Autoridades electorales del 4 de marzo de 2018

Categoría: Autoridades Electorales

Etiqueta: INE

Tema:

Género: Informativo

 

Ilegal pedir requisitos extras a candidatos

El Occidental

Víctor Manuel Ramírez Álvarez

04 de marzo de 2018

 

La obligación de las autoridades electorales en todo el país es verificar que los candidatos registrados por los partidos políticos reúnan los requisitos marcados por la ley y no se podrán pedir requisitos adicionales a lo que establece la ley, independientemente de que se haya cambiado de partido en este periodo de intercampañas, aseguró el presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello.

“El Tribunal Electoral ya estableció que los órganos electorales no podemos establecer requisitos adicionales que no estén previstos en ley, porque éstos son requisitos de los que depende el ejercicio de un derecho político-electoral y cualquier requisito adicional al puesto en la ley por legislador puede ser un impedimento para el ejercicio de los derechos”, señaló Córdova Vianello.

En ese sentido aclaró que las autoridades electorales en el ámbito de sus facultades se concentrarán en verificar que los requisitos de ley se cumplan, “nada más y que esos requisitos pueden variar en el ámbito local y federal, así que cada quien en el ámbito de su competencia aplicará la legislación correspondiente, nada más”.

Al cuestionarlo que en el Código Electoral de Jalisco se establece como un requisito el que los candidatos a presidentes municipales deben renunciar a su partido un año y medio antes, señaló que los consejeros electorales de la entidad deberán de ceñirse a lo que marca la ley y por encima de todas las leyes está la Constitución Política del Estado de Jalisco en donde no se establece ese requisito.

“No tengo claridad de todas las legislaciones electorales y los requisitos, pero estoy convencido de que el IEPC, como lo haremos cada uno de nosotros en el ámbito de nuestras competencias, va a aplicar los requisitos de ley, insisto los que la ley que nos corresponda aplicar en términos de requisitos”.

En las últimas dos semanas los priistas Sergio Chávez Dávalos y Claudia Delgadillo renunciaron a su partido para sumarse a otro instituto político, la segunda para buscar la candidatura a la presidencia municipal de Guadalajara y de inmediato salieron sus detractores a asegurar que irán a tribunales si es nominada a dicho cargo.

DATO

La Constitución Política establece para ser candidato a presidente municipal los siguientes requisitos:

Artículo 74. Para ser Presidente Municipal, regidor y síndico se requiere:

  1. Ser ciudadano mexicano;
  2. Ser nativo del municipio o área metropolitana correspondiente, o acreditar ser vecino de aquellos, cuando menos tres años inmediatos al día de la elección.

III. Estar en pleno ejercicio de sus derechos; IV. No ser Magistrado del Tribunal Electoral, integrante del organismo electoral con derecho a voto, Procurador Social o Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, a menos que se separe de sus funciones ciento ochenta días antes de la elección.

V.- No ser Consejero Ciudadano de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, a menos que se separe de sus funciones noventa días antes de la elección;

  1. No estar en servicio activo en el Ejército Nacional ni tener mando en la policía o en cuerpo de seguridad pública en el municipio en que se pretenda su elección, cuando menos noventa días antes de ella;

VII. No ser Secretario General de Gobierno o quien haga sus veces, Secretario del Despacho del Poder Ejecutivo, Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia, del Tribunal de lo Administrativo, del Tribunal de Arbitraje y Escalafón o miembro del Consejo de la Judicatura. Los servidores públicos comprendidos en esta fracción podrán ser electos siempre que, al efectuarse la elección, tengan cuando menos noventa días de estar separados de sus cargos.

VIII. No ser Juez, Secretario de Juzgado o titular de alguna dependencia de recaudación fiscal de la Federación o del Estado en el municipio en que pretenda su elección, a menos que se separe de su cargo en los términos que previene la fracción anterior.

  1. No ser servidor público del municipio de que se trate, a no ser que se separe del cargo noventa días antes de la elección. Si se trata del funcionario encargado de las finanzas municipales, es preciso que haya rendido sus cuentas al Congreso del Estado por conducto de la Contaduría Mayor de Hacienda.

En ninguno de ellos remite a los requisitos marcados por el Código Electoral, en donde se establece que deben renunciar a sus partidos un año y medio antes de la elección para poder ser postulado por otro.

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Categoría: Autoridades Electorales

Etiqueta: INE, IEPC

Tema:

Género: Informativo

 

INE: Pocos quieren ser observadores electorales

El Occidental

Víctor Manuel Ramírez Álvarez

04 de marzo de 2018

 

Ante las escasas solicitudes que hay para ser observadores electorales, las autoridades del Instituto Nacional Electoral (INE) y del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) exhortan a los ciudadanos para que apoyen en esta tarea cívica durante el desarrollo de la jornada electoral, señaló el vocal ejecutivo del INE en Jalisco, Carlos Manuel Rodríguez Morales.

“Hasta el momento hemos tenido una baja participación, por eso la invitación para que los ciudadanos presenten su solicitud y esto puede ser hasta mayo, pero no hay que esperar hasta ese mes y para nosotros sería muy importante para que desde este momento nos acompañen. Hemos tenido un número muy bajo de solicitudes”, aseguró el representante del INE en Jalisco.

Dijo que esta es una forma cívica de que los ciudadanos puedan vigilar las elecciones y con ello dar testimonio de lo que ocurra el domingo primero de julio y al mismo tiempo ser parte para que se tenga un proceso electoral transparente y con la vigilancia ciudadana.

“Reiteramos la invitación a los ciudadanos para que participen en este proceso electoral como observadores y puedan hacer un seguimiento de que realizan las instituciones ya que para el INE y el IEPC es de importancia que los ciudadanos nos acompañen para que verifiquen que efectivamente se construye esta etapa preparatoria de la elección conforme lo establece la ley”, señaló Rodríguez Morales.

APROVECHAR FIGURA LEGAL

Además se podrá observar los procesos que se van a seguir conforme lo marca la ley para la integración de las mesas de casillas, lo cual es un aspecto fundamental en la elección que se tendrá este año en el país y así tener un acompañamiento a las autoridades electorales al ejercer uno de los derechos que se tienen como ciudadano, el cual “costó mucho trabajo que se reconociera en la ley y hay que aprovecharlo”.

Mientras que en el IEPC el presidente Guillermo Alcaraz Cross señaló que al menos con ellos hasta la semana pasada no se habían registrado solicitudes de ciudadanos, asociaciones o cúpulas empresariales para que se les considere como observadores ciudadanos, por lo que también se suman a la petición para que los interesados se inscriban desde este momento y no se complique al final de los tiempos marcados por las leyes.

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