cual no es posible configurarles un derecho de protección de datos personales. En este sentido, por unanimidad el pleno del INAI revocó la respuesta del SAT y le instruyó a entregar la información relativa a devoluciones.

etius

septiembre 11, 2018

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